febrero 21, 2012

Tratado de la Santa Alianza (1815)

TRATADO DE LA SANTA ALIANZA *
Tratado firmado en París por los emperadores de Austria y Rusia y el rey de Prusia, más la accesión posterior de su Majestad católica Fernando VII
[26 de Septiembre de 1815]

En nombre de la Muy Santa e Indivisible Trinidad.
Sus Majestades, el emperador de Austria, el rey de Prusia y el emperador de Rusia, como consecuencia de los grandes acontecimientos que han señalado en Europa el curso de los tres últimos años, y principalmente de los beneficios que la divina Providencia a tenido a bien repartir sobre los Estados cuyos gobiernos han colocado su confianza y su esperanza solamente en ella, habiendo adquirido la convicción íntima de que es necesario asentar la marcha de la adopción por las potencias de sus relaciones mutuas sobre las verdades sublimes que nos enseña la eterna religión del Dios salvador, declaramos solemnemente que la presente acto no tiene por objeto más que manifestar a la vista del universo su determinación inquebrantable de no tomar como regla de su conducta, ya sea en la administración de sus Estados respectivos, ya sea en sus relaciones políticas con cualquier gobierno, más que los preceptos de esta santa religión, preceptos de justicia, de caridad y de paz.
En consecuencia, Sus Majestades han convenido los artículos siguientes:
Artículo 1°.
Conforme a las palabras de las Santas Escrituras, que ordenan a todos los hombres mirarse como hermanos, los tres monarcas contratantes permanecerán unidos por los lazos de una verdadera e indisoluble fraternidad y se considerarán como compatriotas, se prestarán en todo lugar y en toda ocasión asistencia, ayuda y socorro; se comportarán con sus súbditos y ejércitos como padres de familia; les dirigirán en el mismo espíritu de fraternidad del que están animados para proteger la religión, la paz y la justicia.
Articulo 2°.
En consecuencia, el único principio en vigor, ya sea entre los dichos gobernantes, ya sea entre los súbditos, será el de prestarse recíprocamente servicio, el de testimoniarse por una benevolencia inalterable el afecto mutuo del que deben estar animados, el de considerarse todos como miembros de una misma nación cristiana, y los tres príncipes aliados no se considerarán ellos mismos más que como delegados por la Providencia para gobernar tres ramas de una misma familia: Austria, Prusia y Rusia, confesando así que la nación cristiana, de la cual ellos y sus pueblos forman parte, no tiene realmente otro soberano que aquel a quien únicamente pertenece en propiedad la pujanza, porque en él únicamente se encuentran todos los tesoros del amor, de la ciencia y de la prudencia infinita, es decir, Dios, nuestro Divino Salvador Jesucristo, el verbo del Muy Alto, la palabra de la vida. Sus majestades recomiendan, en consecuencia, con la más tierna solicitud a sus pueblos, como único medio de gozar de esta paz que nace de la buena conciencia y que es la única durable, fortificarse cada día más en los principios y el ejercicio de los deberes que el divino Salvador ha enseñado a los hombres.
Articulo 3°.
Todas las potencias que quieran ratificar solemnemente los sagrados principios que han dictado la presente acta y reconozcan lo importante que es para la felicidad de las naciones demasiado tiempo agitadas que estas verdades ejerzan en adelante sobre los destinos humanos toda la influencia que les corresponde, serán recibidas con tanta diligencia como afecto en esta Santa Alianza.
Hecho, triplicado y firmado en París el año de gracia de 1815, el 14/26 de septiembre.
Francisco I, ―Federico Guillermo III y ―Alejandro I.

Invitado por sus Majestades el emperador de Austria, el emperador de Rusia y el rey de Prusia, en virtud del articulo 3° del preinserto tratado firmado en París a 14/26 de setiembre de 1815 a que accediese a dicho acto, declaro solemnemente por la presente, que confieso lo sagrados principios que le han dictado, que me obligo a seguirlos; reconociendo cuan importante es para la dicha de las naciones que tales verdades ejerzan en lo sucesivo sobre los destinos humanos toda la influencia que las es propia.
Hecho en Madrid a 4 de junio de 1817.
Fernando VII.

Austria aceptó esta accesión en 17 de agosto. Rusia, a quien se envió la accesión en 31 de mayo, la aceptó en 14 de junio, y Prusia la aceptó el 3 de setiembre, todos en dicho año de 1817.
Casi todas las potencias de Europa accedieron a este tratado. Solo en Inglaterra halló una notable oposición, que triunfó tanto mas fácilmente cuanto las leyes prohíben allí hacer tratados que no se firmen por un ministro responsable.
El príncipe regente contestó, no obstante, a la invitación de los soberanos signatarios en una nota particular, donde decía lo siguiente:
Me valgo de esta ocasión para anunciar a las Altas partes contratantes mi entera adhesión a los principios que la santa alianza proclama, y a la declaración que contiene de tomar los preceptos de la religión cristiana por norte invariable de su conducta, y de esforzarse para consolidar la unión que hubiera debido reinar siempre entre las naciones cristianas. Este será en todos tiempos el objeto de mis esfuerzos, y cooperaré a cualquier medida que pueda asegurar la paz y bienestar del género humano.”
Fuente: Del Cantillo, Alejandro, “Tratados, Convenios y Declaraciones de Paz y de Comercio que han hecho con las potencias extranjeras los Monarcas españoles de la casa de Borbon. Desde el año 1700 hasta el día”, pás. 784 y ss., Madrid: Imprenta de Alegría y Charlain-1843. Ortografía y gramatica modernizada en lo considerado imprescindible.
* SANTA ALIANZA (26 de septiembre de 1815)
Es un tratado o pacto personal firmado tres meses y medio despues de firmada el acta principal del Congreso de Viena, celebrado a iniciativa del Zar Alejandro I, Rusia (ortodoxo), Francisco I de Austria (católico) y Federico Guillermo III de Prusia (protestante), con el propósito de garantizar la estabilidad y el mantenimiento del orden absolutista, reprimiendo o impidiendo el surgimiento y propagación de movimientos revolucionarios o liberales de la Europa de la Restauración.
Al margen que declaraba los preceptos cristianos como una regla de conducta inquebrantable para la administración de lo Estados que la formaban, la alianza político-militar que crea, es en realidad el instrumento de acción del Congreso de Viena y que será transformada en realidad práctica por el ministro austriaco Metternich, que aporta su nombre al llamado "sistema Metternich ", es decir, a la posibilidad de poder intervenir militarmente en cualquier país contra movimientos liberales y revolucionarios (principio de intervención). Y cuya respuesta en América es la creación de la "Doctrina Monroe" (América para los americanos…) .
Además, no obstante que intentó presentarse abierta a todos cuantos aceptaran sus principios, y de hecho permitió que casi todas las potencias europeas adhirieran al tratado (entre ellas España), su propia naturaleza y declaraciones importaron entonces algunas exclusiones como, por ejemplo, la del rey de Inglaterra quien no podía adherirse porque las leyes inglesas prohibían a sus monarcas firmar pactos personales o la del Sultan de Turquía que tampoco podía formar parte de ella por su condición de no cristiano
CUÁDRUPLE ALIANZA (20 de noviembre de 1815):
Tras la incorporación de Inglaterra dos meses más tarde, mediante varios tratados individuales y semejantes celebrados en París con los restantes integrantes de la alianza –y no uno solo como se supone-, queda conformada a partir de entonces la llamada “Cuádruple Alianza”, que reagrupa a Austria, Rusia, Prusia con Inglaterra.
Su naturaleza en este caso es mas propiamente de carácter político; firmado en principio como un pacto de seguridad contra Francia tras las guerras napoleónicas, y manteniendo su control para impedir una contraofensiva revolucionaria, aunque en la práctica se amplió para evitar una nueva guerra europea.
De este modo surge también la “Europa de los Congresos”, pues su artículo 6° introdujo como novedad, la celebración periódica de conferencias tendientes a mantener la paz y hacer respetar los intereses comunes de los signatarios; primer intento de resolver los problemas de común acuerdo y por la vía diplomática.
QUÍNTUPLE ALIANZA O PENTARQUÍA:
En 1818, en el Congreso de Aquisgrán, la coalición decide retirar sus tropas de Francia e incorporarla a la misma, uniéndose a los acuerdos de la Cuádruple, formándose así la Quíntuple Alianza.
EUROPA DE LOS CONGRESOS
Como consecuencias de todas estas alianzas, y particularmente la Cuádruple que lo previó expresamente, se vio la necesidad de mantener conferencias o congresos periódicos en donde estuvieran representadas las grandes potencias: se inició con ello la llamada Europa de los Congresos.
Entre 1818 y 1822 se celebraron varias congresos, entre las que cabe mencionar: Aquisgrán (1818), donde se trató el problema de Francia y su incorporación a la alianza; Carlsbad (1819) en el cual la fuerza de los movimientos de tinte nacionalista obligan a tomar un conjunto de restricciones sociales y políticas, a través de los llamados “Decretos de Carlsbad” (disolución corporaciones estudiantiles, censura a la prensa, cesantías de reformistas, etc), introducidas dentro de la Confederación Alemana; Troppau (1820) [NE de Viena] y Laybach (1821) [NE de Trieste], en los que se trató de solucionar los problemas italianos al surgir sublevaciones -las revoluciones de 1820- y el de Verona (1820) reunido para solucionar la situación de España convulsionada con el celebré “pronunciamiento de 1820” y que permitió la intervención de Francia con los “Cien mil hijos de San Luis”, un ejército que defendió el poder de Fernando VII.
La Santa Alianza concluyó convencionalmente en 1825, tras la muerte del su principal valedor, el Zar Alejandro I de Rusia.

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