MENSAJE
DEL
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Bartolomé Mitre
AL ABRIR LAS SESIONES DEL CONGRESO NACIONAL
EN 25 DE MAYO DE 1862
En la Ciudad de Buenos Aires
HONORABLES SENADORES Y DIPUTADOS
Después de haber llenado la alta misión que se dignaron depositar en mi los pueblos argentinos, dejando instalado en este día el Congreso en cuyas mano entrego los destinos de la patria, debo cumplir el deber que ha sido impuesto, manifestando a V. H. de que manera he usado las facultades con que fui investido, mientras se preparaba la reorganización de los poderes que han de regir a la Nación.
Los hechos de armas que han dado origen a la situación en que el país se encuentra, conmoviéndolo profundamente, podían haber producido acaso la vacilación de algunos espíritus, ocultándoles por un momento el camino fijado de antemano a la revolución par las leyes escritas, por el voto de los pueblos y por la lógica misma de los acontecimientos. En el instante en que los poderes públicos se disolvían, y en que la manifestación material de la unidad argentina se borraba, por decirlo así, era necesario pensar y decidir que este eclipse era transitorio, y que esa disolución aparente, era un verdadero labor de regeneración del que la República surgida en breve fuerte, compacta y libre, reposando en las conquistas laboriosas de su pasado, en la lisonjera realidad de su presente y en las grandes promesas de su porvenir. A ese fin, era también necesario apoderarse con mano firme del símbolo visible de la nacionalidad, que aun quedaba de pie, y levantarlo en alto para tranquilizar a los unos, respecto de la lealtad del designio que había armado el brazo de los pueblos, y para recordar a los otros cual era el pensamiento que se abría paso, entre el estruendo de las armas y las vacilaciones consiguientes una situación no definida.
Punto de partida
La reorganización de la República sobre la base de la moral, de la libertad y de la Constitución reformada, ha sido la bandera que reunió todas las voluntades en torno suyo, al día siguiente de la lucha. Ella ha evitado el profundo peligro que encierran casi siempre las épocas de transición, y ha mantenido indivisible la unidad nacional, durante el período supremo a que hoy pone término la reunión de este Congreso de los representantes del pueblo argentino. Tal ha sido el programa que, como jefe de los pueblos en armas, oyeron de mis labios todas las provincias de la República, y tal ha sido el propósito que, como Encargado del Poder Ejecutivo Nacional de ella ha tratado de llevar a cabo.
Doble origen de los actos emanados del Encargado del Poder Ejecutivo
Disueltos los poderes nacionales que existían antes de la batalla de Pavón, la República Argentina no podía quedar en acefalía absoluta. La obra que la provincia de Buenos Aires había iniciado por sí y constituyéndose en interprete de la voluntad de sus hermanas, no debía condenarse a la esterilidad y a la impotencia; y entonces los sucesos que habían nacionalizado la guerra, daban a la autoridad militar del que la dirigía, un carácter nacional de que éste no podía desprenderse sin faltar al objeto capital de la misión que le fue encomendada. Entre tanto, las provincias argentinas que habían reivindicado al fin sus derechos, retiraban los poderes conferidos al caduco Gobierno Nacional, reasumían la plenitud de su soberanía y en virtud de ella, me autorizaban a la convocación de un nuevo Congreso, confiriéndome sucesivamente el ejercicio del Poder Ejecutivo Nacional; si bien en esta última parte, las provincias de Corrientes y la Rioja limitaron el objeto de su delegación al mantenimiento de las Relaciones Exteriores, reduciéndola Entre Ríos a solo la convocación del Congreso. Tal es el origen respectivo de los actos que tendré el honor de exponer brevemente a V. H.
Misión del coronel D. Marcos Paz
Si la más alta y premiosa de las exigencias era la reorganización de los poderes nacionales y primero que todas el Congreso, ella no podía llenarse mientras no se consolidara la situación, mientras la paz no fuese en todo el país un hecho positivo. Las autoridades nacidas en medio de la lucha, llevarían en si un carácter efímero, inconciliable con el prestigio interior y la consideración exterior que debía buscarse para ella. Era, pues, necesario preparar aquel resultado disipando previamente las nubes que pudieran comprometer el crédito de esa situación, dándole por base la paz de la república. Después de las batallas de Pavón y Cañada de Gómez, el pronunciamiento de la mayor parte de las provincias argentinas cuyo voto era uniformar su política, con la de Bueno Aires, no fue bastante para vencer las resistencias que, si bien no asumían proporciones alarmantes, desde que la provincia de Entre Ríos se había retirado de la lucha, quedaban embargo de pie contra el nuevo orden de cosas establecido. Mientras las provincias de Córdoba, Corrientes, Tucumán, Santiago, San Juan y San Luis conseguían con sus nobles esfuerzos que prevaleciese en ellas el principio triunfante, Tucumán y Santiago eran invadidas por caudillos militares que lograron sobre ellas un suceso momentáneo. El valor perseverante del pueblo santiagueño, dominando a los invasores, los arrojó de su territorio y cooperó al restablecimiento de la situación de Tucumán, que despedazada en la lucha, no ha desmayado un solo instante, hasta el día de la victoria. Sin embargo, el conflicto entre las provincias beligerantes y sus auxiliares estaba creado, y era necesario evitar que los males ya producidos trajesen en pos de sí otros mayores. Una reparación buscada por Santiago y Tucumán contra los gobiernos de Salta y Catamarca podía dar resultados militares, presentando a estos la oportunidad de librarse de sus opresores; pero la guerra entre pueblos vecinos, hecha en las condiciones inevitables de una lucha improvisada podía tener fatales consecuencias, dejando, entre ellos la semilla terrible de los odios y haciendo más profundas las desgracias que se trataba de evitar. Entre tanto, una solución pacifica de las disidencias que existían en las provincias del Norte, poniendo fin a los desastres de la guerra, vigorizaba por la paz el crédito de la situación, y dejaba el camino expedito para ocuparse de la cuestión primordial de la actualidad, cual era la reorganización de la República, en la seguridad de que la influencia benéfica de un orden regular acabaría con cualesquiera dificultades secundarias que aun pudiesen quedar subsistentes. Con estas ideas, resolví nombrar cerca de las provincias del Norte un Comisionado Nacional, cuyo patriotismo, inteligencia y cordura, fuesen una garantía suficiente de éxito. El señor Coronel D. Marcos Paz, no obstante hallarse investido del Gobierno de Córdoba, fue el encargado de esa misión conciliadora. Los documentos que se acompañan en el anexo B, manifiestan a V. H. de que manera la desempeñó.
Arreglo de las cuestiones pendientes entre la provincias del Norte
El Comisionado Nacional, con un tino que honra su elección y su persona, llevó a cabo un arreglo pacifico entre los gobiernos de Catamarca, Tucumán, Salta y Santiago, cesando desde luego la actitud hostil de aquellas provincias, y asegurándose para ellas los inmensos beneficios de la paz.
Cambio de administración en Catamarca y Salta
El cambio de administración ocurrido entre tanto en Catamarca y Salta, ha dado mayor fuerza a aquel hecho, sin que esta circunstancia disminuya en manera alguna el señalado servicio prestado por el señor Coronel D. Marcos Paz, servicio que obliga hacia su persona la gratitud y consideración del país. El pronunciamiento de las provincias del litoral e Interior; los gloriosos esfuerzos que hicieron para asegurar el triunfo del principio liberal, en su orden interno; la cooperación prestada algunas de ellas por fuerzas militares de esta provincia y el resultado de la misión enviada cerca de los pueblos del Norte, han venido a concurrir de una manera eficaz y completa al afianzamiento de la paz, conquistando una era de libertad que tiene por base la verdad de las instituciones, pudiendo el pueblo argentino, para honor suyo, mostrar en cada una de sus autoridades, la expresión verdadera de su voluntad soberana.
El General Peñaloza
Tan solamente un jefe militar sin bandera y sin elementos de resistencia, queriendo hacer revivir la ladra vandálica y desacreditada de la antigua montanera, ha intentado perturbar el orden, primero en las inmediaciones de Tucumán, y más tarde en las frontera de San Luis, pero tres veces rechazado por la opinión del pueblo y batido por las fuerzas que sostienen la situación, ha presentado su sometimiento a las autoridades nacionales, pidiendo una amnistía y ofreciendo el desarme de las fuerzas, lo que le fue concedido, habiéndose autorizado al comandante en jefe del primer cuerpo del Ejército para terminar definitivamente esta cuestión, por la paz o por la guerra, esperando confiadamente que ella tendrá un pronto y feliz desenlace.
Convocatoria del Congreso
Cuando los resultados a que me he referido anteriormente, se hallaban en su mayor parte realizados, creí llegada ya la oportunidad de convocar el Congreso que debe crear las demás autoridades encargadas de regir la Nación; no queriendo retardar un momento un hecho tan justamente esperado, y habiendo obtenido al efecto la autorización de la Legislatura de Buenos Aires, desde que, como Gobernador de esta provincia, me hallaba en el deber de consultarla antes de aceptar las delegaciones con que fui honrado. V. H. conoce ya el tenor de la convocatoria y demás documentos que con ella se relacionan y constituyen el anexo C.
Reducción de los términos fijados para la revisión de las actas electorales
Los términos fijados por la ley de elecciones para la revisión de las actas electorales, retardaban sobremanera la instalación de la Legislatura Nacional, estorbando que ella tuviese lugar un día digno, por tantos títulos, de ser elegido para vincular a su recuerdo el de un acontecimiento solemne. Con objeto de salvar este inconveniente, juzgué necesario indicar a los gobiernos de las provincias, la conveniencia de acortar por esta vez esos términos; en lo cual no existía dificultad alguna de forma, desde que aquéllas habían reasumido momentáneamente la plenitud de su soberanía. Las provincias han procedido de acuerdo con esta indicación, que no lo dudo; aprobará. V. H., en vista de los poderosos motivos en que se funda.
Incidente ocurrido con motivo de las elecciones de Córdoba
Debo sin embargo instruir a V. H. del incidente que ha tenido lugar con motivo de la elección de los Diputados de la provincia de Córdoba. La provincia de Córdoba fue convocada para la elección de diputados nacionales, con arreglo al decreto anteriormente citado; pero en el segundo día de los designados para aquel acto, ordenó su suspensión el Excmo. Gobierno de ella. El Encargado del Poder Ejecutivo Nacional se encontró delante de esta dificultad y tuvo que darle la única solución posible y prudente, consultando las conveniencias de la Nación y el interés mismo de la provincia de Córdoba. Para ello, no era necesario hacerse juez de la validez o nulidad de actos electorales. Se trataba simplemente de un hecho, y era el de que las elecciones no habían tenido lugar, debiendo subsanarse en consecuencia esta falta, fin de que los diputados por parte de la provincia de Córdoba, pudiesen ocurrir oportunamente al Congreso Nacional.
Decreto convocando nuevamente a dicha provincia para la elección
En esta virtud se expidió el decreto adjunto a los documentos que forman el anexo D, y que hoy tengo el honor de someter a la alta aprobación de V. H., hallándose explicado en los que me impulsaron a proceder en ese sentido, a fin de proveer a la necesidad urgente, de que aquella provincia se hallase representada cuanto antes en el Congreso de la Nación, buscando los medios oportunos para llevar la conciliación a los espíritus, y esperando que las pasadas emergencias servirán acaso para levantar todas las voluntades a la altura de los grandes intereses que reclaman su apoyo.
Forma y extensión de la aceptación de poderes conferidos por las provincias
Las Honorables Cámaras del Buenos Aires se dignaron acordarme la autorización suficiente para la aceptación y ejercicio de los poderes nacionales que habían delegado en mí las provincias argentinas, confiriéndome por su parte los mismos poderes. Era, pues, llegado el caso de manifestar la forma y extensión en que ellos iban a ser ejercidos. El decreto expedido con fecha 12 de Abril próximo pasado, provee a estos objetos. (Anexo E). A la fecha de esa disposición, no se conocía aun ninguna medida relativa al ejercicio de los poderes nacionales, adoptada por la provincia de Salta. Sin embargó el decreto se le comunicó, en vista de haber ella declarado de una manera oficial y solemne, estar dispuesta a seguir el ejemplo de sus demás hermanas, uniformando con estas su política. En efecto, pocos días después, llegaba a mis manos la nota del Excmo. Gobierno de dicha provincia, acompañado la ley dictada por su Legislatura, por la cual se me confería la referida delegación.
Objetos de esa aceptación
Al aceptar la autoridad provisoria que depositaban en mi los pueblos fue mi ánimo ejercerla tan solo en aquella parte indispensable para la convocatoria del Congreso y el mantenimiento del orden interior y de las relaciones exteriores; una mayor amplitud de facultades administrativas era inconciliable con el carácter accidental de esa autoridad y con los elementos de que disponía. El decreto de 12 de Abril se redujo, pues, a establecer que el Encargado del Poder Ejecutivo Nacional, por lo que respecta a relaciones exteriores, se limitaría a mantenerlas con las naciones amigas, proveyendo a la observancia de los tratados y a la solución inmediata de las cuestiones vigentes que no requiriesen el concurso de la Legislatura, sin comprometer directa ni indirectamente la soberanía exterior de la Nación. En cuanto al régimen interno, quedó establecido que las funciones de dicho Encargado se limitarían al mantenimiento del orden, seguridad de las fronteras, percepción fiel y regular de rentas nacionales y demás asuntos que no pudieran postergarse sin grave inconveniente.
Declaración relativa a las deudas atrasadas
El Encargado del Poder Ejecutivo Nacional se creyó en el caso de declarar que se abstendría de entender en todo asunto relativo a deudas atrasadas de la Nación, hasta tanto que el Soberano Congreso resolviese la forma y medios de atenderlas convenientemente; y esto sin perjuicio de continuar admitiéndose en las aduanas nacionales, los documentos de crédito que debían recibirse, en pago de derechos, según las leyes vigentes. No puede escapar al juicio de V. H. que no debía procederse de otra manera, desde que, sea cual fuese el derecho de los reclamantes, no existía para atenderlos ni el tesoro nacional que respondiese, en su caso, a las deudas, ni la concurrencia del poder colegislador a quien corresponde establecer las reglas generales que determinen el modo de proceder en la materia.
Ministros autorizantes de los actos del Encargado del Poder Ejecutivo
Aun cuando la naturaleza de la delegación que había recibido, pudiera considerarse personal, ella se ligaba con el carácter de Gobernador de una provincia, de que me hallaba investido. En consecuencia, fue establecido que mientras el Soberano Congreso no determinaba otra cosa sobre el particular, las resoluciones que el Encargado del Poder Ejecutivo dictase, en calidad de tal, serian autorizadas por los Ministros de Gobierno de Buenos Aires, girando ellas por la Secretaria General de Negocios Nacionales, establecida con anterioridad para atenderlas debidamente, sin complicar el despacho de los ministerios provinciales.
Decreto relativo a la cesión de los Agentes Diplomáticos
También con fecha 12 de Abril, se expidió el decreto declarando que, desde la caducidad del Gobierno de la República, cesaban de hecho y de derecho en su misión, los agentes diplomáticos acreditados por ese gobierno de las naciones extranjeras. Prescindiendo de las reglas de proceder que se considere conveniente adoptar respecto de la extensión que haya de darse a las relaciones diplomáticas de la República, la declaración que se refiere el decreto expresado, importaba simplemente consignar un hecho; pues habiéndose disuelto todos los poderes nacionales existentes antes de la batalla de Pavón, declarándose ellos mismos caducos de hecho y de derecho, a que se agrega que las provincias argentinas, reasumiendo la plenitud de su soberanía, retiraron lo que habían delegado en esos poderes, es evidente que los agentes diplomáticos acreditados por ellos, no tenían ya razón de ser.
Registro Nacional
Por la Secretaria General de Asuntos Nacionales se ha establecido un Registro Nacional, destinado a consignar las disposiciones que se han dictado y se dictaren por el Encargado del Poder Ejecutivo Nacional en calidad de tal, como asimismo las leyes y decretos que se expidan por el Soberano Congreso, mientras se establecen los poderes nacionales con arreglo a la Constitución. La falta y la necesidad de una compilación que contenga en un solo cuerpo, los actos y documentos oficiales, explican esta medida suficientemente.
Rentas Nacionales
Debo exponer ahora a V. H. el estado de las rentas nacionales, en cuanto a su percepción e inversión, respecto de aquellas que he tenido a mi cargo.
Ocupación de la Aduana del Rosario
Ocupada por el Ejército a mis órdenes la plaza del Rosario el 11 de Octubre de 1861, y posteriormente la de Santa Fe, debí tomar posesión de sus aduanas como un depósito de que se encargaba Buenas Aires bajo la cláusula de dar cuenta de él a las autoridades nacionales, luego que se hallasen instaladas. La delegación hecha posteriormente por las provincias, ha convertido ese depósito en mandato expreso.
Comisión Inspectora
El 12 del mes citado me dirigí de oficio al jefe político del Rosario y su Departamento, disponiendo que el administrador de aduana y demás empleados ocupasen sus puestos, nombrando en seguida una comisión compuesta del comercio nacional y extranjero para que, de acuerdo con el administrador, hiciese ocultar el estado en que se hallaba aquella repartición.
Sustracción de efectos y documentos de dicha aduana
Antes de abandonar la mencionada plaza, el ex Presidente Derqui había hecho entregar las llaves de la aduana al Sr. Cónsul de España, e inmediatamente después, algunos ciudadanos tomaron las medidas que juzgaron más oportunas para custodiarla. Pero, desgraciadamente, esas medidas debieron son insuficientes, porque de la inspección hecha por los señores que componían la comisión, resultó que una gran parte de las mercaderías en depósito hallan sido sustraídas destrozándose casi todos los libros y papeles más importantes de su archivo y salvándose únicamente un libro de anotaciones, que, arrojando alguna luz sobre aquel desorden, sirvió de base para encontrar, aunque con mucho trabajo, los créditos fiscales que de otra manera se hubiesen perdido.
Creación de una superintendencia de rentas
En estas circunstancias, considerando que era indispensable centralizar la dirección de las oficinas de rentas nacionales en aquella localidad, para darles una organización conveniente, se nombró un Superintendente General de ellas, poniéndolas bajo su autoridad y encargándole la confección de los reglamentos y disposiciones necesarias para la regularidad de su marcha.
Nombramiento del actual administrador de dicha Aduana
Recaudación de su deuda atrasada
La actividad y celo del ciudadano a quien se confió aquel destino, dio los mejores frutos, y pudo entonces le aduana, con el posible arreglo, pasar a manos de su recomendable y actual administrador, quien a pesar del extravío de documentos a que se ha hecho referencia, logró recaudar diecisiete mil quinientos treinta y cinco pesos plata, de las sumas adeudadas al fisco, según lo demuestra el estado n° 1, haciendo economías de importancia, entre las cuales debe notarse la reducción del presupuesto de empleados, alquileres, etc., que, de cerca de seis mil pesos ha disminuido hasta la mima de tres mil ochocientos. También se han hecho en el local de esa aduana refacciones y obras de importancia, planteando la base de un espacioso edificio que se proyecta al pie de la barranca, donde ha sido construida una muralla de 80 varas de largo, que contiene su derrumbe.
Leyes de aduana
Prescindiendo de las disposiciones secundarias, la percepción y recaudación de los derechos se regían por la ley de Aduana de 1860 y la de 14 de Jimio de 1861, que sujetaba al pago de derechos a los artículos importados de Buenos Aires que no fuesen fabricados en esta provincia o productos de su suelo. Obvias son las razones que había para no alterar por entonces la vigencia de esas disposiciones; agregaré solamente, por lo que respecta a la última, que no hallándose nacionalizadas aún las aduanas de Buenos Aires, ni contribuyendo oficialmente con sus rentas a la formación del tesoro nacional, era justo que las importaciones extranjeras, como el removido de esta plaza, estuviesen sujetas a gravamen en las oficinas fiscales del Rosario, mientras aquel estado de cosas no fuese reducido a un sistema regular. Además, existía la ley de 24 de Julio de 1861 que estableció un derecho adicional de 3% sobre las mercaderías sujetas al 20, y el de 6 sobre las gravadas con un 15%. El derecho ordinario se pagaba en metálico, admitiendo con cierta proporción cupones de la deuda extranjera; pero esos derechos adicionales debían ser satisfechos en sus dos tercios, con bonos y billetes de tesorería, creados por ley y en su tercio restante, con libramientos de ejercicios vencidos, girados hasta el 1° de Abril de 1861. Este era el derecho; pero los hechos establecidos eran de un género muy diverso.
Abusos
Las aduanas nacionales, contra el tenor expreso de las leyes, aceptaban libramientos sin más requisito que la firma del Presidente, y lo que parecerá increíble, el Secretario particular de este último, con su sola firma y sin invocar siquiera la orden del Jefe del Poder Ejecutivo, giraba por sumas considerables contra aquellas aduanas, que recibían tales libramientos en pago de derechos, sin limitación alguna; quedando así burlados los objetos mismos de la ley de 24 de Julio, y anulada toda garantía legal en la administración de la renta.
Término de ellos
Al tomar posesión de la aduana del Rosario, no podía reconocer tan monstruoso estado de cosas, ni dar oídos a las pretensiones que nacían de origen tan ilegal y desautorizado. Por lo tanto, debí establecer y establecí en efecto que sólo se recibiesen en pago de los derechos adicionales, de 3 y 6 por ciento, los bonos, billetes y libramientos a que se refiere la disposición varias veces citada.
Papel moneda de Buenos Aires en pago de derechos
Quedo asimismo establecido que los deudores podrían satisfacer los derechos, a su arbitrio, en moneda nacional o en papel moneda de Buenos Aires, según su precio corriente con relación a la onza de oro. Esta medida, propuesta con instancia por los administradores de aduana, consultó las mayores facilidades del comercio, la escasez de la moneda nacional que se entregaba en pago de derechos, la conveniencia de evitar las oscilaciones que esa escasez misma hacia nacer en la plaza y el crédito existente del papel moneda, vigorizado por aquella operación.
Objetos a que se afectaron las entradas
Las rentas de la aduana nacional de Santa Fe fueron destinadas por declaraciones expresas, al abono de sueldos de empleados nacionales, a gastos de guerra del mismo género, inclusos los originados por los hospitales; a auxiliar de un modo equitativo a las provincias que cooperasen activamente a la guerra y a otras erogaciones de carácter nacional. Así se ha verificado en efecto.
Monto de los ingresos
La entrada total de las aduanas del Rosario y Santa Fe, desde el 11 de Octubre de 1861 hasta el 30 de Abril último, asciende a la suma de trescientos treinta y un mil seiscientos ochenta pesos, incluidos los diecisiete mil quinientos treinta y cinco, cobrados por cuenta del gobierno anterior.
Detalle de su inversión
El detalle de la inversión de esa suma, cuyos comprobantes serán elevados oportunamente a V. H. se registran en el estado que se menciono y cuyas principales partidas de descargo se refieren a la amortización de bonos, billetes, cupones y libramientos que se encuentran en condiciones de ser recibidos en pago de derechos; a gastos del primer Cuerpo del Ejército, que ha desempeñado una misión esencialmente nacional; a gastos hechos en los hospitales, sueldos de empleados civiles nacionales, descuentos de letras, guarniciones de la frontera de Santa Fe, reparticiones hechas en la aduana del Rosario, auxilios prestados a los gobiernos de Córdoba, Santiago del Estero y San Luis, y otras erogaciones análogas.
Existencia hasta el 30 de Abril de 1862
Las existencias de las aduanas de la provincia de Santa Fe eran hasta el 30 de Abril último, en la ciudad del Rosario de treinta y cuatro mil setecientos noventa y un peso plata, y en la de Santa Fe de ocho mil ciento quince pesos.
Auxilio a las provincias
Los sacrificios hechos por las provincias que tomaron una actitud militar para cooperar al movimiento iniciado por Buenos Aires, la conveniencia de propender a afianzar la situación que debían a sus heroicos esfuerzos y la imposibilidad en que se encontraban de hacer frente a las erogaciones que demandaba tal estado de cosas, me decidieron a suministrarle todos aquellos recursos de que estaba autorizado a dis¬poner. Inútil es decir que de los escasos fondos nacionales que se habían reunido, cubiertas las atenciones mis premiosas, no podían sacarse las diez o doce mil onzas de oro que era la suma menor que podía destinarse a aquel objeto. El tesoro de Buenos Aires ha tomado sobre si este compromiso, proporcionando a las provincias, como un anticipo hecho a la Nación, las cantidades que constan del estado número 2, el cual manifiesta a V. H. las proporciones en que ellas han sido atendidas.
Abono de dietas
Asimismo, se ha hecho saber a los Excmos. Gobiernos de provincias, que las dietas asignadas a los Senadores y Diputados de le Nación serán cubiertas por el tesoro de Buenos Aires.
Suscripción de Mendoza
Cuando se trataba de suministrar a las provincias argentinas los recursos que eran indispensables, no podía dejarse en olvido a aquella cuyas desgracias habían despertado la simpatía del mundo. Las sumas donadas para socorrer a los que sobrevivieron a la terrible catástrofe de Mendoza, fueron recolectadas en parte, remitiéndose al caduco Gobierno Nacional, y, doloroso es decirlo, el carácter sagrado de aquel depósito no bastó para defenderlo, viéndose defraudada la abatida Mendoza de lo que únicamente para ella había destinado la piedad generosa de los pueblos. Sin embargo, no todo el importe de aquella suscripción se había recaudado. Conocíase el paradero de varias cantidades, no entregadas aún, y podía averiguarse el de otras. He considerado, pues, un deber imprescindible ocuparme de este asunto con el mas vivo interés, y autorizado por el Gobierno de Mendoza, he tomado las medidas necesarias para reunir esos fondos, pudiendo anunciar desde luego a V. H. que hoy se halla depositada a interés en el Banco de Buenos Aires, la suma de treinta y cinco mil setecientos sesenta y nueve pesos fuertes, y cuatrocientos cuarenta y siete mil setecientos sesenta y cinco pesos moneda corriente, esperando reunir en breve otras de igual procedencia (cuyo detalle como el de las anteriores, se demuestra en el estado número 5), todo lo cual se pondrá oportunamente a disposición de la provincia mencionada a objetos de utilidad pública.
Medidas relativas a las aduanas del interior
Sin embargo de no haberse tocado a ninguna otra renta nacional, que las producidas por las aduanas de Santa Fe y sus dependencias, y a pesar de no haber tomado aún posesión de las que existen en las provincias de Corrientes y Entre Ríos, he creído que nunca seria anticipado cualquier trabajo tendiente a regularizar la percepción de los derechos fiscales, introduciendo en su administración todas las mejoras compatibles con las presentes circunstancias. Al efecto, se ha oficiado a los gobiernos del las provincias del interior y del Norte, anunciándoles que el Superintendente de Rentas Nacionales, que hoy se halla recorriendo esas provincias, estaba encargado de dictar los reglamentos y disposiciones necesarias al objeto indicado. Algunas de esas medidas, en vía ya de ejecución, podrán servir de base a los trabajos ulteriores que puedan realizarse sobre la materia.
Archivos nacionales
Cuando la provincia de Entre Ríos, retirándose de la lucha, se declaró en paz con sus hermanas, sometió a su gobierno la custodia de los archivos que se hallaban en el territorio federalizado; mas habiéndose manifestado la necesidad de que esos documentos se depositasen en manos de comisarios nacionales nombrados al efecto, el gobierno de aquella provincia no tuvo inconveniente en adherirse a la indicación.
Comisarios nacionales encargados de su depósito
Con este precedente y en virtud de las delegaciones a que se ha hecho referencia, fue expedido el decreto de 22 del corriente nombrando los comisarios que han de recibirse, bajo formal inventario, de todos los archivos pertenecientes a la Nación. Esos comisarios tienen especial encargo de poner a disposición de V. H. los documentos que forman el archivo de la legislatura.
Correos y diligencias
El abandono en que quedaron los correos y postas a consecuencia de la guerra, y la necesidad de restablecer prontamente las comunicaciones interrumpidas, reclamaban con urgencia medidas eficaces sobre el particular. Regularizada en lo posible la administración de correos y confiada a empleados capaces de atenderla debidamente, se apoyó al servicio de mensajerías que llegasen hasta los puntos más indispensables, habilitándose las postas con todos aquellos elementos de que necesitaban para llenar sus objetos. Muy luego este servicio se ha hecho extensivo a todas las Provincias de la República, y la comunicación entre ellas es tan frecuente y regular como hoy puede desearse, atentas las dificultades que es preciso vencer en la materia. El convenio provisorio (Anexo F.) celebrado con la empresa de mensajerías y correos nacionales, manifiesta a V. H. cuanto ha sido posible hacer en este importante ramo del servicio público.
Fronteras
Las atenciones que demandaba la consolidación de la paz interior, no han hecho descuidar las que se debían a la defensa de las fronteras.
Las fuerzas que las guarnecían han sido conservadas y pagadas puntualmente.
De Santa Fe
Los destacamentos y cantones de guarnición en Santa Fe, han sido atendidos preferentemente con los fondos de las aduanas situadas en esa provincia, y el gobierno de ella se ocupa actualmente de estudiar los medios conducentes a la realización de un proyecto que se tiene en vista, con el fin de dar mayor amplitud al sistema de defensa, conquistando para la civilización una parte considerable del vasto y fecundísimo territorio que hoy ocupan las tribus bárbaras del Chaco.
De San Luis
El Excmo. gobierno de San Luis ha sido autorizado para llevar a la ejecución los medios que él había indicado para poner a esa provincia a cubierto de las asechanzas de los indios del desierto.
De Mendoza
Asimismo se ha dispuesto que se auxilie, en lo que fuese posible, el fuerte principal que existe en la provincia de Mendoza.
De Córdoba
Las fronteras de Córdoba, tanto las que se extienden hacia el Chaco como las que dan sobre el Río IV han sido cubiertas y reforzadas convenientemente; destinándose a su servicio permanente las fuerzas de línea y Guardia Nacional que habían sido distraídas de él, a causa de la última guerra.
De Santiago
La necesidad urgente de poner a cubierto el territorio de Santiago del Estero contra las invasiones de las tribus del Chaco, determinó al Excmo. gobierno de esa provincia a encomendar al encargado de la extrema izquierda, General D. Antonino Taboada, la defensa de toda aquella línea, poniendo a su disposición algunos recursos para atenderla debidamente. Habiéndose sometido este nombramiento al Encargado del Poder Ejecutiva Nacional, ha sido aprobado plenamente.
Escuadra nacional
Le escuadra, nacional fue ocupada por las fuerzas navales de Buenos Aires, constituyéndose el gobierno de esta provincia en depositario de aquélla, mientras se creaba un gobierno general. Actualmente se encuentra bajo la autoridad del Encargado del Poder Ejecutivo Nacional, en virtud de la delegación de poderes hecha en su persona, hallándose lo inventarios de los buque, y demás pertenencias de dicha escuadra, archivados en el Ministerio de la Guerra.
Relaciones Exteriores
Obligado en esta exposición a seguir el orden de los sucesos que me impulsaban a concentrar la atención en el interior de la República, sólo ahora puedo ocupar a V. H. de las Relaciones Exteriores, durante el corto tiempo en que he debido atender a ellas y me es altamente satisfactorio anunciarle que la cordialidad que ha presidido anteriormente a las relaciones de la República Argentina con las potencias extranjeras, felizmente no ha sido interrumpida hasta hoy.
Extradición da reos
El Cónsul Argentino en Chile, cuyo laudable celo me permito recomendar a V. H., me ha manifestado que, sabiendo la llegada a Valparaíso de los reos Saá, Nazar, Clavero y otros, dio los pasos necesarios para impedir la salida de aquéllos, solicitando su extradición con arreglo al tratado existente. El Gobierno de Chile no ha creído deber deferir por ahora a la solicitud del Cónsul Argentino, respecto de los reos que aun se hallen en territorio chileno, por no haberse llenado, a su juicio, en el reclamo, las formalidades que ese tratado prescribe como requisitos previos para la extradición. Aun cuando la simple exhibición de los documentos públicos que ordenan el enjuiciamiento de algunos de esos reos, pudiera considerarse bastante para que se dieran por llenados tales requisitos, se ha oficiado al mencionado cónsul aprobando su proceder y anunciándole que, en oportunidad, le serán enviados los documentos necesarios para que pueda formalizar y llevar adelante su reclamo.
Cuestión de México
Se ha recibido del Gobierno del Perú la nota relativa a la cuestión de México que se registra en el Anexo G., habiendo con este motivo, recibido igualmente invitación de parte del Ministro de la misma República cerca de la Argentina, para adherir a un tratado continental, a fin de ligar los intereses de las republicas americanas entre sí y garantir en lo posible su independencia, su forma de gobierno y los principios del derecho público internacional que deben ser la regla de sus relaciones entre sí y con las demás naciones del mundo. La nota ha sido contestada en los términos que consta del mismo anexo; habiendo relegado, para cuando se establezca definitivamente la autoridad nacional, la contestación del otro punto de un orden más trascendental, por cuanto al aceptar las autorizaciones de los pueblos para mantener las relaciones exteriores, me impuse el deber de no comprometer directa, ni indirectamente la soberanía nacional. Sin embargo, el Encargado del Poder Ejecutivo Nacional cree deber manifestar con este motivo, que no ha podido menos de significar a dicho Sr. Ministro, que simpatizaba con la idea iniciada por la República del Perú a que algunas repúblicas americanas han adherido ya, así como los deberes oficiosos que se ha impuesto su Gobierno en obsequio de la República Mexicana, por lo que respecta a obtener seguridades sobre la suerte futura de ese país, y sobre los respetos que todos los pueblos del mundo, cualquiera que sea su poder, deben al derecho de los demás, tanto mas cuanto que la República Argentina, a su vez, podrá hallarse en el caso de discutir con grandes naciones cuestiones de alta importancia, de que depende en cierto modo la vida futura de las repúblicas americanas, y sobre las cuales no es posible que en ningún tiempo, ni en ningún caso decline; aunque es de esperarse que ellas tengan una solución aceptable de común acuerdo, en que, salvándose los principios de conveniencia general y de interés americano que puede tacarle sostener, se salve a la vez lo que corresponde a sus derechos y a su propia conservación.
Incidente relativo al Cónsul argentino en Bolivia.
El Cónsul General de esta República en la de Bolivia, puso en conocimiento del gobierno, ciertos actos ofensivos que se decían perpetrados contra ciudadanos argentinos; y la voz pública ha venido a anunciaros posteriormente la prisión del mismo Cónsul, ordenada por las autoridades de Bolivia, a causa de la participación que se le atribuye en actos hostiles contra el actual estado de aquella Nación.
El Ministro de Gobierno de Buenos Aires, encargado provisoriamente de autorizar los actos que se refieren a Relaciones Exteriores, se ha dirigido al Excmo. Sr. Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Bolivia, poniendo en su noticia estos antecedentes, y es de esperar que, sobre ello, se obtendrá una solución satisfactoria.
Felicitaciones del Cuerpo Diplomático
El cuerpo Diplomático extranjero, al honrarme con su visita oficial, se sirvió manifestarme en nombre de los gobiernos que representa, la viva simpatía que les inspiraba la actualidad de la República y los votos que hacían por su prosperidad. Haciendo honor a la sinceridad de esos sentimientos, me complazco en trasmitirlos a V. H.
Nota del Sr. Ministro de S. M. B.
Entre los diversos testimonios de simpatías que he recibido de los poderes extranjeros, ninguno más honroso para el país que la felicitación que me ha dirigido el Gobierno de S. M. B. por la estricta disciplina que observó el ejército a mis órdenes durante la última campaña, y por la puntualidad con que fueron pagados los objetos que consumió. Entre los anexos (letra H.) encontrará V. H la nota que a este respecto recibí del Sr. Ministro de S. M. B. Seáme permitido llamar la atención de V. H. sobre ella, como una prueba del alto honor que cabe a las armas argentinas en general y en particular a Buenos Aires, por haber introducido loa principios de humanidad y civilización aun en la misma guerra, no haciendo pesar sus terribles consecuencias, sino únicamente sobre aquéllos que se encontraban con las armas en la mano, respetando las personas y las propiedades de todos, de la manera más perfecta, como correspondía entre pueblos hermanos.
Documentos relativos al pronunciamiento de las provincias
Antes de terminar, debo recomendar especialmente a la consideración de V. H. los documentos que se adjuntan, formando el anexo A., relativos a la nueva actitud asumida por las provincias que han acompañado a Buenos Aires en el movimiento que ha cambiado la faz de la República. Esos documentos que encierran la mas alta significación política, ponen de manifiesto ante el Congreso Argentino, el esfuerzo generoso de los pueblos que arrostrando todo género de sacrificios, han sacudido el largo despotismo que los abrumó con tantas desgracias, y no dudo que el ánimo de V. H. se sentirá profundamente conmovido ante el espectáculo grandioso que presenta la heroica San Juan, patria de los mártires del Pocito, y la desgraciada Mendoza, cuyas ruinas no respeto la barbarie de los caudillos levantándose sobre la sangre y los escombros, por un esfuerzo sublime de patriotismo, para quebrar en un día el poder ominoso de sus verdugos. Estos hechos elocuentes no pueden ser perdidos para el porvenir de un pueblo, y persuaden que, de tan elevado origen, sólo surgen las grandes situaciones que llevan consigo el sello perdurable de la estabilidad. La importante provincia de Córdoba, respondiendo dignamente a la voz de Buenos Aires; la heroica Santiago, preparada de antemano a la lucha y llevando a todas partes el auxilio de sus armas, hasta dejar restablecida la paz en el Norte; Tucumán, a veces dominada y nunca vencida, disputando palmo a palmo el terreno a los enemigos de la libertad; San Luis, destruyendo en pocas horas el imperio de su brutal tirano y consolidando gloriosamente su actualidad con elementos propias ; Rioja, ahogando en su seno la antigua montonera; Corrientes, puesta de pie como un solo hombre en favor de la causa de los principios y levantando entusiasta en su brazo robusto la bandera de su regeneración; Santa Fe y Catamarca, rompiendo valientemente los vínculos con que se pretendía ligarlas al pasado; Entre Ríos, cooperando eficazmente al triunfo del nuevo orden de cosas establecidos; Salta y Jujuy, triunfando pacíficamente en nombre del principio liberal que prevalece en ellas; he ahí los hechos que esos documentos revelan y la inconmovible base en que se apoya la reorganización de la República. Esa reorganización queda desde hoy colocada bajo los auspicios de V. H. La grande obra del patriotismo y del supremo esfuerzo de los pueblos, se pone al amparo de vuestras deliberaciones. A V. H. corresponde ahora la misión ardua y fecunda de consolidarla para el futuro, estudiando las importantes cuestiones que presenta la situación, alejando de ella los escollos que pudieran ofrecerla un peligro, y resolviendo esas cuestiones de manera que la República Argentina, libre, poderosa y compacta, sellando para siempre el vínculo de la unidad nacional, encamine sabiamente los elementos de fuerza y prosperidad que encierra, a la consecución de los altos destinos de que la hacen digna su heroísmo y sus infortunios.
Buenos Aires, Mayo 25 de 1862.
BARTOLOME MITRE
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