junio 08, 2012

Segundo escrito de defensa de H. Yrigoyen, ante la Corte Suprema (1931)

DEFENSA ANTE LA CORTE SUPREMA
SEGUNDO ESCRITO
Hipólito Yrigoyen
[20 de Mayo de 1931]

Martín García, mayo 20 de 1931.
Excelentísima Suprema Corte:
Había omitido la, referencia de una nueva inculpación en el deseo de circunscribirme a los puntos concernientes a la ciencia del gobierno y al ejercicio de los poderes correspondientes, para llegar a la incompetencia del juez y de la Cámara, y a la debida calificación de sus desorbitaciones esperando que esa inculpación tan absolutamente desprovista del menor indicio como la anterior, quedase por sí misma descalificada y desaparecieran las medidas restrictivas que con ese motivo se me han impuesto y que me agravian en todo sentido; por lo que debo también comprenderlos en mi exposición y es propiamente la que me ha decidido a llevar a cabo la defensa, cuando había resuelto recogerme en el más absoluto silencio, soportando todas las consecuencias de la situación a que se me tiene sometido, por más que estas medidas no solamente llevan en sí la más visible de las injusticias —lo repito— sino también la más evidente incomprensión a mi respecto .
Así esperaba las debidas y definitivas soluciones, cuando luí sorprendido por la siguiente comunicación del Ministerio de Marina, haciéndeme saber que «las restricciones a las visitas de mi familia obedecían a haber comprobado el Ministerio del Interior que yo tenía comunicación subrepticia con el exterior de la isla, en circunstancias que elementos de ideas afines a los de mi actuación tramaban un alzamiento contra el gobierno que rige los destinos del país», coincidiendo esta comunicación can la detención de mi defensor, el Dr. Antille, y la ausencia de mi sobrino, en las fechas permitidas para su visita semanal.
De inmediato y con la impresión consiguiente sobre tan gratuita suposición y en la forma tan irrespetuosa atribuyéndome actitudes solapadas, en las cuales no he incurrido ni incurriré jamás, pues las que he afrontado sobre, acontecimientos históricos que han abarcado más de la tercera parte de la vida de la Nación, fueron siempre francas, leales e hidalgamente llevadas a cabo con toda la altura de mis propias modalidades, me dirigí al ministro. No ha sido nunca mi acción pública de actitudes «subrepticias» ni de subterfugios algunos, sino de preceptos y de conceptos, de significación y trascendencia tal, que no podía substraerme a ellos en cumplimiento de deberes supremos a que me he sentido impulsado en la vida, como una inspiración inmanente, con renuncia —como es bien notorio—, a todas las placideces y comodidades que las tuve siempre en torno de mi ambiente tan plenas como las que más, y dejando en cada caso o circunstancias asumidas estelas de ejemplos y de enseñanzas, por lo que si se me hubiera puesto preso ,donde quiera que fuese, sin la mayor vigilancia, habría cumplido la orden estrictamente, sin aprovechar esa situación en ningún sentido, o de lo contrario habría .declarado que no la aceptaba y que se hiciera lo que se quisiera a mi respecto; porque jamás, como digo, me valdré de ninguna superchería.
Me dirigí entonces al ministro del Interior diciéndole: «Señor Ministro: Con la sorpresa consiguiente he sido enterado por el señor ministro de Marina que las restricciones a las visitas de mi familia obedecían a haber comprobado el Ministerio del Interior que yo tenía comunicaciones subrepticias con el exterior de la isla, en circunstancias que elementos de ideas afines a los de mi actuación tramaban un alzamiento contra el gobierno que rige los destinos del país.
Si la situación por que atravieso puede ser compatible a una delegación suya a mi respecto, se la encarezco, para que se haga el mayor esclarecimiento posible a fin de que quede comprobado todo lo contrario de lo que se afirma, es decir, que he ignorado absolutamente el suceso a que se alude, y que de saberlo lo habría reprobado por mi manera de pensar y por la actitud que asumí ante los sucesos ocurridos, cuyos testimonios tiene el gobierno en su poder, y sobre la que me he trazado una regla de conducta que, como -todas las decisiones de mi vida, no me desviaré de ella por ninguna circunstancia.
En consecuencia, no he tenido la menor comunicación «subrepticia» con nadie, ni para nada, ni la hubiera aceptado por mis propios respetos.
Cuando me llegó la comunicación de fecha 27 de ese Ministerio, me extrañó la forma tan inusitada por la cual se me ponía en el caso de no poder manejar mis intereses sino por medio de una intervención. Por no hacer gestiones al respecto, preferí guardar silencio. Ese dinero, cuyo cheque entregué a mi sobrino era, y es, para pagar hacienda comprada públicamente y a la luz del día con las guías testimoniales correspondientes; abonar los arrendamientos del establecimiento en La Riestra; la contribución directa de los campos de San Luis y los intereses de la hipoteca que tengo contraída en uno de ellos; y ver los recursos con que podía contar para mi viaje a Europa que me propongo, hacer por la salud de mi hermana y el restablecimiento de la mía, y de lo que ya he comunicado al señor Presidente, en la suposición de contar con su consentimiento para realizarlo .
Que a la espera de lo que usted tenga a bien resolver y me permito expresarle el deseo de que consienta en la venida de mi sobrino una vez por semana siquiera, dado la preocupación de la enfermedad de mi hermana y la perturbación que sufren mis intereses. Lo saludo muy atentamente Marzo 18 de 1931
Quedé así esperando que se investigara la nueva y temeraria inculpación poniéndome a las órdenes del señor Ministro a ese objeto, a fin de que quedara bien comprobada su inexactitud pidiendo encarecidamente que hiciera todo el esclarecimiento necesario. Y no habiendo recibido contestación supuse que ella habría quedado desautorizada por sí misma.
Pero el viernes 24 de abril pasado, que recién le fue permitido venir a mi sobrino, quien no consiguiéndolo a pesar de las insistentes solicitudes al Ministerio tuvo que dirigirse al señor Presidente provisional, tal como yo lo hiciera también después de las gestiones a que he aludido ya, requiriendo mi libertad o el consentimiento para ausentarme al extranjero desde que se me hizo saber que mi detención obedecía a los sucesos del 8 de septiembre de los que no tuve conocimiento alguno, y de haber contestado en la forma que lo hice desautorizándolos por completo, y no habiendo sido atendido en nada y preocupado sobre todo por mi familia que la sabía enferma y afligida por mi prisión, me dirigí al señor Presidente provisional —como digo— manifestándole que ante la situación por que pasaba a bordo, cada vez más mortificante a mi salud y a la natural preocupación de no poder saber el verdadero estado de mi familia, me permitía solicitarle que se me pasara a tierra a cualquier parte, aunque fuera a un hospital, donde suponía que estaría más tranquilo, dando a la familia la confortación de verla o que de lo contrario le permitiera que fuera al buque una vez por semana.
El señor Presidente me hizo saber que había resuelto que fuera al buque mi familia una vez por semana, a lo que respondí que grato me era haber sido enterado de esa resolución y con ese estímulo tranquilizador permanecería sobreponiéndome a los tormentos diarios que tanto gravitan sobre mi salud y esperando siempre que me pasara a tierra, aunque fuera dentro de la misma región hasta que me hiciera poner en libertad, o en último caso, dejarme salir del país, como lo tenía requerido.
Ese consentimiento se extendió más tarde a permitirle que pudiera residir conmigo aquí en la isla, con cuya primordial tranquilidad esperaba, como lo digo, las debidas y definitivas soluciones.
Pero he sido enterado por mi sobrino que su ausencia de cerca de tres meses respondía a la circunstancia de haber llevado para su cobro un cheque al Banco de la Nación que con las indicaciones que debía dar a ese dinero le entregué en presencia de las autoridades de la isla y el empleado investigaciones de la policía de la Capital, que viene vigilándolo, y ante quienes debo mantener siempre mis conversaciones de cualquier índole que ellas sean. Ese cheque no fue ni ha sido abonado aún, sino que ha pasado por una verdadera odisea, siendo constituida en prisión la persona a quien ocupa ordinariamente mi sobrino y sometidos ambos a sumario en la penitenciaría por empleados de la policía, con la imputación de que el importe de ese cheque era destinado a la compra de armas, «en circunstancias que elementos de ideas afines a las de mi actuación tramaban un alzamiento contra el gobierno que rige los destinos del país».
Ante semejante y nuevo agravio que no había llegado a imaginar y no, obstante las malevolencias experimentadas, que realmente me asombran porque contrastan en todo sentido con mis sentimientos, mis credos y mis reglas de conducta de toda la vida y con la actitud que asumí en la hora suprema ante los sucesos ocurridos que no sé cómo calificarlos, pero que parece que lo que en la realidad se quiere es atribuirme a todo trance alguna culpabilidad de cualquier naturaleza o carácter que fuera. Recién después de enterarme de lo que dejo dicho he podido comprender el significado, el móvil y el sentido de la nota del Ministerio de Marina que transcribo y que me llegó en contestación a un mensaje que envié al Ministerio del Interior pidiéndole dejara venir a mi sobrino como lo acordara el señor Presidente, porque me llegaron noticias muy alarmantes sobre la extrema gravedad de la salud de mi hermana.
Dice así la nota: «Señor Ministro de Marina: El Señor Ministro del Interior en ejercicio de la presidencia del gobierno provisional, ha recibido una carta del señor Hipólito Yrigoyen solicitando una nueva visita de su sobrino D. Luis Rodríguez de Yrigoyen.
Los motivos que indica el señor Yrigoyen no son a juicio del señor Presidente interino, suficientes para admitir la reiteración de esas visitas, y estima también- que las noticias sobre la salud de la señora hermana del señor Yrigoyen que éste da como causa para que dichas visitas continúen, pueden perfectamente hacerse llegar por intermedio del Ministerio de Marina.
En cuanto al cheque de cien mil pesos a que hace referencia la carta mencionada y que no ha sido pagado, según informaciones del Banco de la Nación, tenían ciertos defectos legales que impedían el pago. Por otra parte el gobierno provisional ha tomado disposiciones para que el señor Yrigoyen no pueda girar libremente sobre su cuenta; dichas medidas han sido tomadas usando facultades que acuerda el estado de sitio, y la consiguiente suspensión de garantías individuales.
En adelante el Señor Yrigoyen deberá efectuar sus pagos por intermedio del Banco de la Nación, debiendo el Banco controlar su realidad y destino en forma auténtica.
El Señor Yrigoyen, si lo prefiere, podría constituir apoderado administrador al citado Banco conjuntamente con su sobrino y con carácter irrevocable mientras dure su detención.
Ruego al Señor Ministro, haga poner en conocimiento del Señor Yrigoyen esta información. Firmado: Bullrich. Pase al jefe de la Isla de Martín García para que se sirva dar conocimiento del contenido de la nota del Ministro del Interior que se adjunta al señor Yrigoyen. Febrero 27 de 1931».
Parecióme una comunicación inconducente desde todo punto de vista pero no suponiendo, como digo, el verdadero móvil de ella, decidí ni analizarla en sus aspectos inconcebibles limitándome a no aceptar las indicaciones que contenía, por considerarlas desdorosas, prefiriendo sobrellevar los perjuicios que me irrogaba el no poder disponer de mis intereses, antes de andar en gestiones tan desagradables y extrañas al sentido legal del derecho común, y muy especialmente inusitadas a mi respecto.
En esta situación me encontraba a la espera de mi defensor como lo había solicitado a V. Honorabilidad, cuando me llega un nuevo sumario de jurisdicción militar, por el cual el comandante en esta Isla ha recibido un oficio del general de brigada Adriano Juárez, juez militar «ad-hoc», con la autorización del juez federal Miguel Jantus de someterme al siguiente interrogatorio: sobre si en mi carácter de Presidente de la Nación, había hecho presente al coronel Baldassarre, director general de administración, que integraría la comisión qué se encontraba desintegrada, y por qué causa o motivo no lo había hecho.
Si había autorizado al Ministro de Guerra, General Dellepiane, a que proveyera de un automóvil al teniente Raúl Speroni para el desempeño de comisiones especiales encomendadas por la Presidencia.
Y si, siendo Presidente de la Nación, el Poder Ejecutivo había resuelto el envío de tropas a la frontera sud.
Respondí: Que no obstante el carácter militar de ese sumario, lo que sería suficientemente explicable para rehusar toda contestación al respecto, reiteraba en este caso lo que ya tenía manifestado en análogas circunstancias, esto es, que como Presidente de la Nación y representante del P. Ejecutivo no podía ser compelido por ninguna otra autoridad que el Congreso, que es el único y exclusivo juez de los poderes de gobierno que rigen la Nación; que no procediéndose tal como me expresaba, se violarían los mandatos de la Constitución y la legislación correspondiente.
Tengo que agregar también que según he sido enterado, el Dr. Jantus me ha nombrado defensor de oficio sin comunicármelo, no pudiendo explicarme la causa de tal medida cuando está a la deliberación de V. Honorabilidad la recusación de incompetencia de los jueces del Poder Judicial para procesarme, por usurpación de fuero e invasión de facultades y cuando mi defensor se encuentra ya en libertad y se ha presentado a Vuestra Honorabilidad a los efectos consiguientes.
Estas nuevas providencias del juez que no puedo mirar con tranquilidad estando a todas las que ha tomado en el curso de su indebida intervención; y que las considero extemporáneas desde todo punto de vista, acentúan en mi espíritu la decisión de no dejar consentida la menor duda sobre las consideraciones que ya he aducido y sus testimonios comprobatorios.
Por lo que ruego a V. Honorabilidad que me acuerde los resguardos y garantías correspondientes, a cuyo objeto reitero la presencia de mi defensor por las razones a que me he referido anteriormente.
Pero temiendo que su ausencia pueda prolongarse, y colocándome en situación de no poder defenderme ni por mí mismo, contra la disposición constitucional que tan acentuadamente condensa el concepto más sagrado de la justicia humana, por el cual es inviolable la defensa en juicio de las personas y de los derechos, y siéndome indispensable tener a mi alcance algunos elementos de juicio que debía requerir por medio de mi defensor para completar mi exposición, ruego a Vuestra Honorabilidad, que se sirva disponer que el ujier de esa Corte Suprema venga, por el buque el 8 de junio próximo a retirar la terminación de mi defensa.
Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.
H. YRIGOYEN

Fuente: “Ley 12839. Documentos de Hipólito Yrigoyen. Apostolado Cívico – Obra de Gobierno – Defensa ante la Corte”, Talleres Gráficos de la Dirección General de Institutos Penales, Bs. As 1949.-

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