julio 09, 2012

Mensaje de H. Yriogyen al Proyecto de Ley de Expropiación de azúcar (1920)

MENSAJE AL PROYECTO DE LEY DE EXPROPIACIÓN DE AZUCAR
Hipólito Yrigoyen
[5 de Agosto de 1920]

Buenos Aires, agosto 10 de 1920.
Al Honorable Congreso de la Nación:
Ha sido una constante preocupación del Poder Ejecutivo evitar que el precio del azúcar se elevara más allá de los límites normales. Las medidas sucesivamente adoptadas con ese objeto son bien conocidas y sin duda a ellas se debe que hasta ahora los precios no hayan alcanzado mayores exageraciones.
Solicitado por industriales y productores y constada la existencia de un sobrante exportable, el Poder Ejecutivo autorizó la salida de un máximum de cien mil toneladas a condición de dejar en poder del gobierno el treinta Por ciento para ser vendido en plaza a razón de cuarenta y un centavo el kilo, como así se hace con el azúcar recibida por tal concepto.
Esto no obstante y a pesar de existir dentro del país cantidad más que suficiente para satisfacer las necesidades del consumo interno, el precio del azúcar se ha elevado de un breve tiempo a esta parte a un valor que no está en relación ni con el precio de costo ni con una situación de carestía por escasez de existencia.
En presencia de este hecho y tratándose de un artículo indispensable para la alimentación, el gobierno entiende que los poderes públicos faltarían a sus deberes esenciales si permanecieran indiferentes.
Ha llegado el momento de adoptar una medida tan enérgica como eficaz y que concluya de una sola vez con lo que no vacilo en calificar de una verdadera expoliación sobre el sudor de todos los trabajadores haciendo aun más precaria la vida de sus hogares.
Está perfectamente comprobado que este brusco encarecimiento no es debido, como antes decía, a la falta de azúcar, a la elevación del costo de producción ni aun siquiera a los daños de los últimos accidentes climatéricos cuyas consecuencias se exageran a designio. Es exclusivamente la obra malsana de una especulación incontenida que quiere multiplicar sus riquezas a expensas de la fuente de producción y de las necesidades del consumo.
El Poder Ejecutivo piensa que es necesario amparar la industria y fomentar su desarrollo porque ello significa prosperidad para el que produce y bienestar para el que consume, pero es indispensable también proceder con mano enérgica para impedir la explotación por quienes pretenden aumentar su fortuna sin incorporar ningún esfuerzo a la labor común.
En la ausencia de una ley previsora capaz de impedir los acaparamientos y los trusts de artículos vitales para la subsistencia se hace necesario adoptar una medida ocasional que contenga el abuso y acaso llegue a ser una lección saludable para los que especulan sobre el hambre y la sed del pueblo que trabaja.
Existen en el país fuertes partidas de azúcar substraídas a la venta para mantener los altos precios. Su valor de costo no ha excedido en ningún caso del treinta por ciento del precio en que hoy se vende.
El productor de caña, sin embargo, no ha recibido un beneficio mayor, el industrial no ha ganado más por la elaboración y en fin el modesto obrero empleado en ella no ha salido de su situación difícil por obra de este encarecimiento inaudito.
Nada hay, pues, que lo justifique ni aun siquiera que lo haga tolerable.
El Poder Ejecutivo no ha trepidado en llegar a esta conclusión profundamente convencido de que la alta razón de estado no tan sólo se fundamenta en los primordiales conceptos de orden público, sino que debe realizarse por medio de las funciones de gobierno en garantía, seguridad y bienestar de los pueblos, de forma que ellos no sufran las confabulaciones de malsanas tentativas.
Hemos venido a las representaciones públicas acatando los mandatos de la opinión y estimulados por el deber de reparar dentro de nuestras facultades y en la medida de acción del tiempo todas las injusticias, morales y políticas, sociales y positivas que agraviaron y laceraron al país durante tanto tiempo y no habremos de declinar en ningún caso ni circunstancia de tan sagrados fundamentos, porque ellos constituyen la salud moral y física de la Patria.
Estas breves consideraciones cuyo justo alcance no escapará al elevado criterio de Vuestra Honorabilidad, me deciden a someter el adjunto proyecto de ley, pidiéndoos su rápida sanción.
H. YRIGOYEN

Fuente: “Ley 12839. Documentos de Hipólito Yrigoyen. Apostolado Cívico – Obra de Gobierno – Defensa ante la Corte”, Talleres Gráficos de la Dirección General de Institutos Penales, Bs. As 1949.-

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