DISCURSO EN EL TRIBUNAL DE CANANDAIGUA, NY
“El derecho de la mujer para votar”
Transcripción de un discurso después de que fue detenida por tratar de votar
Susan Brownell Anthony
[ Junio de 1873]
Juzgada bajo el cargo de intentar votar en una elección federal (EE.UU v. Susan B. Anthony), inicialmente el juez de la causa no le otorgó permiso para defenderse personalmente. Su defensa se basó en que se consideraba a sí misma una ciudadana bajo la Enmienda XIV y, por consiguiente, era elegible para votar. En la conclusión de sus argumentos, presentados por su abogado (un hombre), el juez sacó del bolsillo una opinión escrita con antelación y declaró que no podía invocar la enmienda en cuestión. Sin embargo, cometió seguidamente lo que ha sido considerado por los cronistas un error táctico. Preguntó a la acusada si tenía algo que decir antes de pronunciar la sentencia. He aquí lo que contestó:
“Si su señoría, tengo muchas cosas que decir: … Privada de los privilegios fundamentales de la ciudadanía, se me ha degradado del status de ciudadana a súbdito…Su negación de mis derechos de ciudadana para votar constituye la negación de mi derecho de consentimiento, en calidad de uno de los gobernados; la negación de mi derecho a ser representada, en calidad de alguien que paga impuestos; la negación de mi derecho a un juicio mediante un jurado formado por mis semejantes, como una ofensora de la ley; por consiguiente en la negación de mi sagrado derecho a la vida, la libertad, la propiedad, y…
[El juez interrumpió y ordenó a la acusada que se sentara, pero Anthony simplemente continuó hablando]
[…]
Amigos y conciudadanos: me presento aquí esta noche acusada del supuesto delito de haber votado en la reciente elección presidencial sin tener el legítimo derecho para hacerlo. Será mi tarea de esta noche probarles que con ese voto, no sólo no cometí una ofensa sino que simplemente ejercité mis derechos de ciudadana, que se me garantizan a mí y a todos los ciudadanos de los Estados Unidos en la Constitución Nacional y que ningún estado tiene el poder de negarlos.
El preámbulo de la Constitución Federal dice: "Nosotros, el pueblo de los Estados Unidos, para formar una unión más perfecta, establecer la justicia, asegurar la tranquilidad doméstica, proveer la defensa común, promover el bienestar general y proteger los beneficios que otorga la libertad para nosotros y para nuestra posteridad, ordenamos y establecemos esta Constitución para los Estados Unidos de América".
Era nosotros, el pueblo; no nosotros, los ciudadanos blancos de sexo masculino; tampoco, los ciudadanos de sexo masculino; sino nosotros, todo el pueblo que forma esta Unión. Y la formamos, no para entregar los beneficios de la libertad sino para proteger los beneficios de la libertad; no para la mitad de nosotros y para la mitad de nuestra prosperidad sino para todas las personas -tanto mujeres como hombres-. Y es una burla descarada hablarle a las mujeres del placer de los beneficios de esa libertad cuando se les niega ejercer el único recurso que los garantiza y que este gobierno democrático ofrece: el voto.
Para cualquier estado el convertir el sexo en un requisito que siempre debe resultar en privar de derecho al voto a la mitad de la población, es como promulgar una ley ex post facto y, por lo tanto, es una violación de la ley suprema de la tierra. De esta forma los beneficios de la libertad son retirados para siempre de las mujeres y de la posteridad femenina.
Para ellas este gobierno no tiene ningún poder legal que deriva del consentimiento de los gobernados. Para ellas este gobierno no es una democracia. No es una república. Es una aborrecible aristocracia: una odiosa oligarquía de sexo; la más aborrecible aristocracia alguna vez establecida en la faz de la tierra; una oligarquía de riqueza, en donde los ricos gobiernan a los pobres. Una oligarquía de conocimientos, en donde los educados gobiernan a los ignorantes, o, incluso, una oligarquía de raza, en donde los Sajones gobiernan a los Africanos, podría durar. Pero esta oligarquía basada en el sexo, la cual convierte a los padres, a los hermanos, a los maridos, a los hijos varones en oligarcas sobre las madres, las hermanas, las esposas y las hijas en cada uno de los hogares -que establece que todos los hombres son soberanos y todas las mujeres súbditos- acarrea disensión, discordia y rebeldía en cada uno de los hogares de la nación.
Webster, Worcester y Bouvier, todos definen al ciudadano como una persona que en los Estados Unidos tiene derecho a votar y a ocupar un cargo público.
La única pregunta que queda ahora por formular es:¿son personas las mujeres? Y yo no puedo creer que algunos de nuestros oponentes tenga la audacia de decir que no.
Siendo personas, entonces, las mujeres son ciudadanas; y ningún estado tiene el derecho de hacer una ley o imponer alguna antigua regulación que recorte estos privilegios o inmunidades. Por lo tanto, cualquier discriminación contra las mujeres en las constituciones y leyes de los estados es hoy en día nula y carece de validez, del mismo modo que lo es aquélla en contra de los Negros.
[…]
De todos mis acusadores, desde el político y dueño de la tienda de la esquina que interpuso la querella, pasando por el alguacil de Estados Unidos, el comisionado, el fiscal de distrito, el juez de distrito, hasta su señoría que esta sentado allí enfrente, ninguno de ustedes es mi semejante, pero todos y cada uno son mis soberanos políticos…Bajo tales circunstancias, un plebeyo de Inglaterra juzgado ante un tribunal de lores hubiese tenido menos motivos de quejas de las que tengo yo, una mujer, al ser juzgada por un tribunal de hombres…
SUSAN B. ANTHONY
“El derecho de la mujer para votar”
Transcripción de un discurso después de que fue detenida por tratar de votar
Susan Brownell Anthony
[ Junio de 1873]
Juzgada bajo el cargo de intentar votar en una elección federal (EE.UU v. Susan B. Anthony), inicialmente el juez de la causa no le otorgó permiso para defenderse personalmente. Su defensa se basó en que se consideraba a sí misma una ciudadana bajo la Enmienda XIV y, por consiguiente, era elegible para votar. En la conclusión de sus argumentos, presentados por su abogado (un hombre), el juez sacó del bolsillo una opinión escrita con antelación y declaró que no podía invocar la enmienda en cuestión. Sin embargo, cometió seguidamente lo que ha sido considerado por los cronistas un error táctico. Preguntó a la acusada si tenía algo que decir antes de pronunciar la sentencia. He aquí lo que contestó:
“Si su señoría, tengo muchas cosas que decir: … Privada de los privilegios fundamentales de la ciudadanía, se me ha degradado del status de ciudadana a súbdito…Su negación de mis derechos de ciudadana para votar constituye la negación de mi derecho de consentimiento, en calidad de uno de los gobernados; la negación de mi derecho a ser representada, en calidad de alguien que paga impuestos; la negación de mi derecho a un juicio mediante un jurado formado por mis semejantes, como una ofensora de la ley; por consiguiente en la negación de mi sagrado derecho a la vida, la libertad, la propiedad, y…
[El juez interrumpió y ordenó a la acusada que se sentara, pero Anthony simplemente continuó hablando]
[…]
Amigos y conciudadanos: me presento aquí esta noche acusada del supuesto delito de haber votado en la reciente elección presidencial sin tener el legítimo derecho para hacerlo. Será mi tarea de esta noche probarles que con ese voto, no sólo no cometí una ofensa sino que simplemente ejercité mis derechos de ciudadana, que se me garantizan a mí y a todos los ciudadanos de los Estados Unidos en la Constitución Nacional y que ningún estado tiene el poder de negarlos.
El preámbulo de la Constitución Federal dice: "Nosotros, el pueblo de los Estados Unidos, para formar una unión más perfecta, establecer la justicia, asegurar la tranquilidad doméstica, proveer la defensa común, promover el bienestar general y proteger los beneficios que otorga la libertad para nosotros y para nuestra posteridad, ordenamos y establecemos esta Constitución para los Estados Unidos de América".
Era nosotros, el pueblo; no nosotros, los ciudadanos blancos de sexo masculino; tampoco, los ciudadanos de sexo masculino; sino nosotros, todo el pueblo que forma esta Unión. Y la formamos, no para entregar los beneficios de la libertad sino para proteger los beneficios de la libertad; no para la mitad de nosotros y para la mitad de nuestra prosperidad sino para todas las personas -tanto mujeres como hombres-. Y es una burla descarada hablarle a las mujeres del placer de los beneficios de esa libertad cuando se les niega ejercer el único recurso que los garantiza y que este gobierno democrático ofrece: el voto.
Para cualquier estado el convertir el sexo en un requisito que siempre debe resultar en privar de derecho al voto a la mitad de la población, es como promulgar una ley ex post facto y, por lo tanto, es una violación de la ley suprema de la tierra. De esta forma los beneficios de la libertad son retirados para siempre de las mujeres y de la posteridad femenina.
Para ellas este gobierno no tiene ningún poder legal que deriva del consentimiento de los gobernados. Para ellas este gobierno no es una democracia. No es una república. Es una aborrecible aristocracia: una odiosa oligarquía de sexo; la más aborrecible aristocracia alguna vez establecida en la faz de la tierra; una oligarquía de riqueza, en donde los ricos gobiernan a los pobres. Una oligarquía de conocimientos, en donde los educados gobiernan a los ignorantes, o, incluso, una oligarquía de raza, en donde los Sajones gobiernan a los Africanos, podría durar. Pero esta oligarquía basada en el sexo, la cual convierte a los padres, a los hermanos, a los maridos, a los hijos varones en oligarcas sobre las madres, las hermanas, las esposas y las hijas en cada uno de los hogares -que establece que todos los hombres son soberanos y todas las mujeres súbditos- acarrea disensión, discordia y rebeldía en cada uno de los hogares de la nación.
Webster, Worcester y Bouvier, todos definen al ciudadano como una persona que en los Estados Unidos tiene derecho a votar y a ocupar un cargo público.
La única pregunta que queda ahora por formular es:¿son personas las mujeres? Y yo no puedo creer que algunos de nuestros oponentes tenga la audacia de decir que no.
Siendo personas, entonces, las mujeres son ciudadanas; y ningún estado tiene el derecho de hacer una ley o imponer alguna antigua regulación que recorte estos privilegios o inmunidades. Por lo tanto, cualquier discriminación contra las mujeres en las constituciones y leyes de los estados es hoy en día nula y carece de validez, del mismo modo que lo es aquélla en contra de los Negros.
[…]
De todos mis acusadores, desde el político y dueño de la tienda de la esquina que interpuso la querella, pasando por el alguacil de Estados Unidos, el comisionado, el fiscal de distrito, el juez de distrito, hasta su señoría que esta sentado allí enfrente, ninguno de ustedes es mi semejante, pero todos y cada uno son mis soberanos políticos…Bajo tales circunstancias, un plebeyo de Inglaterra juzgado ante un tribunal de lores hubiese tenido menos motivos de quejas de las que tengo yo, una mujer, al ser juzgada por un tribunal de hombres…
SUSAN B. ANTHONY
[1] En el 1800, las mujeres en los Estados Unidos tenían pocos derechos legales y no tenían el derecho para votar. Este discurso fue pronunciado por Susan B. Anthony después de su arresto por intentar votar en la elección presidencial de 1872. Ella fue procesada y entonces se multó US$100 que se negó a pagar. Susan B. Anthony luchó durante toda su vida por los derechos de las mujeres y para liberar a los esclavos; pensaba que todas las personas eran iguales por dentro. En 1902, le escribió a su compañera de lucha en toda su vida: Elizabeth Cady Stanton: "A transcurrido cincuenta y un años desde que nos conocimos primero y hemos estado ocupadas durante cada uno de ellos, revolviendo el mundo para reorganizar los derechos de las mujeres... Poco soñamos cuando comenzamos este concurso…que medio siglo después seríamos obligadas a dejar el final de la batalla a otra generación de mujeres. Pero nuestros corazones se llenan de alegría al saber que comienzan esta tarea equipadas de una educación universitaria, con experiencia de negocio, con el derecho libremente admitido de hablar en público - todos los cuales fueron negados a las mujeres hace cincuenta años.” En el 13 de marzo de 1906, Susan B. Anthony murió en Rochester, Nueva York. En Noviembre de 1920, catorce y medio años después, la XIX a la Constitución de los Estados Unidos le garantizó a las mujeres su derecho de votar. El sueño de Susan se había realizado finalmente
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