abril 20, 2011

Discurso de Jose E. Rodó respecto de la reforma de la Constitución (1904)

SELECCIÓN DE DISCURSOS PARLAMENTARIOS *
Cámara de Representantes de Uruguay
La reforma de la Constitución
José Enrique Rodó
[23 de Diciembre de 1904]

Señor presidente; a pesar de la vigorosa defensa que hicieron del informe de la Comisión de Asuntos Constitucionales en la sesión de anteayer los señores diputados por Treinta y Tres y por Tacuarembó, y de la que ha dicho en la sesión de hoy el señor diputado por Minas, no resisto al deseo de intervenir en este debate. Por regla general, creo en la conveniencia de que la discusión parlamentaria se contenga dentro de breves límites, pero en casos excepcionales, la magnitud de la cuestión que se dilucida, puede, como en el caso presente, reclamar la más amplia discusión y el más prolijo y detenido análisis.
Me propongo principalmente tomar en consideración el extenso y elocuente discurso que el señor diputado por Río Negro pronunció en una de las sesiones anteriores impugnando el informe de la Comisión de Asuntos Constitucionales.
Su discurso puede dividirse en dos partes, según la índole de los argumentos que se hacen valer en él. En la primera, se propende a demostrar la inconstitucionalidad de los procedimientos propuestos para la reforma constitucional; y en la segunda parte se impugna la conveniencia y la oportunidad de la reforma en sí misma.
Respecto del primer punto, considero, como la mayoría de la Comisión de que formo parte, que cabe una interpretación de los artículos constitucionales relativos a la reforma que legitime el procedimiento que consagra el proyecto; y esto sin violencia alguna, sin desnaturalizar el espíritu de esos artículos. Pero no tengo inconveniente en agregar que me interesa relativamente poco esta faz de la discusión; le concedo una importancia muy relativa y subalterna. Yo planteo y encaro la cuestión del punto de vista de los altos intereses públicos, de la alta conveniencia nacional que puede haber en la reforma, y de la posibilidad de verificarla con acierto ; y creo que si se demuestra que la reforma es conveniente, que la reforma es oportuna y que responde a una aspiración nacional, y que hay medios de llevarla felizmente a término, detenerse ante la inconstitucionalidad por lo menos dudosa del procedimiento, es verdaderamente un temor supersticioso, siendo infinitamente discutible que los hombres en quienes delegó el ejercicio de su soberanía una generación remota, aunque haya sido la generación fundadora de la nacionalidad, hayan podido amarrar a su voluntad y su criterio el criterio y la voluntad de las generaciones sucesivas, en cuanto a la forma de resolver en cualquier instante de sus propios destinos, y modificar, con arreglo a necesidades nuevas, que pueden ser perentorias, sus instituciones fundamentales. (¡Muy bien!)
Participo, como el que más del respeto histórico que se debe a la obra de los constituyentes del año 30; pero ese respeto no asume en mi espíritu el carácter de una idolatría literal.
«La constitución —decía con acierto el diputado señor Vargas— no es un fetiche. La constitución no es un ídolo pagano. Merece culto sólo en cuanto concreta y consagra los deberes y los derechos de todos; pero si las necesidades de los tiempos y los progresos del espíritu público traen la posibilidad de una forma mejor como expresión de esos deberes y de esos derechos, esta forma nueva será. la digna de veneración, porque en ella estará el espíritu y estará la vida, y la forma vieja será sólo letra muerta, venerable también —no lo dudo— pero del modo como lo son las reliquias que se llevan a los museos o las armas que se guardan como recuerdos gloriosos, cuando no sirven para esgrimirlas en las luchas del presente. (¡Muy bien!)
¿Es necesaria, es conveniente, es oportuna, la reforma de la constitución?
Desde luego, señor presidente, hay algo que demuestra que el sentimiento público ha reconocido la necesidad, la conveniencia y la oportunidad de esa reforma.
En el transcurso de la última revolución, cuando el espíritu del pueblo se afanaba por encontrar el medio con que propender a recobrar el bien inmenso de la paz, surgió una fórmula que proponía como base donde afianzar la paz del país, la reforma constitucional; y no creo equivocarme si afirmo que esa fórmula fue la que despertó mayor interés y la que merecía mayor atención, porque reconoció en ella el carácter radical que estaba destinada a hacerla eficaz. Y cuando de parte de la revolución llegó el momento de proponer bases de paz al P. E., en esas bases surgió espontáneamente la de la reforma constitucional, como expresión de aspiraciones inequívocas de la masa revolucionaria.
Y esta coincidencia, señor presidente, tiene una explicación bien fácil. Hay un hecho que surge, claro y evidente, de la costosísima experiencia de los últimos años, y es la absoluta ineficacia de los pactos artificiosos y subversivos que menoscaban la legítima autoridad de los Poderes públicos, la absoluta ineficacia de estos pactos para garantir al país una paz estable y fecunda. Nadie lo duda ya; nadie hay que abogue por la resurrección de esos pactos. Fracásalo, pues, este medio de paz, hay interés nacional en buscar garantías sólidas para la evolución pacífica de nuestra vida política, y en buscarlas, no como antes, por la adulteración o por la suspensión del régimen institucional, sino, por el contrario, mediante el leal cumplimiento de instituciones capaces de asegurar, en lo posible, el bien de la paz.
Se dice, señor presidente, que el estado permanente de guerra en que ha vivido el país, y las dificultades con que ha luchado para consolidar su organización política, no se debe a las imperfecciones de su régimen constitucional, sino a la violación constante de ese régimen. Más exacto sería atribuir a cada una de estas causas la eficiencia que en justicia le corresponde.
Es cierto que la mayor proporción de influencia en los infortunios porque ha atravesado el país ha de atribuirse a las violaciones de la Constitución, al desorden de la anarquía, y al orden que reposa en la fuerza brutal del despotismo, pero no es menos cierto que los errores y la forzosa inexperiencia de los constituyentes contribuyen a explicar muchos de los fracasos y muchas de las calamidades de nuestra política.
Así lo reconocían, con la experiencia del poder, el doctor don Manuel Herrera y Obes y don Bernardo Berro, que no pueden ser sospechados de ligereza ni de intemperancia innovadora. Y cabe afirmar más: cabe afirmar que no es justo que ce exima a nuestros constituyentes de toda responsabilidad en los antecedentes de las primeras guerras civiles que asolaron el país, y que depositaron el germen de los odios que luego fueron triste herencia de las generaciones orientales y se multiplicaron en calamitosa cosecha de guerras fratricidas.
Como lo decía nuestro distinguido colega el doctor Areco, la obra de los constituyentes se verificó bajo el influjo de una constante prevención contra la influencia, perturbadora del caudillaje; pero no tuvo ni pudo tener la experiencia política que le hubiera inspirado los medios de limitar eficazmente la influencia de los caudillos, atemperándola a las condiciones de la vida organizada. Los prohombres de la Asamblea Constituyente, obedeciendo a ese sentimiento de prevención y quizá impresionados por las turbulencias militares que habían dificultado sus primeras deliberaciones, votaron el precepto constitucional que impidió a -los miembros del ejército la entrada al Poder Legislativo.
Contra la opinión del hombre más eminente, quizás, entre los que se sentaban en aquellas bancas, del que fié tal vez el primero de nuestros estadistas, contra la opinión y la previsión clarividente de don Santiago Vázquez, la Asamblea Constituyente sancionó esa exclusión insensata que apartó a- los militares de la escuela cívica del Parlamento y que trazó la primera línea divisoria entre la fuerza moral de la opinión y la fuerza material de las armas, divorcio que debía ser una de las calamidades de nuestra turbulenta historia, porque dividió en campos opuestos y alejados por desconfianzas recíprocas, elementos que siempre debieron marchar unidos, vinculándose el derecho del ciudadano con la espada del soldado, y robusteciéndose con la eficacia del poder material las energías morales del espíritu público.
Cuando la Asamblea Constituyente hubo sancionado la incapacidad de los militares para formar parte del Poder Legislativo, el elemento militar de la época, en el cual formaban el vencedor de Sarandí y el vencedor del Rincón, presentó a la Asamblea Constituyente una varonil y elocuente protesta, que no se puede leer hoy sin admirar en sus cláusulas la intuición profética de que están poseídos. Se anticipa allí la filosofía de muchas de las calamidades que sucedieron después.
Apreciando la significación de este memorable documento, uno de nuestros primeros constitucionalistas, el ciudadano don Francisco Bauza, decía en palabras que no puedo citar literalmente, pero que recuerdo en esencia: «Fue tan desacertada la resolución de la Asamblea Constituyente, negándose a atender aquella justa protesta, que yo me inclino a pensar que si el general Lavalleja hubiera pertenecido al Senado de la República cuando el gobierno del general Rivera, y algunos de sus amigos militares hubieran sido diputados, no estalla el movimiento militar de 1831, que abrió la calamitosa serie de nuestras revoluciones; y si el general Rivera hubiera sido senador bajo el gobierno del general Oribe y algunos de sus amigos militares hubieran formado parte de la Cámara de Representantes, se hubiera evitado la guerra civil que comprometió al país en aquel dédalo de complicaciones internacionales».
No está, pues, exenta la obra de los constituyentes (y debemos decirlo sin mengua del respeto que les debemos), no está exenta de responsabilidad en las guerras civiles que impidieron la consolidación del orden institucional que ellos habían fundado.
El diputado señor Tiscornia manifestaba en su discurso la posibilidad de que, facilitando el camino a las reformas constitucionales, se llegase un día hasta modificar la forma de gobierno de la República.
El argumento puede ser admisible como recurso dialéctico, pero no concibo que ningún espíritu desprevenido admita la realidad de peligro semejante.
En lo fundamental, nuestro régimen de gobierno reposa sobre un sentimiento tan connaturalizado con el espíritu de nuestro pueblo, como el propio sentimiento de la nacionalidad ; y me parece tan quimérico temer que ese régimen pueda ser vulnerado por ninguna generación de orientales, como serla quimérico temer que por el hecho de ser llamado el pueblo a revisar sus instituciones, se diera ocasión a que abjurara del artículo constitucional que consagra su independencia y optase por ponerse de nuevo bajo el yugo de un poder extranjero.
Otro argumento de que hacía caudal el señor diputado, consiste en afirmar que, según e, te procedimiento de reforma, el pueblo no conocerla de antemano el género de modificaciones de que seria objeto su constitución, puesto que una sola Asamblea, la nueva Constituyente, las propondría y las sancionaría.
Esta observación tiene sólo un valor aparente. La convocatoria de la nueva Asamblea Constituyente, o mejor la discusión del proyecto de reforma. constitucional por la próxima legislatura, será, indudablemente, la serial de un activó movimiento de ideas en el país, movimiento de ideas que asumirá todas las formas de la propaganda y la discusión, en la prensa, en el panfleto, en la tribuna de loa clubs, y que permitirá, al pueblo orientarse y definir su criterio en todo lo que atañe a. la reforma constitucional; de modo que serán llevados a la Asamblea Constituyente aquellos que conocidamente interpreten el sentimiento del pueblo en lo relativo a las cuestiones fundamentales.
Añadía el señor diputado, que aun cuando las primeras intelectualidades del país formaran parte de la Asamblea Constituyente, la constitución que de ella surgiera no sería sino obra de esa asamblea de hombres de pensamiento; pero no la obra del pueblo. Declaro que no acierto con el significado que pueda tener esta observación, señor presidente. La nueva constitución sería obra del pueblo, por intermedio de los constituyentes en que él delegaría al efecto el ejercicio de su soberanía. No es otro el origen de las leyes en el régimen representativo, no es otro el origen de la constitución actual.
El pueblo daría la norma, las ideas fundamentales, al designar a sus constituyentes, puesto que se atendría, para elegirlos, a la filiación de ideas de cada uno; y lo demás, lo que viene después de eso, es propio del legislador, del hombre apto para legislar y para organizar los pueblos.
Pero, ni aún se manifestó seguro el señor diputado por Río Negro de que la composición de la Asamblea Constituyente estuviera, por su calidad intelectual, a la altura de la magna obra que seria llamada a realizar. Mi impresión es completamente contraria. Yo creo que el hecho de que una Asamblea de esa naturaleza esté exenta de toda función política de circunstancias, garantiza que su elección se verificará fuera de toda consideración o influencia que pueda perjudicar la calidad de los elementos que han de componerla; y permite esperar que en esa Asamblea tendrán representación, por órgano de sus hombres más caracterizados, no sólo los partidos militantes, sino también esa masa de intereses y de opinión que permanece fuera de la organización de los partidos.
Insistió el señor diputado en sus temores respecto del acierto cómo podría verificarse la revisión constitucional. Manifestó su consternación al pensar en la posibilidad de que esa Asamblea diera curso a absurdos, a. anomalías, a monstruosidades como las que se citó, entre las que se cuenta la institución del Senado vitalicio, el fraccionamiento del país en cantones, la división del Poder Ejecutivo entre varios presidentes, etc.
Yo no veo fundamento serio a semejantes temores. El hecho de que esas o parecidas ideas hayan sido sostenidas en el país por hombres de significación, no tiene valor alguno para el caso. En todos los países y en todos los tiempos, ha habido hombres de significación que sostuvieran ideas absurdas y extravagantes. El hecho indiscutible es que ninguna de aquellas ideas ha cundido entre nosotros, en la masa de opinión ilustrada, ni en el pueblo.
¿Por qué hemos de pensar que en la Alambica Constituyente haya de prevalecer lo monstruoso, lo anómalo, lo absurdo, en vez de prevalecer lo justo, lo sensato y l o discreto?
Yo tengo más fe en el tino, la ciencia y la experiencia ce nuestros hombres de consejo; yo tengo más fe en la eficacia del pensamiento de esos hombres.
Y si en 1830, salidos apenas de las sombras del régimen colonial, desgarrados por veinte años de guerra continua, sin hábitos de libertad, sin hábitos de ejercitar el pensamiento propio, sin escuelas, sin elementos apreciables de cultura; con una población total que apenas sería suficiente para una sola ciudad de cuarto orden, con una campaña semidesierta y semibárbara —si en 1830—digo— una Asamblea, donde estaban presentes los reducidos elementos intelectuales con que contaba el país, afrontó y realizó, con relativo acierto, la obra de nuestra organización, ¿no es, señor presidente, un exceso de escepticismo dudar de la sabiduría y del acierto con que se la resolvería hoy, cuando nuestra población es doce veces mayor, cuando nuestros elementos de civilización, de intelectualidad y de cultura, son inmensamente superiores, cuando una experiencia de 75 años nos ha revolado tantas cosas que ignorábamos sobre nosotros mismos, y, en fin, cuando las doctrinas constitucionales y políticas están universalmente mucho más depuradas y mucho mejor planteadas que como lo estaban entonces?
Otras objeciones que el señor diputado opuso al proyecto que ha de pasar a consideración de la legislatura venidera, no se refieren a lo que hay en él de esencial o fundamental, sino a sus particularidades o detalles. Si el señor diputado opina, en mi sentir con acierto, que el número de miembros fijado para la composición de la Asamblea Constituyente es exiguo, y que debería duplicarse; o si el señor diputado opina, con acierto también en mi opinión, que el término de duración de la Asamblea Constituyente debe dilatarse hasta un máximum de un año, nada se opone a que esas y otras modificaciones y mejoras se propongan en la discusión particular del proyecto en la próxima Legislatura.
Se dice: la antigüedad de las leyes es condición de estabilidad y de respeto, y una constitución nueva carecería necesariamente del prestigio y del arraigo que tiene ésta que representa para todos una tradición veneranda.
La antigüedad de ley es, efectivamente, una base de estabilidad, que puede ser peligroso remover, cuando la ley encarna prácticas que han llegado a ser instintivas por la acumulación del hábito; cuando se trata de instituciones de esas que los pueblos elaboran, por decirlo así, con su propia sustancia, en el transcurso de las generaciones. Entonces modificar la ley, es violentar la costumbre. Pero, tratándose de una constitución mucho más teórica que asentada en las costumbres, una constitución que no ha arraigado en los hábitos del pueblo, porque si a algo pudiera estar habituado el pueblo seria a vivir fuera de ella, y que no ha fundado un orden estable y consecuente, porque fue en su origen, como todas las de la América española, un molde artificial, mediante el cual se aspiró a regularizar el desenvolvimiento de pueblos que no tenían entonces, ni todavía han logrado por completo, la aptitud del gobierno propio—tratándose, digo, de una constitución de esa naturaleza, modificarla, reformarla, para adaptarla a necesidades reales, no es trastornar la naturaleza ni la costumbre, no es violentar ningún hábito que se haya incorporado hondamente al organismo social.
Es indudable la conveniencia de mantener cierta estabilidad en el régimen político, de evitar que la constitución esté sujeta a los embates de las pasiones y los intereses transitorios; pero no seria, por cierto, en nuestro pueblo donde podría hablarse de un excesivo prurito reformador en materia .constitucional.
Hace tres cuartos de siglo que por caso único en América, permanecemos inmovibles y extáticos, no en la verdad de una constitución, sino en el culto platónico de una constitución; y la primera vez que, después de largas vacilaciones, nos resolvemos a analizarla y reformarla, ¿se nos acusaría de sobradamente veleidosos y sobradamente revolucionarios?
Para probar el arraigo que se atribuye a la constitución del año 30 en el sentimiento público, se aduce, señor presidente, que todos nuestros partidos la han levantado indistintamente como bandera.
Hay en éstos una confusión de términos.
Lo que puede decirse es que nuestros partidos políticos no se han diferenciado entro sí, explícitamente, por programas opuestos; sino que cada uno de ellos ha reivindicado sólo su mayor aptitud para el cumplimiento de la constitución y de las leyes, es decir, su mayor aptitud para contener su acción dentro de las formas regulares de la vida democrática. Pero ninguno de nuestros partidos ha hecho bandera de la constitución del año 30 en el sentido de considerarla la forma fija e inmutable de sus ideales cívicos. (¡Muy bien!)
Un partido hay, o hubo, que tomó su nombre de la constitución, y ni aún ese hizo bandera de la constitución vieja: se llamó constitucional en el sentido de aspirar a la vida regular, al orden que reposa sobre las Instituciones libres, pero no en el sentido de aspirar a la conservación e inmutabilidad de una constitución. (¡Muy bien!)
Si hubiéramos de plantear la cuestión en este terreno, llegaríamos, señor presidente, a averiguar que lo que verdaderamente constituye tradición en el país, es el sentimiento de la necesidad de reformar la constitución, antes que el sentimiento de la necesidad de mantenerla inmutable. Aun la constitución no había sido jurada, cuando, como ya he dicho, toda una clase poderosa e influyente, representada por los beneméritos soldados de la independencia, levantaba justa protesta contra ella, y pedía su modificación; y desde entonces acá, puede bien afirmarse que el sentimiento de la necesidad de la reforma ha resonado, casi sin interrupción, en la palabra de los estadistas y publicistas de tres generaciones. Se objeta a esto con el hecho de que, habiendo sido tantas veces propuesta la reforma de la constitución, siempre se ha desistido de ella en último término, y nunca ha habido la resolución de consumarla. Pero esta consideración, lejos de ser contraria a lo que digo, antes bien lo favorece; porque examínense los motivos por los cuales se ha postergado la reforma de la constitución, y se verá que se la ha postergado siempre por consideraciones de oportunidad, por circunstancias fiel momento; pero reconociéndose siempre que la constitución debía ser modificada, una vez eliminados los motivos que hacían su reforma inoportuna.
Y ya, señor presidente, que aludo a la cuestión de oportunidad, permítaseme, para conclusión de estas palabras, dar lectura a los párrafos finales de una correspondencia que acabo de escribir a un diario del extranjero; y pido esta autorización contra mí costumbre de no leer nada en la Cámara, porque todo lo que podría decir sobre los puntos a que me refiero en esos párrafos, está en ellos, de la manera concreta y con la concisión que puede emplearse, cuando se usa de la forma escrita.
Digo así. (Lee): Hay un argumento circunstancial que no se ha manifestado en la Asamblea, por que ninguno de sus miembros ignora lo vano de su fundamento, pero que corre fuera de la Asamblea, y consiste en la denuncia de que esta reforma constitucional involucra y disfraza un plan de inconfesables ambiciones. Digámoslo con plena sencillez: se tendería, por la reforma, a hacer posible la reelección presidencial — ¡esto, nada menos, se denuncia! — convirtiendo así la constitución nueva en escabel de un torpe personalismo. Sólo la insistencia con que esto se divulga puede mover el ánimo o señalar lo absurdo de que la enormidad que importaría, en un pueblo de las condiciones políticas y las experiencias históricas del nuestro, la posibilidad de la reelección de los gobernantes, pueda atreverse a desafiar la luz del día en una asamblea de hombres conscientes.
«Por fortuita, no es el caso de argumentar con el sentimiento cívico que debe suponerse —siquiera sea en razón de lo augusto de sus funciones y de lo imponente de sus responsabilidades,— en la Asamblea a quien estará sometida la reforma de la constitución. Basta con que se la suponga dotada del más elemental, del más infantil y del más egoísta buen sentido. Pero, de todas maneras, conviene purificar el ambiente de este germen de sospechas absurdas.
Y agrego más adelante:
«La reforma constitucional fue saludada como un horizonte de esperanza por la opinión del país, ávida de paz duradera, desencantada de recursos de paz precarios y angustiosos. Tengo por mi parte la patriótica intuición de que esa esperanza no será defraudada; de que la nueva Asamblea Constituyente ofrecerá a los partidos el medio de hallar la fórmula de un definitivo avenimiento. Cambiando ideas sobre soluciones institucionales, sobre altos intereses de todos para una obra de tal magnitud, se aplacará el hervor de pasiones en que hoy vivimos; se pondrá la mira en lo porvenir y se abandonará el debate estéril de las reconvenciones e inculpaciones recíprocas. Es necesario, en verdad, «formar ambiente» a la reforma; poner el sentimiento público en el diapasón que ella reclama.
Toca la mayor parte de esa tarea a los que ejercen el gobierno; y lo más importante y esencial en ella, es propender a que la paz vuelva a los espíritus, como se ha restablecido en la realidad material; porque sólo en verdadero ambiente de paz la obra de la Asamblea Constituyente puede ser fecunda y prestigiosa».
He concluido. (¡Muy bien! Aplausos en la Cámara y en la barra).
JOSE ENRIQUE RODO
* Fuente: Rodó, José Enrique. “Hombres de América (Montalvo – Bolívar - Rubén Darío) Discursos Parlamentarios – Selección de los discursos pronunciados en la Honorable Cámara de Representantes de Uruguay, pag. 160 y ss., Ed. Cervantes-1920.

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