julio 03, 2010

Colección de documentos sobre el otorgamiento de facultades extraordinarias, suma del poder público y honores al Gdor. Juan Manuel de Rosas (1845) Final

Resolución de la Representación de Salta, estableciendo honores a favor del gobernador de la provincia de Buenos Aires, Juan Manuel de Rosas [1]
[19 a 30 de Junio de 1845]
[Final]

¡Viva la Confederación Argentina, Mueran los Salvajes Unitarios!
El Gobernador de la Provincia de Salta Junio 30 de 1845.
Años 36 de la Libertad, 30 de la Independencia, y 16 de la Confederación Argentina
A la Honorable Representación de la Provincia de Buenos Aires.-
El infrascripto Gobernador y Capitán General de la Provincia de Salta; tiene el honor de pasar al conocimiento de V. H. copia oficial de la sanción del voto de gracias que está Soberana Representación General tuvo a bien decretar el 19 del presente, haciendo justicia a los relevantes y grandes servicios en favor de la Patria, que ha rendido V. H. cooperando con la sabiduría de vuestras deliberaciones para ayudar al Héroe, Salvador de nuestra Patria e instituciones.
Al verificarlo, le es muy grato al infrascripto, ofrecer a V. H. sus intimas cordiales felicitaciones, y saludar a sus Honorables Representantes, y heroico pueblo de Buenos Aires en vosotros representado con el respeto y admiración, con que deben estimarse las virtudes que han ostentado a la faz del Mundo Americano.-
Dios guarde a V. H. muchos años.
Manuel Antonio Saravia - Juan P. Figueroa
__________
¡Viva la Confederación Argentina, Mueran los Salvajes Unitarios!!!
Cuando de en medio de las conmociones civiles aparece un genio, que encadenando la anarquía, que a la Nación aflige, sustituye a ella el orden, la estabilidad y el poder, la Patria exige se erija un monumento de gloria para este Héroe haciendo una reseña histórica de sus altos hechos para que al recordarlos se excite el sentimiento de admiración y gratitud, que la Nación le debe.
La Provincia de Salta ha contemplado por largos años una serie no interrumpida de grandes acciones, que se han exhibido en espectáculo en la en la Confederación Argentina, toda vez que un Héroe se ha mostrado en la escena política, con el mando Supremo del Estado.
El Excmo. Señor Brigadier General D. Juan Manuel de Rosas, es el Ilustre y grande Americano a quien se hace alusión: es a quien se deben servicios tan importantes, como los que se han descripto en las tres épocas en que ha lucido como hombre público.
Primera época.
En 1820, restableció el orden y Gobierno legal de Buenos Aires terminando por la victoria del 5 de Octubre de ese año, un periodo sangriento de larga anarquía. - Era joven entonces el General Rosas, y Coronel del bravo y virtuoso Regimiento de Milicias de Colorados del Sud: - Con esa fuerza de caballería asaltó y rindió a los sublevados fortificados en el pueblo de Buenos Aires, con numerosa infantería v tren de artillería. - Con su influencia y sabios procederes obtuvo la pacificación general de las Provincias litorales, que hacían años ardían en desoladora guerra. - Entonces tuvo en sus manos el poder y la victoria, la popularidad y el prestigio mas legitimo. - Sin embargo, la única pretensión que manifestó fue el patriótico ejemplo de retirarse, como lo hizo, a cultivar sus campos.
Segunda época.
En 1828, los Salvajes Unitarios cometieron el atentado horrible de amotinar al Ejército Nacional, y asesinar al Jefe Supremo de la Republica, Ilustre Coronel D. Manuel Dorrego. - Toco al General Rosas dirigir la resistencia de un pueblo, que peleaba contra tan crueles enemigos de su libertad y reposo. - El Cielo protegió sus heroicos esfuerzos, y le inspiro la idea de celebrar la victoria, con el perdón de los vencidos. - Restablecida la paz publica, y afianzado el orden, licenció el ejército de virtuosos intrépidos ciudadanos, que a su lado alcanzaron la restauración de las leyes. - La Soberana. Representación de la Provincia lo eligió de Gobernador y Capitán General por el periodo de tres años, - Ardía la guerra en las Provincias del interior; y el General Rosas investido por la Legislatura, con poderes extraordinarios logró terminarla sin gran efusión de sangre, y amparando a los vencidos con la misma divisa de los Vencedores. - En esa época organizó a la vez los ramos mas importantes de la Administración; venció a los indios depredadores de las fronteras; y por un tratado publico y solemne entre las Provincias de la Republica estableció la Confederación Argentina. - La Nación pacífica y organizada en su interior, y convenientemente representada en sus relaciones con los Gobiernos extranjeros, quiso reelegir sin hacer lugar por tres veces a la renuncia, al Ciudadano, que tantos bienes le había deparado en los periodos los mas desconsoladores. - El General Rosas dimitió el mando supremo, y devolvió los poderes extraordinarios, -
Era el primer Gobierno patrio, que había podido terminar el periodo legal; el primero que cimentó la obediencia legal, y el orden administrativo; el primero, que de los divididos y mutilados fragmentos de la nacionalidad, formó un cuerpo respetable de Nación.-
Tercera época.
En 1835, el país se perdía por del doble embate de facciosos internos y de enemigos extranjeros. Era necesario un poder fuerte por la Ley, y un estadista sabio y patriota, que tuviese al mismo ([al mismo]) tiempo la energía de luchar por amor a su patria, contra esa conjuración tremenda. - La Soberana Representación eligió al General Rosas por cinco años con poderes extraordinarios; y aun a su solicitud impetro el sufragio nominal de sus Conciudadanos - Habiéndose terminado en mucho ese periodo, el General Rosas no ha cesado de rogar la admisión de su renuncia; pero durando los graves peligros de la nacionalidad, y siendo su autoridad la única que puede superarlos, y que al mismo tiempo, la que ha acrecentado la importancia moral y material del país, y afianzado solidamente el orden, y las mas caras instituciones, la Legislatura y el pueblo, no han asentido a su separación hasta la terminación de la guerra.
El Gobierno del Excmo. Señor General Rosas es pues temporario, aunque con la plenitud del poder proveniente del derecho publico del país, que no ha abrogado su Constitución Republicana, si no suspendiéndola en lo que pudiese, por las circunstancias extraordinarias, comprometer el orden, y malograr la defensa de la Independencia Nacional - Ese mismo poder extraordinario ha venido a ser todavía mas necesario a causa de esa complicación extranjera; pues que sin una autoridad a la vez ilustrada y rigorosa, como la que domina hoy la situación, ya habría sucedido alguno de aquellos terribles acontecimientos, que, han enlutado las épocas mas adelantadas de otras Naciones.
Por todas éstas consideraciones los salteños, que jamás han desmentido ser herederos de las glorias Nacionales que conquistaron los primeros Campeones de la guerra de la Independencia, a precio de la sangre, y sacrificios de sus hijos colocando en esta tierra el solio de la Libertad, y la tumba de los tiranos, no han podido dejarse de conmover al recuerdo de esas glorias excitadas por hechos tan ilustres; y la Representación General, usando de su soberanía, y con las facultades ordinarias y extraordinarias que inviste a tenido a bien decretar.
Lo siguiente.-
ART. 1°.- El Pueblo Salteño reconoce en el Excmo. Señor B. D. Juan Manuel de Rosas, actual Gobernador y Capitán General de la Provincia de Bs. As., el primer Héroe Americano, que ha sostenido con sabia política, energía, y poder la Independencia de la Patria, su Soberanía, y la dignidad de sus leyes.
2°.- La Representación Soberana exprime un voto solemne de gracias a este supremo Jefe del Estado, al gran pueblo de Buenos Aires, y a su Honorable Representación, por haber cooperado simultáneamente al sostenimiento heroico de nuestra querida Independencia, que juraron nuestros mayores Padres conscriptos sostener en la celebre Acta del 9 de Julio de 1816, a costa de la vida, haberes y fama.-
3°.- Este voto se leerá todos los años en el solemne Aniversario del gran día 9 de Julio; después de leída, como es de costumbre, la Acta de nuestra emancipación política, incluyéndose las tres épocas gloriosas en que lució el Héroe Argentino, consignadas ya en la historia de America, y que sirve de Considerando para este voto.
4°.- Se mandará imprimir un número considerable de ejemplares de esta Soberana resolución, a fin de que se difunda en toda la Provincia de Salta, el conocimiento exacto de las estimables prendas, y virtudes cívicas, que adornan al Jefe Supremo, que está al frente de la Confederación, luchando por nuestra nacionalidad, contra los Salvajes Unitarios, y extranjeros que se les han aliado.-
5°.- El retrato del Excmo. Señor Brigadier D. Juan Manuel de Rosas será colocado en lugar conveniente en esta Sala de Sesiones, en medio de dos cuadros, que contengan, el uno, la Acta y declaración de la Independencia, y el otro, esta Soberana sanción.-
6°.- Pásese copia oficial de esta disposición al Excmo. Gobierno de Buenos Aires, a su Honorable Representación, y demás Gobiernos de la Confederación.
7°.- Comuníquese al P. E. para su cumplimiento.-
Sala de Sesiones en Salta a 19 de Junio de 1845.
El Presidente de la H.S.
Dr. Juan J. Castellanos
Juan Francisco Valdes, Secretario.
Salta, Junio 21 de 1845.-

¡Viva la Confederación Argentina, Mueran los Salvajes Unitarios! = Ejecútese.-
Publíquese en la forma de bando, con toda la solemnidad y pompa correspondiente; precediendo repiques generales, y embanderamientos en todas las calles de la Ciudad, las que se iluminarán la noche que sigue al día de la publicación. - Circúlese a quienes corresponda, y dese al Registro Oficial. -
Saravia. - Juan P. Figueroa. -
Es Copia.
Figueroa

[1] Fuente: Ravignani, E, Asambleas Constituyentes Argentinas, Tº VI, 2º parte, pág. 1079 ss. Ante disposiciones expresas de nuestra Constitución nacional, que no se encuentran en otras que se citan como fuente, nos ha parecido conveniente reunir los elementos de derecho público argentino que han dado origen a las expresiones Facultades extraordinarias y Suma del poder público, como así también las de Preeminencias y Honores. Todas ellas, en realidad, se dictaban para robustecer el Poder Ejecutivo en mengua de los poderes legislativo y judicial. Sería difícil un comentario doctrinario e histórico sin tener presente elementos de juicio como los que se ofrecen a continuación. Este aspecto de nuestra historia constitucional tiene caracteres genuinamen¬te argentinos; de ahí que sea en la entraña de nuestro pasado que debe buscarse la explicación de un asunto tan particular. Como ilustración y comentario de estos elementos, recomendamos la lectura de los fundamentales debates en la Junta de representantes de Buenos Aires. (N. del E.)

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