mayo 09, 2010

"Documentos relativos a la instalación de la Junta provincial subalterna de La Rioja" (1811)

[CREACION, IMPLANTACION Y EXTINCION DE LAS JUNTAS PROVINCIALES, AÑOS 1811-1812]
Documentos relativos a la instalación de la Junta provincial subalterna de La Rioja
[27 de Marzo a 27 de Abril de 1811]

/Rioja de Córdoba. Marzo 27 de 1811
La Junta
Contiene la razón de la instalación de la Junta Subalterna de ([esta Ciu]) aquella Ciudad.
Apruébase

Abril 21 de 1811
Excmo. Señor.
Este Cabildo atento siempre a cumplir con la posible exactitud, y presteza las ordenes de la Superioridad; así lo ha verificado en el 21 del presente Mes Marzo con la de V.E relativa a la instalación de una Junta Subalterna en esta Ciudad, arreglándose en todo a las instrucciones, y tramites en ella prevenidos; según los cuales verificados los seis cuarteles con Presidentes nombrados de los vecinos de mayor decoración respecto a no haber Alcaldes de Barrio designados como se previene, y elegidos, otros tantos electores, que lo fueron Don Mateo de Medina, Don Innocencio del Moral, Don Manuel del Rincon, Don Francisco Xavier de la Vega, Don José Noreña, y Don Nicolas Maria Caballero, sujetos todos de la plana principal de este Pueblo inmediatamente pasaron estos a la sala de nuestro ayuntamiento, y precedido el Juramento de Derecho: que lo hicieron en mano de nuestro Alcalde ordinario de primer voto Don José de San Roman, quien autorizó aquel acto a falta de Escribano, y procediendo a la elección de los Colegas, que en consorcio del Comandante de Armas han de formar dicha Junta Subalterna, con el mas maduro acuerdo, y singular acierto según advierte este Cabildo: cinco de ellos votaron acordes para primer colega por Don Francisco Xavier de Brizuela, y Doria Mayorasgo de Sañogasta discrepando solamente Don José Noroña, y dirigió su voto Don Ramon de Brizuela y Doria actual Alcalde de la Santa Hermandad hijo legitimo del sobredicho Mayorasgo; y todos seis unánimes para segundo colega por Don Innocencio Gordillo, vecinos ambos de la mas acreditada conducta de esta Ciudad, y entre los pocos, que hay los mas aparentes por todas sus circunstancias, y según lo prevenido en la referida superior orden de la materia, para el mejor desempeño de los empleos tan interesantes al bien publico, que se han establecido.
En esta atención, sin la menor tardanza, ni tener que trepidar en cosa alguna procedió este ayuntamiento en el mismo día por la mañana a la aprobación, y confirmación de la sobre dicha acta de elecciones de Colegas, y en su consecuencia por la tarde pasó los correspondientes ejecutivos oficios a los Colegas elegidos, que se hallan ausentes en sus Haciendas de la Jurisdicción distantes treinta leguas de esta Ciudad, para que luego y sin perdida de tiempo se personen a posesionarse de dichos empleos, cuya orden no han cumplido hasta la fecha por la expresada distancia, en que se hallan, y tal vez por dar algunas disposiciones para el manejo de sus haberes en dichas sus Haciendas; y por lo tanto espera este Cabildo, que V.E sin dar oído a excusación alguna, dará igualmente su superior aprobación a todo lo actuado, sin rescindir ninguna de sus funciones en la inteligencia, que no siendo, los dos individuos elegidos, no se hallen otros entre la Cortedad de este vecindario, que puedan subrogarse en sus lugares.-
Dios guíe a V.E por muchos años. Sala Capitular de la Rioja, y Marzo 27 de 1811
Excmo. Señor.
José de San Roman
José Laurencio de Molina
Fernando de Villafañe
Agustín de la Vega.
A los Señores Presidente y vocales de la Excma. Junta Gubernativa de Buenos Aires.

/Por el oficio de VS. de 27 de Marzo último queda enterada la Junta que el 21 del mismo se instaló la subalterna de esa ciudad, con arreglo a las instrucciones comunicadas ([a VS;]) al efecto; y ha venido en aprobarla, ([comunicándolo]) (avisándolo) a VS en contestación.
Dios guíe &c.* Abril 27 de 1811.
Al Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento de la Rioja.

No hay comentarios:

Publicar un comentario