marzo 10, 2011

Primarias abiertas - Diario de Sesiones del debate en la Cámara de Diputados [2° Parte] Antecedente Ley 26.571 (2009)

CAMARA DE DIPUTADOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA
DIARIO DE SESIONES
18a. Reunión - 12a. Sesión Ordinaria
[18 de Noviembre de 2009]

[Antecedentes de la Ley 26.571]
2° Parte

1. INSERCIÓN SOLICITADA POR EL SEÑOR DIPUTADO ALBARRACÍN
Fundamentos del rechazo del señor diputado al dictamen de mayoría de las comisiones de Asuntos Constitucionales, de Justicia y de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral

Sr. Presidente: hoy estamos tratando la reforma a la ley de partidos políticos, denominada “Ley de la democratización de la REPRESENTACIÓN política, la transparencia y la equidad electoral.”
Todos sabemos que la modificación de estas leyes requieren una mayorías especiales establecidas por la Constitución Nacional en su artículo 77 que establece: “Los proyectos de ley que modifiquen el régimen electoral y de partidos políticos deberán ser aprobados por mayoría absoluta del total de los miembros de las Cámaras.”
Este precepto constitucional no sólo está indicando una mayoría especial. La mayoría especial es lo formal, lo que está indicando esta mayoría es que hay algo más importante que esto y es un acuerdo o mejor dicho una reflexión o madurez para tomar la determinación sobre algo.
Una reflexión entre las distintas fuerzas políticas sobre las normas generales de cómo será el sistema de selección de candidaturas de los partidos políticos, cómo será el sistema de selección previa del próximo presidente de la nación, los próximos senadores y diputados nacionales, etc.
Nadie desconoce que existe una crisis del sistema de partidos políticos que impacta directa en la representatividad política de las autoridades electas, pero precisamente por eso merece que demos tiempo y espacio para reflexión, franca y sincera.
Por eso nos parece altamente preocupante que un proyecto de esta importancia, que no tiene urgencias a la vista, que tiene la aptitud para generar poder consensos más amplios, se trate sin esta reflexión que merecería.
La verdad es que uno tiene la sensación es que esto no es lo que espera la sociedad de nosotros, esta actitud que no pone en valor a este Congreso.
Una reflexión al respecto, era necesario que el proyecto tuviera inicio en el Poder Ejecutivo?
No podría haber sido una iniciativa del Frente para la Victoria o del Partido Justicialista que presentara una iniciativa ante esta cámara al resto de las fuerzas políticas con representación parlamentaria.
Esto entendemos le daría mayor legitimidad a la motivación del proyecto. Existe hoy en la sociedad argentina una crítica hacia el presidencialismo exacerbado, hacia la concentración del poder y hoy tratamos en forma paradojal un proyecto de ley que se denomina LEY DE LA DEMOCRATIZACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POLÍTICA y tiene origen en el Poder Ejecutivo.
A veces las formas en que se presentan los actos de gobierno hace a la lectura política de la misma.
Hoy la verdad que la iniciativa en el P.E.N., los tiempos de tratamiento y la urgencia del tema, no justifican un tratamiento de estas características.
¿Que urgencia tiene apurar hoy, al fin del período legislativo, el tratamiento de este tema?
¿ Era urgente? La verdad que es un tema importante, pero no es urgente.
Hay que recordar dos antecedentes recientes sobre el tema electoral:
Uno el tema del adelantamiento de las elecciones y otro el tema de las candidaturas testimoniales.
El P.E.N. presentó este año un proyecto de ley generales nacionales al 28 de junio de 2009
En el artículo 53º del Código Electoral Nacional se establece una fecha fija para las elecciones: “La convocatoria a elección de cargos nacionales será hecha por el Poder Ejecutivo nacional. La elección se realizará el cuarto domingo de octubre inmediatamente anterior a la finalización de los mandatos.”
Esta fecha establecida por ley fue un gran avance en materia de previsibilidad institucional pues todos los partidos políticos y la sociedad sabían de antemano en qué fecha se iban a realizar las elecciones no permitiendo que el P.E.N., la estableciera a su criterio o en forma discrecional.
Sin embargo, fundado en la excusa de la crisis económica internacional, el Poder Ejecutivo Nacional envió un proyecto de ley adelantando la fecha de elecciones y quebrantando una norma muy importante para la estabilidad del sistema.
Se le realizaron múltiples cuestionamiento al adelantamiento de elecciones, entre ellos, que iban a complicar la transición entre el mandatos de los legisladores electos y quienes cumplían el mandatos pues iban a estar cinco meses de transición en lugar de un poco más de un mes. Esto lejos de dar una mejor representatividad iba a perjudicar esta situación.
El proyecto se sancionó, las elecciones se adelantaron, las reglas de juego cambiaron y los legisladores tuvieron que esperar cinco meses para que las preferencias políticas que marcaban las urnas se reflejaran en la composición de este H. Congreso.
Por otra parte, el partido oficialista acudió al sistema de “candidaturas testimoniales”.
Esto testimonial significa que un candidato se postula como candidato a un cargo público electivo, pero su intención es no asumir, sino que lo hace para aportar o “traccionar” votos para su lista.
Los casos emblemáticos que se presentaron fueron del gobernador de la provincia de Buenos Aires, Daniel Scioli y el ex Jefe de Gabinete de Ministros e Intendente de Tigre Sergio Massa.
Estas candidatos testimoniales resultan un engaño para el electorado y un perjuicio al sistema de representación pues, parten de la base que quienes son candidatos no van a asumir en caso de que les corresponda.
Estas candidaturas fueron impugnadas judicialmente.
Ambos candidatos se defendieron diciendo que el caso de resultar electos iban a asumir sus cargos.
Esto indujo a error al electorado y al órgano jurisdiccional quien basado en esas afirmaciones no se expidió como hubiese correspondido si sus afirmaciones hubiesen sido veraces.
Lo grave era que los candidatos no fueron veraces en sus intenciones y el electorado terminó eligiendo una opción falsa pues los candidatos no terminaron asumiendo
La Cámara Nacional Electoral en la causa: "Novello Rafael Víctor apoderado de la Unión Cívica Radical y otros s/impugnan candidatura a diputado nacional” (Expte. Nº 4638/09 CNE) FALLO Nº 4168/2009 del, 1º de junio de 2009 expresó la gravedad que tenía el tema de las candidaturas testimoniales y dijo al respecto: “18º) Que, obvio es decirlo, si se configurase un supuesto de lo que vulgarmente se ha dado en llamar “candidatura testimonial”, ésta no podría ser oficializada. Ello, pues -como lo ha dicho nuestra Corte Suprema- en las elecciones “[s]e materializa [...] la relación entre quienes aspiran a ser designados y quienes con su voto realizan la designación. El primero es considerado el candidato, el segundo individualmente se denomina elector y, en su conjunto, conforman el cuerpo electoral” (cf. Fallos 312:2192 y 326:1778). Por tanto, “la teoría electoral de la representación es, en efecto, la teoría de la representación responsable: su problema no es el de satisfacer el requisito de la semejanza, sino de asegurar la obligación de responder (SARTORI, GIOVANNI, Elementos de la teoría política, Alianza Editorial, Madrid, 2002, página 265). En otras palabras, en el supuesto de mención, habría candidatos que no pretenden ser representantes y por lo tanto no podrían ser oficializados por defraudar al elector, pues se habrá quebrantado la relación representante-representado que nuestros constituyentes han plasmado en la letra y en el espíritu de la Constitución Nacional y asimismo configurará un apartamiento ético, con la consiguiente desazón que producirá en parte del electorado.-”
Más adelante, en el mismo fallo expresa que se rechaza la impugnación pues los candidatos Scioli y Massa han dado a entender en reiteradas oportunidades que asumirían sus cargos en caso de resultar electos.
Esto resultó fundamental, los candidatos dijeron que iban a asumir: “y esos mismos candidatos expresaron formalmente en sentido afirmativo dicha voluntad en al menos tres instancias: primero, al aceptar las candidaturas; luego -en respuesta a la impugnación que origina el presente- a través del apoderado partidario que afirmó que “a la fecha cualquiera de [los] candidatos registrados, ya sea que resulten oficializados o electos, están dispuestos a asumir los cargos, dando fe de ello” (cf. fs. 58 vta.) y, por último, personalmente, al “ratifica[r] íntegramente [....] las afirmaciones realizadas por los apoderados del Frente Justicialista para Victoria” -supra transcriptas- y manifestar, además, su disposición para la asunción del cargo al que han sido propuestos (fs. 94 vta./95).-”
Sin embargo, a pesar de valorar sus conductas de buena fe la Cámara Nacional Electoral, advierte sobre los eventuales peligros que se puede generar en caso de que las afirmaciones de los señores Scioli y Massa no fueran veraces al decir: “Sin embargo, esta obligada predisposición que deben ostentar los órganos del Estado, no precave a la ciudadanía del riesgo de que tal creencia -basada en la confianza que, como se dijo, deben merecer manifestaciones de esa naturaleza- resulte traicionada si, por acciones futuras, llegase luego a comprobarse que los candidatos no fueron “honestos” en su expresión ante el a quo y que ratificaron de modo nuevamente expreso ante este Tribunal (cf. fs. 94 vta./95).- Tales circunstancias importarían además fundamentalmente una inaceptable manipulación de las instituciones de la República, a la vez que una grave lesión al proyecto de Nación al que todos, electores y candidatos, deben tributar.-”
Finalmente, luego de resultar electos los candidatos testimoniales Scioli y Massa renunciaron en el mes de octubre a sus candidaturas demostrando, que sus afirmaciones sobre que iban a asumir sus cargos electivos no eran veraces, confirmando con esto que se había un producido un engaño al electorado.
Estas candidaturas testimoniales han provocado perjuicio internacional al país pues la Nación Argentina debe responder sobre el tema en punto 22 del cuestionario que elabora el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, por su compatibilidad con el artículo 25 del Pacto.
Por ello sería importante, preveer una norma que sancione este tipo de conductas pues inducen a engaño al elector.
Por ello sería importante incorporar un agregado al artículo 140º de la ley Nº 19.945 -Código Nacional Electoral en el sentido que: “La misma pena se aplicara a aquel candidato que, habiendo participado de un proceso electoral, no asumiera el cargo público electivo para el que fue designado y continuare ejerciendo el que poseía con anterioridad a la elección”.
Estos y otros temas serían importantes incorporar al proyecto de reforma política y electoral pues son conductas que dañan la representación política.
Sin embargo, el apuro conque se trata el mismo impide un desarrollo consensuado y armónica que cuente con el asentimiento de las principales fuerzas políticas de nuestro país.
Por todo lo cual, voto en forma negativo el dictamen de la mayoría.

2. INSERCIÓN SOLICITADA POR EL SEÑOR DIPUTADO ALCUAZ
Fundamentos del rechazo del señor diputado al dictamen de mayoría de las comisiones de Asuntos Constitucionales, de Justicia y de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral

Sr. Alcuaz.- Señor presidente: en realidad nosotros interpretamos –y lo hicimos saber así cuando fuimos convocados que la reforma de nuestro sistema político merecía estar consensuada o plasmada a través de un conjunto de normas que discutiéramos y que formaran parte de un acuerdo entre los partidos. Creíamos que podíamos llegar a hacerlo con la adhesión de todos los partidos, los que estamos aquí representados y los que circunstancialmente no tienen representación legislativa, y que entre todos debíamos asumir un compromiso de conductas para transformar los viejos vicios en los que habíamos caído con la práctica deformada de los últimos años.
Considerábamos que avanzar en la reforma implicaba partir de la base del análisis de la crisis que afectó a los grandes partidos políticos de la Argentina, cuya consecuencia fue la aparición de centenares de nuevas fuerzas, cuando muchas de ellas no son siempre representativas de una expresión ideológica definida. Esa crisis tuvo su expresión más cruda en la situación vivida en el año 2001 y que indudablemente ha producido una impresionante fragmentación.
Interpretábamos que debíamos avanzar sobre el compromiso constitucional del Artículo 38 de nuestra Carta Magna:
“Los partidos políticos son instituciones fundamentales del sistema democrático.
Su creación y el ejercicio de sus actividades son libres dentro del respeto a esta Constitución, la que garantiza su organización y funcionamiento democráticos, la representación de las minorías, la competencia para la postulación de candidatos a cargos públicos electivos, el acceso a la información pública y la difusión de sus ideas...”
Suponíamos entonces que esos partidos –los grandes, los tradicionales y también los emergentes debían intentar recuperar la confianza de la ciudadanía y encontrar a esos sectores de la comunidad que se han abierto, que se han distanciado de la actividad política. Desgraciadamente esos sectores hoy no reconocen a nuestros partidos como una herramienta de transformación y descalifican a los dirigentes porque los ven más proclives a trabajar por intereses propios o de sector que con la voluntad de ponerse a la vanguardia de los intereses mayoritarios.
Creímos que hacía falta que la legislación promoviera esa intención que suponíamos que debían tener todas las organizaciones políticas. Nos parecía que hacía falta promover partidos distintos, organizaciones más abiertas y democráticas, y no partidos que a veces convocan a sus afiliados o adherentes sólo para elegir a los candidatos que los van a representar. Entendíamos, reitero, que había que acompañar desde la legislación esa imprescindible revinculación entre el ciudadano y el Partido.
El sistema de las viejas afiliaciones, basado en una importante efervescencia social que llevó a millones de argentinos a afiliarse en los albores de la recuperación democrática, hoy ya no tiene sustento. Partidos con padrones “inflados” con decenas de miles de ciudadanos que ya no guardan pertenencia a esas fuerzas, no pueden ser el modelo a seguir.
En realidad, ese viejo modelo de partido con miles de afiliados inactivos y una burocracia oficial que detenta la conducción, ha fracasado. Sin embargo, el proyecto del oficialismo no considera ninguna de esas situaciones.
Se supone que se va a resolver la falta de representación imponiendo condiciones más rígidas a las nuevas organizaciones; asimismo, se supone que excluyéndolas de la posibilidad de participar en las elecciones se va a lograr el ordenamiento del sistema político, cuando en verdad, a lo único que se va a obligar a las nuevas organizaciones que deberían conllevar en su propio nacimiento la voluntad de transformación , es a sumar afiliaciones que ya conocemos: las “truchas”, las compradas, las que nos obligan para seguir existiendo y poder ofertar nuestras candidaturas.
En nuestra opinión, sería mucho más valioso poner el énfasis en promocionar e incluso controlar la actividad que esos nuevos partidos desarrollan a lo largo del año, que observar solamente la cantidad de afiliados y adherentes (cuestiones puramente formales sobre la formación de cada partido).
Si se quiere terminar en serio con los sellos de goma, con los partidos armados para presentarse a una elección o para obtener el financiamiento que su participación en los comicios garantiza, lo que se debe exigir a los nuevos partidos es un programa de trabajo, de ordenamiento de la actividad de difusión y de formación política, bajo apercibimiento, ante el incumplimiento, de no acceder al financiamiento y ser pasible de sanción con la no participación en la siguiente elección. Todo esto hoy no se le exige a nadie, ni a los partidos nuevos ni a los viejos.
De esta forma se promoverían nuevas formas de organización más vinculadas a la iniciativa de captar la confianza del ciudadano con una militancia activa, confiable.
Esas organizaciones deberían tener particularmente en cuenta la formación política de sus simpatizantes, convocar a la discusión política e ideológica que dé sustento a sus programas y plataformas, con mecanismos claros de elección de autoridades y candidatos y transparentes formas de financiamiento permanente que incluyan también una prolija rendición de cuentas de los gastos de las campañas electorales.
Entendemos que se debe eliminar el sistema de afiliación con fichas. El partido debería obtener su personería a partir de la presentación de una cantidad de adherentes equivalente al 2 por mil del padrón con un tope de un millón de empadronados.
Cada partido definirá la condición de afiliado y el número imprescindible de los mismos para garantizar el correcto funcionamiento.
La personería se ratificará con la obtención de un mínimo de votos válidos en cada elección.
Cuando en dos elecciones consecutivas el partido (en forma independiente o como parte integrante de una alianza) no obtenga ese porcentaje de votos válidos, perderá por caducidad la personería.
El afiliado tiene los derechos y obligaciones (selección de autoridades y de candidatos, participación en las jornadas de formación, etc.) que le otorga la carta orgánica de cada partido.
La intención de lograr mayor acercamiento y afinidad entre los partidos y la ciudadanía ha llevado a proponer la celebración de internas abiertas para la selección de candidatos partidarios.
Plantear las internas abiertas en los términos en que se lo hace resulta, al menos, contradictorio con la cantidad de exigencias y de condiciones impuestas a los partidos para que se organicen y puedan garantizar su propia existencia. Al mismo tiempo, al menos en lo que respecta a la elección de los candidatos, se abre el juego de las decisiones internas de los partidos a toda la ciudadanía.
Nosotros entendemos que en realidad ese mecanismo degrada la participación del militante/afiliado a las mismas condiciones que cualquier ciudadano independiente no partidario, transformando prácticamente en abstractos los derechos propios de su condición de afiliado.
Por otra parte, se abre peligrosamente la posibilidad de injerencia de un partido en la interna del otro. Esta cuestión se hace más notoria en los Distritos más chicos, donde la incidencia de empleo público y el manejo de planes sociales y “favores” del Estado puede alcanzar altos niveles de influencia sobre el electorado. Situación que será particularmente más grave cuando las Provincias adhieran a este mismo sistema, y quede incluida la elección de intendentes y concejales de cada distrito.
A nuestro entender cada partido o alianza debería definir por sí los mecanismos de selección de sus representantes, así como la proporcionalidad en la distribución de cargos entre la mayoría y las minorías.
Por otro lado, entendemos que deberían independizarse absolutamente del Poder Ejecutivo algunas atribuciones que el proyecto de ley en consideración sigue dejando en manos del Ministerio del Interior. La distribución de las pautas publicitarias, la administración de los fondos y los escrutinios provisorios deberían quedar en la órbita de la Justicia o de algún organismo autárquico e independiente del Poder Ejecutivo que pueda crearse.
Consideramos imprescindible que se ponga en marcha a la brevedad posible el sistema de boleta única. No hace falta que describa las situaciones vividas en las elecciones del año 2007 particularmente en mi provincia, Buenos Aires, que motivaron el reclamo de la mayoría de los partidos en el sentido de establecer un mecanismo de elección más transparente.
Creemos que no deberían estar permitidas las candidaturas testimoniales y que tendría que sancionarse con la pérdida del cargo que detenta a quien se presente a una elección y después decida no ocupar el cargo para el que fue elegido. Debe ser sancionado el transfuguismo; la banca debe pertenecer al partido y no al legislador que decide cambiar.
Nosotros entendemos que para el partido que viole las normas de financiamiento debería aplicársele como sanción la suspensión inmediata de la personería y la inhabilitación temporaria de los candidatos.
Sostenemos que debería quedar prohibida la publicidad oficial durante todo el período de campaña electoral salvo en cuestiones sanitarias, de educación o de emergencia.
Entendemos Sr. Presidente que como correlato de la democratización, la ética y la transparencia de las que se quiere dotar al sistema, debe sancionarse una ley de acceso a la información pública que garantice a la ciudadanía el efectivo control de los actos de gobierno y de sus funcionarios, así como una reglamentación de la consulta popular acorde a la amplitud que la norma constitucional reconoce a este mecanismo de participación semi-directa. Todo ello es imprescindible para la calidad democrática del sistema.
Sr. Presidente (Fellner).- La Presidencia solicita al señor diputado que redondee su exposición.
Sr. Alcuaz.- Ya termino, señor presidente.
Entendemos que el proyecto de ley en tratamiento, lejos de promover la participación, lo que en realidad hace es perpetuar los viejos vicios. Porque vemos en la vieja dirigencia la intención de reproducir las mismas prácticas, porque no vemos una sola palabra de autocrítica por parte de quienes hace poco nos hablaban de la transversalidad superadora de los partidos, mientras hacían uso de listas espejo, de las candidaturas testimoniales, y en ellos no hemos visto, reitero, una sola palabra de autocrítica. Por todo lo señalado, nuestro bloque va a votar negativamente y nos oponemos totalmente a este proyecto de ley.

3. INSERCIÓN SOLICITADA POR EL SEÑOR DIPUTADO ALFARO
Fundamentos del apoyo del señor diputado al dictamen de mayoría de las comisiones de Asuntos Constitucionales, de Justicia y de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral

Señor Presidente
Me gustaría comenzar mi intervención resaltado que en este proyecto que hoy estamos discutiendo se han incorporado cuestiones que desde hace mucho tiempo necesitaban ser reguladas. Para ello se tomó como referencia las legislaciones mas modernas que hoy existen además de las propuestas realizadas por los partidos que conforman la oposición. Incluso se convocó a especialistas de distintas universidades públicas y privadas y a organizaciones civiles a fin de que nos brinden sus conocimientos teóricos, experiencias internacionales y estudios comparados en cada punto planteado. Esto ha dado como resultado una propuesta que significa un salto de calidad para nuestro sistema democrático y republicano, ya que su objetivo central es el de reducir la separación existente entre la política institucional y los reclamos sociales por una mayor legitimidad y transparencia en las instituciones de gobierno.
Es de público conocimiento la exclusividad que tienen los partidos políticos en la presentación de candidatos a cargos electivos, lo cual los convierte- como sostiene nuestra Constitución Nacional - en pilares fundamentales de nuestro sistema democrático. En ese sentido, resulta central el fomento de la participación ciudadana en el desenvolvimiento cotidiano de los partidos políticos, a fin de acercarlos cada vez más a aquellos que dicen representar.
El establecimiento de las elecciones internas abiertas y simultaneas, a lo que debe sumarse la condición de obligatoriedad del voto, posibilita- por una parte- que una proporción importante del electorado se involucre en la vida política – y por la otra- se imprime de representatividad y legitimidad a los precandidatos electos por cada agrupación
Dentro de ese contexto. Debemos tener en cuenta que en nuestro país existen 685 partidos políticos, es decir, estamos frente a una atomización artificial de los partidos lo que de ninguna manera fortalece la democracia… En una situación de crisis como la que vivimos hoy debemos privilegiar, ante todo, la gobernabilidad y, para ello, es central el incentivar la creación de alianzas, frentes o incluso grandes partidos alrededor de los distintos modelos de país que queremos construir y consolidar
No pueden sostener mis compañeros opositores que la representación electoral se sustenta con partidos con 11 afiliados, como el partido Iniciativa Verde por Buenos Aires, o el MODIN, el cual no tiene prácticamente adherentes en la provincia de Buenos Aires. Mas aún, estas agrupaciones están recibiendo aportes estatales mediante el Fondo Partidario Permanente, lo cual, sí está atentando contra el sostenimiento de aquellos partidos que si tienen representatividad de la ciudadanía
Mediante el establecimiento de este umbral también estamos evitando los denominados comúnmente “partidos cáscaras” que se forman sólo en períodos electorales para luego venderse al mejor postor…
Otra cuestión central reclamada por vastos sectores de la sociedad a toda la clase política es el trabajar para garantizar la transparencia en el uso de los fondos públicos. Así, es necesario crear reglas claras que depuren el sistema político, de tal forma que informar, explicar y rendir cuentas se conviertan en una práctica cotidiana de las agrupaciones políticas. El mandato constitucional de dar publicidad del origen y destino de los fondos públicos de los partidos es una premisa básica de la transparencia Esto es una obligación cuando se trata de recursos cuya inversión ayudará a que un candidato sea elegido para conducir los destinos de todos los habitantes
En nuestro proyecto proponemos que un 50 por ciento del total del fondo estatal previsto se reparta equitativamente entre todos, mientras que el otro 50 por ciento se distribuya de manera proporcional a la cantidad de votos que cada uno hubiera obtenido en la correspondiente elección primaria, a fin de que también haya una correlación entre financiación y representatividad, mediante la regulación del financiamiento privado en la campaña electora, la determinación del tope de gastos que cada partido o alianza electoral tiene de cara a la campaña y la designación de responsables económicos-financieros de cada partido durante la campaña
Un asunto duramente criticado durante la última campaña electoral fue el uso desigual de la publicidad electoral en los medios audiovisuales. Mediante este proyecto se adopta el sistema estatal de publicidad; es decir, es el propio Estado Nacional quien de acuerdo a los parámetros de igualdad y proporcionalidad deberá otorgar dichos espacios, anulando la posibilidad de que los partidos políticos puedan comprarlos. La legislación comparada de España, Francia, El Reino Unido, México y Brasil, entre otros países, comparten este mismo esquema de regulación de la publicidad en medios audiovisuales.
En reclamo reiterado por mis colegas opositores hace referencia a que este no es el tiempo para discutir reformas… Me gustaría responderles, Señor Presidente, que para la oposición los tiempos de nuestro gobierno nunca son los adecuados y así, terminamos siempre en discusiones vacuas y sin sentido que no colaboran a solucionar la situación de pobreza y desigualdad que vive gran parte de la población de nuestra querida Argentina. Porque me gustaría recordarles que también una forma de luchar contra la exclusión es la incorporación de todos los sectores sociales a la actividad político – partidaria, la cual redundará en una mayor representatividad y una mejor defensa de sus derechos. Los pobres también tienen derecho a votar libremente y sin ningún tipo de coacción o exclusión por su condición social… eso seria una verdadera inmoralidad de la que no quisiera ser cómplice.
Finalmente, quiero pronunciar unas palabras a modo de reflexión: en nuestro país hemos sufrido muchos avatares y perdidas en este proceso de construcción de la democracia … debemos aprender que ser oposición no es estar en contra de todo lo que plantea el partido que circunstancialmente está en el poder, sino el actuar como controlador de ciertas cuestiones que hacen al manejo del gobierno pero también como colaborador en la definición de aquellas líneas políticas básicas que hacen a la consolidación del Estado de Derecho. No nos quedemos en discusiones mediáticas y vacías de contenido, es hora de que comencemos a trabajar todos juntos para sacar adelante la Argentina, ésta es una deuda irrenunciable que tenemos con las generaciones futuras…
[…]

6. INSERCIÓN SOLICITADA POR LA SEÑORA DIPUTADA BALDATA
Fundamentos del rechazo de la señora diputada al dictamen de mayoría de las comisiones de Asuntos Constitucionales, de Justicia y de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral

Sr. Presidente:
La reforma política, es una demanda que debe ser, necesaria y urgentemente atendida.
Pero la demanda que la sociedad viene haciendo al respecto tiene que ver con una Reforma Política en serio. Hasta ahora, todos los intentos, fueron sólo eso, intentos con resultados cero. El bloque de la C.C. aspiraba, cuando ingresó este expediente a la Cámara, que las motivaciones del poder ejecutivo hubieran tenido que ver con dar respuesta a esa demanda, no obstante cuando vimos el contenido, rápidamente advertimos que se trataba solo de parches , que no venían a dar solución a aquella demanda y que, en muy poco contribuyen a mejorar la imagen de la política, a recomponer la relación entre la política y la sociedad, a reestablecerla como instrumento de transformación, a tomarla y ejecutarla como herramienta capaz de modificar la dolorosa realidad que viven millones de argentinos.
Esta reforma sólo resuelve los problemas internos de los partidos, nada tiene que ver con mejorar la relación de éstos y la sociedad.
Sr. Presidente, una reforma integral debiera avanzar en incorporar nuevos y modernos instrumentos que den real garantía a la libertad que el ciudadano debe tener al momento de ejercer su derecho al voto, es decir, que cuando ejerce esa delegación de poder, que significa VOTAR, ese acto, debe estar resguardado y contar con todas las garantías para que la voluntad del elector se materialice de manera efectiva al momento de la emisión del sufragio.
Una verdadera reforma debiera también y fundamentalmente avanzar en instrumentos que nos permitan consolidar una nueva cultura política, con nuevas y más sanas prácticas en el ejercicio de la misma.
Nuestro bloque viene trabajando desde hace mucho, con el conjunto de los bloques de la oposición en la modificación al código electoral que permita la incorporación de la boleta única, como así también mejorar y profesionalizar las funciones de las autoridades de mesa, que junto a la creación de un nuevo órgano con competencia en lo electoral, con independencia del poder político y autonomía económica, seguro contribuiría a darle mayor credibilidad y limitar las posibilidades de los vicios “ocultos” que tiene el proceso electoral. Todos sabemos que el saqueo de boletas es moneda corriente, y que muchos partidos, al no tener una estructura partidaria capaz de controlar todas las mesas, se ve imposibilitado de evitar ese saqueo, y en mas de una oportunidad vemos como al “desaparecer” las boletas del cuarto oscuro, no hay quines las puedan reponer. Por otra parte, reduce sustancialmente el costo en la impresión de la boleta, se convierte en mucho mas equitativo, porque todos los partidos que participen del acto electoral tendrán garantizada su presencia en la boleta única cuya impresión corre por cuenta de la Justicia Electoral. Por otra parte, es necesario mejorar el desempeño de las autoridades de mesa, eliminar el viejo sistema de sorteo, que en mas de una oportunidad terminan designando, a personas muy mayores, imposibilitadas, analfabetas, etc., etc., lo cual entorpece el desarrollo del proceso y del escrutinio. Una idea es que se priorice la designación de docentes y empleados judiciales, que con una previa y adecuada capacitación estén en condiciones de acumular experiencia, garantizar transparencia (ningún docente, por mas militante que sea, arriesga su prestigio social para favorecer a un partido determinado, tienen experiencia en el manejo de grupos, lo cual, también contribuye a mejorar el desarrollo de la votación y del escrutinio), agilidad, practicidad.
Sr. Presidente, me llama mucho la atención, y además resultan muy preocupantes las afirmaciones del Ministro Randazzo y del Jefe de Gabinete, que vertieron frente a los diputados, tanto en las reuniones de comisiones que debatían el expediente en cuestión, como en el recinto con la presencia de Aníbal Fernández. Las apreciaciones que ambos realizaron respecto de la boleta única, demuestran el nivel de desconocimiento que ambos tienen en la materia. Desconocen que en la mayoría de los países de América Latina se ha implementado, salvo en Uruguay donde aún se mantiene un sistema de Lemas. Que en muchos países se ha avanzado, incluso en el VOTO ELECTRONICO, como Brasil.
Sr. Presidente, es torpe desconocer los intentos que permanentemente hacen los países para ir perfeccionando sus sistemas electorales. El sistema electoral no es una cuestión menor, es el instrumento por el cual se efectiviza la representación popular y se da garantía al cumplimiento del precepto constitucional que garantiza el régimen de democracia representativa.
Sr. Presidente, la Provincia de Córdoba, avanzó en una reforma de su sistema electoral, estableciendo la Boleta Única (entre otras cosas). Esa reforma se realizó con un fuerte consenso político y social. Para ello, y para evitar la resistencia de la corporación política, que muchas veces impide los avances en nuevos mecanismos que mejoren las prácticas y las conductas, el Poder Ejecutivo Provincial, decidió (decisión que nuestra fuerza política en la provincia acompaño) la conformación de una comisión formada por especialistas en el tema, integrada por el reconocido politólogo Daniel Zovato, por los rectores de las universidades nacional y católica de Córdoba, Carolina Scotto y el Pbro. Luis Rafael Velazco, Decanos de las facultades de ciencias políticas y sociales, titulares de cátedra de derecho constitucional, etc, y por constitucionalistas de reconocida trayectoria y de diversas extracciones políticas, que durante mucho tiempo tomaron contacto con los secotes sociales y de la producción, elaboraron un dictamen que elevaron a la Legislatura Provincial para someterlo al necesario e intransferible debate político. La pluralidad de la unicameral de Córdoba terminó cerrando un interesante proyecto de reforma política, que por supuesto es necesario perfeccionar, completar, mejorar, pero que fue un avance interesante en el tema.
No voy a entrar en las consideraciones que motivaron al Gobernador Schiaretti a tomar esta decisión, particularmente creo que el escenario político en Córdoba estaba muy enrarecido, había una fuerte sospecha de Fraude electoral del 2 de Setiembre de 2007, y que mas allá de la resolución judicial que dictaminó que el ajustado triunfo de Schiaretti era legítimo, esa sospecha se mantuvo en la sociedad, y la imagen del gobernador llego a bajar a un piso muy preocupante, incluso con peligro de dañar la gobernabilidad necesaria para gestionar cuatro años. A mi criterio fue esta situación de fuerte crisis de representación y legitimidad la que influyó en la toma de esta decisión y de hacerlo de la manera más participativa posible, de forma tal que tuviera la necesaria aceptación del colectivo social. Hoy Córdoba tiene un sistema electoral con Boleta Única para las elecciones provinciales. Hay dos posibilidades de Boleta Única, una de ellas divide la elección por tramos, a mi criterio la más recomendable. Es decir un tramo para gobernador, uno para legisladores, o una boleta donde están incorporadas todas las candidaturas. Me inclino por la primera, Córdoba aprobó el segundo sistema, que a mi humilde entender es complejo, incómodo, poco práctico, Pero creemos que aún así, el avance es considerable y a tener en cuenta. Nuestra fuerza política, la C.c.-ARI, en la legislatura de la provincia de Córdoba, seguirá insistiendo con reformas a la actual legislación que la lleven a corregir esas cuestiones de poco practicidad de la boleta única instrumentada, pero además con respecto al financiamiento de las campañas, a la duración de las mismas, a las sanciones a quienes violenten esa regla...
Creemos, y por esa razón lo colocamos en el primer artículo de nuestro dictamen, que una de las demandas mas fuertes de la sociedad respecto de la reforma política, tiene que ver con romper el perverso vínculo del clientelismo político que termina anulando el libre discernimiento al momento de votar y direccionando la voluntad del elector, no siempre en el sentido que para él pudiera ser el correcto. La utilización de los sectores populares para mantenerlos atados a un voto cautivo, es una práctica que denigra la política y debiera erradicarse. La mejor manera de poder hacerlo, es comenzando a combatir la pobreza, la marginalidad y la exclusión, y es por ello que nosotros introducimos en el proyecto de reforma la implementación del ingreso universal a la niñez, considerándolo un piso de ciudadanía, viéndolo desde la concepción de un derecho, y por lo tanto todos los niños y niñas del país por el solo hecho de serlo debieran tener acceso al mismo.
Sr. Presidente, lamentando no haber podido debatir con un tiempo razonable, y una reforma mucha mas integral, es que no acompañaremos el proyecto del oficialismo.
Muchas Gracias
[…]

8. INSERCIÓN SOLICITADA POR EL SEÑOR DIPUTADO BARRIOS
Fundamentos del rechazo del señor diputado al dictamen de mayoría de las comisiones de Asuntos Constitucionales, de Justicia y de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral

Sr. Presidente:
Voy adelantar mi voto negativo al Proyecto de Ley de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral, enviado por PEN a este cuerpo.-
Fundamentare esta decisión en base a tres aspectos fundamentales que desde el Socialismo consideramos determinantes para rechazar esta reforma que entendemos, no es política sino meramente electoral, ya que a través de los cambios normativos propuestos, se busca simplemente consolidar una posición política hegemónica con vistas a las elecciones presidenciales del año 2011.-
En primer lugar, tenemos que decir que el texto elaborado por el Ejecutivo, como ya nos tienen acostumbrados, deviene nuevamente en una “clara tendencia a quitar facultades al Congreso de la Nación”, para trasladarlas al Poder Ejecutivo; ya que el Gobierno a través del Ministerio del Interior, en caso de ser aprobada esta reforma, se haría cargo de la organización integral de los procesos electorales y así manejaría a su antojo
la demarcación de circuitos electorales ( Art. 85);
las distribución de las espacios publicitarios (Art 57);
la determinación del tope de gastos de campaña (Art. 60 );
quienes pueden o no participar de las elecciones generales después de las internas (Art. 45);
la duración y límites de las campañas electorales(Art 31);
la distribución de los aportes partidarios (Art 32);
los sondeos de opinión y encuestas(Art. 59)
entre otras cosas.-
Sabemos, que los procesos electorales, en los países con criterios importante de democracia, están a cargo de institutos específicos, independientes y autárquicos, que jerarquizan con ese mecanismo justamente, esos procesos, mejoran la calidad de las reglas de juego del sistema político y los hacen mas confiables y transparentes.-
Desde este Bloque hemos propuesto la creación del Consejo Nacional Electoral a los efectos de garantizar la transparencia de los procesos electorales.-
Es por eso que no podemos permitir el empecinamiento de que el Ministerio del Interior siga siendo juez y parte de los procesos aludidos.
El segundo aspecto por el cual el PS no acompañará la iniciativa se sustenta “en las características proscriptivas” que tiene el texto enviado a este cuerpo.
De la forma en la que está redactado este Proyecto, sólo el radicalismo, el justicialismo y el socialismo estarían en las condiciones exigidas y estipuladas para poder participar en los comicios, ya que se exige un piso de afiliados (cuatro por mil) que consideramos a todas luces injusto.-
Lo que realmente se busca con esta restricción es justamente la obstaculización a la posibilidad de constitución de alternativas a la vieja política, y a la desaparición de fuerzas políticas emergentes que hacen a la pluralidad de ideas.
La sociedad busca nuevas propuestas electorales, independientemente de cuántos afiliados tengan, además hay fuerzas emergentes, en vías de crecimiento que ya están largamente legitimadas por la voluntad popular y sería arbitrario y caprichoso que la letra de la ley en análisis les prohíba competir electoralmente.-
El tercer elemento grueso que desde el Partido Socialista cuestionamos de esta iniciativa parlamentaria lo constituye el momento de la discusión y del debate.-
Vemos que nuevamente estamos volviendo a los mecanismos ya conocidos como son la improvisación, la desprolijidad y las vivezas de la política.
Un tema de fondo, estructural, que tiene mas de 100 artículos” y “modifica tres normas fundamentales de nuestra legislación, como lo son el Código Electoral Nacional, la Ley Orgánica de Partidos Políticos y la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos, no puede tratarse con la celeridad que se nos ha impuesto, mucho menos cuando no se escucharon todas las voces y no existe ningún apuro de sancionar una norma, que su aplicación será recién a fines del año 2011.
Cuando hablamos de Democracia hablamos de algo básico, un procedimiento , una vía, un método, un camino, reglas de juego: aquel conjunto de reglas que permiten la mas amplia y mas segura participación de los ciudadanos, en forma directa o indirecta, en las decisiones políticas, es decir en las decisiones que interesan a toda la sociedad.
Las reglas son más o menos las siguientes:
1) Todos los ciudadanos que tengan mayoría de edad, sin distinción de raza, sexo, condición social deben gozar de los derechos políticos, es decir del derecho a expresar con el voto su propia opinión y elegir quien la exprese por el.-
2) El voto de todos los ciudadanos debe tener igual peso.-
3) Todos los ciudadanos que tienen derechos políticos deben ser libres de votar según su propia opinión, formada libremente, es decir en la libre confrontación entre grupos organizados que compiten entre si para unir sus demandas y transformarlas en deliberaciones colectivas.-
4) Deben ser libres también, en el sentido de que deben tener alternativas reales, esto es, de escoger entre soluciones diversas.-
5) Para las deliberaciones colectivas como para las elecciones de representantes vale el principio de mayoría numérica, aunque pueden ser establecidas diversas formas de mayoría (relativa, absoluta, cualificada), en determinadas circunstancias previamente establecidas.
6) Ninguna decisión tomada por mayoría debe limitar los derechos de las minorías, de modo particular el derecho de convertirse, en igualdad de condiciones, en mayoría.
En síntesis, esta definición minima de democracia es: contar cabezas, no cortar cabezas.
Y para que un Estado sea democrático es necesaria la observancia integral de todas ellas.
Entendemos que el debate y la aprobación de un nuevo marco legal para la Reforma Política en la Argentina debe darse con el consenso necesario de las fuerzas políticas y dando respuesta a las demandas de la sociedad, ya que se aborda la modificación de aspectos sustanciales de nuestra legislación como señalábamos previamente.-
Una reforma política debe ser fruto del diálogo en el que participe el más amplio espectro partidario posible, que la dote de un alto nivel de legitimidad y sobre todo, de sostenibilidad a través del tiempo.-
Una reforma política debe permitir recuperar la credibilidad y legitimidad de la política a través de la incorporación de mecanismos de democracia participativa; que ayude a reducir la brecha entre la política institucional y los reclamos sociales en el camino de la paz social y la no violencia; y que de garantías al elector en el ejercicio de su derecho al sufragio.
Una reforma política no puede ser tarea de unos pocos, volver a pensar en como debería ser un país implica volver a estudiar el pasado, aprender de los errores, los aciertos y sobre todo, volver a pensar estrategias colectivas, para que ningún sector económico o político imponga sus recetas al resto.-
Lo que pretendemos como objetivo de una Reforma Política, es mejorar la calidad de las reglas de juego del sistema político, hacerlo más transparente y confiable, más inclusivo y equitativo, y sobre todo, mucho más participativo.
En el convencimiento de que el presente proyecto no reúne ninguno de los requisitos señalados, muy por el contrario ya que proscribe y marcha a contramano de la consolidación y profundización de la democracia es que lo votamos en forma negativa.-
Gracias Señor Presidente.-
[…]

13. INSERCIÓN SOLICITADA POR EL SEÑOR DIPUTADO BRILLO
Fundamentos del apoyo del señor diputado al dictamen de mayoría de las comisiones de Asuntos Constitucionales, de Justicia y de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral

EXPRESIONES PARA INSERTAR DEL DIPUTADO JOSÉ BRILLO
Quiero destacar algunos argumentos que respaldan nuestra posición de apoyo a la sanción de esta ley.
Nuestro partido el Movimiento Popular Neuquino es un partido de distrito, con ámbito de actuación exclusivamente en la Provincia del Neuquén, que tiene fundadores, una historia de casi cincuenta años de presencia en las órdenes municipal, provincial, tanto en lo ejecutivo como en lo legislativo y a nivel nacional en el Congreso de la Nación.
Desde su acta de fundación lleva el mismo nombre, tiene una estructura de conducción definida en una Junta de Gobierno, una Convención y Seccionales y Distritos en todo el territorio provincial.
Tiene 120.000 afiliados que han elegido sus autoridades periódicamente y cuenta con el método de internas abiertas para definir sus candidatos en todos los órdenes y, en el 90 % de los casos sus candidatos han sido producto de un proceso de internas abiertas.
Ciertamente, no nos asuntan las internas. Para renovar mi mandato en ésta Cámara de Diputados tuve que someterme dos veces al veredicto de las urnas, primero en una interna abierta el 3 de abril para representar a mi partido el pasado 28 de Junio en la elección general
Mi partido tiene éstas excentricidades, nos llamamos desde nuestra creación de la misma manera, perduramos casi 50 años, y ante cada candidatura nos sometemos a la voluntad popular en internas. Nuestros adversarios saben frente a quienes están.
Muchas veces nos ha tocado padecer las listas espejo y las colectoras, mucho más emparentadas con maniobras y especulaciones electorales, que con acuerdos y proyectos programáticos, y mucho más cerca de la mezquindad y los intereses sectarios, que del declamado pluralismo y la participación.
En lo personal, en el año 2007 he perdido la Intendencia de la Capital Neuquina, contra un dignísimo adversario de la UCR que por su partido sumo el 8% de los votos, sin embargo en un arco que recorría listas colectoras de agrupaciones políticas de izquierda a derecha, y que acaso no perseguían más objetivo político que la derrota de mi partido, triunfa por escaso margen el candidato que genuinamente reunió menos del 10% de los votos. Me considero un demócrata, y reconocí mi derrota, a partir del razonamiento de que esas eran las reglas, pero tengo que ser sincero al señalar que las listas espejo o colectoras, en mi concepto y despojado del resultado y la experiencia personal, resiente severamente el principio de representatividad.
Adhiero también a la modificación que impide la participación en elecciones generales, de todos aquellos candidatos que hubieran sido derrotados en las internas abiertas para un mismo o distinto cargo. Seguramente todos aquí conocemos casos en los que un candidato derrotado en una interna “arma un partido” para insistir en una elección general burlando el veredicto de su propio partido. Resulta sorprendente que se tenga que prohibir por Ley, lo que debiera vedarnos, la ética, el respeto, y el sentido común.
No alcanzo a comprender, algunos planteos que señalan a éste proyecto como tendiente a la exclusión, o dicho de otra forma que fomenta y propicia un sistema bipartidista. Cuando comenzó el tratamiento de éste proyecto reflexionaba que el plenario de comisiones debía alcanzar el consenso de los pisos promedio que habiliten la participación de los distintos partidos políticos. Creo que se ha logrado, la verdad es que me parece por lo menos criterioso que cualquier partido que se proponga gobernar éste país, se avale con éste mínimo de afiliaciones, no veo ningún rasgo de exclusión, francamente creo que es lo mínimo que se le puede exigir a quienes se proponen la representatividad de cargos nacionales.
Señor presidente, me parece auspicioso que estemos dando éste paso adelante en un tema tan trascendente, pero de la misma manera que he señalado hasta aquí mis coincidencias con el proyecto, quiero dejar sentado también cuales son las cuentas pendientes.
Creo que no se ha regulado convenientemente la participación de los Poderes Ejecutivos en los procesos electorales.
Entiendo que sería muy saludable que se retire a los Poderes Ejecutivos de todo proceso electoral, en el mismo momento que se habiliten los tiempos que establece éste proyecto como inicio de campaña.
Debemos evitar que los gobiernos se transformen en un “candidato más”, participando desde una situación de poder y privilegio en beneficio de cualquier candidato. Los Gobiernos deben abstenerse por el mismo tiempo que dure la campaña de realizar inauguraciones, eventos, publicidad oficial, y difusión de los mismos ante la prensa.
Desde nuestro Bloque, la Diputada Comelli, ha presentado un proyecto de su autoría, y ha planteado además en el plenario de comisiones la necesidad de desdoblar las boletas a Presidente y Vice, de las de Senadores, y Diputados Nacionales.
Considero éste desdoblamiento como una herramienta eficaz para contrarrestar el “arrastre” o la “tracción” de candidatos o categorías por sobre otras. Si separamos las boletas, resulta mucho más claro a quien, y para que lo estoy votando.
Por último Señor Presidente, me gustaría que se pudiera incorporar al presente proyecto, la determinante prohibición de la última artimaña, atajo o burla que ha incorporado la práctica política en nuestro país, me estoy refiriendo a las “manifiestas y deliberadas candidaturas testimoniales”, que hasta éstos días nos sorprenden con deserciones de candidatos que la gente votó y que no van a asumir, y lo que es peor nunca pensaron en hacerlo.
Si coincidimos que la idea de éste proyecto está ligada a dotar de transparencia y previsibilidad a nuestro sistema electoral, desterremos para siempre en beneficio de nuestros electores, éstos comportamientos, siniestros, y nada transparentes.

14.INSERCIÓN SOLICITADA POR LA SEÑORA DIPUTADA DAHER
Fundamentos del rechazo de la señora diputada al dictamen de mayoría de las comisiones de Asuntos Constitucionales, de Justicia y de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral

Sr. Presidente: a partir de la reforma constitucional de 1994, el tema de la Reforma Política se instaló cíclicamente en la palestra de las discusiones sobre que aspectos, cuando, como y para que, debían debatirse para reformarse y las condiciones que deberían reunir para que ello suceda.
Lo que se propone, en este sentido, es modificar el como ejercitar el poder, con una participación más activa de la sociedad en general, que requiere una profunda reforma de la instituciones que nos gobiernan, que en algunos casos se podrían dirigir hasta una potencial reforma constitucional. Cometeríamos un error si confundiéramos reforma política con un cambio circunscripto al régimen electoral.
Al nuevo siglo, del que ya transitamos casi 10 años, lo recibimos empobrecidos, no solo en lo económico, sino en lo educativo, en lo social y en lo que es más grave, en la esperanza; y el tema que hoy nos convoca, ¿es de interés para la sociedad?, ¿o piensan que es más de lo mismo?. Y que todo lo que se proyecta ¿no será nada más que cambios de aspectos técnicos y/o políticos institucionales ajenos a la realidad y a las necesidades de los ciudadanos?.
Pero para asegurar, que lo que se debe lograr con esta reforma es contribuir al bien común, con un acuerdo pleno respecto a las cuestiones esenciales de Estado que todos - oficialismo y oposición -, nos corresponde comprometernos a respetar, con un profundo convencimiento patriótico.
Podremos y debemos seguir manteniendo nuestras diferencias partidarias, así como la sana competencia por el poder en el marco institucional vigente, pero en lo que hace a las políticas de Estado debemos unirnos y comprometernos no solo a cumplirlas sino también a garantizar su persistencia en el tiempo más allá de quien detente el poder, y no puedan de ningún modo ser afectada por los cambios de gobiernos.
Nuestro punto de partida es la Constitución Nacional y el respeto a la misma, sostén que proporciona fortaleza y sustentabilidad a la Nación Argentina, y nos diferencia de otros Estados, como única y diferente de otros países. A partir de allí, surge lo que conocemos como cuestiones de Estado.
Un vasto sector de la población no se siente representado por la actual dirigencia política. La corrupción y los abusos de poder llevan inevitablemente a una falta de credibilidad que afecta a la representación política y sería causa de la desvalorización de las conductas públicas.
Representación como forma orgánica y el proceso por los cuales se establece una relación políticamente eficaz entre gobernantes y gobernados; donde la ciudadanía tiene el derecho de elegir libremente sus dirigentes y éstos, aún con cierto margen de autonomía funcional en la toma de decisiones, responde a las expectativas generales de la base sociopolítica que los apoya. [1]
El ciudadano se siente impotente para revertir el estado de cosas, entre cuyas causas es el personalismo por el cual los hombres ostentan más prestigio que las propias instituciones. Y los defectos de los hombres se trasladan a las instituciones.
Los gobiernos personalistas y demagógicos, cuando no dictatoriales, que caracterizaron e incluso hoy, identifican a las conducciones políticas de muchos gobiernos, se sustentan en el paternalismo de Estado, en el estado benefactor, lo que les da gran popularidad especialmente entre las clases marginadas, aunque la resultante, puede ser conducir y promover en la ciudadanía actitudes de pasividad y dependencia de los gobiernos. Pobreza, asistencialismo, corrupción son los puntos de un circuito que debe terminar. Eso es lo que debe concluir, eso es reformar políticamente.
Entonces… la reforma implica un trabajo de diseño institucional, que se define como las reglas de juego las cuales tienen efecto en las políticas sustanciales para una sociedad y por lo tanto son generadoras de poder.
Toda Reforma modifica un diseño institucional preexistente, alterando reglas y redistribuyendo beneficios y perjuicios para lo cual se requiere poder, apoyo y legitimidad, ya que son decisiones de valor público.
Asimismo la Reforma Política que se pretende conviene analizarla mas allá de cuestión técnico-operativa – que es lo que nos propone el Poder Ejecutivo - para adentrarnos en una dimensión mas profunda y relevante como los son la ética y la propia política. Para lograr la reforma debe existir primero una decisión política la cual necesariamente debe ir acompañada de diversas condiciones sociales, culturales y políticas, tanto internas como externas. [2]
De acuerdo al proyecto presentado los temas directrices que pretenden reformarse son variados y fundamentalmente, repito, de instrumentación.
En estos temas se destacan, en cuanto a la Ley Orgánica de los Partidos Políticos Nº 23.298:
- Afiliación y número de electores y el mantenimiento de su número
- Alianzas, Confederaciones y fusiones
- Elecciones de autoridades
- Caducidad de la personería política, etc.
En el Código Electoral Nacional Ley N° 19.945, modifica o incorpora:
- Registro de Electores y actualizaciones
- Padrones provisorios y definitivos, así como su publicación
- Jurisdicciones
- Mesas electorales, etc.
La Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos N° 26.215, también es modificada, en cuanto a:
- Financiamiento de las campañas
- Distribución de los aportes
- Espacios en emisoras de radio y TV
- Financiamiento privado
- Límite de gastos
- Gastos en publicidad
- Informes a producir
- Distribución de la publicidad
- Encuestas y sondeos, etc.
y se incorporan y codifican los conceptos de Agrupaciones Políticas, de Electores, Presentación y Oficialización de Listas, sobre la Campaña Electoral, las Boletas de Sufragio, Elecciones y Escrutinio, Proclamación de los Candidatos, etc.
Es de destacar también, que las Elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), se nos presentan como una creación novedosa, pero si nos remontamos a los antecedentes legislativos no lejanos, en esta Cámara, ya en los años 2000 y 2002 tuvo su debate.
Señor Presidente:
De lo reseñado precedentemente, podemos claramente deducir que la Reforma se acota al sistema electoral, sin encarar la distribución de los escaños en las Cámaras, las renovaciones intermedias, la falta de participación del elector en la confección de las listas y la distancia entre electores y elegidos supuestamente producida por las denominadas listas bloqueadas o “sábanas”.
Y este es un proyecto de reforma política que se concentra con innovaciones en los sistemas electorales, que no desestimamos que forman parte de la misma, pero no es toda la reforma política. A lo que deberíamos sumar y definir claramente cual es el efecto deseado de las mismas y las posibles consecuencias no pensadas que pueden surgir de ella.
Ahora bien, y en beneficio de la brevedad, sucintamente reseñaré aquellos aspectos que a mi parecer merecen una consideración especial en el debate, que ya algunos fueron, más que bien expresados precedentemente, por mis colegas legisladores.
Injerencia del Poder Ejecutivo
Se advierte que Poder Ejecutivo incrementará su injerencia en las actividades políticas partidarias, al ampliar las facultades del Ministerio del Interior en el sistema electoral con lo que se afectaría la equidad y transparencia en los procesos electorales.
El proyecto permite que el Ministerio defina el tope de gastos y los montos de los privados que los partidos políticos podrían reunir durante las campañas electorales, así como el reparto de las pautas publicitarias electorales entre los partidos políticos y sin una precisión, que se hace indispensable cómo se efectuará dicho reparto en las elecciones internas, abiertas, simultáneas y obligatorias. A esto se suma la potestad de establecer una nueva jurisdicción de los circuitos de cada sección electoral, como también publicar la nómina de fallecidos y los padrones provisionales.
Si bien sabemos que se han producido modificaciones en el original del proyecto, la urgencia de siempre, no permite a los legisladores no participantes de las Comisiones responsables, un estudio posterior en detalle, fundamentalmente en aquello que se busca: una mayor transparencia en el proceso electoral, sin eventuales injerencias del gobierno de turno.
Aspectos presupuestarios
Cuando se refiere el articulado, a la regulación del reparto de las pautas publicitarias, no se explicita en detalle, siendo este un aspecto que requiere una referencia precisa, indicando qué cantidad de publicidad asignará el Estado y como será distribuida en la etapa de las elecciones internas.
Otro aspecto, es el tope de gastos para actividades proselitistas y la cantidad de fondos privados que podrían recibir los partidos, dado que se indica que surgirá de un cálculo surgido de un "módulo electoral", cuyo parámetro será determinado por el Ejecutivo, lo que pone de manifiesto otro instrumento arbitrario en manos del gobierno.
El proyecto, en cambio no limita la publicidad oficial, al señalar que ésta "no podrá contener elementos que promuevan expresamente la captación del sufragio" y le prohíbe al Gobierno efectuar actos de lanzamiento de obras públicas o de proyectos de alcance colectivo, pero sólo en los 15 días previos a la fecha electoral, lo que prácticamente la fuerza política gobernante dispone del tiempo y los medios que aprecie necesario para su campaña. ¿No sería mas justo establecer una prohibición total de la publicidad oficial durante las campañas?
Otro aspecto a considerar es lo difícil que será identificar a los financistas de las próximas campañas electorales y podría servir para ocultar el origen de los aportes proselitistas. El proyecto limita el acceso a información esencial, como la identidad de quienes aportan a cada partido, y prohíbe las donaciones de empresas, con el peligro de que esos fondos se canalicen a través de intermediarios de esos intereses.
También se elimina el informe de gastos de campaña que los partidos debían presentar 10 días antes de los comicios, que le permitía al votante apreciar cuánto iba a gastar su candidato y quiénes los financiaban antes de sufragar; así como, se prohíbe que los partidos contraten publicidad en medios audiovisuales.
En el artículo 58 bis, se establece que en su informe final de gastos los partidos deberán informar a la Justicia "el monto de los aportes recibidos, la naturaleza de los mismos, el destino y el total de las sumas gastadas"; pero, no menciona la identidad de los aportantes, ya que por "naturaleza" del aporte se entiende si recibió dinero en efectivo o especie, como servicios de transporte o de publicidad. A pesar que en otros artículos se exige a los candidatos a llevar un registro de aportantes, pero como no los obligan a incluir ese dato en el informe que envían a la Justicia, no tiene ninguna consecuencia.
También el artículo 49, que deroga la obligación de presentar ante la Justicia, 10 días antes de los comicios, un detalle de los aportes y gastos hasta esa fecha y una proyección de gastos totales.
Los artículos 76 a 85, establecen la prohibición a los partidos políticos de contratar espacios de publicidad en medios audiovisuales, en cambio será el Gobierno el que los distribuya, como ya lo señalamos.
Encuestas y sondeos
Se refiere el proyecto en este aspecto a la prohibición de difundir encuestas electorales desde 15 días antes de los comicios y, en general, toda la regulación que establece en torno a los sondeos. Según el articulado, las consultoras que "deseen hacer públicas por cualquier medio encuestas de opinión o prestar servicios a las agrupaciones políticas" deberán primero anotarse en un registro ante la Cámara Nacional Electoral.
Además, durante la campaña, tendrán que presentar un informe de cada trabajo que realicen, en el que deberá constar quién los contrata, todos los detalles técnicos de la encuesta y cuánto cobraron por hacerla, lo que será publicada en el sitio web de la Justicia Nacional Electoral para su libre acceso por parte del público.
Aquí se nos presenta un aspecto fundamental en lo que hace a la libertad de expresión y publicación, dado que se legislaría sobre un control que es excesivo, sobre todo por las sanciones previstas en la ley: cualquiera que incumpla la normativa no podrá inscribirse en el registro de encuestadores (es decir que no podrá trabajar) "por un período de entre dos y cuatro elecciones".
A lo precedente se suma que se violaría la confidencialidad de una profesión liberal y no hay razones que justifiquen semejante exigencia, ya que la AFIP es la que debería tener la información del monto de las facturas.
También el artículo 87, señala que "15 días antes de las elecciones ningún medio de comunicación ... podrá publicar resultados de encuestas o sondeos de opinión, o pronósticos electorales, ni referirse a sus datos"; esto sería otra limitación para los medios que vulneraría la libertad de expresión, porque es una prohibición que afectará sobre todo a los medios, que no podrán referirse a los datos de las encuestas, algo impensado en cualquier parte del mundo.
Señor Presidente:
Con esta breve síntesis de los aspectos más importantes del proyecto, es que señalo mi voto negativo al presente proyecto, el cual considero no satisfacen las expectativas de mis representados.
Muchas gracias.
Buenos Aires, 18 de noviembre de 2009
BEATRIZ DAHER
Diputada nacional

[1] Ana María Pelliza. La crisis en el orden Jurídico-Político: ¿Hacia nuevas formas de representación? En Crisis Global Estrategia Regional. Luminere. Bs. As. 2009.
[2] Eduardo R. Florio. DEMOCRACIA DE PARTIDOS Y REFORMA POLÍTICA o lo que debería ser una reforma política en una democracia de partidos. Bs. As. Mayo 2005. www. secretariaacademica.com.ar. Universidad de Lomas de Zamora. Facultad de Derecho.

15. INSERCIÓN SOLICITADA POR EL SEÑOR DIPUTADO DATO
Fundamentos del apoyo del señor diputado al dictamen de mayoría de las comisiones de Asuntos Constitucionales, de Justicia y de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral

Señor Presidente:
Solicito inserción del texto detallado a continuación:
Las reformas electorales son procesos necesariamente conflictivos, y conllevan una importante dosis de incertidumbre para los actores involucrados en la misma.
Toda decisión política sobre reformas electorales, que busque mejorar la representación tiene que lograr:
a. el consenso primario sobre los objetivos normativos de la reforma –representación, gobernabilidad, equidad-; y
b. que la discusión sobre los mecanismos electorales esté dominada por dicho consenso.
Las reformas políticas deben surgir de acuerdos políticos, y estos acuerdos deben reflejar un sano equilibrio entre los intereses electorales y los objetivos normativos de la representación democrática.
Existe una relación de pertenencia entre democracia y partidos políticos. Tanto es así, que cualquier reforma que se proponga contribuir al fortalecimiento de la democracia, debe ocuparse de nutrir a las instituciones que la conforman, con las capacidades que la modernización exige para el cumplimiento eficiente de sus funciones.
Los partidos políticos ocupan actualmente un lugar de preeminencia dentro de las democracias modernas. Reconocidos expresamente en el orden constitucional, por la evidencia de su rol político, cumplen funciones esenciales para el funcionamiento de los sistemas políticos.
Los partidos encarnan ideas, respaldan a los líderes, presentan programas, representan grupos, articulan intereses. Los partidos son definidos como “grupos” organizados u “organizaciones” voluntarias, que compiten por las preferencias electorales en el logro de ocupar cargos públicos de representación y de llevar a cabo sus programas.
Los partidos cumplen con la función esencial de ser intermediarios entre la sociedad civil y la sociedad política; lo hacen a través de varias funciones, las que pueden agruparse grosso modo en dos: las funciones que corresponden a la representación, y las que hacen al ejercicio del poder.
Hans Kelsen escribió que “la democracia moderna reposa enteramente sobre los partidos políticos, cuya importancia es tanto más grande cuando el principio democrático recibe una aplicación más amplia”.
Giovanni Sartori, ha dicho que un número de partidos cercano, o “en torno”, a los cinco o seis, refleja un multipartidismo extremo, una excesiva fragmentación del sistema. Por sobre ese límite, los grados de fragmentación y dispersión del sistema político pueden tornar muy difícil, o caótica la formación de la voluntad colectiva. Es necesario crear mecanismos tendientes a reducir el número de partidos.
La presente propuesta de reforma política, cuyo objetivo es regular de manera equitativa y democrática el desenvolvimiento del sistema de representación, se expresa en dos objetivos de particular relevancia:
a. mejorar la calidad de la representación política y, en particular, la relación entre los ciudadanos y los legisladores;
b. control público de la publicidad en los medios audiovisuales, adoptando el sistema estatal de publicidad.
El art. 38 de la Constitución Nacional define la función institucional de los partidos políticos en el sistema democrático constitucional, y a partir de tales consideraciones las estructuras partidarias requieren profundizar ciertos objetivos que pueden sintetizarse en: transparencia, idoneidad y democratización de las estructuras.
La CSJN ha calificado a los partidos políticos como órganos de la democracia representativa, dependiendo de ellos la calidad democrática del país en el que actúen. Su reglamentación significa ocuparse de una de las piezas más sensibles para el funcionamiento del sistema.
Un principio básico para la democratización exige reglas claras de competencia a saber: régimen de financiamiento, limitaciones a las campañas electorales y elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias para designar candidatos.
A partir de la reforma de la Constitución Nacional en el 94´ se dio el reconocimiento constitucional a los partidos políticos, quedando sentado en el art. 38:
“Los partidos políticos son instituciones fundamentales del sistema democrático.
Su creación y el ejercicio de sus actividades son libres dentro del respeto a esta Constitución, la que garantiza su organización y funcionamiento democráticos, la representación de las minorías, la competencia para la postulación de candidatos a cargos públicos electivos, el acceso a la información pública y la difusión de sus ideas.
El Estado contribuye al sostenimiento económico de sus actividades y de la capacitación de sus dirigentes.
Los partidos políticos deberán dar publicidad del origen y destino de sus fondos y patrimonios”.
La Ley 23.298, en su art. 2º considera que los partidos son instrumentos necesarios para la formulación y realización de la política nacional y a ellos les incumbe, en forma exclusiva, la nominación de candidatos para cargos electivos por disposición de aquella ley.
En más de la mitad de los países latinoamericanos se atribuye a los partidos políticos el monopolio de la presentación de candidaturas en las elecciones nacionales, y además, en algunos de ellos se exige, inclusive, la afiliación partidaria para ser candidato. La finalidad que anima esta limitación es la de organizar mejor el proceso electoral y la propia representación, reforzando al mismo tiempo, a los partidos, por considerarlos instrumentos fundamentales de la democracia representativa.
Los derechos políticos de participación, el derecho al voto, el derecho de asociarse en partidos políticos para influir y determinar la política del Estado y el derecho de acceder a la función pública, constituyen vías de legitimación del poder político, resultado del libre consentimiento y la participación popular. Mediante la participación política se produce representación, se integra el gobierno consensualmente y se otorga legitimidad.
El sistema de partidos políticos es vital para la vida democrática. La democracia representativa, única forma adecuada en la práctica y la teoría de la democracia en nuestro tiempo, tiene a los partidos como base de su entramado institucional, por lo cual no cabe ni organización de la representación ni de las mismas instituciones representativas sin ellos, ni ejercicio con garantía del derecho al sufragio sin su mediación.
La presente reforma propone en primer término la celebración de elecciones primarias, consistentes en una primera elección interna, para la proclamación del candidato del partido, entre aquellos precandidatos que surjan de las corrientes internas, que se autoproclamen a sí mismos o que sean nominados por el propio partido.
En segundo lugar se promueve el establecimiento de un sistema estatal de publicidad, a través de una modificación a la Ley 26.215 de Financiamiento de los partidos políticos. En este sentido, para que haya libertad política en el proceso electoral, se tiene que asegurar la igualdad de oportunidades entre los partidos que compiten en la contienda.
El Tribunal Constitucional alemán ha definido la función de las elecciones y la obligación de crear condiciones adecuadas por parte de los órganos del Estado, para el desarrollo de las elecciones y con respecto a la igualdad de oportunidades de los electores y los partidos políticos que en ellas participan. “Las elecciones constituyen una función pública cuya ejecución obliga a los órganos estatales constitucionales. Estos se hallan obligados a crear las condiciones, así como a montar las instalaciones necesarias para el desarrollo de las elecciones. Debido a la importancia fundamental que los partidos políticos tienen en relación con el proceso electoral, está justificado que se les proporcionen los medios para hacer frente a los gastos necesarios para una adecuada campaña electoral”.
La igualdad de oportunidades tiene que ser establecida mediante normas que compensen desigualdades, prohíban los desequilibrios económicos provocados por medio de ayudas desproporcionadas, obliguen a investigar las fuentes financieras para garantizar su licitud y aseguren un tratamiento equitativo ante la prensa, así como el control de los presupuestos de los partidos políticos.
El aspecto financiero –uno de los aspectos claves del proceso electoral- necesita contrapesos importantes que garanticen la igualdad en la competencia.
El presente proyecto promueve la adopción del sistema estatal de publicidad, a través del cual el propio Estado Nacional, es el que de acuerdo con distinto parámetros (igualdad y proporcionalidad) otorga espacios en los medios de comunicación audiovisual, vedando la compra de espacios de publicidad a los partidos políticos.
El sistema estatal de publicidad se justifica, en la necesidad que tienen los partidos políticos y sus candidatos, de contar con los medios que les posibiliten competir, en igualdad de condiciones durante el período electoral.
Señor Presidente: creo que estos dos ingredientes resaltados incorporan a la política argentina un sistema más genuino e igualitario que ameritan su apoyo.
Nada más.
[…]

17. INSERCIÓN SOLICITADA POR EL SEÑOR DIPUTADO DÍAZ BANCALARI
Fundamentos del apoyo del señor diputado al dictamen de mayoría de las comisiones de Asuntos Constitucionales, de Justicia y de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral

Sr. Presidente: el presente proyecto de ley representa uno de los principales anhelos de la clase política responsable, seria, y experimentada de nuestro país, que tras décadas de observar insuficiencias en la práctica política y habiendo escuchado centenares de críticas y recomendaciones provenientes de todo el arco político nacional y de los máximos especialistas en la materia, decide dar un paso decisivo para contribuir a la transparencia de nuestro sistema eleccionario, al tiempo que se moderniza y optimiza la estructura del mismo.-
Por supuesto, una vez que el Gobierno Nacional ha tomado la iniciativa y ha puesto en marcha los mecanismos constitucionales necesarios para que esta reforma política se convierta en realidad, comienzan a escucharse las voces de los obstruccionistas profesionales de siempre, aquellos que han decidido que toda su actividad política debe estar dirigida a estorbar y a resistir cualquier medida que tome el Poder Ejecutivo, por la lisa y llana razón de que sólo sirven para ser opositores, y por lo tanto se han resignado a no verse nunca como posibles artífices de obras de gobierno.-
Pues bien, sin perjuicio de reconocer la específica facultad que poseen los legisladores opositores a renegar de cualquier progreso político que quiera articular nuestro gobierno, no podemos desconocer que hoy estamos procurando avanzar en el sentido que viene siendo señalado repetidamente por todos los especialistas en forma unánime, por lo que evidentemente no podemos estar tan equivocados como ahora algunos sostienen.-
Este proyecto promueve un sinceramiento de las instituciones fundamentales del sistema democrático, los partidos políticos, buscando que la maraña de organizaciones que pretende tener representación en los actos eleccionarios se desenrede, para así conceder oportunidades reales a aquellos que verdaderamente alcancen la representatividad que la ley exige. Recordemos que sólo 7 partidos políticos de orden nacional, sobre 33, cuentan con el 4% de afiliados en por lo menos 5 distritos (requisito exigido por la ley 23.298), y que en las últimas 2 elecciones nacionales sólo 5 formulas presidenciales alcanzaron al menos el 3% de la totalidad de los sufragios válidamente emitidos.-
En este sentido, la iniciativa de propiciar las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias partidarias, se vislumbra como una herramienta imprescindible para otorgar mayor legitimación a los pre-candidatos que posea cada agrupación política.-
Asimismo, resulta incontestable la necesidad de transparentar la forma en que se financian las campañas electorales, clarificando quiénes pueden contribuir económicamente a solventar las mismas, y determinando los topes máximos que puede alcanzar el financiamiento privado en la actividad política. Dentro de este campo, se regula específicamente el régimen de la publicidad de las campañas electorales en los medios audiovisuales, vedando la posibilidad de que los partidos políticos puedan comprar espacios en los mismos para dichos fines.-
Por último haremos referencia a la reforma al Código Electoral Nacional que se propicia mediante este proyecto, la cual busca actualizar y mejorar el ordenamiento jurídico electoral, modernizando sus mecanismos, informatizando los registros documentales, y digitalizando la información de los padrones electorales provisionales.-
Por todo lo dicho, es que apoyo la presente iniciativa legislativa, votando por su afirmativa.

18. INSERCIÓN SOLICITADA POR LA SEÑORA DIPUTADA FEIN
Fundamentos del rechazo de la señora diputada al dictamen de mayoría de las comisiones de Asuntos Constitucionales, de Justicia y de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral

Sr. Presidente: como expresara Estévez Boero hace un tiempo, vivimos un momento de agotamiento de un modelo no participativo en el que la democratización del estado y de la sociedad en crisis no se resolverá con modificaciones al sistema electoral ni con el accionar de un solo partido político.
En lo político la crisis se manifiesta por el divorcio entre el estado y la sociedad, por la falta de representatividad de las instituciones políticas, por la ineficacia de los órganos del estado y por la falta de control que la ciudadanía tiene sobre las burocracias públicas.
Esta crisis, afecta el proceso a través del cual los ciudadanos llegan a estar convencidos de la necesidad de obedecer las leyes emanadas del estado, a aceptarlas como justas y vinculantes y a sentirse parte de la comunidad política. La concordancia entre el consenso político y el consenso social que incide en el nivel de legitimidad, comienza a debilitarse –según lo expresa Burdeau- a partir del momento en que la exigencia democrática pasa del plano político al plano social.
No son ajenos a esta realidad los partidos políticos que se ven desvalorizados en la opinión pública como instituciones capaces de generar los cambios anhelados por la mayoría.
En el tiempo transcurrido la falta de alternativas para superar los problemas que vive el país prueba el agotamiento programático de las expresiones políticas mayoritarias. La duración de la crisis debilita la confianza de los argentinos en la capacidad y en la fuerza de la nación. Es necesario revertir esta valoración. El cambio supone la construcción de un nuevo consenso político y social que asegure una redistribución de los poderes en beneficio de la colectividad. Todo cambio o iniciativa concebida al margen de la participación se sitúa fuera de la realidad y carece de toda posibilidad de realización y permanencia. La crisis argentina no puede ser superada por un solo partido, ni solo por los partidos: es imprescindible estructurar una amplia mayoría que permita la reformulación de la nación. La coincidencia es necesaria para otorgar viabilidad y estabilidad a un proyecto político, condición indispensable para lograr la credibilidad de la mayoría. Existe una complementariedad entre la construcción del consenso político a través de la vigencia del sistema de partidos y la construcción del consenso social por vía de la concertación. Articular estos consensos es avanzar tras el logro del acuerdo nacional.
Evidentemente lo que se concerta y quienes son los actores intervinientes en la concertación tiene incidencia en el grado de estabilidad ganado por el sistema. Es imprescindible incorporar y fortalecer la cultura política de los argentinos, de sus partidos políticos y de sus organizaciones sociales, la idea básica de la institucionalización de la concertación y el consenso. Debe ubicarse como una prioridad ineludible la necesidad de crear mecanismos institucionales que articulen la participación de todos los componentes de la realidad. “Porque colocar en un nivel derivado y secundario la formas jurídicas e institucionales de una sociedad no solo es un error teórico, sino también el claro indicador de una situación social de neta separación entre estado y sociedad, entre sociedad política y sociedad civil” (José Aricó).
En el momento que el Poder Ejecutivo realizó el anuncio que enviaría el proyecto al Congreso Nacional su proyecto de reforma política, se utilizó como ejemplo el sistema electoral de mi provincia, Santa Fe.
Quiero manifestar que el proceso que determinó el cambio del sistema electoral de Santa Fe por el actual sistema de internas abiertas simultáneas y obligatorias fue el reclamo de los santafesinos y santafesinas que pusieron en agenda la reforma política. No fue la decisión de un gobierno sino el hartazgo por la ley de lemas que posibilitó que con el 20 % de los votos se eligiera a un gobernador y dio por tierra la frase de otro que dijo “lo que sirve no se toca”.
Al igual que en este caso, se sostuvo que ese sistema era fundamental para la democratización de los partidos pero mediante la multiplicación de la oferta de candidatos.
El sentimiento generalizado de que no se estaba eligiendo sino que el sistema estaba estructurado para garantizar los designios de las estructuras política produjo una profunda pérdida de legitimidad del mismo por lo que se decidió una reforma.
Es decir que hablamos de un proceso inverso al de esta reforma política que la decide un gobierno con el claro objeto de resolver su interna partidaria.
Por otra parte, el debate del sistema electoral de Santa Fe llevó más de tres meses desde el ingreso del proyecto a la Legislatura hasta la sanción de la ley.
Se abrió un espacio de discusión con todos los partidos políticos donde se pudo incorporar la autoexclusión voluntarias, en las primarias, de aquellos ciudadanos que no estaban afiliados a ningún partido.
Este acuerdo posibilitó la sanción de una ley superadora de la ley de lemas.
No negamos la necesidad de la reforma, pero la sociedad hoy reclama mayor legitimidad.
También nos hubiera gustado poder dar este debate hacia el interior de nuestro partido que es un partido en crecimiento, que conserva el funcionamiento de sus estructuras orgánicas, que estuvo siempre dispuesto al diálogo pero que en el escaso tiempo de este debate, que lleva solo 15 días, no solo no permitió alcanzar niveles adecuados de consenso en la sociedad sino que tampoco posibilitó la discusión dentro de nuestra propia estructura partidaria que conserva espacios de debate democráticos.
La reforma política en nuestro país debería plantear el fortalecimiento de los partidos políticos y sus estructuras de funcionamiento, promoviendo la democratización y la representatividad y no responder a la circunstancial necesidad de los partidos mayoritarios de disciplinar internamente la definición de sus candidaturas.
Este esquema fortalece claramente el bipartidismo. Precisamente la política argentina hoy sufre las consecuencias de las prácticas que nos legó ese mismo bipartidismo.
Si aprobamos esta ley consagramos parámetros de representatividad y legitimidad que corresponden a ese momento del país que ya no existe y no estamos contemplando la realidad actual que presenta pluralidad de fuerzas emergentes que son consecuencia del modelo bipartidista que quedó agotado.
Del brillante análisis del desarrollo de la democracia argentina y de los peligros que la acechan, el profesor José Luis Romero expresaba que “solo una vigorosa política de cambio en la que haya sitio para todos los grupos e individuos que componen nuestra sociedad, podrá devolverle a todos la confianza en el país. Faltan caminos para que se expresen y realicen los grupos y los individuos. Faltan proyectos y sobran temores. Falta imaginación y sobran cautelosas premoniciones acerca de los riegos que correría la sociedad –en rigor, la vieja sociedad- si se ofrecieran cauces abiertos a la capacidad realizadora de todos. Pero esta política positiva de cambio tiene que ser formulada y puesta en marcha pronto, antes que nos disgreguemos. Tiene que producir cuanto antes hechos fundamentales y decisivos, que abran nuevas perspectivas y esperanzas”.
En ese sentido hubiéramos deseado que se lleve a cabo esta reforma.
Sentimos que se ha perdido nuevamente la oportunidad de avanzar en ese camino, por lo cual no vamos a acompañar este proyecto de ley.
[…]

22. INSERCIÓN SOLICITADA POR EL SEÑOR DIPUTADO GIOJA
Fundamentos del apoyo del señor diputado al dictamen de mayoría de las comisiones de Asuntos Constitucionales, de Justicia y de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral

Sr. Presidente: participo de este debate con la certeza que este proyecto, denominado “Ley de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral”, es un enorme avance en el rediseño de nuestro sistema político.
Hoy es una sesión importante, el tratamiento de este proyecto avanza sobre cuestiones sustantivas que sin duda tendrán consecuencias en el proceso de democratización de nuestros partidos políticos y aportará calidad al sistema democrático.
Algunos dirán que la norma que estamos tratando no le cambia la vida a nadie, me atrevo a decir que sí. Estamos dando un paso más en la irrenunciable tarea que nos toca: fortalecer el sentido cívico que tiene la participación de los ciudadanos en la vida política.
Este proyecto, que resulta ser una reforma integral, abarca muchos aspectos sustanciales, intenta poner fin a causas que afectan la contienda interpartidaria. Dice Sartori que “es la competencia entre partidos con recursos equilibrados, políticos, humanos y económicos, los que generan democracia”.
Entonces, podemos hablar de un proyecto que establece reglas claras para la consolidación de la democracia, valores tales como la representación están contenidos en él.
Somos hombres públicos, representamos a nuestro pueblo en esta “la Casa del Pueblo”. Somos hombres políticos y entendemos que “la Política” sigue siendo ese “ir haciendo” constante, expresado en una serie ininterrumpida de decisiones y de actos. Lo mismo que la vida. Y va siendo constantemente delineada por una pluralidad de hombres y de esfuerzos, que producen una pluralidad de resultados.
En este momento vienen a mi mente algunas expresiones vertidas durante el “II Congreso Internacional de Filosofía”, llevado a cabo en la provincia de San Juan en el 2007. En aquella ocasión tuvimos el placer de escuchar diversas exposiciones, entre ellas a la Filosofa Marilena de Souza Chauí, quien hizo referencia a que la sociedad democrática se funda en dos derechos: la igualdad entendida como justicia, y la libertad entendida como autonomía. Estos derechos no están dados. Podríamos, entonces, decir que la democracia es la sociedad de la creación de derechos, no solo de la consolidación de ellos, sino de la invención de nuevos derechos, siempre partiendo de la conquista de la igualdad con justicia y de la libertad. Una sociedad democrática es aquella que considera a la representación como una de las expresiones de la participación social y política, y no el reemplazo o sustituto institucional de la participación.”
El desarrollo de nuestros partidos está ligado a la democracia, cuanto más afianzamos nuestra vida democrática más se extiende la necesidad de realizar cambios en el sistema electoral. Para consolidar la democracia se necesita algo más que el voto el día de las elecciones generales. La clave es participar. Clave y responsabilidad que debemos asumir todos los ciudadanos. El Robinson solitario no existe ni existirá. Naturalmente, los hombres se relacionan y se complementan, y también en comunidad deliberan para imponer los diferentes puntos de vista de acuerdo a los cuales consideran que debería administrarse la cosa pública.
Sin embargo, cabe señalar que si bien la democracia representativa permite la pluralidad de partidos políticos en su seno, que constituyen el nexo político entre el individuo y el Estado, nuclean ideas, enfoques distintos de los mismos problemas que acucian a nuestra sociedad y ofrecen soluciones, también existen aquellos que, a veces, representan grupos de presión y de intereses. De todas maneras, son los partidos los únicos instrumentos que la democracia pone abiertamente a disposición del ciudadano.
Una actuación mucho más intensa de todos en política se vuelve imprescindible, por el bien del país y sus habitantes. Una actuación que implique compromiso es una verdadera gimnasia política que va concientizando al que la practica y a la larga le permite distinguir claramente las verdaderas soluciones y las alternativas.
Voy a hacer unas muy breves consideraciones para destacar la importancia de lo que estamos considerando, que no es poco, aunque puede parecerlo porque la demanda sobre la dirigencia política es muy grande. Además, quiero resaltar que no es la reforma del gobierno, de la oposición ni de ningún legislador. Es la reforma de todos, porque se ha contemplado un sinnúmero de proyectos que existen sobre este tema y consultado gran cantidad de especialistas en la materia.
Rescato un aspecto que me parece fundamental: se introducen las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias para seleccionar los candidatos a cargos públicos electivos nacionales y de parlamentarios del Mercosur. Estas internas van a oxigenar nuestro sistema político al permitir una intervención previa de la ciudadanía en la preselección de las fórmulas que después van a ir a la elección general.
La norma intenta abocarse a aspectos tales como los términos específicos de la duración de las campañas políticas; a qué se entiende por el uso de los medios masivos de comunicación; se respeta la distribución asignada por la ley de Financiamiento de Partidos Políticos y se excluye la posibilidad de que exista cualquier tipo de publicidad en radio y televisión que no sea la del Estado. La publicidad electoral audiovisual podrá realizarse desde los veinte (20) días anteriores a la fecha de las elecciones primarias y finalizan 48 horas antes del inicio del acto eleccionario.
Teniendo en cuenta que la acción política requiere de financiamiento, se establece que la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional debe prever para el año en que se realicen la elecciones primarias un monto a distribuir entre las agrupaciones políticas que presenten candidaturas equivalentes al cincuenta por ciento (50%) del que les corresponderá, por aporte de campaña para las elecciones generales. Se prohíben las donaciones o contribuciones de personas de existencia ideal y los gastos de publicidad de campaña por cuenta de terceros.
Se agregan a la exclusión para ocupar cargos públicos/partidarios a las personas con procesamiento por delitos de lesa – humanidad, la Cámara no se abocará más a discutir si asume o no un diputado electo con antecedentes en este tipo de delitos.
Se avanza hacia el fortalecimiento institucional del Mercosur al incluir en esta norma la elección de parlamentarios del Mercosur.
Al mismo tiempo se legisla sobre la utilización de encuestas, se establece que la Cámara Nacional Electoral creará un Registro de Empresas de Encuestas y Sondeos de Opinión. Aquellas empresas que deseen hacer públicas por cualquier medio encuestas de opinión, o prestar servicios a las agrupaciones políticas o a terceros, durante la campaña electoral por cualquier medio de comunicación, deberán inscribirse en el mismo y presentar un informe del trabajo realizado y el monto facturado, entre otros requisitos. Prohíbe la publicación del resultado de encuestas, sondeos de opinión o pronósticos electorales ocho (8) días antes de las elecciones generales.
Señor Presidente, con el orgullo de pertenecer a una bancada que ha proporcionado muestras suficientes de lealtad a la República, podemos debatir hoy estas cuestiones porque el gobierno nacional ha dado y está dando respuesta a grandes problemas que afectan la vida de nuestra sociedad. Hemos dado respuesta a nuestros mayores incrementando el haber jubilatorio por ley e incluimos a aquellos que no tenían ninguna prestación. Pocos días atrás la Presidenta Cristina Fernandez de Kirchner anunció la Asignación Básica Universal para todo chico menor de 18 años de edad, más de 5 millones de niños recibirán el subsidio. También se incentiva la generación de empleo a través de cooperativas y programas de obra pública que recorren todo nuestra geografía, fortaleciendo el concepto de país federal. El regreso de los fondos previsionales al Estado y el manejo responsable que hace el gobierno nacional de los fondos públicos posibilitó la realización de este tipo de políticas de inclusión social.
Finalmente, quiero terminar recordando palabras del Presidente Juan Domingo Perón que bien pueden sintetizar el sentir de nuestros días: “Nuestro Movimiento no busca la destrucción de nadie. Persigue una construcción equilibrada en la que, como hemos afirmado muchas veces, no exista la ignominia de contemplar la riqueza en medio de la miseria. Queremos una política más justa y en esa tarea estamos empeñados. Hemos de realizarla desde el Gobierno o desde lo llano. Somos única y exclusivamente argentinos que abogaremos incansablemente por una Patria mejor...”
Por todo lo expuesto, sigo acompañando el proyecto del gobierno nacional y en particular hoy acompaño con mi voto afirmativo la propuesta de reforma política que estamos considerando.

23. INSERCIÓN SOLICITADA POR EL SEÑOR DIPUTADO GODOY
Fundamentos del apoyo del señor diputado al dictamen de mayoría de las comisiones de Asuntos Constitucionales, de Justicia y de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral

Sr. Presidente: me enorgullece ser parte del sector político que, finalmente, ha decidido llevar a cago la tan clamada reforma política. Casi no habría desacuerdo respecto de la necesidad de dicha reforma, excepto tal vez, con algunos dirigentes que sostienen que la Argentina hoy tiene otras prioridades mucho más acuciantes y urgentes, como por ejemplo la situación social o la pobreza. Este gobierno se ha propuesto, como nunca antes otro, actuar en ambos planos. Por un lado, con la medida que recientemente anunció la presidenta respecto de la asignación universal por hijo que, obviamente no solucionará un problema de décadas de exclusión, pero sí será un primer paso importante en este sentido. Realmente este es un grandísimo avance que no podemos dejar de mencionar en esta casa, ya que ha sido una demanda permanente de casi todos los espacios políticos. Pero también, con el proyecto que hoy estamos discutiendo aquí, el gobierno se ha propuesto clarificar y redefinir las reglas del juego político, procurando dar alguna cuota de previsibilidad al sistema político en un mundo sin certezas, un mundo con múltiples velocidades, un mundo muy diferente del que nos ha visto nacer y desarrollarnos como clase dirigente.
Pero aceptamos el desafío y hoy buscamos dar respuestas a un reclamo que lleva años. Incluso, desde la recuperación de la democracia, ha estado presente en la mayor parte de la sociedad la demanda de llevar adelante una reforma política. Ha sido una preocupación constante para la mayoría de los actores involucrados, transformándose casi en un tema ineludible de la vida política, partidaria e institucional de nuestro país y que ha cobrado especial relevancia luego del estallido político y social de fines del 2001 que ha develado -tal vez como nunca antes- la crisis de representatividad y el debilitamiento de los partidos políticos.
Muchos cuestionan si este es el momento. Como bien lo mencionaba el Ministro del Interior cuando exponía el proyecto en el ámbito de las comisiones, no hay buenos tiempos para discutir la reforma política. Ahora bien, replantemos la pregunta en otros términos: ¿es necesaria la discusión sobre las reglas de juego de la política en la Argentina? Parece ineludible que, a ocho años del descalabro político más profundo desde que recuperamos la democracia, sería muy importante establecer un balance y trazar líneas de desarrollo hacia el futuro.
Creo que es preciso contextualizar este importante debate, no sólo en el marco de la historia argentina reciente, sino también, en el marco de las profundas transformaciones socioculturales que han impactado en los grandes partidos del mundo occidental, tales como la erosión de las identidades políticas que signaron el siglo XX y el debilitamiento de los estados nacionales en la época de la globalización financiera. Me refiero al debilitamiento de las estructuras partidarias como agregadores de intereses sociales y formuladores de plataformas ideológicas, lo que los científicos sociales han llamado el “ocaso de los partidos de masas”. Es decir, lo que ocurre en la Argentina no es propiedad exclusiva nuestra como gustan decir algunos dirigentes que tienen la mirada puesta en un ideal extranjero que no siempre es tal. Por esta razón, muchos países han aprobaron diversas iniciativas orientadas a fortalecer a los partidos y devolverles su centralidad en la escena política.
En este sentido, uno de los grandes objetivos perseguidos por este proyecto radica en el fortalecimiento y relegitimación de los partidos políticos, el principal sustento del sistema democrático en cualquier parte del mundo que adopte este régimen político. Aún no hemos conocido un dispositivo institucional alternativo que suplante a las estructuras partidarias. Se trata de buscar un sistema de partidos sólido en detrimento de los innumerables sellos de goma sin anclaje real en la sociedad -algo que no ha sido buena para la política, para la democracia ni para la reconstrucción de una ciudadanía participativa- procurando, claro, no obstaculizar, la función ni la creación de ningún partido con existencia real.
Los invito a que pensemos cuán necesario es para el funcionamiento y afirmación de la democracia que existan partidos fuertes, y cuánto mejor sería una democracia con partidos estables y reconocibles en lugar de aquella democracia basada en la competencia de líderes mediáticos y en la espectacularización de la política, donde quienes acceden a la pantalla televisiva o disponen de cuantiosos recursos, e incluso quienes buscan convertir su fortuna en poder político, se encuentran en inmejorables condiciones para participar del juego político y con altas chances de obtener resultados favorables. Este es uno de los aspectos que este proyecto trata muy bien, ya que incentiva la pertenencia partidaria de los candidatos y desestimula el “cuentapropismo” político de quienes migran de un partido a otro obligando a los partidos a someter sus propuestas de candidaturas al juicio de la sociedad.
Finalmente, creo que es un proyecto que busca, por sobre todo, fortalecer y prestigiar la política. Ésta ha sufrido en los últimos tiempos un gran deterioro, principalmente por que se ha roto el lazo representativo, la confianza entre los representantes y los representados. Y esto es algo que, una vez más, no es privativo de la Argentina. Afortunadamente, en el mundo y en nuestra región, la política vuelve a entrar a escena, vuelve a tener un rol central. No nos dejemos engañar, el mercado demostró no ser la panacea que el discurso neoliberal auguraba, tampoco nos dejemos engañar frente a quienes gustan decir que existe y es deseable un consenso automático, armonioso; la política es conflicto, y para poder procesar la tensión entre intereses encontrados es preciso canalizar el conflicto a través de reglas de juego político claras, previsibles y que contribuyan al fortalecimiento de la democracia, para eso hacen falta partidos políticos fuertes y eso es a lo que apunta este proyecto. De lo contrario, seguiremos asistiendo a la política-espectáculo hiperpersonalizada y sometida a las asimetrías del dinero y del poder.
Señores diputados y señoras diputadas, espero nos acompañen en la sanción de tan importante iniciativa.
Muchas gracias.
[…]

27. INSERCIÓN SOLICITADA POR EL SEÑOR DIPUTADO LANCETA
Fundamentos del rechazo del señor diputado al dictamen de mayoría de las comisiones de Asuntos Constitucionales, de Justicia y de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral

Sr. Presidente: lamentablemente este gobierno sigue mirando la realidad desde su propia lente.
Esa lente que le muestra que no hay otras prioridades en la República, que el sistema electoral de partidos; que paradójicamente pasó seis años desapercibidos.
Esa lente que no le deja ver los problemas de seguridad que tiene cada ciudadano al salir de su casa; quien no solo tiene que sortear el obstáculo de la violencia que ronda por las calles; sino que si fue afortunado, al intentar acceder a un medio de transporte apelará nuevamente a la suerte para que éste funcione; o si vive en las provincias, será un dotado por la diosa fortuna si las rutas y caminos no están cortados o anegados.
Esa lente que no le deja ver la grave crisis económica que atraviesa la República, en la que crecen los índices de desocupación, de inflación; en suma, de hambre.
Esa lente que no le deja ver que la economía del interior se encuentra presa de las obcecaciones de sus protagonistas; que cree terratenientes nadando en la abundancia a los productores sumidos en la sequía más feroz de los últimos 50 o 60 años.
En fin señor Presidente; eso, que desearía fuera solo una lente, pero más que ello; es una venda. Una venda que ciega a la conducción de nuestra República; y como conductores ciegos, chocarán lo que conducen tarde o temprano; si ya no lo han hecho. Y como dicen algunos –no hay pared más dura para chocar, que la propia realidad.-
No solo la visión está obstruida; también su capacidad de audición; su capacidad de diálogo.
Esa audición que le permite; a quien está cegado, perpetua o momentáneamente; seguirse manejando en el mundo con alguna percepción de la realidad. Solo escucha a quienes obsecuentemente dicen lo que desean escuchar; tal el famoso cuento del Rey Desnudo, de Andersen.
Una realidad; la que percibimos todos; que no impone las mismas prioridades que el gobierno en su “reino de fantasía” percibe.
Una realidad señor Presidente; la percibida por el gobierno; que entiende que los 257 diputados que componemos ésta Cámara podemos interiorizarnos; como el exigente debate nos impone; en los detalles de un proyecto de ley trascendental para la vida política Argentina. Algunos, los que por obra del destino tuvimos la suerte de participar en las comisiones que lo trataron, sabemos de que se trata; aunque sinceramente, ni siquiera tuvimos tiempo real para leerlo, releerlo y venir preparados a éste debate; un tiempo, el que debe pasar desde la aprobación de un dictamen hasta su tratamiento en el recinto, que no es ni otra cosa que lo que exige el reglamento de nuestro cuerpo; lo digo, para que no se tilden a éstas declaraciones de “desestabilizadoras” o con algún otro epíteto parecido.
Pero bueno; el oficialismo ya nos tiene acostumbrados a éstos cursos de “lectura veloz” cuando hay que aprobar proyectos importantes. La receta del éxito pareciera ser: proyectos largos (sin leer el título “LEY DE DEMOCRATIZACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POLÍTICA, LA TRANSPARENCIA Y LA EQUIDAD ELECTORAL.”); poco tiempo de debate; y trato urgente en el recinto.
Como sí; nuevamente digo; ¿nuestra prioridad fuera hoy una ley de partidos políticos? ley que por otra parte, el oficialismo (si tenemos en cuenta la anterior elección) no dudará en apartarse cuando las circunstancias se lo exijan. Una nueva “receta del éxito”, cuando las reglas no me favorecen, cambio las reglas.
Corto tiempo de debate que no permitió a las pequeñas fuerzas; hoy sin representación parlamentaria; ser escuchadas, ser tenidas en cuenta como actores importantes del proyecto en análisis. Lo que no es más que uno de los principios republicanos que nuestra Constitución, en su primer artículo dispone; respeto a las minorías por menores que fueran, como base para darle razón, si la tuvieren; repito: si la tuvieren, a las mayorías de turno.
El dictamen aprobado anoche; luego de una agobiante reunión de comisión; que nos llenó de energía para abordarnos a la lectura y al análisis del mismo. Dispone entre su articulado; particularmente una restricción a la vigencia del Estatuto de Roma en nuestro país, el inciso f) del art. 15° que modifica al 33° de la ley orgánica de partidos políticos, que acota la vigencia de aquél estatuto Penal Internacional, al período que va desde el 24 de marzo del 76` al 10 de diciembre de 1983. Yo me pregunto, Sr. Presidente ¿No hubo terrorismo de Estado antes del 24 de marzo del 76`?; ¿Estamos tan seguros que se acabó definitivamente el 10 de diciembre de 1983?; ¿Alguien que hubiere perpetrado crímenes de lesa humanidad fuera de aquellas fechas, puede ser pre-candidato, y luego candidato?; ¿Fue un error, o es concretamente un nuevo ejemplo de visión parcializada de la historia a que el oficialismo nos tiene acostumbrados (junto con sus encuestas maravillosas, su pseudo-realidad, y sus propagandas grandiosas)?
Y hablando de propaganda; que decir de la asignación de recursos por parte del Ministerio de Interior, y como si ello fuera poco; la asimetría entre el tiempo de duración de la campaña electoral y la prohibición de actos oficiales de inauguración de obras públicas; 30 contra 15 días. Pareciera un club; en el cual, obviamente, el “socio” paga menos. O lo que alguna vez alguien expresó: “Para los amigos todo; para los enemigos la ley.”
Este proyecto; que se dice de “transparencia” nada dice que condene a las candidaturas testimoniales, entonces; de que transparencia estamos hablando; cuando lo que único que transparentemente se podía ver a través de aquellas candidaturas; era que no iban a asumir, que no iban a respetar el voto del electorado. Y este proyecto; repito, nada expresa sobre el tema.
Cito, para terminar; a quien fuera nuestro Presidente, el Dr. Arturo Humberto Illia; quien en su mensaje inaugural; en éste recinto expresaba: “La Democracia Argentina necesita perfeccionamiento, pero que quede bien establecido: perfeccionamiento no es sustitución totalitaria…Más lo importante no es que el sentido social de la democracia esté en nuestras declaraciones políticas o estatutos partidarios, sino que los argentinos tengamos la decisión y la valentía de llevarlo a la práctica.”
Propongo al cuerpo rechazar el presente proyecto y abocarnos a la sincera tarea de desarrollar uno que contemple y escuche todas las voces interesadas.

28. INSERCIÓN SOLICITADA POR LA SEÑORA DIPUTADA LEVERBERG
Fundamentos del apoyo de la señora diputada al dictamen de mayoría de las comisiones de Asuntos Constitucionales, de Justicia y de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral

El Poder Ejecutivo ha presentado un Proyecto de Ley que propone una discusión sobre la transparencia, la legitimidad y la equidad en la política. Un proyecto para debatir un sistema de partidos en el que se realcen las ideas, y con ello la democracia. Queda a las claras que el Poder Legislativo ha tomado la iniciativa, ha trabajado sobre la misma incluyendo sus propuestas -que a propósito- en su gran mayoría han sido incluidas en el proyecto que hoy estamos discutiendo.
La crisis de 2001, puso en evidencia las transformaciones de los partidos políticos, pero a su vez revalorizó el rol de la democracia en nuestra sociedad. Es importante no desviar esta discusión, y atender el problema. En las democracias contemporáneas, los partidos políticos son los espacios de expresión y canalización de los intereses sociales. Hoy tomamos la iniciativa del Poder Ejecutivo que planteó repensar el sistema de partidos en pos del fortalecimiento de nuestra democracia.
El proyecto que hoy discutimos y por el cual doy mi voto positivo, trae consigo varias aristas sobre las que me detendré brevemente.
En primer lugar, resalto que el proyecto sobre la competencia electoral en la Argentina que hoy tratamos, pondera la aparición del Estado como órgano generador y regulador de la equidad y además, otorga un papel protagónico a la participación popular.
Por otra parte, la reforma propuesta por el gobierno nacional establece la realización de elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias para todos los partidos que postulen precandidatos para nominar a cargos electivos nacionales. Para ello posibilita y genera las reglas para la realización de coaliciones entre diversos partidos políticos en la carrera por la representación nacional. En este proceso, la participación del electorado es crucial, ya que los militantes, afiliados e independientes serán quienes definan el representante de cada partido. Esta instancia que tiene lugar para la elección del Presidente, el Vicepresidente, los diputados y los senadores es de gran importancia. A partir de la aprobación de la presente iniciativa, la ciudadanía determinará cuál será el candidato que luego apoyará con su voto. No será ésta una decisión a puertas cerradas, sino que será el pueblo -en mi caso el de la Provincia de Misiones- con su voto, quien elegirá al Presidente, al Vicepresidente, a los Senadores y Diputados a votar. Este es un paso claro en lo que refiere a la legitimidad de los representantes del pueblo.
Otro punto para resaltar, es que el proyecto propone que el Estado sea quien regule la publicidad en radio y televisión bajo criterios de igualdad para todos los partidos políticos, desarrollando así una distribución equitativa de los espacios en medios audiovisuales. Ello es una clara medida de una competencia justa, donde todo el arco político tendrá posibilidades de dar a conocer sus ideas a través de los medios de mayor difusión.
A su vez, remarco que el actual proyecto fija el modo de financiamiento de los partidos políticos, otorgando mayor transparencia al proceso electoral. De ese modo la propuesta obliga a los partidos a designar a responsables económicos-financieros, así como también pauta la distribución de aportes por parte del propio Estado y de terceros, brindando transparencia al proceso.
Entiendo que el presente proyecto representa un salto cualitativo para la democracia. En tiempos de la política de “personajes”, hoy nos proponemos cuestionar la durabilidad, la sostenibilidad en el tiempo y la validez de la política de la “imagen” en detrimento de las ideas y las acciones. Como Diputada de la Nación, representando al pueblo de la Provincia de Misiones, pero también como dirigente sindical, creo firmemente en la construcción política de las ideas, de las convicciones, de la militancia conjuntamente con el pueblo. Por ello estoy convencida de que este proyecto suma a la revalorización de los partidos, como espacio de construcción de la política, en un marco de reglas claras que aseguren la equidad, la transparencia y el protagonismo de la ciudadanía.

29. INSERCIÓN SOLICITADA POR LA SEÑORA DIPUTADA LINARES
Fundamentos del rechazo de la señora diputada al dictamen de mayoría de las comisiones de Asuntos Constitucionales, de Justicia y de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral

Sr. Presidente:
Uno se pregunta cual es el contexto político, social y cultural que nos lleva a discutir de esta manera, a las apuradas, la denominada “Reforma política” en la República Argentina. A nuestro entender se trata de un tema -como otros que han tenido igual rapidez en su tratamiento- que debería ser analizado, discutido y consensuado con el suficiente tiempo que requiere una ley de tamaña importancia.
Estamos hablando de un conjunto de normas jurídicas que necesariamente necesitan de un verdadero, honesto y amplio acuerdo entre los partidos políticos sobre los contenidos, las formas y la adhesión de todos a realizar un profundo cambio de las reglas del sistema político-partidario.
Reitero que a nuestro entender hubiese sido necesario un mayor tiempo de maduración, de análisis más profundo de las modificaciones, que fueron varias, propuestas -habría que decir mejor impuestas-, por el oficialismo, a los efectos de poder realizar una lectura más precisa y detallada, como se merece este proyecto de Ley.
Podemos decir que el mismo es un proyecto de ley ómnibus, en el cuál se avanzan sobre tres normas jurídicas que van a regular la vida política en la Argentina:
• Ley orgánica de los partidos políticos (Ley 23.298)
• Ley de internas abiertas, obligatorias y simultáneas, que -haciendo un poco de memoria- fuera derogada en el año 2006.
• Ley de financiamiento de los partidos políticos (Ley 26.215)
No me interesa profundizar en los argumentos para la reforma que utiliza el oficialismo en los fundamentos del proyecto, prefiero más bien hacer una pequeña mención sobre lo que espera la ciudadanía de sus representantes políticos. A mi modesto entender más que las formas de selección de los candidatos y de su representatividad partidaria, lo que pretende la ciudadanía es que quienes somos elegidos por el pueblo cumplamos con lo que nos hemos comprometido durante la campaña electoral, que nos pongamos del lado de los que producen, de los que trabajan, de los que estudian, antes que ejercer la disciplina partidaria.
Lo que nos piden es mucho más sencillo, ni más ni menos que le demos valor a la palabra, que está, sin lugar a dudas, entre los valores indispensables que cualquier persona debe cumplimentar en una actividad política y mucho más cuando uno ocupa un cargo público, cualquiera sea este.
Insisto, ¿cuáles son los motivos que llevaron a querer cambiar las normas tan rápidamente? ¿El fraccionamiento de los partidos políticos? ¿O es la necesidad de resolverle al partido del gobierno la legitimación de su candidato a presidente?
Este mismo gobierno que se ha caracterizado por la extralimitación y el abuso, es el que hoy anuncia un proyecto de ley para la “democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral”, nombre llamativamente grandilocuente y que no se condice en lo más mínimo con lo que puede leerse en su articulado. Resulta una incongruencia hablar de transparencia cuando el gobierno nacional ha manipulado las normas y fechas electorales a su conveniencia, cuando se han utilizado los recursos estatales en beneficio de los candidatos oficiales de manera escandalosa, y cuando hablamos de candidaturas “testimoniales”.
Consideramos, con el objeto de propiciar una verdadera transparencia, que debería incluirse en el proyecto un artículo sobre la presentación del informe previo, no sólo al momento de las elecciones generales (lo cual suponemos se mantiene en vigencia, al no derogarse lo estipulado en la Ley de Financiamiento de Partidos Políticos), sino también para las primarias abiertas.
Sin duda es éste un elemento útil para que la ciudadanía y las ONG´s puedan hacer uso del derecho a la información pública que todo ciudadano debe ejercer antes de emitir su voto.
Nosotros consideramos indispensable el informe previo. Sabemos que no es de consulta masiva, pero dependerá de cómo vayamos construyendo ciudadanía para que este informe sea cada vez más consultado.
En relación a la distribución del acceso, al momento de las elecciones, a los medios de información masiva, nos surgen algunos cuestionamientos. Sabemos que los medios de comunicación no son neutros, por lo que vamos a tener un alto nivel de conflictividad en cuanto a la reglamentación de este punto. ¿Cómo lo vamos a reglamentar? ¿Va a ser el Ministerio del Interior el encargado de hacerlo? Son cosas que no quedan claras en el proyecto y que deberían estar mejor estipuladas a los efectos de acotar los márgenes de discrecionalidad en un tema tan sensible.
No podemos seguir poniendo parches sobre este tema, tal como hiciéramos con la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Es hora de que este Congreso se digne a tratar un marco normativo integral que otorgue transparencia y claridad a los fondos públicos destinados a publicidad. Esta insuficiencia legal promueve decisiones arbitrarias, atenta contra la transparencia, facilita el uso de la pauta oficial como instrumento de presión o promoción política y facilita posibles actos de corrupción.
Por tal motivo presentamos un proyecto de Ley (Exp. 4048-D-09) regulando la Publicidad Oficial originada, promovida y/o contratada por el Gobierno Nacional.
El mismo establece claramente que sólo se podrán promover o contratar campañas y avisos de Publicidad Oficial que tengan por finalidad difundir y promover el ejercicio de derechos y obligaciones del Estado y el ciudadano y difundir y comunicar actos de gobierno, programas, iniciativas, servicios y, en general, actuaciones públicas o informaciones de genuina relevancia e interés social. La utilidad pública, en tanto principal objetivo de la Publicidad Oficial, implica que la misma sirva a sus destinatarios legítimos, que son los ciudadanos, y no a quien las promueve. El límite es bien claro, si el mensaje difundido no es de estricto contenido fáctico, aquel no puede ser más que propaganda destinada directa o indirectamente al proselitismo.
En tal sentido, la norma establece claramente qué avisos o campañas no puede el Estado realizar. En esa línea, consideramos que debería prohibirse la Publicidad Oficial que tenga como finalidad destacar los logros de gestión o los objetivos alcanzados por el Gobierno -como establece la ley 29/2005 de Publicidad y Comunicación Institucional de España-; que contenga orientación partidaria -la Política de Comunicaciones del Gobierno de Canadá prohíbe explícitamente esto-, que aparezca la imagen de un funcionario o de algún candidato a cualquier cargo electivo; que provoque el descrédito, denigración o menosprecio, directo o indirecto, de una persona física o jurídica, privada o pública; que contenga información que sea engañosa o encubierta; entre otros puntos.
Asimismo, y teniendo en cuenta que en períodos de campañas electorales los avisos gubernamentales pueden confundirse o ser usados con fines de propaganda partidaria, creímos conveniente que se dispongan mecanismos que impidan el uso propagandístico de la Publicidad Oficial. Una buena opción, establecida en las leyes de países como España y Canadá, es fijar normas que regulen la suspensión de la publicidad por un tiempo razonable durante las campañas políticas y los comicios. Con ese objetivo establecimos que el Gobierno no podrá contratar espacios en los medios de comunicación durante los 32 días previos a la finalización de los actos eleccionarios, salvo en lo relacionado con la organización y desarrollo de los procesos electorales.
En cuanto a los artículos del proyecto de reforma política que se refieren a los sondeos y encuestas de opinión, creemos que las sanciones deberían ser económicas y extenderse a aquel que contrata sus servicios, del mismo modo que en la contratación privada de publicidad audiovisual durante la campaña se responsabiliza tanto a quien contrata como a quien es contratado en infracción a la ley.
A nuestro entender un proyecto de ley que garantice efectivamente la representación política, la transparencia y equidad electoral, debe necesariamente:
• Implementar de una vez por todas el sistema de boleta única, el cual ha dado excelentes resultados en otros países (México, Chile, Costa Rica, Perú, Paraguay y Bolivia).
• Regular el financiamiento de los partidos políticos, no sólo con el objeto de garantizar su supervivencia y su presentación a elecciones, sino también para formar y capacitar futuros cuadros políticos acordes a los nuevos tiempos.
• Regular, como ya hiciéramos referencia, la publicidad oficial de manera integral.
• La creación de una autoridad electoral autárquica, independiente y con los recursos materiales y humanos suficientes.
• Los candidatos que incumplieran con las normas establecidas deberían quedar inhabilitados para presentarse en elecciones.
• Incluir entre los causantes de inelegibilidad los delitos contra la administración pública.

30. INSERCIÓN SOLICITADA POR EL SEÑOR DIPUTADO LÓPEZ ARIAS
Opinión del señor diputado acerca del dictamen de mayoría de las comisiones de Asuntos Constitucionales, de Justicia y de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral

Señor Presidente: antes que todo, Señor Presidente, quiero dejar sentado que lamento que esta forma de sesionar que se ha hecho costumbre en los últimos tiempos, siempre bajo presión y con la circunstancial mayoría imponiéndose al diálogo y a la búsqueda de consensos, me halla dejado sin poder hacer uso de la palabra, obligándome a insertar aquellos conceptos que me hubiera gustado discutir públicamente y en el recinto. La determinación forzada de un horario de cierre, finalmente ha dejado a muchos bloques sin poder sustentar sus posiciones, entre los que me incluyo, por lo que debo acudir al mecanismo de la inserción.
Pero como así permanentemente reclamo por la falta de diálogo, nobleza obliga, debo reconocer en este caso la buena disposición del diputado Laudau no sólo para oír, sino para receptar muchas de las discusiones que le planteamos en discusiones previas al tratamiento de la ley. Destaco también el trabajo militante de la Diputada Camaño que desde su rol clave en la presidencia de asuntos constitucionales y a pesar de sus públicas diferencias con la metodología de trabajo del Poder Ejecutivo, asumió la tarea de mejorar el contenido del proyecto que, sin ninguna duda es gracias a su intervención, muchísimo mejor que el proyecto original.
Pero esta buena voluntad, no alcanza a resolver los problemas de fondo del proyecto que seguramente se encuentran en otro nivel de decisión más preocupado por la lucha descarnada por el poder que por la búsqueda de consensos y la mejora de la calidad institucional; y a pesar de mi decidido apoyo al sistema de internas abiertas y simultáneas, estos problemas de fondo son de tal magnitud, que me impiden dar el apoyo al proyecto que tenemos en consideración.
En principio, lo que si debo observar, y ya entrando en cuestionamiento puntuales al proyecto, y en este caso de carácter general, es que no podemos todos los años hablar de “reforma electoral” para ser ampliada en los próximos comicios, cuando lo correcto y democrático, sería sancionar una reforma que tuviera efectos a partir de la elección subsiguiente, para lograr así una previsibilidad y reglas de juego claras.
Otra de las observaciones que también planteé en las reuniones plenarios que se llevaron a cabo, es la excesiva injerencia de la autoridad partidaria para la definición tanto para aprobación de las candidaturas en las internas partidarias como así también para la conformación de alianzas electorales y la restricción para la presentación de candidaturas extrapartidarias para aquellos candidatos que hubieran participado de internas partidarias.
La excesiva preeminencia del Ministerio del Interior en el control del acto eleccionario y en el reparto de las pautas publicitarias electorales entre los partidos políticos, y la forma imprecisa en las que se realizará ese reparto frente a las elecciones internas es otro aspecto sumamente observable del proyecto. Lo lógico hubiera sido avanzar en la constitución de una autoridad política independiente como existe en otros países.
Por otra parte, el mismo prohíbe expresamente la financiación de publicidad por parte de privados, si embargo, tiene normas más laxas respecto de la publicidad por parte del Estado y la utilización de bienes y recursos públicos para ello. Debería existir una prohibición expresa al respecto.
Asimismo, y respecto de la publicidad que realiza el Estado, debería prohibirse los anuncios y actos de gobierno durante toda la campaña electoral, de manera que esto no pueda ser utilizado como una prerrogativa o ventaja, respecto de las demás fuerzas políticas participantes de la contienda electoral. Resulta necesario además, establecer para el caso de violación de estas prohibiciones un proceso de tipo sumarísimo y sanciones muy firmes y claras.
Por último, considero que la aceptación de una candidatura implica un compromiso con el electorado, por lo tanto debe establecerse una sanción de inhabilitación para quienes habiendo sido electos no asuman o renuncien a los cargos para los que fueron electos sin una causa sobreviniente, justificada.
Podría hacer muchas otras consideraciones pero al verme obligado a insertar, me limito a puntualizar los aspectos que mas me preocupan.
[…]

32. INSERCIÓN SOLICITADA POR LA SEÑORA DIPUTADA MERCHÁN
Fundamentos del rechazo de la señora diputada al dictamen de mayoría de las comisiones de Asuntos Constitucionales, de Justicia y de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral

“El gobierno nacional intentó presentar este proyecto como respuesta a una necesidad de la ciudadanía, un proyecto que busca transparentar la política. En realidad, con este dictamen de mayoría y las modificaciones incluidas, se mantiene en esencia el espíritu del proyecto original de reforma política.
Si bien se redujeron algunos de los pisos de participación y cláusulas restrictivas, las modificaciones introducidas ayer no dicen nada sobre la obligación de realizar internas abiertas, simultáneas y obligatorias.
Esto no es más que buscar un mecanismo superestructural para suplantar la falta de participación política en la que ha caído nuestra sociedad, producto de las defraudaciones sistemáticas perpetradas por quienes gobernaron durante las últimas décadas nuestra nación, nuestras provincias y ciudades que hicieron lo contrario a lo prometido en las campañas electorales.
Como dije en otra oportunidad, en este recinto en las décadas del 80 y 90 la dirigencia política argentina pensó que era posible y que no habría ningún costo si se decía una cosa y se hacía absolutamente otra.
En ese sentido, hay algunas frases célebres y tristemente recordadas por todos nosotros, por ejemplo, “con la democracia se come, se cura y se educa”; “la casa está en orden”; “tendremos salariazo y revolución productiva”; “que lo sigamos porque no nos iba a defraudar”, “que el que depositó en dólares cobrará en dólares”. Son frases que han quedado muy grabadas en nuestra historia.
Sin embargo, con todas estas mentiras y falacias, lo que se logró fue una destrucción enorme del sistema político argentino, una destrucción que implicó no solamente la desconfianza de la sociedad y del conjunto de la ciudadanía sino la falta de participación en las cuestiones que se vinculan con el futuro del país.
No es con una ley ni con un decreto como se logrará revertir la desconfianza hacia la dirigencia política, gremial, empresarial, estudiantil, deportiva, sino con acciones concretas de coherencia política, de consecuencia militante.
Hoy abordamos una reforma electoral hecha a medida de las necesidades del bipartidismo que limita y excluye de la posibilidad de participar a fuerzas políticas emergentes.
Fueron las fuerzas políticas tradicionales las que inventaron sucesivos mecanismos que fueron desgastando la credibilidad y vaciando la representación popular como lo fueron la ley de lemas, sub-lemas, colectoras, listas espejos, candidatos testimoniales y adelantamiento de elecciones.
Dicen que quieren terminar con los sellos de goma. Pero han puesto todo su esfuerzo en salvar dos estructuras partidarias viejas y anquilosadas, como lo son el PJ y la UCR. Si bien surgieron como movimientos populares y de participación, fueron bastardeadas y utilizadas para aplicar las peores políticas neoliberales y antipopulares en nuestra nación.
Fueron esos mismos partidos los que nos condenaron a la eterna, usuraria e inmoral deuda externa que ahora el Senado tratará de engrosar liberando el cerrojo que se había puesto a los bonistas en default en 2005.
Son estos mismos partidos los que dejaron a millones de compatriotas en la pobreza y la indigencia producto de sus políticas de ajuste, teniendo más en cuenta los dictados de la banca internacional antes que las necesidades impostergables de nuestro pueblo.
Este proyecto de reforma electoral no aleja al Poder Ejecutivo de los resortes principales de financiamiento, control y administración del acto electoral y mantiene circunstancias que posibilitan situaciones como la ocurrida en mi provincia, Córdoba, cuando en las elecciones para elegir gobernador en setiembre del 2007 se modificó el resultado electoral mediante artilugios y el uso del correo.
Tal como lo afirmamos en un documento conjunto con otras fuerzas políticas, esta ley es autoritaria puesto que introduce al Estado en la vida interna y en la autonomía de los partidos. Además, mediante las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias, permite que los afiliados a un partido político elijan a los candidatos de otro y viola el derecho de los partidos a elegir a sus propios candidatos.
Nuestra Constitución Nacional ha reconocido a los partidos políticos como instituciones fundamentales del sistema democrático, razón por la cual no pueden aceptarse candidatos sin partido. Pero no sólo protege a los partidos sino que les garantiza su organización y funcionamiento democrático, así como su sostenimiento económico para la difusión de sus ideas.
Y nuestra Corte Suprema de Justicia ha señalado también que:
“Los partidos políticos son organizaciones de derecho público no estatal necesarios para el desenvolvimiento de la democracia representativa y por lo tanto instrumentos de gobierno cuya institucionalización genera vínculos y efectos jurídicos entre los miembros del partido, entre éstos y el partido en su relación con el cuerpo electoral; y dentro de la estructura del Estado, como órganos intermedios entre el cuerpo electoral y los representantes. Coexisten como fuerzas de cooperación y oposición”.
Por esto mismo, todo proyecto de ley que en la práctica implique una intervención directa en la vida partidaria de organizaciones políticas debe ser interpretado como una lisa y llana manipulación para su definitiva eliminación de la arena política.
Nadie es tan iluso para considerar que una elección abierta donde pueden participar electores ajenos al partido no impedirá que los partidos grandes o con más aparato definan los candidatos de los partidos emergentes. Esto es otra forma de manipulación electoral previa a las elecciones definitivas.
Con esta ley se alienta la restauración del bipartidismo cerrándole el paso a las fuerzas emergentes, con una idea de favorecer la concentración justamente todo lo contrario que planteaba la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, que fomenta la pluralidad de voces en los medios de comunicación.
Con esta ley se pretende concentrar la participación política en dos estructuras desprestigiadas como lo son el PJ y la UCR. Entendemos que esto no solucionará la crisis de representación que estalló en 2001 y que sigue vigente.
Desde el Movimiento Libres del Sur consideramos que una reforma política debería incluir:
• La implementación de la boleta única para terminar con el actual robo de boletas que de forma fraudulenta vienen realizando el PJ y la UCR en distintos distritos.
• Que la administración de todos los actos eleccionarios nacionales no dependa del Ministerio del Interior y el Poder Ejecutivo, brindando mecanismos de transparencia para el conjunto de las fuerzas políticas.
• El libre acceso a la información de los actos públicos y de gobierno; tanto sea para medios de comunicación, como para cualquier ciudadano/a.
• La implementación de los mecanismos de iniciativa y consulta popular permanente como método que promueva la participación ciudadana.
• Incorporar la revocatoria de mandato como mecanismo que asegure el respeto y la garantía a la soberanía popular expresada en las urnas.
Por todo esto, queremos expresar nuestra oposición a esta reforma electoral, al igual que los otros/as diputados y diputadas de los sectores populares y demás partidos políticos del campo popular.”

33. INSERCIÓN SOLICITADA POR LA SEÑORA DIPUTADA MONTERO
Fundamentos del rechazo de la señora diputada al dictamen de mayoría de las comisiones de Asuntos Constitucionales, de Justicia y de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral

La OPOSICIÓN que hemos suscripto al proyecto de LEY DE DEMOCRATIZACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POLITICA, LA TRANSPARENCIA Y LA EQUIDAD ELECTORAL, presentado por el Poder Ejecutivo, tiene los siguientes fundamentos:
En primer término sostenemos que el proyecto omite incorporar un elemento esencial para lograr una mayor democratización de los procesos electorales, la boleta única. Entendemos que tal omisión resulta inadmisible sobre todo si se tiene en cuenta cuales han sido los argumentos que el Poder Ejecutivo ha utilizado para fundamentar la reforma que propone.
La boleta única no solo debe estar presente en las elecciones generales, sino también en las denominadas PASO (primarias abiertas, simultaneas y obligatorias).
Por ello debería modificarse el artículo 19 del proyecto, previendo en forma obligatoria la utilización de una boleta única por agrupación política, aún en aquellos casos en que se presentare una sola lista.
Entendemos que la norma debe prever los requisitos que debe reunir la boleta única que se utilice en las PASO, tales como que su confección debe efectuarse sobre un modelo de boleta única para cada agrupación política; Contener los nombres de todos los precandidatos a los distintos cargos electivos de las distintas líneas internas de la agrupación política correspondiente. Disponer del mismo espacio en tamaño y forma entre las distintas líneas internas de la agrupación política correspondiente. Los números y/o letras que se impriman para identificar a las distintas líneas internas, deben guardar características idénticas en cuanto a su tamaño y forma. Los nombres de los precandidatos, también deben guardar características idénticas en cuanto a su tamaño y forma. Tener igual tamaño y forma asignado a cada línea interna de las distintas agrupaciones políticas, por lo que las dimensiones deberán fijarse atendiendo a que, aun en boletas únicas de distintas agrupaciones políticas, sea igual el tamaño y forma del espacio asignado a cada línea interna. Poseer en la parte superior, el número de orden asignado a cada agrupación política, y a su derecha la figura o símbolo partidario y la denominación utilizada en el proceso electoral; Ser impresa en idioma español, en forma legible y en papel no transparente; Poseer, a continuación del nombre de cada línea interna de la agrupación política correspondiente, un casillero en blanco para efectuar la opción electoral.
También debe prever los requisitos de la Boleta Única de la elección general, la que deberá: Ser confeccionada sobre un modelo, en forma independiente para cada categoría de cargo electivo: una para el cargo de Presidente y Vicepresidente, otra para Senadores nacionales, y otra para Diputados nacionales; Para la elección de senadores nacionales la Boleta Única contendrá únicamente los nombres de los dos candidatos titulares. Para la elección de diputados nacionales la boleta contendrá únicamente los nombres de los tres primeros candidatos titulares. En ambos casos las listas completas de candidatos con sus respectivos suplentes serán publicadas en el afiche de exhibición obligatoria al que se refiere el inc. 5 del art. 66; Tener dimensiones iguales o mayores que 21, 59 cm. por 35, 56 cm., propias del tamaño del papel oficio; Tener una distribución homogénea entre las distintas listas de candidatos oficializadas de acuerdo con las figuras o símbolos que los identifican. Las letras que se impriman para identificar a los partidos, deben guardar características idénticas en cuanto a su tamaño y forma. Los nombres de los candidatos, también deben guardar características idénticas en cuanto a su tamaño y forma. Poseer, al lado derecho del número de orden asignado la figura o símbolo partidario y la denominación utilizada en el proceso electoral. Para la elección de Presidente y Vicepresidente se intercalará, entre el número de orden asignado y la figura o símbolo partidario, la fotografía del candidato a la Presidencia; Ser impresa en idioma español, en forma legible y en papel no transparente, y contener la indicación de sus pliegues; Estar adherida a un talón donde se indique serie y numeración correlativa, del cual será desprendida. Tanto en este talón como en la Boleta Única deberá constar la información relativa al distrito electoral, circunscripción, número de mesa a la que se asigna, sexo del votante y la elección a que corresponde; Poseer, en el caso de las elecciones de Legisladores, a continuación del nombre de cada agrupación un casillero en blanco para efectuar la opción electoral; Poseer, en el caso de las elecciones de Presidente y Vicepresidente, un casillero en blanco en el espacio correspondiente a cada fórmula presidencial que se presente, para efectuar la opción electoral; Prever un casillero propio para la opción de voto en blanco; En forma impresa la firma legalizada del presidente de la Junta Electoral Nacional; Las Boletas Únicas complementarias a las que hacen referencia los artículos 58 y 74 deberán ser individualizadas con esta condición: formarán parte de un mismo talonario con las Boletas Únicas, y tendrán las mismas características de diseño y contenido que éstas.
La condición de complementaria se individualizará incluyendo dicha expresión en el talón de la Boleta Única destinada al efecto y en lugar visible del mismo.
El Ministerio del Interior hará publicar facsímiles de la Boleta Única correspondiente al cargo de Presidente y Vicepresidente en dos medios de alcance nacional. El mismo facsímil junto al de las Boletas Únicas destinadas a los cargos de Senadores y Diputados nacionales se hará en dos medios con alcance en los distritos respectivos. La publicación se hará el quinto día anterior a que se realice el acto eleccionario. En estas publicaciones se señalarán las características materiales con que se han confeccionado cada Boleta Única, indicando con toda precisión los datos que permitan al elector individualizarla.
Para facilitar el voto de los no videntes, se confeccionarán plantillas facsímiles de cada Boleta Única en material transparente y alfabeto Braille, que llevarán una ranura en el lugar destinado a los casilleros para ejercer la opción electoral, que sirva para marcar la preferencia que se desee, sobreponiendo la plantilla a la Boleta Única. La plantilla llevará rebordes que permitan fijar la Boleta Única a fin de que cada ranura quede sobre cada línea, y será de un material que no se marque, en un uso normal, con el bolígrafo empleado por el elector. Habrá plantillas disponibles en cada lugar de votación donde funcionen mesas electorales, para su uso por los electores no videntes que la requieran.
La incorporación de la boleta única determina la necesidad también de modificar el art. 38 del proyecto y de incorporar un nuevo artículo que modifique el artículo 58 de la ley 19945 (t.o.), referido al voto de los fiscales de mesa, el cual debería quedar redactado como sigue:
“Requisitos para ser fiscal. Los fiscales o fiscales generales de los partidos políticos deberán saber leer y escribir, y ser electores del distrito en que pretendan actuar y no podrán votar en las mesas en que actúen salvo que estén inscriptos en ellas o que estén en la sección a la que pertenecen. A tal fin, a los talonarios de Boletas Únicas, se le adicionarán Boletas Únicas complementarias. En ese caso se agregará el nombre del votante en la hoja del Registro, haciendo constar dicha circunstancia y la mesa en que está inscripto.
Los fiscales deberán utilizar para votar únicamente la Boleta Única complementaria habilitada para tal fin.”
En el mismo sentido es necesario modificar la redacción del articulo 97 del proyecto que modifica el artículo 74 del Capítulo II del Título IV del Código Electoral Nacional Ley N° 19.945, siendo necesario prever en que forma emitirán el sufragio las autoridades de mesa que deben votar en una mesa distinta a aquella en que ejercen sus funciones, quienes deben poder hacerlo en las mesas en que actúen aunque no estén inscriptos en ellas, siempre que lo estén en la sección a que ellos pertenecen. En ese caso se agregará el nombre del votante en la hoja del Registro, haciendo constar dicha circunstancia y la mesa en que está inscripto.
Al sufragar en tales condiciones dejarán constancia de la mesa a que pertenecen. A los efectos de emitir su voto los presidentes y suplentes mencionados en el párrafo anterior utilizarán la Boleta Única complementaria.
Otro aspecto esencial a los efectos de garantizar la transparencia en el manejo de fondos, y que entendemos debe ser mejorado en varios aspectos para evitar su total desvirtuación, es la intervención del Poder Ejecutivo a través del Ministerio del Interior, ingerencia que no puede ser tolerada.
Sostenemos que debe ser el Estado, pero no a través de la Dirección Nacional Electoral sino de los Jueces con competencia electoral quien debe distribuir la pauta publicitaria en emisoras de radiodifusión televisiva y sonora abierta o por suscripción, por lo que debería modificar los artículos 35, 56 y 57 del proyecto oficial.
Por supuesto nada obsta a que sea un órgano del Poder Judicial quien ejerce funciones administrativas. Es sabido que existe ejercicio de función administrativa en los tres poderes del Estado, tal como lo ha explicado unánimemente la doctrina más autorizada (cf. Marienhoff, Miguel S., "Tratado de Derecho Administrativo", Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 2000, 5ª ed. actualizada, reimpr., T. I. pag. 84 y ss; Gordillo, Agustín, "Tratado de Derecho Administrativo", Buenos Aires, Fundación de Derecho Administrativo, 2000, 5ª ed., t. I, IX-7; Comadira, Julio R., "Derecho administrativo", Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1996, pag. 115; Cassagne, Juan Carlos, "Derecho administrativo", Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 2002, 7ª Ed. actualizada, pag. 83 y ss.; Fiorini, Bartolomé, "Derecho administrativo", Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1976, pag. 25; Merkl, Adolfo, "Teoría general del derecho administrativo", Madrid, Ed. Revista de Derecho Privado, 1935, pag. 7 y ss; Dromi, José R., "Instituciones de derecho administrativo", Buenos Aires, Astrea, 1978, reimpr. pag. 157 y ss.; Jeanneret de Pérez Cortes, María, "El control judicial de la función administrativa de los poderes legislativos y judicial", E.D., Supl. de Derecho administrativo, 31/07/2002, Buteler, Alfonso, “La actividad administrativa del Poder Legislativo y del poder Judicial en la jurisprudencia de la Corte”, LL. 2008-A, 1029-LLP 2008 –julio-, 663).
En este sentido, se ha pronunciado la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al destacar que “es sabido que la doctrina de la división de los poderes o la separación de funciones no implica que cada uno de los órganos del poder pueda ejecutar únicamente actividades materialmente administrativas, legislativas o judiciales. Es que esas actividades son consecuencia del ejercicio mismo del poder, que nuestro sistema legal le reconoce a los tres órganos en sus determinados ámbitos de competencia" (Fallos 315:2990 y jurispr. allí cit.).
Igualmente, no puede dejar de señalarse que en los países en los cuales la pauta publicitaria electoral es exclusivamente provista por el Estado se adoptan medidas que tienden a morigerar la inequidad que resulta de la posición más ventajosa que tiene quien está a cargo del poder. Ello en razón de que las normas que limitan las campañas electorales tienden naturalmente a aumentar la ventaja de los “candidatos oficiales”.
Por otro lado con respecto a la sanción de la emisora de radiodifusión televisiva y/o sonora, abierta o por suscripción, que violen las disposiciones en el sentido antes referido, nos parece excesivo que se prevea la perdida de la licencia, autorización o permiso, sobre todo si se tiene en cuenta el particular juego entre esta norma y la autoridad de aplicación de la ley de servicios audiovisuales recientemente sancionada que asegura el control de la autoridad de aplicación al Poder Ejecutivo. Por ello la sanción debería ser la suspensión por dos años de la licencia, autorización o permiso.
Para lograr la transparencia propuesta y evitar que quien ejerza el Poder Ejecutivo pueda procurarse desde esa función preeminencias indebidas nos oponemos al artículo 93 del proyecto que modifica el artículo 64 quater del Capítulo IV bis del Título III del Código Electoral Nacional Ley N° 19.945, tal cual ha sido propuesto ya que lo entendemos tramposo. Por ello creemos necesario prohibir durante la campaña electoral, la publicidad o divulgación por cualquier medio, de los actos de gobierno y/o logros de gestión de ninguno de los poderes del estado, como así también consagrar la prohibición durante las campañas electorales previas a la celebración de las primarias abiertas simultáneas y obligatorias y la elección general, de la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo, y, en general, de la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales.
También en materia de financiamiento resulta inadmisible que el Poder ejecutivo a través del Ministerio del Interior pretenda establecer antojadizamente y sin ninguna referencia a nivel legal, el valor del “módulo electoral”, con el objeto de establecer el limite de gastos. Por ello nos oponemos al articulo 70 del proyecto que incorpora como artículo 68 bis del Título VI de la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos Nº 26.215 el “Módulo Electoral como unidad de medida monetaria para determinar los límites de gastos autorizados por esta ley y también al articulo 60 del proyecto que modifica el artículo 45 del Capítulo V, del Título III, de la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos N° 26.215.
Entendemos que tal materia no puede ser objeto de la delegación legislativa que se propone en virtud de claros imperativos constitucionales (art. 76 y 99 C.N), y que puede ser oportunamente establecido en la ley general de presupuesto que se sanciona anualmente.
Para finalizar con el tópico “financiamiento”, debemos decir que el proyecto oficial ha omitido modificar dos artículos de la Ley de Financiamiento de los partidos políticos Nº 26.215. Se trata de los artículos 14 y el 16, los que deberían modificarse eliminando la referencias a las donaciones de personas jurídicas, las que en el proyecto están prohibidas.
Por otro lado el proyecto ha omitido efectuar algunas aclaraciones vinculadas al papel que debe cumplir la justicia nacional electoral y la junta nacional electoral en las PASO. La intervención de las autoridades judiciales debería quedar clara por lo que impone modificar los artículos 39 y 40 del proyecto oficial estableciendo que para la conformación de las mesas, la designación de sus autoridades, la realización del Escrutinio y todo lo relacionado con la organización de las PASO se aplicarán las normas pertinentes del Código Electoral Nacional Ley Nº 19.945 y sus modificatorias, donde la intervención a la Junta Electoral Nacional que prevé el Código Electoral Nacional estarán a cargo de los jueces federales con competencia electoral en todo lo que no contradiga a la ley.
También debería preverse una vía recursiva ante la cámara y su superior con indicación de plazos acordes a la naturaleza del procedimiento.
Además, a los efectos de asegurar la falta de ingerencias indebidas debería ser distinto el artículo 85 que modifica el artículo 40 del Capítulo I del Título II del Código Electoral Nacional Ley N° 19.945, para establecer que los limites de los circuitos los establezca la Justicia Nacional Electoral, en lugar del Ministerio del Interior. Las previsiones propuestas pretenden sustraer del poder político para evitar manipulaciones de las circunscripciones que a nivel provincial o municipal, pueden distorsionar la voluntad política del electorado.
Finalmente, debería haberse colocado un artículo que evitara las denominadas “candidaturas testimoniales”, el que, al no estar presente, nos motivó a ser parte de la presentación del expediente 5639-D-09 en esta Cámara de Diputados, presentando un proyecto de Ley en ese sentido.
Por todo lo antedicho, siendo las divergencias tan amplias e importantes, votaremos en forma negativa al denominado proyecto de Ley de Democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral

34. INSERCIÓN SOLICITADA POR EL SEÑOR DIPUTADO OLIVA
Fundamentos del apoyo del bloque del señor diputado al dictamen de mayoría de las comisiones de Asuntos Constitucionales, de Justicia y de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral

Señor presidente: antes de entrar en el tema en particular, estimo conveniente recordar definiciones conceptuales, aunque ello pueda parecer una simpleza.
Democracia es un derecho intransferible que tiene el pueblo para elegir a sus gobernantes a través de procesos electorales transparentes organizados por dirigentes probos que serán responsables de la toma de decisiones en los asuntos públicos, beneficiosas para la población en general, para que vivan con dignidad, procurando que los segmentos sociales más desprotegidas gocen de igualdad, libertad, propiedad y seguridad jurídica.
Para que exista una auténtica democracia es necesario que quienes representen a los ciudadanos cuenten con un consenso legítimo.
En el caso que nos ocupa estamos frente a normas que en otras legislaciones se denominan de primer y de segundo grado, que son nada más que una suerte de “preselección de candidatos comiciales”, que posteriormente serán elegidos definitivamente por el pueblo. Es decir, que para analizar los antecedentes y reflexionar antes de votar a la misma persona tanto en “las primarias como las secundarias”, habrá tiempo suficiente, para elegir según criterio elaborado, quien es el mejor.
Entiendo que el proyecto de ley en tratamiento que propone el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional, tiende a menguar ese particular “mal de los argentinos”. Nuestra conocida endemia sustentada en la volatilidad de nuestra sociedad para elegir candidatos que al poco tiempo son rechazados por el mismo elector.
Por supuesto, este sistema electoral funciona positivamente, siempre y cuando, las “primarias” se apoyen en métodos transparentes.-
Para el sociólogo estadounidense, Lipset. “Un sistema político democrático es estable sólo si está desarrollado socialmente. Dotado de legitimidad y de eficacia”. Precisamente, optimizar tanto la legitimación como la eficacia, es un intento serio para hallar mediante un mecanismo de doble elección del candidato, para reducir los riesgos de que la ciudadanía se equivoque al elegir su candidato.
El método electoral en democracia, con sus distintas formas de selección, es un bien necesario para gobernar con legitimidad. Ha subsistido como medio para gobernar a pesar de los intentos autoritarios por desacreditarlo (fraude, proscripciones, etc.) que en su naturaleza contiene el fuste de su aplicación, y pertenece al ámbito jurídico del mundo del derecho.
Volviendo al asunto en particular de la reforma que nos ocupa, podemos afirmar que las propuestas de modificaciones al proyecto del Ejecutivo, aceptadas por el plenario de las comisiones y recogidas en el dictamen de mayoría, han mejorado el proyecto originario.
No puede dejar de ponderarse la reducción de los porcentuales ineludibles para obtener y mantener la personería jurídica de los partidos políticos y su aptitud para comparecer a elecciones.
También, son medulares las previsiones relativas a otorgar mayor injerencia a la Justicia Federal Electoral, como las de dejar en manos de este congreso la fijación del módulo electoral, y el de contener fijar fecha cierta para las primarias otorgando certeza al proceso eleccionario.
En cuanto a la propuesta de internas abiertas simultáneas y obligatorias, se encuentra vigente en distintas naciones, sin atentar contra la libertad individual.
Acompañando el proyecto conviene subrayar que a partir de reclamos de ciudadanos y al discernimientos de teóricos especialistas, se registra una prolífica producción legislativa en cuanto a proyectos de ley formulados sobre la materia en ambas Cámaras del Congreso, con 101 proyectos en tratamiento, incluyendo la reforma del Estatuto de Partidos Políticos, la modificación del Código Electoral y la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos.-
A nuestro criterio hubiéramos deseado que se incluyera en la propuesta el “voto electrónico”, modalidad que en el último decenio, fue proyectada por casi todos los partidos políticos con representación parlamentaria.
Por último, hubiera sido adecuado y oportuno que en este proyecto de ley ya estuviera contemplado en sistema del voto electrónico, aunque se difiriera en el tiempo su aplicabilidad.
No resulta posible contemplar la totalidad de las aspiraciones de la generalidad de los bloques con representación parlamentaria.
Sin embargo, y por todas las consideraciones que expongo precedentemente, no quedan dudas que el presente proyecto de ley representa y avance sustancial.
Por las consideraciones expuestas, dejamos fundado el voto positivo del Frente Cívico por Santiago.
[…]

36. INSERCIÓN SOLICITADA POR EL SEÑOR DIPUTADO PAREDES URQUIZA
Opinión del señor diputado acerca del dictamen de mayoría de las comisiones de Asuntos Constitucionales, de Justicia y de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral

Sr. Presidente: si bien acompaño en general a este proyecto, debo expresar mi más profunda disidencia con un punto en especial, que es el contenido en el Artículo 44º del proyecto que finalmente se vota, en lo referente a la elección en forma directa de la fórmula de candidatos a Presidente y Vicepresidente de la Nación.
Eso es así por cuanto la Constitución de la Nación establece en su primer artículo las bases de nuestra organización institucional, e instaura la forma de estado federal. Este concepto, este modelo de organización, esta forma de vida que para la estructura de la Nación ha sido objeto de profundos debates y de sangrientas luchas intestinas, es parte integrante de nuestro ser nacional, aunque la integridad de su aplicación no se patentice en la realidad o en la actualidad de nuestra vida institucional. Desde la restauración de la democracia, los argentinos nos hemos preocupado mucho, y con razón, en establecer todos los mecanismos tendientes a fortalecerla, pero poco y nada nos hemos esforzado en apuntalar a otro aspecto básico de nuestra organización: el federalismo
Y es que de federalismo, en realidad, este país tiene muy poco. Y no se trata, lo adelanto desde ya, de una cuestión atinente a un gobierno, o a un gobernante. La cuestión excede largamente la acción de un determinado gobernante. Subyace en la estructura misma de nuestra organización institucional, que se dice federal, pero que en la práctica lejos está de serlo. Porque el federalismo es mucho más que la posibilidad de las Provincias de dictar sus propias leyes y de elegir a sus gobernantes; el federalismo es también, en la concepción de quienes construyeron este país, la posibilidad concreta de las Provincias que lo componen, de participar con equidad, y en forma efectiva, en la determinación de su destino común. Y para ello, un aspecto fundamental lo constituye la decisión sobre los gobernantes que habrá de tener esta comunidad de estados provinciales, que es la Nación. Es por eso que originariamente se previó un sistema de elección de Presidente y Vicepresidente a través de una elección indirecta, donde la intermediación de un Colegio electoral procuraba mitigar las profundas desigualdades demográficas que tiene el país, otorgando una real injerencia a las Provincias menos pobladas, que no por dicha circunstancia, tienen que quedarse virtualmente al margen de la decisión suprema sobre la persona que habrá de gobernar al país entero. Con la última reforma constitucional, al incorporar la forma directa para la elección de la fórmula presidencial, se ha consagrado la más absoluta iniquidad en cuanto a la participación equitativa y ecuánime de la mayoría de las Provincias argentinas, en este tema. Todos los argentinos sabemos que, como consecuencia de este sistema, la elección más importante del país se define en un área geográfica notoriamente comprimida, con absoluto desprecio (en cuanto a la matemática electoral) de la opinión política del resto de la Nación. Con lo cual la jerarquía histórica, institucional y social de las Provincias se vuelve inoperante, irrelevante, inexpresiva, en el contexto global y en el resultado final. Haber establecido la variable demográfica como único elemento para definir una elección presidencial ha sido un error conceptual histórico, pergeñado por inescrupulosos hombres también del interior del país, que avergonzarían a nuestros caudillos, y que en aras del mezquino interés personal dejaron de lado el de los pueblos del interior. Implicó ignorar y menospreciar al electorado de la mayoría de las Provincias, que ni aún en su conjunto, pueden igualar al sector geográficamente minoritario del territorio nacional, condensado en un puñado de distritos bonaerenses, que sumando quizás alguna Provincia más poblada se hacen dueños de la decisión, que debiera ser de todos los argentinos. Al menos, de un modo más igualitario.
Es cierto que en esta oportunidad no se trata de modificar la Constitución nacional, que establece la sistemática de la elección en los comicios generales, pero estimo que estamos ante una oportunidad crucial para empezar a mitigar los efectos de aquella lamentable decisión de 1.994. En esta ley de internas partidarias, podemos producir un avance significativo en orden a un cambio de esta realidad. Al menos para la elección interna que cada partido político se verá obligado a realizar para nominar a sus candidatos, debemos devolverle a las Provincias la importancia electoral que ninguna de ellas debió haber perdido jamás.
Se propone en esta disidencia parcial un esquema específico para la elección de Presidente y Vicepresidente de la Nación, mediante un sistema indirecto, donde se elijan delegados por ante un Congreso partidario, que será el encargado de elegir a la fórmula presidencial. Cada lista que se presente a la elección interna deberá tener, en cada distrito, un listado de delegados, previéndose que, en caso de que la lista supere el cincuenta por ciento de los votos emitidos, se adjudicará el total de delegados de cada distrito; de no obtener tales guarismos, se repartirá con la segunda lista en dos tercios a uno, el listado de delegados. El número total de delegados se propone como equivalente al de integrantes de la Cámara de Diputados de la Nación, por cuanto considero que éste es un cuerpo representativo en forma equitativa del pueblo de la Nación en su conjunto.
Por todo ello, solicito se modifique dicho artículo, que resulta inaceptable en el punto cuestionado.

37. INSERCIÓN SOLICITADA POR EL SEÑOR DIPUTADO PAROLI
Fundamentos del rechazo del señor diputado al dictamen de mayoría de las comisiones de Asuntos Constitucionales, de Justicia y de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral

Sr. Presidente: consideramos que el variado rango de temas tratados por la presente ley es extremadamente amplio, de decisiva incidencia en el futuro y la defensa de nuestra democracia.
En una misma ley se propone modificar la Ley de Partidos Políticos Nº 23.298, la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos Nº 26.215 y del Código Electoral Nacional Nº 19.945.
En nuestro país es clara la necesidad de una mayor integración de los partidos políticos, señalados por el artículo 38 de la Constitución Nacional como instituciones fundamentales del sistema democrático.
Asimismo, las leyes modificatorias del régimen electoral y de partidos políticos requiere, por imperativo Constitucional, la mayoría absoluta del total de miembros de las cámaras. Este requisito de quórum especial o agravado es también un claro indicio de la trascendencia de los temas que tratamos.
El sistema de partidos en Argentina fue, durante la mayor parte del siglo XX, un sistema bipartidista o en su defecto, de dos partidos grandes y una tercera fuerza emergente. Sin embargo, durante la última década del anterior siglo, y en consonancia con los fuertes cambios políticos registrados en el mundo, la realidad se complejizó.
Podemos decir entonces, que se fue construyendo un sistema de partidos con identidades específicas, unos definidos por ámbito geográfico (experiencias provinciales), algunos orientados temáticamente y otros de alcance nacional pero vinculados a figuras preponderantes.
La historia nos presenta, ante la pugna entre un sistema de partidos dicotómicos y un sistema más plural o atomizado. Considero que la realidad social actual, con emergencia de diferentes actores e intereses, justamente necesita para ser representada socialmente del fortalecimiento de estas identidades políticas limitadas o específicas.
La Ley que hoy discutimos, trata en cambio de forzar la convergencia hacia un sistema bipartidista o de coaliciones, donde se pierden los matices y las variantes propias de una sociedad compleja y cambiante.
En el artículo 38 2º párrafo se establece: “Su creación y el ejercicio de sus actividades son libres dentro del respeto a esta Constitución, la que garantiza su organización y funcionamientos democráticos, la representación de las minorías…”. Esto implica la obligatoriedad para el régimen electoral de establecer un sistema que asegure el acceso pluralista de los partidos a los cargos que se provean por elección popular para los órganos de poder colegiado.
No creo en que se consideren y establezcan los requisitos de funcionamiento de los partidos políticos y su manera de resolver las candidaturas (mediante internas abiertas, simultáneas y obligatorias) sin antes discutir y pensar otros serios problemas que atraviesa la identidad política de los argentinos.
En este sentido, considero que se debe abordar una definitiva depuración de los padrones electorales y legislar una reglamentación consensuada de la publicidad oficial. Adoptar el sistema de boleta única me parece fundamental para elegir a los representantes garantizando la transparencia de los comicios.
Por ejemplo, un instrumento sumamente importante para mejorar la calidad de la democracia (y no incorporado) es la utilización de una boleta única para todos los partidos, lo que contribuiría a la transparencia de los comicios al evitar de manera definitiva el robo y la falsificación de la papeleta.
En este sentido y en función de todo lo expuesto anteriormente expreso mi voto negativo al proyecto de reforma electoral que estamos debatiendo.

38. INSERCIÓN SOLICITADA POR EL SEÑOR DIPUTADO RUIZ
Fundamentos del apoyo del señor diputado al dictamen de mayoría de las comisiones de Asuntos Constitucionales, de Justicia y de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral

Sr. Presidente: que a través de los años muchos han sido los intentos por reformar el código electoral, la ley de partidos políticos y su ley de financiamiento, quedando la mayoría de estos intentos en solo eso, meras intenciones o proyectos frustrados.
Que a partir del presente proyecto de ley, tenemos la oportunidad histórica de reformar un sistema que a pesar de sus falencias ha transitado y garantizado el sistema democrático de partidos políticos que rige en nuestra nación.
Que debemos poner especial atención en aquellas cuestiones atinentes a garantizar la participación de todos los ciudadanos que sientan la necesidad de ser parte de la conducción política de nuestro país, y con ello, fortalecer así el sistema democrático que hemos elegido como sostén de sus instituciones.
Adentrándome en el tratamiento del proyecto de ley en cuestión, debo adelantar que pondré especial énfasis en lo que a través de mi experiencia personal conozco con mayor profundidad, como lo es el sistema de registro de electores, su modificación y derivaciones prácticas.
Dicho sistema se encuentra previsto en el Título IV del presente dictamen de mayoría.
En primer término, en relación con su Capítulo II y la conformación de los distintos subregistros de electores, entiendo de vital importancia la creación como un subregistro más, el histórico de fallecidos, como medio de control respecto del padrón activo y a fin de solucionar los reclamos de los ciudadanos dados erróneamente de baja como fallecidos del registro de electores.
En dicho sentido, el mecanismo previsto en el presente proyecto a fin de dar solución, controlar y depurar el padrón en relación con los fallecidos, carece de la practicidad necesaria para evacuar con celeridad un reclamo tan sensible como lo es la baja por supuesto fallecimiento del ciudadano, previendo en su modificación del art, 22 del Código Nacional Electoral que “…el Registro Nacional de las Personas cursará mensualmente a la Cámara Nacional Electoral, la nómina de los electores fallecidos…”.
Debemos tener presente que con el cambio efectuado en el procedimiento estipulado para las bajas de ciudadanos fallecidos y la elaboración del registro de electores, estamos en presencia de una verdadera “centralización” de la información y su proceso a través de la Cámara Nacional Electoral, que a partir del presente será el único encargado de receptar la información del Registro Nacional de las Personas correspondiente con las defunciones producidas “en todo el territorio nacional” y a partir de ello producir las bajas respectivas en el registro de electores.
Surge como primer interrogante, el hecho si en verdad la Cámara Nacional Electoral posee la capacidad operativa que permita una tramitación ágil y eficiente de la totalidad de las defunciones producidas en el territorio nacional, las que hasta el momento recuerdo, eran tramitas por cada distrito a través de su Juzgado con competencia electoral.
Que adelantándome en mi opinión, debo referir que es sumamente claro que dicha centralización tendrá como único resultado el entorpecimiento y dilación de un trámite que debiera seguir encontrándose en cabeza de las distintas secretarias electorales de los diferentes distritos electorales del país, a fin de dar un control más activo y dinámico a las bajas por fallecimiento y en consonancia con esto, a los reclamos de los electores dados erróneamente de baja por dicha circunstancia.
No debemos pasar por alto que con el sistema que se intenta implementar, los juzgados electorales de los distintos distritos carecerán del soporte documental que les permita acreditar el fallecimiento del elector dado de baja, el cual será centralizado a través del Registro Nacional de las Personas en la Cámara Nacional Electoral, único encargado del proceso de recepción de la documentación y procesamiento de la baja por fallecimiento, tarea que hasta el momento corresponde al Juzgado Electoral del Distrito en cuestión.
A pesar de dicho cambio, seguirán siendo en virtud de los art. 27 y 28 del Capitulo Segundo del presente proyecto, los Juzgados electorales con competencia electoral quienes recepten los reclamo de los ciudadanos dados de baja o que fuesen erróneamente anotados, y le den el correspondiente trámite pero no se ha previsto, en cambio, el hecho que los Juzgados Electorales carecerán de los necesarios soportes documentales e instrumentales para avalar o rechazar la petición realizada por el ciudadano, toda vez que solo tendrán acceso a una base de datos informática pero que no cuenta con ningún sustento documental que permita a los distintos Juzgados electorales corroborar los extremos invocados por el ciudadano.
Dicho proceso no hace más que volver engorroso un trámite que debiera se simple y ágil, para solucionar los inconvenientes derivados de las altas y bajas en los respectivos registros electorales, o como se indica en el presente proyecto, los subregistros por distrito.
Como he adelantado en el acápite anterior, la cuestión atinente a la modificación del registro de electores se suscitará no solo con los reclamos de los ciudadanos por supuestos fallecimientos no ocurridos, sino que a través de la presente centralización, lo mismo ocurrirá con las bajas y altas de los distintos subregistros con motivo de las altas y bajas por cambios de domicilio.
En este sentido, también será la Cámara Nacional Electoral la encargada de recibir los correspondientes cambios a través del Registro Nacional de la Personas, y a partir de ello, producir las debidas altas y bajas en el registro único de electores, divididas por distritos.
También en dicho caso, serán las distintas Secretarías electorales las encargadas de tramitar los reclamos por bajas anómalas en el Registro de Electores, por errores en la información cotejada o en su carga, pero nuevamente carecerán de un soporte documental necesario para poder certificar que realmente el ciudadano reclamante debiera o no, ser cargado en el subregistro que pretende estar.
Reitero, nuevamente dicha tramitación se torna engorrosa, ya que el Juzgado Electoral debiera solicitar a la Cámara Nacional Electoral las constancias materiales en las cuales se basó el alta y la correspondiente baja del elector reclamante, todo ello, en plazos verdaderamente acotados e innecesariamente complejos.
En síntesis, es mi humilde opinión que en lo respectivo al Registro de Electores y su centralización a través de la Cámara Nacional Electoral, la modificación propuesta no hace más que entorpecer y producir un innecesario dispendio de recursos técnicos y humanos, siendo infinitamente más práctico y transparente que el Registro de Electores permaneciese en poder de cada Juzgado con competencia electoral, remitiendo estos, los respectivos cambios a la Cámara Electoral y el Ministerio del Interior.
La acumulación de control en la Cámara Nacional Electoral, no hace más que centralizar un proceso que debiera ser descentralizado a fin de conservar su eficacia y agilidad, respetando de este modo un federalismo que garantice la participación de todos los estamentos que constituyen las estructuras básicas que le dan sustento a nuestro sistema democrático.
Que con las salvedades expuestas, entiendo y así apoyo, la clara necesidad de implementar una ley que modernice y transparente el sistema de partidos políticos que actualmente nos rige.

39. INSERCIÓN SOLICITADA POR LA SEÑORA DIPUTADA SAPAG
Fundamentos del apoyo de la señora diputada al dictamen de mayoría de las comisiones de Asuntos Constitucionales, de Justicia y de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral

Señor Presidente: estas reformas que estamos evaluando mejoran ostensiblemente el funcionamiento de los partidos políticos que, por mandato constitucional, tienen en exclusiva la responsabilidad de presentar candidatos a cargos públicos electivos. Lo mejoran porque imponen orden en un caos de 685 agrupaciones, 33 de ellas de orden nacional. Y no sólo imponen orden, sino transparencia e igualdad.
Con un sistema ordenado, transparente, igualitario y, puede decirse, magro con respecto a la posibilidad de efectismos comprados con dinero, en el seno de los partidos recobrará protagonismo una saludable práctica democrática, que es la militancia. No la militancia ocasional cuando se acercan las elecciones, sino una militancia de 365 días al año, para que al ciudadano no le quede ni una pregunta sin contestar, ni una información sin recibir, ni un dirigente sin conocer. La militancia cerrará la brecha que hoy por hoy margina al ciudadano de la política, por creerla una actividad casi pecaminosa.
De lo mucho que en el recinto se ha destacado, no puedo dejar de mencionar mi acuerdo con las internas, como paso ineludible para que el ciudadano no siga encontrándose en elecciones tan cruciales como la del Presidente de la Nación, con decenas de boletas plagadas de nombres y apellidos que desconoce en su gran mayoría.
Estoy muy conforme con el Proyecto de Ley y muy contenta por el avance que significa. Es por eso que lo apruebo en todos sus términos.
Nada más, Señor Presidente.
[…]

42. INSERCIÓN SOLICITADA POR EL SEÑOR DIPUTADO VIALE
Fundamentos del rechazo del bloque del señor diputado al dictamen de mayoría de las comisiones de Asuntos Constitucionales, de Justicia y de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral

Sr. Presidente: el proyecto presentado por el Poder Ejecutivo Nacional, cuyo objetivo es el de establecer la “Democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral”, contiene aspectos que resultan inadmisibles. Para enumerar algunos:
- Mantiene en la órbita del Ministerio del Interior (Dirección Nacional Electoral) la distribución de los aportes partidarios, asignándole asimismo la distribución exclusiva de las pautas publicitarias en medios de comunicación, aunque sin mayores detalles en cuanto a cantidades y criterios específicos de distribución. Todo esto permitirá un margen de discrecionalidad aun mayor al evidenciado en los últimos procesos electorales nacionales, inaceptable en cuanto atenta contra las necesarias garantías de transparencia y la igualdad de acceso a las fuentes de financiamiento por parte de todas las fuerzas políticas.
- Se le asignan nuevas atribuciones que resultan inaceptables a la Dirección Nacional Electoral (DNE), y que deberían estar en la órbita de la justicia electoral o en un órgano público independiente encargado de la administración electoral; entre ellas: la determinación del tope de gastos de campaña; la determinación de la magnitud de aportes privados; la distribución exclusiva de la pauta publicitaria; la publicación de los padrones definitivos; y la recepción de los resultados del escrutinio en el marco de las primarias.
- El requisito de presentación de una elevada cantidad de avales para la postulación de precandidatos en las primarias es otra cláusula proscriptiva, y carece de sentido en un sistema electoral en el que se reconoce a los partidos el monopolio de las candidaturas y se otorga reconocimiento jurídico a las afiliaciones.
- Otorgar facultad al Ministerio del Interior (DNE) respecto a la organización de la elección y el escrutinio en el marco de las primarias, deja al margen a la Junta Nacional Electoral y la Cámara Nacional Electoral, lo cual atenta contra la transparencia y el control jurisdiccional de esta instancia del proceso electoral.
- No hay prohibición expresa alguna en relación a listas colectoras, listas espejo y candidaturas testimoniales, entre otras maniobras que atentan contra la libre expresión de la voluntad popular.
- Se modifica la actual definición de lo que se entiende por “campañas electorales” (art. 64 bis del Código Electoral) limitándola a la actividad de candidatos y partidos y excluyendo de ella la referencia abarcativa de terceros, lo que sin dudas podría incidir a la hora de determinar si la actividad de funcionarios públicos en tiempos electorales puede ser considerada como “campaña” y por ende estar sujeta a las restricciones y controles pertinentes.
- En cuanto a la publicidad de los actos de gobierno, el proyecto considera insuficiente la extensión de la prohibición vigente de 7 a 15 días anteriores a la elección, sin especificación de sanciones, y referida a aquellos actos que puedan “promover la captación de sufragio”, lo que no sólo nos parece insuficiente por el plazo sino también por la ambigüedad de la definición elegida que no evitaría la publicidad de actos oficiales con incidencia en el proceso electoral.
En este sentido, tuvimos una experiencia en las recientes elecciones legislativas en Entre Ríos. A pocas horas de los comicios las máximas autoridades de la Provincia, el gobernador Sergio Urribarri, el vicegobernador José Lauritto y uno de los candidatos a diputado nacional por la lista 501, Oscar Balla, acompañados por el titular del Partido Justicialista provincial, Jorge Busti, inauguraron un tomógrafo y una sala de diálisis en el Hospital Urquiza de Concepción del Uruguay, tal como se informó en el sitio web de la provincia de Entre Ríos, aunque a las pocas horas se quitó la noticia del sitio. La ambigüedad de la actual formulación legal permitió que los funcionarios violaran impune y claramente el artículo 64 quater, último párrafo de la Ley Nacional Electoral que prohíbe todo acto de gobierno durante los siete días anteriores a la realización de los comicios. Pero la propuesta actual no soluciona este tema, sino que lo agrava.
- En otro aspecto, se asignan al Ministerio del Interior (DNE) facultades inadmisibles en lo relativo a la determinación y configuración de las circunscripciones electorales, uno de los elementos del sistema electoral que por su impacto en los resultados de una elección más se presta a la manipulación política.
Por otro lado, son dignas de mención las objeciones que realizaran varias de las organizaciones que han manifestado reparos, casualmente las mismas que participaron oportunamente de la “Comisión para el Análisis y Estudio de la Reforma Política” creada por Decreto 592 del 13 de agosto de 2003 en el ámbito del Ministerio del Interior de la Nación. Entre los puntos centrales de una reforma política, para estas ONGs, deben incluirse ciertas disposiciones que no están contempladas en la propuesta que se debate. Paradójicamente, muchos de ellos integraban la “Agenda Consensuada Sociedad Civil – Ministerio del Interior”, que aún pueden consultarse en el sitio web del Ministerio. Allí se incluían temas como:
- el sistema de boleta única (que no está previsto en el proyecto oficial)
- la exclusión del Ministerio del Interior de cualquier tipo de participación en la organización de las elecciones. Por el contrario, como ya se dijo, el proyecto concentra más poder en el Ejecutivo.
- Transferencia al Poder Judicial de la dirección y ejecución del proceso electoral en todas sus facetas, tanto en elaborar los padrones como en el escrutinio, así como en la distribución de los recursos para las agrupaciones políticas. Es obvio que tampoco se incluye este aspecto.
- Voto Electrónico
- Reafiliación Obligatoria
- Ministerio Público Electoral
- Auditorías Ciudadanas – Marco regulatorio de Participación.
Como puede entreverse, no se trata de asuntos de poca importancia. Por el contrario, son los requerimientos básicos para que haya reglas de juego claras, transparentes y equitativas.
En ese sentido, los proyectos presentados por el socialismo en el Congreso Nacional, legislaturas provinciales y concejos municipales son innumerables, y tienen como ejes la instrumentación de una justicia electoral independiente, de mayor transparencia en el financiamiento de las organizaciones partidarias y de las campañas, de fortalecimiento de los partidos en detrimento del transfuguismo, de obstaculizar la manipulación de las normas electorales, de transparentización del padrón, de paridad de varones y mujeres, e incluso de tope a las remuneraciones de los funcionarios políticos, entre otros aspectos centrales para transformar en un sentido progresivo, nuestro sistema democrático.
Para el PS no hay reforma política sin participación popular, y no deja de ser notablemente llamativo que en el marco de una supuesta reforma política integral –como gusta de denominarla el Gobierno– no haya siquiera una mínima mención a la reglamentación de los mecanismos de participación popular consagrados hace ya 14 años en la reforma constitucional, y que siguen siendo letra muerta en un marco jurídico global que, como señala Roberto Gargarella, sigue siendo hostil a la participación ciudadana, bajo aquella anacrónica concepción de que “el pueblo no delibera ni gobierna sino a través de sus representantes”. En realidad, si hay algo en crisis en la Argentina, es la representación. Y en lugar de avanzar en una reforma política participativa, que complemente los aspectos representativos de nuestra democracia, con una creciente inclusión de la sociedad en la toma de decisiones, se vuelve a impulsar bajo un nombre pomposo, una modificación legal que sólo tiene como norte la adecuación del marco jurídico a las necesidades coyunturales del Gobierno, y así se vuelve a arrojar por la borda la posibilidad de un cambio sustancial que avance en el sentido de una democracia participativa.

43. INSERCIÓN SOLICITADA POR EL SEÑOR DIPUTADO VIALE
Fundamentos del rechazo del señor diputado al dictamen de mayoría de las comisiones de Asuntos Constitucionales, de Justicia y de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral

Sr. Presidente: el dictamen traído a este recinto no modificó los principales aspectos cuestionados por el Partido Socialista, que se expresó sobre este tema en la declaración aprobada por su Comité Ejecutivo Nacional el pasado 7 de noviembre, con la seriedad y responsabilidad con la que los socialistas de la Argentina debatimos las cuestiones públicas y resolvemos las posiciones que traemos a este ámbito fundamental de la democracia. En ese amplio y profundo debate, el órgano de conducción de nuestro Partido analizó el proyecto de reforma política impulsado por el Poder Ejecutivo Nacional y señaló numerosos cuestionamientos.
Esos aspectos tienen que ver con el sesgo central del Proyecto del Ejecutivo, que a contrapelo de las tendencias democráticas actuales a nivel internacional –así como de las sugerencias que en esta materia vienen realizando los numerosos especialistas que, desde la recuperación de la democracia, plantean la necesidad de una reforma política en la Argentina – concentran funciones en el propio Poder Ejecutivo, en lugar de avanzar en la estructuración de una justicia electoral independiente del poder político.
En ese sentido, sigue teniendo plena vigencia lo expresado por el socialismo, al rechazar el proyecto de ley entendiendo que éste “avanza en el camino de consolidar una mayor injerencia del Poder Ejecutivo en aspectos sensibles de la administración y gestión de los procesos electorales, no garantiza una administración electoral independiente y es claramente inconveniente en términos de transparencia y equidad electoral; a la vez que contiene normas de carácter proscriptivo para nuevas fuerzas políticas, que van en un sentido de obstaculizar la posibilidad de constitución de alternativas a la vieja política”.
No podemos dejar de señalar que carece de toda razonabilidad que a muy pocas semanas del cierre del período de sesiones ordinarias, se apure la discusión y el debate en un tema donde la propia Constitución Nacional prohíbe –no casualmente- resolver estos temas a través de DNU y establece a través de la mayoría agravada, un piso de consenso mínimo de los bloques parlamentarios. Ese consenso no ha sido siquiera buscado, lo que se prueba en la mención que se hace en los fundamentos a la ronda de diálogos realizada oportunamente, ronda de la cual los Partidos no obtuvieron siquiera una devolución acerca de cómo se tuvieron en cuenta sus opiniones al respecto del tema en debate.
Por el contrario, creemos que la reforma política debe ser fruto del diálogo y el consenso en el que participe el más amplio espectro partidario posible acompañado de un proceso altamente participativo que la dote de un alto nivel de legitimidad y sobre todo, de sostenibilidad a través del tiempo.
Hablamos de sostenibilidad en el tiempo. Porque cuando al PJ no le convenía la ley de internas abiertas, este mismo oficialismo apuró su anulación, con el voto en contra del bloque socialista, es bueno recordarlo. Ahora, dada la aparición de una vertiente opositora justicialista que amenaza con crecer por afuera o quizás ante la pesadilla de perder el control del viejo PJ al cual tanto cuestionaban y en el que recalaron con una notable pericia para el manejo de sus viejas prácticas, resulta conveniente reactivar aquel sistema, en función de las necesidades actuales. Dan ganas de preguntar, señor presidente, cuánto tiempo durará esta reforma política que es presentada, falsamente, como la solución a los problemas de nuestra democracia. ¿Quizás hasta que el PJ nuevamente necesite retoques que faciliten algunas de las múltiples maniobras que, desde el poder, han puesto en práctica para mantenerse allí, y no –como se esperaría de un gobierno que se precia de autodenominarse “progresista”– para distribuir ese poder a la sociedad?
También se ha dicho que esta iniciativa de reforma política está inspirada en el modelo de Santa Fe. Sin embargo, en la provincia de Santa Fe las elecciones internas abiertas no son proscriptivas, como en el proyecto del oficialismo, por el cual aquellas fuerzas políticas que no alcancen un determinado piso, no podrán participar en las elecciones generales. Se trata de un criterio de manifiesta arbitrariedad y carácter proscriptivo, incompatible con el espíritu democratizador y participativo que debería tener una verdadera reforma política.
También son dignas de mención las objeciones que realizaran varias de las organizaciones que han manifestado reparos, casualmente las mismas que participaron oportunamente de la “Comisión para el Análisis y Estudio de la Reforma Política” creada por Decreto 592 del 13 de agosto de 2003 en el ámbito del Ministerio del Interior de la Nación. Entre los puntos centrales de una reforma política, para estas ONGs, incluyen algunos que no están contemplados en la propuesta que se debate. Paradójicamente, muchos de ellos integraban la “Agenda Consensuada Sociedad Civil – Ministerio del Interior”, que aún pueden consultarse en el sitio web del Ministerio. Allí se incluían temas como:
- el sistema de boleta única (que no está previsto en el proyecto oficial)
- la exclusión del Ministerio del Interior de cualquier tipo de participación en la organización de las elecciones. Por el contrario, como ya se dijo, el proyecto concentra más poder en el Ejecutivo.
- Transferencia al Poder Judicial de la dirección y ejecución del proceso electoral en todas sus facetas, tanto en elaborar los padrones como en el escrutinio, así como en la distribución de los recursos para las agrupaciones políticas. Es obvio que tampoco se incluye este aspecto.
- Voto Electrónico
- Reafiliación Obligatoria
- Ministerio Público Electoral
- Auditorías Ciudadanas – Marco regulatorio de Participación.
Como puede entreverse, no se trata de asuntos de poca importancia. Por el contrario, son los requerimientos básicos para que haya reglas de juego claras, transparentes y equitativas.
Veamos, por ejemplo, el problema de las llamadas “listas sábana”. Mucho se ha hablado de ellas en tiempos recientes. La verdad es que, tal como lo explica el especialista Gerardo Scherlis, la llamada “lista sábana” (la lista vertical) no es la responsable de todos los males del país. De hecho, el desconocimiento de los candidatos sólo es un problema en un distrito grande, como la provincia de Buenos Aires, que elige 35 diputados, la Capital que vota 13, Santa Fe 10 y Córdoba nueve. En la mayor parte de las provincias argentinas se eligen, en cada elección, cinco diputados o menos. Más aún, el desconocimiento de los electos puede argumentarse seriamente sólo en la provincia de Buenos Aires, donde el Partido Justicialista suele obtener una buena porción de los 35 diputados que se eligen. Pero en el resto de los distritos grandes del país, ningún partido elige, en una misma elección, más de cinco diputados.
La verdadera “lista sábana”, de la que no se habla, es horizontal, es aquella por la cual se juntan elecciones de muchos cargos diferentes –incluyendo cargos nacionales, provinciales y municipales– en una misma boleta. Así, el ciudadano puede encontrarse en una misma boleta con candidato a presidente y vice, senadores nacionales, diputados nacionales, gobernador y vicegobernador provincial, senadores provinciales, diputados provinciales, intendente y concejales municipales, consejeros escolares, y de paso, si cuadra, convencionales para reformar la Constitución provincial o redactar la Carta Orgánica municipal. En una punta lleva a un candidato a presidente con alta intención de voto y en la otra punta lleva al monstruo creado por Frankenstein como candidato a intendente, con lo cual este último aumenta enormemente sus chances de ser elegido. Sí, es verdad que se puede cortar boleta; pero eso requiere una información no siempre al alcance del elector. El voto se desnaturaliza cuando no se distingue en forma clara qué cargos están en juego en una elección. El objetivo de juntar todos los cargos es lograr el "efecto arrastre" de un candidato hacia los otros, y es habitual que el elector, al elegir a un candidato para algún cargo (presidente, gobernador) termine dando su voto a candidatos para otros.
Esta situación, que desnaturaliza la elección del votante, no está prevista en el proyecto que se trae a debate. Por el contrario, lo que se prevé es agravarla, básicamente por dos razones: porque no se incorpora el sistema de boleta única, que puede contribuir solucionar este asunto, y sobre todo porque no incluye la prohibición de la simultaneidad de las elecciones nacionales con las provinciales y municipales, prohibición que desterraría la “lista sábana” horizontal.
En otro aspecto, el proyecto en debate contiene numerosas inequidades que resultan llamativas e injustificables. Una de ellas es la que incorpora el criterio de proporción de afiliaciones en relación al padrón como requisito para el reconocimiento y caducidad de partidos. Por un lado se trata (nuevamente) de un criterio claramente proscriptivo y anacrónico, que no sólo no responde a la realidad del sistema de partidos argentino y desconoce la evolución histórica de los formatos partidarios en el mundo, sino que también generará incentivos para las ya muy extendidas prácticas clientelares características de la vieja política.
Pero por otro lado, establece una inadmisible discriminación que perjudica sensiblemente a las fuerzas políticas de las provincias con menor cantidad de electores. En efecto, se establece como requisito acreditar la adhesión “de un número de electores no inferior al cuatro por mil (4‰) del total de los inscriptos en el registro de electores del distrito correspondiente, hasta el máximo de un millón (1.000.000)”. Insistimos: no es sólo proscriptivo sino fuertemente desigual en sus alcances excluyentes: así, las adhesiones necesarias en una provincia como Entre Ríos serán 3.556. En Tucumán, se requerirán 3.920. Y en cambio en la provincia de Buenos Aires, con más de 10 millones de electores, bastarán 4.000. Dicho de otro modo, la existencia de las organizaciones partidarias se ajustará a requisitos manifiestamente inequitativos, siempre en perjuicio de las provincias con menor población, favoreciendo de manera ostensible a las opciones partidarias tradicionales y obstaculizando la aparición de fuerzas políticas alternativas.
Otros aspectos que resultan inadmisibles tienen que ver con las siguientes disposiciones incluidas en el proyecto:
- Mantiene en la órbita del Ministerio del Interior (Dirección Nacional Electoral) la distribución de los aportes partidarios, asignándole asimismo la distribución exclusiva de las pautas publicitarias en medios de comunicación, aunque sin mayores detalles en cuanto a cantidades y criterios específicos de distribución. Todo esto permitirá un margen de discrecionalidad aun mayor al evidenciado en los últimos procesos electorales nacionales, inaceptable en cuanto atenta contra las necesarias garantías de transparencia y la igualdad de acceso a las fuentes de financiamiento por parte de todas las fuerzas políticas.
- Se le asignan nuevas atribuciones que resultan inaceptables a la Dirección Nacional Electoral (DNE), y que deberían estar en la órbita de la justicia electoral o en un órgano público independiente encargado de la administración electoral; entre ellas: la determinación del tope de gastos de campaña; la determinación de la magnitud de aportes privados; la distribución exclusiva de la pauta publicitaria; la publicación de los padrones definitivos; y la recepción de los resultados del escrutinio en el marco de las primarias.
- El requisito de presentación de una elevada cantidad de avales para la postulación de precandidatos en las primarias es otra cláusula proscriptiva, y carece de sentido en un sistema electoral en el que se reconoce a los partidos el monopolio de las candidaturas y se otorga reconocimiento jurídico a las afiliaciones.
- Otorgar facultad al Ministerio del Interior (DNE) respecto a la organización de la elección y el escrutinio en el marco de las primarias, deja al margen a la Junta Nacional Electoral y la Cámara Nacional Electoral, lo cual atenta contra la transparencia y el control jurisdiccional de esta instancia del proceso electoral.
- No hay prohibición expresa alguna en relación a listas colectoras, listas espejo y candidaturas testimoniales, entre otras maniobras que atentan contra la libre expresión de la voluntad popular.
- Se modifica la actual definición de lo que se entiende por “campañas electorales” (art. 64 bis del Código Electoral) limitándola a la actividad de candidatos y partidos y excluyendo de ella la referencia abarcativa de terceros, lo que sin dudas podría incidir a la hora de determinar si la actividad de funcionarios públicos en tiempos electorales puede ser considerada como “campaña” y por ende estar sujeta a las restricciones y controles pertinentes.
- En cuanto a la publicidad de los actos de gobierno, el proyecto considera insuficiente la extensión de la prohibición vigente de 7 a 15 días anteriores a la elección, sin especificación de sanciones, y referida a aquellos actos que puedan “promover la captación de sufragio”, lo que no sólo nos parece insuficiente por el plazo sino también por la ambigüedad de la definición elegida que no evitaría la publicidad de actos oficiales con incidencia en el proceso electoral.
En este sentido, tuvimos una experiencia en las recientes elecciones legislativas en Entre Ríos. A pocas horas de los comicios las máximas autoridades de la Provincia, el gobernador Sergio Urribarri, el vicegobernador José Lauritto y uno de los candidatos a diputado nacional por la lista 501, Oscar Balla, acompañados por el titular del Partido Justicialista provincial, Jorge Busti, inauguraron un tomógrafo y una sala de diálisis en el Hospital Urquiza de Concepción del Uruguay, tal como se informó en el sitio web de la provincia de Entre Ríos, aunque a las pocas horas se quitó la noticia del sitio. La ambigüedad de la actual formulación legal permitió que los funcionarios violaran impune y claramente el artículo 64 quater, último párrafo de la Ley Nacional Electoral que prohíbe todo acto de gobierno durante los siete días anteriores a la realización de los comicios. Pero la propuesta actual no soluciona este tema, sino que lo agrava.
- En otro aspecto, se asignan al Ministerio del Interior (DNE) facultades inadmisibles en lo relativo a la determinación y configuración de las circunscripciones electorales, uno de los elementos del sistema electoral que por su impacto en los resultados de una elección más se presta a la manipulación política.
Incluso aspectos que aparecen como positivos en el proyecto –como los enumerados por el diputado Landau, que los hay, por supuesto, tales como la asignación de espacios publicitarios o distribución igualitaria de recursos, o las numerosas observaciones a aspectos menores pero importantes, como la fijación del valor del módulo– se ven ocluidos por la instrumentación en manos del Ejecutivo, y sobre todo, por lo que, objetivamente, no puede leerse sino como un nuevo intento del oficialismo por manipular de manera antojadiza la legislación electoral en virtud de amañar la situación para favorecer sus posibilidades electorales de cara a las próximas elecciones.
Cada una de esas modificaciones introducidas, si bien atenúan algunos de los aspectos negativos, no alteran el sesgo central, como decíamos, que es la concentración de mayor poder, en este caso en relación a lo electoral, en manos del Ejecutivo Nacional.
Para ir concluyendo: para los socialistas, la reforma política es necesaria. Pero claramente, no es ésta. La primera condición de la reforma política tal como la entiende el Partido Socialista, es que los ciudadanos y ciudadanas puedan elegir, puedan dejar de ser rehenes del sistema clientelar implantado en la Argentina desde hace mucho tiempo, y consolidado en los años 90 mediante las políticas asistenciales de las cuales este Gobierno ha decidido ser continuador y no cuestionador.
En ese sentido, los proyectos presentados por el socialismo en el Congreso Nacional, legislaturas provinciales y concejos municipales son innumerables, y tienen como ejes la instrumentación de una justicia electoral independiente, de mayor transparencia en el financiamiento de las organizaciones partidarias y de las campañas, de fortalecimiento de los partidos en detrimento del transfuguismo, de obstaculizar la manipulación de las normas electorales, de transparentización del padrón, de paridad de varones y mujeres, e incluso de tope a las remuneraciones de los funcionarios políticos, entre otros aspectos centrales para transformar en un sentido progresivo, nuestro sistema democrático.
Para el PS no hay reforma política sin participación popular, y no deja de ser notablemente llamativo que en el marco de una supuesta reforma política integral –como gusta de denominarla el Gobierno– no haya siquiera una mínima mención a la reglamentación de los mecanismos de participación popular consagrados hace ya 14 años en la reforma constitucional, y que siguen siendo letra muerta en un marco jurídico global que, como señala Roberto Gargarella, sigue siendo hostil a la participación ciudadana, bajo aquella anacrónica concepción de que “el pueblo no delibera ni gobierna sino a través de sus representantes”. En realidad, si hay algo en crisis en la Argentina, es la representación. Y en lugar de avanzar en una reforma política participativa, que complemente los aspectos representativos de nuestra democracia, con una creciente inclusión de la sociedad en la toma de decisiones, se vuelve a impulsar bajo un nombre pomposo, una modificación legal que sólo tiene como norte la adecuación del marco jurídico a las necesidades coyunturales del Gobierno, y así se vuelve a arrojar por la borda la posibilidad de un cambio sustancial que avance en el sentido de una democracia participativa.
Una reforma política que permita recuperar la credibilidad y legitimidad de la política a través de la incorporación de mecanismos de democracia participativa; que ayude a reducir la brecha entre la política institucional y los reclamos sociales en el camino de la paz social y la no violencia; y que dé garantías al elector en el ejercicio de su derecho al sufragio, no se lograrán con un “debate Express”. Este Congreso debería tomarse el tiempo necesario para un debate profundo, que no tenga como eje prioritario las necesidades de un sector sino los problemas reales del sistema político. En ese sentido, el objetivo primordial de la reforma política debería ser el de mejorar la calidad de las reglas de juego del sistema político, haciéndolo más transparente y confiable, más inclusivo y equitativo, y sobre todo, mucho más participativo.
Como lo planteara en alguna ocasión Guillermo Estévez Boero, “es un error creer que el problema de la reforma política puede resolverse cambiando a las personas que detentan el poder, y dejando intactas las estructuras de ese poder injusto”. En idéntico error incurrirá este Congreso si cree que cambiar algunas reglas para favorecer una coyuntura equivale a transformar la política.
Por todas las razones expuestas, Sra. Presidente, el bloque de diputadas y diputados del Partido Socialista vota negativamente el proyecto de reforma política del oficialismo.

44. INSERCIÓN SOLICITADA POR EL SEÑOR DIPUTADO VILARIÑO
Fundamentos del apoyo del señor diputado al dictamen de mayoría de las comisiones de Asuntos Constitucionales, de Justicia y de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral

Sr. Presidente: con ésta nueva iniciativa se ésta impulsando que la participación, la democratización, la distribución más equitativa del financiamiento de los partidos y la mayor transparencia se materialicen mas concretamente de lo que tenemos legislado hasta hoy. Más allá de lo que han expresado
mis colegas, para expresar las diferencias, bueno es resaltar los puntos concretos en consenso, que sobresalen en ésta reforma que estamos debatiendo. Sintéticamente podemos citar brevemente algunos:

• Internas abiertas y obligatorias con fecha fija. Se realizarán el segundo domingo de agosto del año en que se celebren las elecciones. 2 meses y medio antes de las elecciones generales. (4to . domingo de octubre).-
• Reducción de los pisos. – Reclamo de los partidos chicos – Se bajo del 3 al 1,5% del total de electores requisito para que una agrupación que participe en las internas pueda presentarse en las generales. Para ser reconocido o mantener la personería partidaria, el número de afiliados exigidos pasó del 5 a 4 por mil afiliados del padrón.
• Unificación de los padrones femeninos y masculinos y reducción de los votantes por mesa ( a 350 votantes)
• Eliminación de las listas colectora – espejos., para la elección general.
• Ampliar competencia a la Justicia electoral, sobre todo en las elecciones primarias.
• Se prohíbe ser candidato a los procesados por crímenes de lesa humanidad por los hechos acaecidos entre el 24-3-76 al 10-12-1983.-
• Se moderniza el sistema de electores con la digitalización.
• Se introduce la renuncia a la afiliación a un partido.
• Se establece la flexibilidad de la Boletas en la elección primaria.-
• Regulación equitativa de la Publicidad en los Medios (radio y televisión).-
• Se introduce la posibilidad de que las boletas de los partidos sean distinguidas por color.
• Se establece la exclusión del financiamiento privado de campaña en los medios para los partidos, lo que genera más equidad para los partidos minoritarios.-
• Se crea el Módulo electoral para el financiamiento de los partidos, monto que será fijado por el Congreso.
Frente a todo esto que planteamos también tenemos que recordar que este nuevo proyecto que hoy estamos votando compromete a la ciudadanía con la elección de los candidatos a las elecciones y, a su vez, legitima a los mismos.
Si la votación no fuese obligatoria se fomentaría el clientelismo, ya que el desinterés de la ciudadanía a participar llevaría a que se implementen este tipo de prácticas deshonestas. La apatía política se debe corregir por medio de la participación para atenuar el abismo que se produce entre el gobierno y la sociedad
Este nuevo sistema servirá pera revitalizar la vida política ciudadana ya que cada elector no afiliado considerará que los futuros candidatos no le serán totalmente ajenos ni impuestos por centros de poder en los cuales no ha participado.
Además, el mayor numero de requisitos para la formación de partidos y su sustento, impide la construcción de estructuras vacías de contenido que sólo compitan por votos sin una ideología definida.
Sr. Presidente para terminar, quisiera recordar a un coterráneo que fue uno de los autores ideológicos de la Ley Sáenz Peña. Se trata de Indalecio Gómez, quien fue Ministro del Interior de Roque Sáenz Peña y dos veces consecutivas (1886-1900) diputado por Salta. En ocasión del tratamiento de esta Ley allá por 1912, el entonces Ministro del Interior dijo: “El cambio a operar es trascendente, la reforma política, una verdadera revolución para los comicios que abren al pueblo una gran puerta de avance”. Esta Ley, la conocida como Ley Sáenz Peña rigió los destinos del país durante mucho tiempo y de muy buena forma.
Más allá de los disensos esta reforma política se traduce en un cambio más integral, que pretende ser un avance de lo que se hizo en los últimos años, orientado a dar lugar a una mayor democratización, equidad y transparencia a los partidos políticos y todo el proceso electoral.
[…]

46. INSERCIÓN SOLICITADA POR EL SEÑOR DIPUTADO ZANCADA
Fundamentos del rechazo del bloque del señor diputado al dictamen de mayoría de las comisiones de Asuntos Constitucionales, de Justicia y de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral

Sr. Presidente. Como todas las leyes importantes que hacen al destino, a la práctica democrática, a la participación y al consenso, esta Ley debería manifestarse como la democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electora, aspectos de fundamental importancia, hoy en día. Pero para que todo ello suceda necesitamos diálogo, encuentros, análisis, tiempo, sobre todo tiempo, para poder buscar la mejor Ley para este tema que se trata. Sin embargo, con este gobierno, parece ser imposible.
Con esta Ley se entiende que nada cambia. El candidato, una vez elegido en la lista del partido, puede decidir e integrar otro bloque partidario y confeccionar un telegrama para renunciar a la afiliación. Esto aumentaría el desinterés que existe en la gente con respecto a la participación pues iría en detrimento de la responsabilidad ciudadana. Esta acción es denominada comúnmente “transfuguismo”, o actitud desleal con aquellos que lo votaran. No obstante, este aspecto no estaría contemplado en sus artículos.
Ante estas circunstancias, será muy difícil el sostenimiento y la continuación de pequeños partidos políticos, con vida zonal, con actividad local ya que para sobrevivir deberán fusionarse con otros partidos políticos más grandes, quienes terminarían absorbiéndolos.
Esta Ley repararía en el bipartidismo, llevándose por delante a partidos emergentes a partir de la frase “que se vayan todos” y plantearía la caducidad de las afiliaciones.
Será muy delicada una reforma política sin una reforma tributaria, sin una nueva Ley de Coparticipación. Es probable que en un futuro, muchos gobernadores ordenen a sus legisladores que acompañen Proyectos del Poder Ejecutivo.
Lo que esta Ley debería exigir - pero no lo hace - es requerir a los diferentes partidos políticos formar cuadros, actividades doctrinales, participación de la gente y no como es actualmente donde solo hay actividad 20 (veinte) días antes de cada elección.
Por eso nos preguntamos: ¿En qué parte de este Proyecto se hablaría o se regularía la democratización de la vida interna del partido? ¿Cómo deberían actuar los partidos emergentes para afiliarse con este sistema de telegramas?
Sabemos que se han presentado alrededor de 100 (cien) Proyectos referidos a este mismo tema, entonces, ¿por qué no buscar lo bueno de cada uno de ellos? Y doy fe que existen propuestas muy positivas.
¿Qué se le dirá a la ciudadanía con este Proyecto que evidentemente no cambiaría nada acerca de las candidaturas testimoniales? ¿Que se le dirá a la sociedad cuando alguien, ligado a su arbitrariedad, cambie las fechas de las elecciones?
Se habla del “clientelismo político”, del candidato corrupto con antecedentes, no obstante, ¿en qué parte de esta Ley se tienen en cuenta estos temas?
Insistentemente, se habría pedido avanzar sobre cuestiones como el voto electrónico o la boleta única. Para eso se llevaron a cabo diversas consultas a Instituciones, a ONG´s, se escucharon opiniones de diversos juristas, pero este Gobierno, una vez más, no escuchó a nadie.
Se pretendía dar mayor poder, mayor entidad a la Justicia electoral, pero por el contrario, con esta Ley se le seguiría dando mayor relevancia al Ministerio del Interior.
Esta ley estaría hecha “a medida” para el partido gobernante y para que el mismo pudiera dilucidar sus internas.
Con esta Ley, los fondos, los espacios publicitarios lo seguiría distribuyendo sin aparente control un funcionario “de turno”. Podría ser, incluso, que tuviera a su cargo la distribución de las pautas publicitarias.
Por todo esto, señor presidente, es que el Bloque Socialista no acompaña con su voto a este Proyecto de Ley.


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