EL MANTENIMIENTO DE LA RIQUEZA NACIONAL
[Carta al
Gobernador de Santiago del Estero]
Hipólito Yrigoyen
[17 de Septiembre de 1922]
17
de setiembre de 1920.
A S. E., el Señor Gobernador de la Provincia de Santiago
del Estero:
Excelentísimo
Señor Gobernador de la
Provincia de Santiago del Estero. Ha llegado a conocimiento
de este Gobierno el decreto de V. E., ofreciendo en venta en un sólo lote un
millón setecientas mil hectáreas de tierras fiscales.
La trascendencia de este acto, impulsado, sin duda, por los más sanos propósitos me decide a hacer conocer a V. E., la opinión que le merece al Poder Ejecutivo Nacional, considerando, a la vez, que de no proceder así, faltaría a un alto deber de solidaridad nacional y aun de consideración personal a Y. E. La venta de esa grande extensión de tierra fiscal, salvará acaso las dificultades financieras de esa Provincia y permitirá al Gobierno de V. E., llenar las, necesidades públicas a que se alude en el decreto, pero ninguna de esas ventajas compensarían las consecuencias que han de acarrear ala Provincia una
enajenación de esa importancia, por remunerativo que llegara a resultar su
precio.
La trascendencia de este acto, impulsado, sin duda, por los más sanos propósitos me decide a hacer conocer a V. E., la opinión que le merece al Poder Ejecutivo Nacional, considerando, a la vez, que de no proceder así, faltaría a un alto deber de solidaridad nacional y aun de consideración personal a Y. E. La venta de esa grande extensión de tierra fiscal, salvará acaso las dificultades financieras de esa Provincia y permitirá al Gobierno de V. E., llenar las, necesidades públicas a que se alude en el decreto, pero ninguna de esas ventajas compensarían las consecuencias que han de acarrear a
La
tierra pública, empleada como elemento de trabajo, es el más poderoso factor de
civilización, de ahí que una nación del grado de cultura a que ha llegado la
nuestra, no deba desprenderse de sus tierras sino para entregarlas a la labor
de muchos, a la colonización intensa y a la radicación de hogares múltiples. De
otra manera, se cae en el concepto anacrónico del latifundio que retarda el
progreso, Porque especula a sus expensas, sustituyendo esas grandes extensiones
de toda útil y vigorosa labor colectiva.
Felizmente
y tras grandiosos esfuerzos, estamos en pleno renacimiento de vida y de valores
nacionales; pero no hemos llegado todavía a la hora en que convenga
desprenderse de la propiedad raíz que ha de fundamentar los mayores
desenvolvimientos de la nacionalidad. Bueno es disponer de la tierra pública en
la proporción más subdividida posible, pero es necesario hacerlo en tiempo y
razón para alcanzar todos los beneficios que deben esperarse de la riqueza
nativa.
Estos
conceptos han inspirado la política seguida por el Gobierno Nacional que, como
V. E. sabe, la llevó a cabo con éxito, reivindicando las grandes extensiones
que se habían sustraído al patrimonio de la Nación y a la aplicación que sociológica y
científicamente debe dárseles.
La
enajenación en esa forma, -satisface objetivos fiscales, pero no económicos y
las mismas obras de progreso que V. E., desea realizar, se resentirán de
inmediato del empobrecimiento de la Provincia a que le condena el hecho de disponer
de esas tierras que deberán determinar su engrandecimiento futuro. El Excelentísimo
Señor Presidente de la Nación
que V. E., sabe cuan celoso es de la conservación y prestigio del patrimonio
moral y efectivo del país, me encarga presentar a V. E., estas consideraciones.
No
creo necesario reiterar a V. E., la seguridad del propósito elevado que inspira
estas indicaciones, tendientes a concurrir al éxito patriótico del Gobierno de
V. E., y al concepto público de la
Nación , que es una sola, cualquiera que sea la división de
estados autónomos creados por nuestro sistema político
Vuestra
Excelencia con su ilustrado criterio apreciará debidamente el valor y la bondad
de estas indicaciones.
H. YRIGOYEN
Fuente:
“Ley 12839. Documentos de Hipólito Yrigoyen. Apostolado Cívico – Obra de
Gobierno – Defensa ante la Corte ”,
Talleres Gráficos de la
Dirección General de Institutos Penales, Bs. As 1949.-
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