julio 09, 2012

Mensaje de H. Yrigoyen al Proyecto de Ley autorizando obras para la reconstrucción del Puerto de La Plata (1920)

MENSAJE AL PROYECTO DE LEY AUTORIZANDO OBRAS PARA LA RECONSTRUCCIÓN DEL PUERTO DE LA PLATA
Hipólito Yrigoyen
[5 de Agosto de 1920]

Buenos Aires, 5 de agosto de 1920.
Al Honorable Congreso de la Nación:
El puerto de La Plata, obra construida por la provincia de Buenos Aires, fue transferido por Ley N° 4436 al gobierno de la Nación el año 1904, mediante el pago de la suma de $ 26.979.221,70 m/n, en cuyo importe está comprendido el de varias extensiones de terreno acordadas a empresas o detentadas por particulares.
Nada consta en la documentación de este negociado sobre el estado en que el gobierno de la Nación recibió dicho puerto, ni en la discusión parlamentaria, que precedió a la sanción de la ley, no se mencionó siquiera este dato de fundamental importancia: si el valor del bien público adquirido, teniendo en cuenta sus condiciones constructivas y su estado de conservación, respondía o no al importe pagado.
Cumplidos apenas diez años de explotación por el gobierno de la Nación y después de haber invertido la suma de $ 4.696.684,53 m/n., en diversas obras tendientes a su mejor explotación, se produjo un primer derrumbamiento de una extensión del Muelle del Gran Dock, accidente, que se ha repetido recientemente, quedando así inutilizadas para el servicio público dos secciones de 120 metros lineales cada una, de muro de atraque. Un estudio prolijo llevado a cabo por las oficinas asesoras del Ministerio de Obras Públicas evidencia que las causas determinantes de este desastre estriban en deficiencias del plan constructivo y en la pésima calidad de los materiales y de la mano de obra empleados, agravadas estas causas por los trabajos de profundización realizados para permitir la explotación racional del puerto. Al propio tiempo el examen de los muros que quedan en pie demuestra que sus condiciones de estabilidad son precarias, estando expuestas a las mismas contingencias que las secciones derrumbadas.
Es necesario en consecuencia proceder no sólo a la reconstrucción de la parte destruida sino adoptar de inmediato medidas preventivas para impedir un desastre total; ambos trabajos han sido motivo de diferentes proyectos, adoptándose en definitiva como más eficaz y económico el aconsejado por la Dirección General de Navegación y Puertos, cuyos planos se acompaña y que -importa la suma total de $ 4.188.657,56 o|s., erogación que es indispensable realizar para conseguir que aquel puerto de ultramar donde la Nación ha gastado ya cerca de treinta y dos millones de pesos m/n., subsista como tal.
Llevado a la práctica el nuevo proyecto, el país contará con un puerto más de aguas hondas, pues quedaría aumentada su profundidad en forma de permitir el acceso de buques de 9,17 m. de calado.
Aun cuando el programa de estricta economía que las circunstancias financieras imponen hacen extremadamente gravoso este gasto, los intereses creados en aquella localidad, con la radicación de establecimientos industriales frigoríficos, elevadores de granos, etcétera, exigen que la Nación lleve a cabo este nuevo sacrificio para salvar errores del pasado y evitar males mayores en el futuro; con tal fin presento a consideración de Vuestra Honorabilidad el adjunto proyecto de ley.
H. YRIGOYEN

Fuente: “Ley 12839. Documentos de Hipólito Yrigoyen. Apostolado Cívico – Obra de Gobierno – Defensa ante la Corte”, Talleres Gráficos de la Dirección General de Institutos Penales, Bs. As 1949.-

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