julio 09, 2012

Mensaje de H. Yrigoyen al Proyecto de Ley para la construcción de casas económicas para el personal de la policía de la Capital (1920)

MENSAJE AL PROYECTO DE LEY  PARA LA CONSTRUCCIÓN DE CASAS ECONÓMICAS PARA EL PERSONAL DE LA POLICÍA DE LA CAPITAL
Hipólito Yrigoyen
[1920]

Al Honorable Congreso de la Nación:
El Poder Ejecutivo tiene el honor de someter a la consideración de Vuestra Honorabilidad el adjunto proyecto de ley, relativo a la construcción de casas económicas para el personal de la Policía de la Capital.
Razones fundamentales de orden público y necesidades cada día mayores en los diferentes servicios policiales, determinan ya exigencias que no es posible dejar de satisfacer si es que esa institución ha de responder debidamente a los altos fines de sú organización.
Con el propósito de llenar esas necesidades se han producido ya diversas iniciativas privadas, a fin de constituir el hogar del agente, pero el Poder Ejecutivo, estimando que la resolución definitiva de este asunto por su naturaleza y magnitud, corresponde a los poderes públicos, dispuso que la Dirección General de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas efectuara el estudio cuyo original se acompaña.
Las conclusiones a que se ha llegado, son francamente satisfactorias desde el punto de vista económico, la solución general encuadra dentro de términos perfectamente abordables en la situación actual y ofrece además positivas ventajas en su faz moral.
Los datos numéricos y la información debidamente documentada que ha servido de base para este estudio, demuestran que aun estimando con un criterio poco optimista las condiciones en que han de realizarse las obras, hay la posibilidad de llegar a conclusiones ventajosas tanto en el orden económico como consideradas desde el punto de vista de las necesidades del buen servicio policial.
El aprovechamiento de terrenos fiscales, la adquisición de otros pertenecientes a la Intendencia Municipal, que podrán comprarse en condiciones ventajosas, no sólo facilitará la realización del proyecto, sino que limitará la expropiación de terrenos de propiedad particular a los términos estrictamente indispensables.
Las ventajas que el Poder Ejecutivo puede obtener en los transportes de materias primas, como las tarifas reducidas que la ley le acuerda y las que prácticamente ha experimentado en la fabricación económica de ladrillos y otros artículos de construcción, son otros tantos factores, que contribuirán a facilitar la solución definitiva, dentro de resultados muy halagadores.
Podrá llegarse sin duda alguna, a la construcción de las viviendas necesarias para alojar todo el personal de policía en condiciones higiénicas muy satisfactorias, sin imponer al erario público erogaciones que aun en el peor de los casos, importen una contribución que exceda los límites bien modestos y que si se tiene en cuenta las positivas ventajas de todo orden que con ella podrá obtenerse, resulta realmente insignificante.
La construcción de la vivienda colectiva o individual para el agente de policía ha sido estudiada teniendo en cuenta todos los casos probables en la práctica, y se ha llegado a términos tales que permiten asegurar que el gobierno podrá arrendarlas cuando sea el caso de venta a precios muy inferiores a los que se cobra por locales insalubres y malsanos en los inquilinatos.
Los fondos necesarios para realizar las obras que comprende el proyecto, se fijan en quince millones de pesos moneda nacional de curso legal, que pueden obtenerse mediante la emisión de títulos especiales en series sucesivas, cuyo monto se determinará de acuerdo con las sumas requeridas para la ejecución de cada una de las secciones parciales que comprende el plan general.
Por tratarse de un asunto que debe resolverse considerando especialmente su faz económica, el Poder Ejecutivo estima indispensable que la ley le acuerde todos los medios tendientes a conseguir todas las ventajas posibles en la financiación y por ello ha previsto que si bien la emisión de títulos especiales ha de ser la base de la operación en general, puede resultar muy ventajoso para soluciones parciales, realizar operaciones con el Banco Hipotecario Nacional, o con otras instituciones bancarias establecidas en el país, que le permitan obtener ventajas económicas derivadas de situaciones especiales susceptibles de producirse en cada caso.
Someto pues, sin mayores desarrollos, a la ilustrada consideración de Vuestra Honorabilidad, el adjunto proyecto de ley cuya bondad se informa con el solo enunciado de los propósitos fundamentales a que él responde.
H. YRIGOYEN

Fuente: “Ley 12839. Documentos de Hipólito Yrigoyen. Apostolado Cívico – Obra de Gobierno – Defensa ante la Corte”, Talleres Gráficos de la Dirección General de Institutos Penales, Bs. As 1949.-

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