María José Sarmiento
[8 de enero de 2010]
Fallo:
Buenos Aires, 8 de enero de 2010.
Y VISTOS:
Para resolver estos autos caratulados “Morales Gerardo y otros c/ EN -Dto 2010/09- s/ amparo ley 16.986”
CONSIDERANDO:
Que la cuestión planteada es idéntica a la resuelta en la fecha in re “Pinedo Federico y otros c/ EN Dto. 2010/09 s/ amparo ley 16.986” (expte. N° 40.496/09), a cuyos fundamentos remito y doy por reproducidos, debiéndose agregar fotocopia certificada por el Actuario de la mencionada resolución, la que se integra a la presente.
Por las razones expuestas y jurisprudencia citada,
RESUELVO:
Hacer lugar a la medida solicitada por los sres. Senadores Gerardo Morales y Ernesto Sanz y los sres. Diputados Oscar Aguad y Ricardo Gil Lavedra y en consecuencia ordeno la suspensión inmediata de los efectos del Decreto n° 2010 dictada por la Presidente de la Nación Argentina en Acuerdo General de Ministros con fecha 14 de diciembre de 2009, hasta tanto se cumplan los plazos constitucionales y legales (ley 26.122) que regulan el trámite y los alcances de la intervención del Congreso para los Decretos de Necesidad y Urgencia.
Regístrese, notifíquese a la actora, a la Sra. Fiscal en su despacho y previa caución juratoria prestada en debida forma, ofíciese a la Sra. Presidente de la República Argentina en su despacho.
Dra. María José Sarmiento
Hacer lugar a la medida solicitada por los sres. Senadores Gerardo Morales y Ernesto Sanz y los sres. Diputados Oscar Aguad y Ricardo Gil Lavedra y en consecuencia ordeno la suspensión inmediata de los efectos del Decreto n° 2010 dictada por la Presidente de la Nación Argentina en Acuerdo General de Ministros con fecha 14 de diciembre de 2009, hasta tanto se cumplan los plazos constitucionales y legales (ley 26.122) que regulan el trámite y los alcances de la intervención del Congreso para los Decretos de Necesidad y Urgencia.
Regístrese, notifíquese a la actora, a la Sra. Fiscal en su despacho y previa caución juratoria prestada en debida forma, ofíciese a la Sra. Presidente de la República Argentina en su despacho.
Dra. María José Sarmiento
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