DECRETO *
Creación de la Comandancia de las Islas Malvinas y las adyacentes del Cabo de Hornos
[10 de Junio de 1829]
Cuando por la gloriosa Revolución de Mayo del 25 de Mayo de 1810, se separaron estas provincias de la dominación de la Metrópoli, España, la España tenía una posesión material en las Islas Malvinas y de todas las demás islas que las rodean hasta el Cabo de Hornos; incluso, la que se conoce como la Tierra del Fuego;
hallándose justificada y documentada aquella posesión por el derecho del primer ocupante, por el consentimiento de las primeras potencias marítimas de Europa, y por la adyacencia de estas islas al continente que formaba el Virreinato de Buenos Aires, de cuyo gobierno dependían por esta razón habiendo entrado al gobierno de la República Argentina en la sucesión de todos los derechos que tenía sobre todas las provincias la antigua Metrópoli, España, y de que gozaban sus virreyes; habiendo seguido ejerciendo actos de soberanía y dominio en dichas islas, sus puertos y costas; a pesar de que aquellas circunstancias no han permitido hasta ahora dar a aquella parte del territorio de la República Argentina, la atención y cuidados que su importancia exigen; pero siendo necesario no demorar por más tiempo las medidas que puedan poner a cubierto los derechos de la República Argentina, haciéndose al mismo tiempo, gozar de las ventajas que puedan dar los productos de aquellas islas, y que, asegurando la protección debida a su población; el gobierno de la República Argentina, en mi representación,
hallándose justificada y documentada aquella posesión por el derecho del primer ocupante, por el consentimiento de las primeras potencias marítimas de Europa, y por la adyacencia de estas islas al continente que formaba el Virreinato de Buenos Aires, de cuyo gobierno dependían por esta razón habiendo entrado al gobierno de la República Argentina en la sucesión de todos los derechos que tenía sobre todas las provincias la antigua Metrópoli, España, y de que gozaban sus virreyes; habiendo seguido ejerciendo actos de soberanía y dominio en dichas islas, sus puertos y costas; a pesar de que aquellas circunstancias no han permitido hasta ahora dar a aquella parte del territorio de la República Argentina, la atención y cuidados que su importancia exigen; pero siendo necesario no demorar por más tiempo las medidas que puedan poner a cubierto los derechos de la República Argentina, haciéndose al mismo tiempo, gozar de las ventajas que puedan dar los productos de aquellas islas, y que, asegurando la protección debida a su población; el gobierno de la República Argentina, en mi representación,
HA ACORDADO Y DECRETA:
ARTICULO 1°.
Las Islas Malvinas y las adyacentes al Cabo de Hornos, en el Mar Atlántico, serán regidas por un comandante político y militar, nombrado inmediatamente por el gobierno de la República Argentina.
ARTICULO 2°.
La residencia del comandante político y militar será en la Isla de la Soledad, y en ella se establecerá una batería bajo nuestro pabellón.
ARTICULO 3°.
El comandante político y militar hará observar por la población de dichas islas, las leyes de la República Argentina, y cuidará en sus costas de la ejecución de los reglamentos sobre la pesca de anfibios.
ARTICULO 4°.
Comuníquese y publíquese.
Firmado: Martín Rodríguez - (Gobernador) - S. M. Del Carril - (Secretario)- 10-06-1829.-
* El mismo día se nombró a Luis Vernet con el título de Comandante Político y Militar, por intermedio de otro decreto: “El Gobierno de Buenos Aires, habiendo resuelto por decreto de esta fecha que las Islas Malvinas, adyacentes al Cabo de Hornos en el mar Atlántico sean regidas por un comandante político y militar y teniendo en consideración las calidades que reúne Don Luis Vernet, ha tenido a bien nombrarlo, como por el presente lo nombro, para el expresado cargo de Comandante Político y Militar de las islas Malvinas, delegando en su persona toda la autoridad y jurisdicción necesaria al efecto”.
Apenas conocido el decreto, Mr. Woodbine Parish, encargado de negocios de S.M.B., se apresuró a comunicarlo a su gobierno, el cual le ordenó reclamar contra una medida administrativa que atacaba los "derechos de soberanía ejercidos hasta entonces por la corona británica". La protesta formal data del 19 de noviembre. Al acusar recibo, el general Guido, ministro de relaciones exteriores, manifestó que el gobierno provisional estaba muy ocupado en considerar "con particular atención" la nota enviada.
Vernet solicitó el apoyo gubernamental para el emplazamiento de un fuerte en la Isla Soledad, que debía contar con fortificaciones y artillería defensiva adecuadas. También insistió en que se le asignara un pequeño buque de guerra para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nacional de Pesca: efectuar la cobranza de los derechos de pesca en aguas sujetas a su jurisdicción, arresto de los infractores, transporte de maderas desde el estrecho de Magallanes, enlace con los asentamientos del río Negro y con el puerto de Buenos Aires, etc. Las autoridades aceptaron las sugerencias del comandante y le otorgaron cuatro cañones, cincuenta fusiles y la munición y pertrechos correspondientes. Se le entregaron también veinte quintales de hierro, un fuelle, herramientas de herrería, carpintería, construcción y labranza.
El 15 de julio Vernet se trasladó a las Malvinas junto con su esposa, María Sáez, y sus hijos Emilio, Luisa y Sofía. Viajaron con él 15 colonos ingleses y 23 alemanes, incluidas sus familias. Llevó además personal de servicio y peones en el que los rioplatenses (afroamericanos, gauchos e indígenas) eran mayoría. Al jurar la bandera y tomar posesión de su cargo, el 30 de agosto, leyó una proclama acompañada con las tradicionales veintiún salvas de cañón:
“Domingo 23 de agosto de 1829. El comandante político y militar nombrado por el Superior Gobierno de Buenos Aires, en conformidad con el decreto de 10 de junio que acabo de haceros público, ha elegido este día aniversario de Santa Rosa de Lima, patrona de la América, y para ejercer de nuevo un acto formal de dominio que tiene la república de Buenos Aires sobre estas Islas Malvinas, las de Tierra del Fuego y sus adyacentes y demás territorios desde donde acaba el de la comandancia de Patagones, hasta el Cabo de Hornos; y al efecto ha enarbolado en este día el pabellón de la República saludándolo en la mejor forma que permite el naciente estado de esta población.
El comandante espera que cada uno de los habitantes dará en todo tiempo de subordinación a las leyes, viviendo como hermanos en unión y armonía a fin de que con el incremento de población que se espera y que el Superior Gobierno ha prometido fomentar y proteger nazca en su territorio austral una población que haga honor a la República cuyo dominio reconocemos. ¡Viva la patria!”. Fuente: wikipedia
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