junio 18, 2012

Mensaje de H. Yrigoyen al proyecto de ley para asistir a los alcohólicos (1919)

MENSAJE AL PROYECTO DE LEY PARA LA ASISTENCIA DE LOS ALCOHOLICOS
Hipólito Yrigoyen
[12 de Julio de 1919]

Buenos Aires, 12 de julio de 1919.
Al Honorable Congreso de la Nación:
Empeñado el Poder Ejecutivo, en alcanzar la solución de los problemas primordiales que afectan la salud pública, manifestaba en el mensaje que acompañó el proyecto de ley sobre profilaxis y tratamiento de la tuberculosis, que se hallaba decidido a intensificar la lucha contra el alcoholismo, importante factor de degeneración orgánica en el desarrollo de esa dolencia, consecuente con su propósito, somete hoy a la consideración de V. Honorabilidad el adjunto proyecto de ley relativo a la asistencia de ebrios habituales.
No es el caso de magnificar la importancia del mal entre nosotros pero, los poderes públicos no pueden esperar las consecuencias nocivas de su desarrollo para recién entonces adoptar las medidas conducentes. Por otra parte, si bien la estadística ofrece en la Argentina cifras menos elevadas, el Poder Ejecutivo no puede aceptar ese dato como elemento tranquilizador, en tanto las enfermedades originadas por ese agente tóxico, como la tuberculosis y la demencia alcohólica, arrojan porcentajes alarmantes.
La observación médica ha comprobado hace ya tiempo, que el ebrio habitual es un enfermo de la voluntad y en gran número de casos, víctima de la herencia patológica, de la ignorancia y de la imitación. He comprobado igualmente su frecuente curabilidad mediante un tratamiento apropiado instituido en hospitales especiales sobre la base de la abstención total de la bebida nociva, del trabajo y de la reforma moral; pero para ello se necesita armar a la familia y a la autoridad del mandato de la ley, pues no ha de contarse con la voluntad enferma del bebedor.
Es bajo este aspecto de asistencia y no de represión, cómo el Poder Ejecutivo encara el problema que nos ocupa.
El ideal sería llegar a una legislación más amplia y acaso más severa respecta al tráfico del alcohol, pero en la ausencia de toda medida anterior a este respecto y careciendo de establecimientos para tratar con eficiencia esta clase de enfermos, es prudente iniciar la obra con este primer paso.
El Poder Ejecutivo, cuenta ya con los fondos necesarios; para construir un primer reformatorio aplicando a él, el generoso legado de pesos cuatrocientos cincuenta mil, moneda nacional, que el señor Eustaquio Cárdena, hizo al Gobierno de la Nación, para una sección en la Colonia Nacional de Alienados y que se aplicará cumpliendo el filantrópico anhelo del testador.
El gasto que demande el sostenimiento y aun la campaña profiláctica y antialcohólica que debe iniciarse, debe ser soportado por las mismas bebidas espirituosas por un aumento del impuesto que grava la tercera categoría de las bebidas espirituosas, que son las de más alta graduación y por lo tanto las más nocivas.
La ley que se proyecta, resultará así, no sólo ley de asistencia, sino también de previsión y de defensa social, pues va destinada a combatir un poderoso factor de criminalidad, de degeneración y de miseria.
El Poder Ejecutivo, espera de Vuestra Honorabilidad, le concederá preferente atención a este proyecto introduciéndole las reformas que su estudio le sugiera; pero sancionándolo de inmediato para poder iniciar la campaña y para no perder con el transcurso del tiempo los recursos del impuesto que se crea.
H. YRIGOYEN

Fuente: “Ley 12839. Documentos de Hipólito Yrigoyen. Apostolado Cívico – Obra de Gobierno – Defensa ante la Corte”, Talleres Gráficos de la Dirección General de Institutos Penales, Bs. As 1949.-

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