Circular a los Gobernadores
sobre garantías cívicas y legalidad del sufragio
Hipólito Yrigoyen
[28 de Febrero de 1930]
Buenos
Aires, febrero 28 de 1930.
A S. E., el Gobernador de la Provincia :
Me
permito llamar la atención del Señor Gobernador, a efectos de que, el acto
electoral a realizarse el domingo próximo esté rodeado de las más celosas
medidas, tendientes a asegurar su desarrollo en paz y tranquilidad y bajo los
auspicios de todas las legalidades y garantías correspondientes.
No escapará a la previsión del Señor Gobernador, la importancia y significación de ese acto, para que se sienta estimulado a poner de su parte todos los recursos de la autoridad que inviste, a objeto de darle las más amplias garantías y de que aparezca como una confirmación de la cultura política alcanzada porla República.
No escapará a la previsión del Señor Gobernador, la importancia y significación de ese acto, para que se sienta estimulado a poner de su parte todos los recursos de la autoridad que inviste, a objeto de darle las más amplias garantías y de que aparezca como una confirmación de la cultura política alcanzada por
El
proceso eleccionario debe constituir una verdadera y ejemplar enseñanza y una
comprobación de los progresos realizados, ya que sólo con la efectividad de la
vida representativa, pueden alcanzarse las conquistas múltiples y el
renacimiento de la vida nacional para llegar a las más grandes transformaciones
y al afianzamiento definitivo de una nueva civilización.
Los
gobiernos están en el deber de asegurar la más amplia libertad de acción a los
partidos, colocándolos a todos en igualdad de condiciones, a fin de que,
desenvolviéndose dentro de su órbita legal, se hallen totalmente amparados en
el ejercicio de sus derechos.
El
comicio debe ser entonces, un ejemplo de probidad cívica, porque sólo a ese
título la opinión nacional podrá auspiciarlo.
Pueblos
y gobiernos, obrando de consuno, deben darle todas las legalidades y eminencias
necesarias para que cada acto eleccionario sea una nueva ratificación del
perfeccionamiento institucional operado.
Asimismo
hago presente a V. E., que el enardecimiento de las pasiones políticas puede
llegar hasta empañar la pureza del acto, produciéndose entonces choques con
efusión de sangre, lo que importaría una afrenta a nuestras instituciones y un
verdadero repudio a la cultura y civilización de la República.
Una
sola gota de sangre vertida será siempre un menoscabo para la ética del
movimiento de opinión que hoy gobierna al país, que no ha aceptado nunca
procedimientos de esa índole y que por el contrario, siempre los condenó en su
ya histórica cruzada de redención política.
Para
que V. E., tenga todos los medios de efectivizar esos propósitos, llevo a su
conocimiento que se han impartido las órdenes pertinentes a fin de que las
fuerzas nacionales destacadas en esa Provincia, puedan prestar el concurso que
V. E., estime necesario.
H.
YRIGOYEN
Fuente:
“Ley 12839. Documentos de Hipólito Yrigoyen. Apostolado Cívico – Obra de
Gobierno – Defensa ante la Corte ”,
Talleres Gráficos de la
Dirección General de Institutos Penales, Bs. As 1949.-
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