MENSAJE AL PROYECTO DE LEY AUTORIZANDO OBRAS PARA LA RECONSTRUCCIÓN DEL
PUERTO DE LA PLATA
Hipólito Yrigoyen
[5 de Agosto de 1920]
Buenos
Aires, 5 de agosto de 1920.
Al Honorable Congreso de la Nación :
El
puerto de La Plata ,
obra construida por la provincia de Buenos Aires, fue transferido por Ley N°
4436 al gobierno de la Nación
el año 1904, mediante el pago de la suma de $ 26.979.221,70 m/n, en cuyo
importe está comprendido el de varias extensiones de terreno acordadas a
empresas o detentadas por particulares.
Nada consta en la documentación de este negociado sobre el estado en que el gobierno dela Nación
recibió dicho puerto, ni en la discusión parlamentaria, que precedió a la
sanción de la ley, no se mencionó siquiera este dato de fundamental
importancia: si el valor del bien público adquirido, teniendo en cuenta sus
condiciones constructivas y su estado de conservación, respondía o no al
importe pagado.
Nada consta en la documentación de este negociado sobre el estado en que el gobierno de
Cumplidos
apenas diez años de explotación por el gobierno de la Nación y después de haber
invertido la suma de $ 4.696.684,53 m/n., en diversas obras tendientes a su
mejor explotación, se produjo un primer derrumbamiento de una extensión del Muelle
del Gran Dock, accidente, que se ha repetido recientemente, quedando así
inutilizadas para el servicio público dos secciones de 120 metros lineales cada
una, de muro de atraque. Un estudio prolijo llevado a cabo por las oficinas
asesoras del Ministerio de Obras Públicas evidencia que las causas
determinantes de este desastre estriban en deficiencias del plan constructivo y
en la pésima calidad de los materiales y de la mano de obra empleados,
agravadas estas causas por los trabajos de profundización realizados para permitir
la explotación racional del puerto. Al propio tiempo el examen de los muros que
quedan en pie demuestra que sus condiciones de estabilidad son precarias,
estando expuestas a las mismas contingencias que las secciones derrumbadas.
Es
necesario en consecuencia proceder no sólo a la reconstrucción de la parte destruida
sino adoptar de inmediato medidas preventivas para impedir un desastre total;
ambos trabajos han sido motivo de diferentes proyectos, adoptándose en
definitiva como más eficaz y económico el aconsejado por la Dirección General
de Navegación y Puertos, cuyos planos se acompaña y que -importa la suma total
de $ 4.188.657,56 o|s., erogación que es indispensable realizar para conseguir
que aquel puerto de ultramar donde la
Nación ha gastado ya cerca de treinta y dos millones de pesos
m/n., subsista como tal.
Llevado
a la práctica el nuevo proyecto, el país contará con un puerto más de aguas
hondas, pues quedaría aumentada su profundidad en forma de permitir el acceso
de buques de 9,17 m .
de calado.
Aun
cuando el programa de estricta economía que las circunstancias financieras
imponen hacen extremadamente gravoso este gasto, los intereses creados en
aquella localidad, con la radicación de establecimientos industriales
frigoríficos, elevadores de granos, etcétera, exigen que la Nación lleve a cabo este
nuevo sacrificio para salvar errores del pasado y evitar males mayores en el futuro;
con tal fin presento a consideración de Vuestra Honorabilidad el adjunto
proyecto de ley.
H.
YRIGOYEN
Fuente:
“Ley 12839. Documentos de Hipólito Yrigoyen. Apostolado Cívico – Obra de
Gobierno – Defensa ante la Corte ”,
Talleres Gráficos de la
Dirección General de Institutos Penales, Bs. As 1949.-
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