mayo 08, 2010

Acta Capitular del 21 de Mayo de 1810 y demás actuaciones

SEMANA DE MAYO -
Actas Capitulares del Cabildo de Buenos Aires
[21 de Mayo de 1810]

Contenido:
Acta
Oficio al Virrey
Contestación
Esquela


Acta:
En la muy noble y muy leal ciudad de la Santísima Trinidad Puerto de Santa María de Buenos Aires, a veintiuno de mayo de mil ochocientos diez: estando juntos y congregados en la Sala de sus acuerdos a tratar lo conveniente a la república, los Señores del Exmo. Ayuntamiento; a saber, D. Juan José de Lezica y D. Martín Gregorio Yaniz, Alcaldes ordinarios de primero y segundo voto; y Regidores D. Manuel Mancilla, Alguacil mayor, D. Manuel José de Ocampo, D. Juan de Llano, D. Jaime Nadal y Guarda, D. Andrés Domínguez, D. Tomás Manuel de Anchorena y D. Santiago Gutierrez, con asistencia del caballero Síndico Procurador general, Dr. D. Julián de Leiva; hicieron presente el Sr. Alcalde de primero voto y el caballero Síndico, que algunos de los Comandantes de los cuerpos de esta guarnición, y varios individuos particulares habían ocurrido a manifestarles, que este pueblo leal y patriota, sabedor de los funestos acaecimientos de la península, por los impresos publicados en esta ciudad con permiso del Superior Gobierno, vacila sobre su actual situación y sobre su suerte futura, y que el deseo de que sea la más conforme a su felicidad y al objeto inalterable de conservar íntegros estos dominios bajo la dominación del Sr. D. Fernando VII, le hace zozobrar en un conjunto de ideas difíciles de combinar, y que sino se llegan a fijar cuanto antes, pueden causar la más lastimosa fermentación. Todo lo cual hacían presente a este Exmo. Cabildo, en virtud de haberlo así ofrecido a dichos Comandantes e individuos particulares, para que se resuelva lo más acertado y conveniente en un asunto que, por su gravedad y circunstancias, exige las mayores atenciones, agregando el Sr. Alcalde de primero voto que ayer número, a la hora de mediodía, se había explicado con el Exmo. Señor virrey sobre el particular, y significádole, que sin embargo de haber insistido los Comandantes y particulares en que para el efecto se hiciese acuerdo el día de ayer, había podido suspenderlo hasta hoy; que S. E. le había prevenido pasase a verle el caballero Síndico para tratar sobre la materia; y este expresó haberlo realizado y propuesto a S. E. se le pediría permiso por el Exmo. Ayuntamiento para celebrar un Cabildo abierto, o Congreso general, en que se oyese al pueblo, y tomasen providencias; convidando por esquelas a la parte principal y más sana de él. Que habiendo indicado este arbitrio a presencia del Señor Fiscal de lo civil, D. Manuel Genaro Villota, y del Capitán de fragata, D. Juan de Bargas, había instado al mismo tiempo en que se meditase y propusiese cualquiera otro, que desde luego estaba pronto a proponerlo y promoverlo en el Ayuntamiento; que no se había meditado otro alguno, y sólo si, conformádose S. E. con el propuesto por el exponente. En este estado agolpó un número considerable de gentes a la plaza mayor, explicando a voces el mismo concepto que habían manifestado el Señor Alcalde de primero voto y el caballero Síndico. Y los Señores, persuadidos de la necesidad que hay de poner prontas precauciones a los males que se anuncian, convencidos de que deben tomarse providencias con la mayor brevedad, por el hecho mismo de haber agolpado la gente a la plaza, expresando a voces sus deseos y afianzados en la exposición del Sr. Alcalde y caballero Síndico, acordaron se pase oficio en el acto al Exmo. Señor Virrey, suplicándole se digne conceder a este Cabildo permiso franco para convocar, por medio de esquelas, la principal y más sana a fin de que, en parte del vecindario, un congreso público, exprese la voluntad del pueblo, y acordar en vista de ello las medidas más oportunas para evitar toda desgracia, y asegurar nuestra suerte futura. Que al propio tiempo se sirva disponer, que en el día del Congreso se ponga una reforzada guarnición en las avenidas, o bocas calles de la plaza, para que contenga todo tumulto, y sólo permita entrar en ella a los que con la esquela de convocación acrediten haber sido llamados. Se formó el oficio en los términos siguientes.

Oficio a su excelencia
Excelentísimo señor:
«Sabedor el pueblo de los funestos acaecimientos de nuestra península, por los impresos publicados en esta ciudad de orden de V. E., y animado de su innata lealtad a nuestro Soberano, y de los sentimientos patrióticos con que siempre se ha distinguido, vacila sobre su suerte futura; y el deseo de que sea la más conforme a su felicidad y al objeto inalterable de conservar íntegros estos dominios, bajo la dominación del Sr. D. Fernando VII, le hace zozobrar en un conjunto de ideas difíciles de combinar, y que si no se llegan a fijar cuanto antes, pueden causar la más lastimosa fermentación. Este Ayuntamiento, que vela sobre su prosperidad y se interesa en gran manera por la unión, el orden y la tranquilidad, lo hace presente a V. E., y para evitar los desastres de una convulsión popular, desea tener de V. E. un permiso franco para convocar, por medio de esquelas, la principal y más sana parte de este vecindario, y que en un congreso público exprese la voluntad del pueblo, y acuerde las medidas más oportunas para evitar toda desgracia y asegurar nuestra suerte venidera. Sirviéndose V. E. disponer que en el día del Congreso se ponga una reforzada guarnición en todas las avenidas, o bocas calles de la plaza, para que contenga todo tumulto, y que sólo permita entrar en ella los que con la esquela de convocación acrediten haber sido llamados.
Dios guarde a V. E. muchos años. Sala capitular de Buenos Aires, 21 de mayo de 1810.
Excelentísimo señor.
Juan José Lezica - Martín Gregorio Yaniz - Manuel Mancilla - Manuel José de Ocampo - Juan de Llano - Jaime Nadal y Guarda - Andrés Domínguez - Tomás Manuel de Anchorena - Santiago Gutierrez - Dr. Julián de Leiva.

Excelentísimo señor virrey D. Baltazar Hidalgo de Cisneros».
Y los Señores mandaron se ponga en limpio, y se pase en el momento por medio de una diputación, que deberá componerse de los señores, D. Manuel José de Ocampo y D. Andrés Domínguez; a quienes encargaron muy eficazmente obtuviesen de S. E. pronta contestación, por la cualidad del caso y sus circunstancias; quedando abierto el acuerdo hasta que regresasen.
Volvieron les Ses. Diputados, y dieron cuenta de que habiendo manifestado al Exmo. Sr. Virrey el objeto de la diputación y entregádole el oficio, había repuesto S. E., que el asunto era delicado, y necesitaba meditación, que sin embargo había entrado a su despacho y entregádoles al cabo de un buen rato la contestación, que era la misma que ponían en manos del Exmo. Cabildo. La cual se leyó, y es del tenor siguiente.

Contestación de su excelencia
Excelentísimo señor:
«Acabo de recibir el oficio de V. E. de esta fecha, ahora que son las diez de la mañana, por medio de sus dos diputados a efecto de ponerlo en mis manos, y enterado de su contesto, estoy desde luego pronto a acordar a V. E., como lo ejecuto, el permiso que solicite para el fin y con las condiciones que me indica en su citado; mediante lo que, luego que V. E. me participe el día en que ha de celebrarse el Congreso que se ha propuesto, dispondré que se aposten las partidas que V. E. solicita, en las avenidas de las bocas calles de la plaza, con los fines de evitar, según corresponde al mejor servicio de S. M. y tranquilidad pública de esta ciudad, cualquier tumulto o conmoción que pudiera ocurrir; como igualmente para que sólo permitan entrar en ella a los vecinos de distinción, que por medio de la esquela de convocación acrediten en debida forma haber sido llamados por V. E. al efecto, y espero del discernimiento constante y acreditada fidelidad de V. E. e interés que siempre ha manifestado por el bien público de esta ciudad, que como su representante, esforzará todo el celo que lo caracteriza y distingue, a fin de que nada se ejecute ni acuerde que no sea en obsequio del mejor servicio de nuestro amado soberano, el Sr. D. Fernando VII, integridad de estos sus dominios, y completa obediencia al supremo gobierno nacional que lo represente durante su cautividad: pues que, como V. E. sabe bien, es la monarquía una e indivisible, y por lo tanto debe obrarse con arreglo a nuestras leyes, y en su caso, con conocimiento o acuerdo de todas las partes que la constituyen, aun en la hipótesis arbitraria de que la España se hubiese perdido enteramente, y faltase en ella el gobierno supremo representativo de nuestro legítimo soberano.
Dios guarde a V. E. muchos años. Buenos Aires, 21 de mayo de 1810.
Baltasar Hidalgo de Cisneros.

Exmo. Cabildo, Justicia y Regimiento de esta ciudad».
Y enterados los señores, acordaron que el Sr. D. Andrés Domínguez pase en el acto a solicitar del Comandante de Patricios, D. Cornelio de Saavedra, a nombre de este Cabildo, el que se persone en la Sala, a fin de encargarle que aplique su celo a evitar todo tumulto, y conservar el orden y la tranquilidad pública.
En este estado, y habiendo salido el Sr. Diputado, se oyeron nuevas voces del pueblo, reducidas a que se presentase en los balcones el caballero Síndico; quien, después de haberse repetido aquellas voces por varias ocasiones, se presentó en efecto, y el pueblo en grita le significó, quería saber lo que se había contestado a la diputación del Exmo. Cabildo. El caballero Síndico les hizo entender, que S. E. había prestado conformidad en todo a las solicitudes del Ayuntamiento, y que éste se hallaba trabajando por el bien y felicidad pública, que era de necesidad forzosa el que todos se retirasen a sus casas para no perturbar la tranquilidad y el sosiego: que se aquietasen, pues que el Exmo. Cabildo no omitiría medio de cuanto estimase conducentes al mayor bien.
Clamaron entonces de nuevo, que lo que se quería era la deposición del Exmo. Señor Virrey; y habiendo el caballero Síndico tratado de persuadirlos, esforzando más y más las insinuaciones que anteriormente tenía hechas, se retiró a la Sala. En cuyo acto compareció D. Cornelio Saavedra, y los señores suplicaron encarecidamente pusiese en planta, sin la menor demora, los medios todos de su prudencia y celo, para hacer que se retirase de la plaza aquella gente, y que velase con los demás Comandantes sobre el orden público, quietud y sosiego del vecindario, a fin de precaver toda conmoción, y evitar cualquiera novedad y desgracia que pudiera experimentarse en circunstancias tan arriesgadas; hasta tanto se resolvía lo más conveniente al bien público.
D. Cornelio Saavedra ofreció que nada se omitiría de su parte, y de la de los demás Comandantes, al indicado fin, saliendo por garante de la seguridad pública. Se despidió, y significando al pueblo que el Exmo. Cabildo meditaba, trataba y acordaba cuanto creía conducente a la felicidad del país, consiguió que la gente toda se retirase de la plaza. Y los Señores determinaron se celebre el Cabildo abierto, o congreso general el día de mañana 22, a las 9 de ella, y que al efecto se convide por esquela a la parte principal y más sana del pueblo. Se formó la esquela, que es del tener siguiente:

Esquela
«El Exmo. Cabildo convoca a Vd. para que se sirva asistir precisamente mañana, 22 del corriente a las 9, sin etiqueta alguna, y en clase de vecino, al Cabildo abierto, que con avenencia del Exmo. Señor Virrey ha acordado celebrar, debiendo manifestar esta esquela a las tropas que guarnezcan las avenidas de esta plaza, para que se le permita pasar libremente».
«Señor D....»
Y mandaron se imprima en el día y se reparta sin perdida de instantes, arreglándose lista de los individuos, en la que deberán ser comprendidos el Reverendo obispo, el Exmo. Sr. D. Pascual Ruiz Huidobro, Señores de la Real Audiencia y del Tribunal de cuentas, Ministros de Real Hacienda, y Jefes de oficinas, Cabildo Eclesiástico, Curas y Prelados de las religiones, Real Consulado, Comandantes, Jefes, y algunos oficiales de los cuerpos de esta guarnición, Alcaldes de barrios y vecinos, Catedráticos y profesores del derecho; compartiéndose por barrios los encargados de distribuir las esquelas, y ordenaron por último se disponga proclama enérgica, con la cual haya de darse principio a la sesión el día de mañana. Y con esto se concluyó el acuerdo, que firmaron dichos Señores, de que doy fe.
Juan José Lezica - Martín Gregorio Yanis - Manuel Mancilla - Manuel José de Ocampo - Juan de Llano - Jaime Nadal y Guarda - Andrés Domínguez - Tomás Manuel de Anchorena - Santiago Gutiérrez - Dr. Julián de Leiva - Licenciado D. Justo José Núñez, Escribano público y de Cabildo.

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