tag:blogger.com,1999:blog-6967876845132420510.post4769359755169004680..comments2023-11-30T14:22:15.433-03:00Comments on CONSTITUCION WEB: Tratado de Lisboa de 1668 -Version en español-Dres. Juan O. Pons y N. Florencia Pons Belmontehttp://www.blogger.com/profile/12465938914232592449noreply@blogger.comBlogger2125tag:blogger.com,1999:blog-6967876845132420510.post-12034829621183072812014-06-13T13:40:54.764-03:002014-06-13T13:40:54.764-03:00Es sabida la resitencia de la reina regente Marian...Es sabida la resitencia de la reina regente Mariana de Austria a aceptar la renuncia a Portugal. Primeranente porque aducía no tener poder para enajenar un reino. Esto se solventó con la figura de Carlos II aún niño pero rey propietario que sí podía hacer tal cosa. Después el problema era con el título de rey de Portugal, si se renunciaba a él o no, porque dos reyes con tal título, Carlos II y Afonso VI, iban a legitimar el documento. Unos aconsejaban renunciar al título sin más; otros decían que no y ponían ejemplos como el de rey de Navarra, título usado por el rey de Francia también. La solución hallada fue que Carlos figurara sólo como rey de España (titulación que no se usará oficialmente hasta Felipe V) y como Rey Católico (que no compromete a nada). La razón está clara en la documentación conservada: España entonces se consideraba toda la península, Portugal incluido. Así se sorteaba el problema hábilmente. Entonces, ¿tendría algún fundamento jurídico que, dado que no hubo una renuncia explícita del título real portugués, se pudiera éste usar o reivindicar en el futuro?, ¿o es una barbaridad? Me gustaría saber su opinión de juristas. Piensen que todavía en 1713 con la firma del tratado de Utrecht protestaban las autoridades de Portugal al titularse Felipe V sólo rey de España porque seguían considerándose parte de España aunque fuera de su soberanía. Sería la última vez. Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/14289674716367192142noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-6967876845132420510.post-45335493290329381352014-06-07T06:40:21.070-03:002014-06-07T06:40:21.070-03:00Si no me equivoco este es uno de los pocos casos, ...Si no me equivoco este es uno de los pocos casos, si no el único, en que el Rey Católico usó oficialmente simplemente el título de Rey de las Españas. Y lo hizo para que no se diera la circuntancia de dos reyes de Portugal firmando un tratado tan trascendente como este. El título fue obviado, porque el nombre de España incluia a Portugal aun sin citarlo expresamente, como es sabido (Portugal protestará ante Felipe V cuatro décadadas después cuando el Borbón simplemente se intitule rey de España, al entender que no era exacto puesto que ellos también eran españoles pero no súbditos suyos). El título portugués dejó de usarse, ¿pero tendría algún fundamento jurídico que se volviera a usar algún día apelando a que no hubo una renuncia expresa, sino una suerte de "camuflaje" para no herir la susceptibilidad de los portugueses ni la de los castellanos?Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/14289674716367192142noreply@blogger.com