PACTOS PRECONSTITUCIONALES ARGENTINOS
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MEDIACION DE QUIROGA EN EL CONFLICTO ENTRE HEREDIA Y LATORRE Y TRATADO DE PAZ, AMISTAD Y ALIANZA ENTRE LOS GOBIERNOS DE SALTA, TUCUMAN Y SANTIAGO DEL ESTERO; COMUNICACIÓN DE FELIPE IBARRA A ROSAS [1]
[5 de febrero a 3 de mayo de 1835]
[Oficio de Quiroga a los representantes de Salta, Tucumán y Santiago del Estero a fin de concluir un avenimiento]
Santiago, Febrero 5 de 1835. Año 26 de la Libertad, 20 de la Independencia
A los Excmo. SS. Gobernadores de las provincias de Tucumán y Santiago del Estero, y Señor Ministro Representante del de Salta residentes en esta Provincia. Llegó por fin el momento deseado por el General que firma, de hablar viva voce con los SS a quienes tiene la honra de dirigirse, para hacerles presente el filantrópico objeto que se propuso el Ecxmo. Gobierno de Buenos Aires al enviarlo cerca los SS Gobernadores de Salta y Tucumán, y los sentimientos dolorosos que le causaron los desavenencias suscitadas entre ambos gobiernos, cuya contienda no podía menos que tener por resultado males de tanta gravedad que no solamente afligieron a los dignos habitantes de una y otra provincia, sino también, que haciéndose transcendentales, afectasen los intereses de la Republica en general. Si el enviado a pesar de la rapidez de sus marchas, no ha tenido la fortuna de llegar a tiempo de hacer escuchar la voz conciliadora de su digno Comitente, y parar el funesto golpe que un destino cruel ha descargado sobre el finado Gobernador Brigadier D. Pablo Latorre y otros infortunados argentinos, ha logrado al menos, el desahogo de deplorar con los SS a quienes habla tamañas desgracias, y convenir en la necesidad de arbitrar el mas eficaz remedio para que no se repitan.
Se ha convenido también, en que la separación de Jujuy es uno de los males de mas notable trascendencia, no tan solo por las consecuencias comunes al trastorno que es consiguiente a esta novedad; sino por que esta fracción, habiendo influido decisivamente en el desenlace de los sucesos, se considera acreedora a una exorbitante compensación que si se otorgase, pesaría sin duda sobre un vecindario inocente y afligido con tantas calamidades; también por que hay sobrados fundamentos para temer que esta nueva provincia haciendo mal uso de su emancipación y traspasando límites que debe respetar, quiera incorporarse a la Republica limítrofe, cuyo acto seria lo mismo que la señal de guerra entre ambas Republicas; pues la Argentina no sufrirá la afrenta de que desmiembre la integridad del territorio, y por lo mismo son traidores a la Nación los autores de este proyecto, y dignos de ser perseguidos de muerte: resultando de estos convencimientos, que los Gobiernos de Salta, Tucumán y Santiago del Estero, estipularán el pacto solemne de combatir esta fatal idea con todo su poder, y de transar las diferencias que entre si pudieran suscitarse en lo sucesivo, por los medios suaves de la razón, librando sus disputas al juicio de dos, tres, o mas provincias hermanas, según lo estimen conveniente, y no apelar en ningún caso al recurso terrible de las armas. La intercesión que a nombre de su Gobierno y por si ha interpuesto el enviado en favor de las personas y bienes de los servidores del Gobierno que caducó con el desastroso fin del Brigadier Latorre, y de la familia de este desgraciado jefe, ha merecido a los SS. Gobernadores y Ministro Representante del de Salta la más tierna acogida. El enviado se congratula de que tan bellos sentimientos no serán estériles ni quedará defraudada la palabra que se le ha otorgado de dispensar la mas generosa protección a esos Argentinos a quienes una fortuna impropicia ha colocado en la clase de vencidos. Se congratula igualmente, de haber visto a lo SS. Gobernadores y Ministro, penetrados de la importante máxima de que la paz interior es el supremo bien de los Estados, y que el no puede disfrutarse en un pueblo que se compone de opresores, y oprimidos, que los mismos SS. han pronunciado en favor de sus recomendados el voto de la justicia reputando las acciones de aquellos, en la pasada lid, como un obedecimiento debido a la autoridad que ha fracasado; y que este sistema de imparcialidad será la regla de unos Magistrados en quienes fijan sus ojos las demás provincias hermanas sintiendo el sacudimiento que acaba de padecer la benemérita de Salta.
El enviado por fin tendrá la dulce satisfacción de instruir a su Gobierno que las disenciones entre Salta y Tucumán han terminado, que los Jefes que presiden estas dignas provincias y a la benemérita de Santiago consagran todo su conato en trabajar por el bien de sus conciudadanos, en extinguir para siempre el fuego de la discordia, y en consolidar los cimientos de una paz perpetua. La contestación que el infrascripto espera de la presente comunicación será una preciosa garantía de los sentimientos patrióticos que animan a los SS. Gobernadores a quienes se dirige, y una prueba autentica que el enviado presentará al Gobierno Comitente de la estimación que han merecido sus buenos oficios. Dios guarde a los SS. Gobernadores, y Ministro Representante del Excmo. Gobierno de Salta muchos años.
Juan Facundo Quiroga; José Santos Ortiz, Secretario.
Está conforme.-
Gondra.
Está conforme.-
Juan Felipe Morcillo, Oficial 1º
[Oficio de los Gobernadores se Tucumán y Santiago del Estero y del representante de Salta, a Quiroga, en respuesta del precedente]
Santiago, febrero 6 de 1835.Año 26 de la libertad y 20 de la Independencia.
Al excelentísimo Señor Brigadier General D. Juan Facundo Quiroga.
Los infrascriptos Gobernadores de Tucumán y Santiago del Estero, y el Ministro Representante del Excelentísimo Gobernador de Salta, han sentido el mas alto placer al instruirse de la nota que el Excelentísimo Señor Brigadier General se ha servido pasarles, por consecuencia de la entrevista a que fueron invitados, en la cual se desenvolvieron los grandes intereses de las Provincias a que pertenecen los infrascriptos, y los de toda la Nación Argentina. Ella abraza con exactitud los principales puntos acordados, que reducidos a un tratado formal, los infrascriptos se honran de pasarlo al Excelentísimo Señor Brigadier General para que pueda transmitirlo al Excelentísimo Gobierno de Buenos Aires, quien tomando el mas decidido interés en la suerte de estas provincias hermanas tuvo a bien conferirle la mas extendida importante comisión, para que interponiendo sus respetos, y prudentes consideraciones, transigiera pacifica y armoniosamente las diferencias que infortunadamente habían tenido lugar entre los gobiernos de Salta y Tucumán. Si estas no fueron removidas al favor de la mediación, por el infausto destino que cupo a la provincia de Salta, al menos el Señor Brigadier General sentirá la grata satisfacción de haber llegado a tiempo de indicar los medios por los cuales haya de evitarse en lo sucesivo, el que las desavenencias que puedan originarse entre provincias hermanas, no sean transigidas a mano armada, sino con la interposición de otras, que penetrándose de sus querellas, logren juiciosa e imparcialmente poner en el lugar que les corresponde a cada una de las disidentes. La tendrá aun mayor por haber persuadido y acordado los que mas segura y naturalmente hayan de preparar y conducir a todas las provincias a la organización nacional; cuyo ardiente voto se escucha por todos los pueblos cansados ya de permanecer más tiempo en la incertidumbre de sus destinos. Mas, como la sola indicación de los medios conducentes a este importantísimo objeto tal vez no sea suficiente para lograrlo, los infrascriptos esperan del acendrado patriotismo y eficaz interés por el bien del país que animan al Excelentísimo Señor Brigadier General, se digne emplear por todas partes sus respetos, y mediaciones, haciendo el ultimo sacrifico que imperiosamente le demanda la Patria. Dios guarde a S. E. muchos años.
Alejandro Heredia; Felipe Ibarra; Juan Antonio Moldes; Adeodato de Gondra, Secretario; Franco Araoz, Secretario.
Está conforme.-
Gondra.
Está conforme.
Juan Felipe Morcillo, Oficial 1º
[TRATADO ENTRE SALTA, TUCUMÁN y SANTIAGO DEL ESTERO]
Los Gobernadores de Tucumán y Santiago del Estero y el Ministro Representante del Exmo. Gobierno de Salta, reunidos en la Capital de esta Provincia, previo el canje de poderes a efecto de consultar el mejor acierto en su futura marcha política y predisponer los medios por donde estos pueblos puedan arribar al termino deseado de una organización regular han acordado y estipulado, con la debida autorización de sus respectivas legislaturas, los artículos siguientes:
1º — Habrá paz, amistad, y alianza especial entre los Gobiernos de Salta, Tucumán y Santiago del Estero.
2º — Se comprometen y obligan a no ocurrir jamás al funesto medio de las armas para terminar cualesquiera desavenencias que en lo sucesivo tengan lugar.
3º — En el caso del articulo anterior ocurrirán precisamente a uno, dos, o mas Gobiernos de la Republica solicitando su amigable mediación para conciliar a los desavenidos-
4º — Para disminuir el cúmulo de males que ha causado la anterior contienda entre Tucumán y Salta, ambos gobiernos se obligan a respetar las personas y propiedades de los vencidos sin excepción.
5º — Los tres Gobiernos contratantes declaran a la Provincia de Salta exenta de pagar contribuciones de guerra o indemnizaciones pecuniarias resultantes de la anterior contienda citada.
6º — El Gobierno de Santiago exonera al de Salta del pago de cinco mil cabezas de ganado que gravitaba sobre sí por el artículo séptimo del tratado de paz celebrado en Tucumán en 2 de Diciembre de 1831.
7º — El Gobierno de Salta en conformidad al articulo 1º de dicho tratado, se obliga a no permitir el regreso de todas aquellas personas que hicieron la guerra a los pueblos, y emigraron a país extranjero.
8º — Si hubiese de haber alguna excepción al articulo anterior, no podrá tener lugar sin el consentimiento de los Gobiernos ([contratantes]) de la Republica.
9º — Los tres Gobiernos contratantes perseguirán de muerte toda idea relativa a la desmembración del territorio de la Republica.
10º — Los Gobiernos de Salta y Santiago facultan al de Tucumán para dirigirse en nombre de los tres a los demás de la Republica invitándolos a adherirse al presente tratado si lo reputan interesante al bien nacional, y el resul¬tado comunicará oportunamente.
11º —Lo estipulado en todos y cada uno de los artículos que anteceden será ratificado por la Honorable Legislatura de Santiago a los tres días de esta fecha, por la de Tucumán a los doce días, y por la de Salta luego después de su nueva instalación.
Acordados y firmados en la Capital de la Provincia de. Santiago del Estero a seis de Febrero de mil ochocientos treinta y cinco. Año 26 de la Libertad y 20 de la Independencia.
Alejandro Heredia; Felipe Ibarra; Juan Antonio Moldez.
Por mandado de los Excmos. SS. Gobernadores de Tucumán y Santiago. El Ministro General, Adeodato de Gondra. El Secretario de la Legación de Salta, Francisco Araoz.
Está conforme.-
Gondra.
Está conforme.
Juan Felipe Morcillo, Oficial 1º
[RATIFICACIÓN DEL CONVENIO PRECEDENTE]
La Honorable Sala de Representantes de la Provincia en Sesión de este día ha sancionado lo siguiente.
ARTICULO UNICO. Apruébanse en todas sus partes los tratados celebrados el seis del presente entre este Gobierno, y los de Salta y Tucumán.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para su ejecución y fines consiguientes.
Sala de Sesiones de Santiago del Estero a 7 de Febrero de 1835.
Felipe Ferrando, Presidente; José Francisco Villar, Vocal Secretario-
[CARTA DE IBARRA, A ROSAS, CON MOTIVO DEL PACTO PRECEDENTE Y LA AUTONOMÍA DE JUJUY]
Señor D. Juan Manuel de Rosas.
Santiago, Mayo 3 de 1835.
Mi distinguido compatriota y grande amigo: me propongo contestar a su apreciable de 28 de Marzo en muy pocas palabras, pues no se necesita mucho para manifestar la pureza y buena fe de todos mis procedimientos desde que comenzaron las fatales desavenencias entre Tucumán y Salta hasta la fecha.
Bien debe Ud. saber el vivo y decidido interés que tomé a favor del desgraciado Gobernador Latorre en cuanto lo permitía mi posición, a pesar de no ligarme a el relaciones de amistad alguna: pero la causa de la Federación que ambos sosteníamos era el vínculo mas fuerte para uniformar nuestra marcha. Consecuente a esto lo aconsejé según era conve¬niente e hice cuanto estuvo en la esfera de mi poder para cortar la funesta guerra que debía traer tantos males pero todos mis esfuerzos y mis mayores deseos fueron frustrados por la rapidez con que se sucedieron unos acontecimientos que no pudimos prever y cuya verdadera causa estaba dudosa. Cuando Jujuy proclamó su independencia en 19 de Noviembre y fue reconocida en 2 de Diciembre por la Legislatura de Salta en ley especial aprobada por Latorre ¿que otra cosa podía pensarse sino que la tal independencia era obra de este para tener una retirada segura en caso de contraste? Es muy público que Latorre tenía toda su fortuna, armamento, y su mayor confianza en la provincia de Jujuy, a quien prodigaba muestras de la mas decidida predilección y parecía indudable que los Jujeños repetirían ahora los heroicos esfuerzos que hicieron el año 32 para reponerlo en el Gobierno cuando se sublevó la guarnición en Castañares; pero todos los cálculos salen errados y no hay previsión acertada cuando sobreviene una traición inesperada y tan atroz como la que jugaron los Jujeños a aquel desgraciado hasta ser ellos mismos los que alevosamente terminaron su vida.
Por todo lo dicho conocerá Ud que aquí reconocimos la independencia de Jujuy por dos razones: primera por creerla obra de Latorre: Segunda por que su Capital la reconoció primero sin manifestar indicio alguno de reprobación; y es preciso convenir que en este caso una negativa por parte de los Gobiernos limítrofes habría suscitado cuestiones intempestivas que solo hubiesen servido para exasperar los animos ya prevenidos; y mucho mas cuando no estábamos en aptitud de hacer retrogradar a Jujuy por la fuerza, ni podíamos emplearla legalmente después de reconocida esta nueva provincia por su misma metrópoli o Capital. Vamos a otra cosa.
El tratado de 6 Febrero y todo lo demás que se ha hecho desde que el finado General Quiroga pisó esta provincia ha sido a indicación suya, según consta de documentos oficiales que ya se han remitido al Gobierno de esa provincia. Nada de todo ello se hubiera hecho, ano ser sus respetables insinuaciones, que se consideraban emanadas del Gobierno a quien representaba: y es bueno que sepa Ud una circunstancia que no aparece en el Tratado, cual es, la de haber dicho General dispensado a la provincia de Salta el pago de grandes cantidades que aun restaba a la de la Rioja. Todo esto se hizo por componer un poco el estado de estos pueblos, que es preciso examinarlo de cerca para apreciarlo en su justo valor. Diré a Ud mas: para tratar de intruso al Gobierno de Salta hubiera sido preciso que el Representante del Gobierno de Buenos Aires no hubiese admitido en su carácter publico, como lo hizo, al Representante de Salta que vino aquí; pues es evidente que reconocido el enviado Diplomático en la calidad de tal, seria una contradicción desconocer la autoridad del que lo envía; y aquí tiene Ud la causa por que yo trate en aquellas circunstancias con el Ministro Moldes, cosa que no habría hecho por mi solo, pues confieso a Ud con ingenuidad que después del asesinato de Latorre me horrorizaba la menor relación con los hombres que habían figurado en aquel Teatro de Sangre.
Todas las reflexiones que contiene su apreciable carta con respecto a los enemigos de la Federación son para mi tan preciosas que nunca las perderé de vista en ningún caso. Viva Ud seguro que mientras dure mi existencia no desmentiré el honroso nombre de Federal que he sabido conservar en la prosperidad lo mismo que en la desgracia; y en fuerza de esto trataré de no descuidarme en frustrar siempre que pueda las perversas maquinaciones de esos enemigos eternos de nuestro país.
He hablado a Ud con la ingenuidad que me caracteriza sin disfrazarle mis sentimientos sobre los asuntos que toca su apreciable carta; y con esa misma ingenuidad súplica a Ud no cese de ilustrar mi inexperiencia, repitiéndome sus buenos consejos, los que indudablemente me harán mas digno del destino que ocupo.
Deseo a Ud salud y prosperidad, y que comunique sus órdenes a este su fiel amigo y compatriota.
Q. S. M. B.
Felipe Ibarra.
[1] Ortografía modernizada. Fuente: Ravignani, E, Asambleas Constituyentes Argentinas, Tº VI, 2º parte, pág. 229 ss.
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