RECLAMO POR LA OBSTRUCCIÓN DEL
CONGRESO
Hipólito Yrigoyen
[17 de Enero de 1930]
Buenos
Aires, 17 de enero de 1930.
Al Honorable Congreso de la Nación :
Informado
el Poder Ejecutivo de que una vez más no ha podido celebrar sesión Vuestra
Honorabilidad haciendo sufrir un nuevo -retardo a los importantes asuntos de
bien, público que tiene a consideración desde largo tiempo atrás, se ve en el
caso de dirigirse nuevamente a ese Cuerpo para insistir sobre la necesidad
imperiosa de que preste la debida atención y convierta en leyes los proyectos
que ha recibido de la
Honorable Cámara de Diputados; la demora de cuyas sanciones
está ocasionando graves perjuicios a los más respetables intereses del país.
En mensajes anteriores, el Poder Ejecutivo ha expuesto a V. Honorabilidad las razones que lo determinaban a urgir la aprobación de cada una de las leyes que hoy reclama nuevamente; por eso se siente impulsado a reiterar sus anteriores exhortaciones, llamando a ese Cuerpo a las realidades de una hora. que solicita la acción común de todos los poderes del gobierno para superar con éxito las dificultades que plantean las circunstancias y para propulsar el desenvolvimiento de las energías que elaboran la prosperidad del país y el bienestar general de sus habitantes.
En mensajes anteriores, el Poder Ejecutivo ha expuesto a V. Honorabilidad las razones que lo determinaban a urgir la aprobación de cada una de las leyes que hoy reclama nuevamente; por eso se siente impulsado a reiterar sus anteriores exhortaciones, llamando a ese Cuerpo a las realidades de una hora. que solicita la acción común de todos los poderes del gobierno para superar con éxito las dificultades que plantean las circunstancias y para propulsar el desenvolvimiento de las energías que elaboran la prosperidad del país y el bienestar general de sus habitantes.
En
consecuencia, se dirige a Vuestra Honorabilidad en procura de los elementos
legislativos necesarios para poner en movimiento las fuerzas vivas del país,
para proteger su economía y para contribuir de otros modos a su progreso. Ya
con ese propósito el Poder Ejecutivo prorrogó el período ordinario de sesiones
del Honorable Congreso, enunciándole aquellos asuntos que consideraba de mayor
apremio para el país, habiéndolo convocado en la plena integridad de sus
atribuciones para que en cualquier momento pudiera ejercitarlas en beneficio de
las superiores conveniencias de la
Nación.
Desde
luego, el Poder Ejecutivo no requiere de Vuestra Honorabilidad nada más que
aquellas leyes que por haber sido ya tratadas por la Honorable Cámara
de Diputados, sólo dependen del Honorable Senado y que por el carácter que
resisten son indispensables a la , economía nacional, al bienestar popular y al
trabajo de la hora presente, en sus múltiples manifestaciones. Son las
enumeradas en el mensaje de prórroga de las sesiones del Honorable Congreso y
se citan a continuación en el orden cronológico de su envío a Vuestra
Honorabilidad 1) Legislación sobre régimen del petróleo; 2) Reformas a la ley
de arrendamientos agrícolas; 3) Creación del Banco Agrícola; 4) Autorización al
Banco Hipotecario Nacional para emitir cédulas; 5) Bonos de pavimentación para la Capital ; 6) Convenio con
Inglaterra.
Cada
una de estas leyes contempla un aspecto de la vida nacional, resuelve algunos
de sus problemas o satisface alguna apremiante necesidad de su progreso.
El
Poder Ejecutivo no cree necesario reiterar ante Vuestra Honorabilidad su
pensamiento en cuanto a la legislación sobre el Petróleo. La sanción de las
leyes sobre esta materia importa incorporar un recurso verdaderamente poderoso,
permitiendo utilizar como propulsor de nuestra grandeza esa inmensa riqueza con
que la Divina
Providencia ha dotado al territorio nacional como un generoso
don que puede compensarnos en la medida de lo posible de la pérdida de otras
riquezas naturales, como las tierras públicas.
Bien
sabe Vuestra Honorabilidad que la aplicación de un nuevo régimen legal del
petróleo está llamado a producir incalculables beneficios de todo orden como
tampoco puede ignorar que el retardo indefinido de su sanción motiva pérdidas
enormes, traducidas en considerables sumas substraídas consecutivamente a la
prosperidad nacional. -
La
situación que atraviesan las industrias del campo, azotadas por una sequía que
ha comprometido gravemente los esfuerzos de un año de trabajo, disminuyendo
considerablemente el volumen de nuestra producción, revelan el vacío que
hubiera podido llenar, en gran parte, un crédito agrario bien organizado y distribuido
y acusar la necesidad de sancionar de inmediato las reformas a la ley de
arrendamientos agrícolas, para aliviar en alguna forma la situación angustiosa
de los agricultores obligados a renovar contratos onerosos, o expuestos a ser
expulsados de los predios en donde los fenómenos adversos del clima han frustrado
su trabajo y aniquilado las esperanzas depositadas en el fruto de su laboriosidad.
No
puede desconocer Vuestra Honorabilidad que una vasta zona productora de la República ha sido
asolada por la sequía, al punto de que no sólo se han perdido las sementeras,
sino que han perecido hasta los animales de labranza y domésticas, viviendo
actualmente sus habitantes de los socorros en víveres que les suministra al
gobierno para alejar el fantasma del hambre que se cierne sobre esas
desventuradas poblaciones. Es menester rehabilitar económicamente a esos
trabajadores, mediante el crédito que les suministra recursos para reanudar sus
labores y subsistir hasta la terminación del próximo año agrícola ; como es
necesario, asimismo favorecer sus condiciones de trabajo, estableciendo
legislativamente las bases de los contratos de arrendamientos para aligerar la
economía campesina de la pesada carga que implican los cánones actuales,
establecidos sobre una estimación exagerada del valor de los campos o sobre un
cálculo de productividad no justificado por la situación real del País.
El
Banco Agrícola pudo estar ya en funciones para atender a lo primero; la reforma
a la ley de arrendamientos agrícolas puede todavía, si Vuestra Honorabilidad se
decide a sancionarla, mejorar las perspectivas de la población rural abrumada
por las escaseces de todo orden y avocada, tal vez, a la necesidad de un éxodo
por no poder arrendar chacras ni campos en las condiciones que han contribuido
a conducirla hasta su fracaso actual.
Estrechamente
vinculado con la situación agraria del país, está el convenio de créditos recíprocos
con Inglaterra, sancionado ya por la Honorable Cámara
de Diputados y que solamente espera ser convertido en Ley por el Senado para
producir los grandes bienes que se tuvieron en cuenta al firmarlo,
ad-referéndum por el Poder Ejecutivo.
Ese
convenio, concebido y armonizado con prescindencia absoluta de mezquinos
resguardos, aparte de sus elevadas finalidades de otro orden, que no escaparán
al criterio de Vuestra Honorabilidad dará por resultado inmediato una demanda
en plaza por fuertes valores, en los momentos mismos en que se negocia nuestra
cosecha, habiendo influido ya, como es fácil comprobarlo, en el alza de las
cotizaciones de los cereales, con los consiguientes beneficios para el
productor.
Hay,
entonces, razones económicas, políticas y hasta de cortesía internacional, que
aconsejan la pronta sanción del convenio recíproco con la Gran Bretaña , que
desde hace varias semanas se encuentra a consideración del Senado.
Por
lo que hace a la ley que autoriza al Banco Hipotecario Nacional para emitir
hasta 500 millones de pesos en cédulas, su importancia y su necesidad son tan
evidentes que resulta superfluo toda demostración ante un Cuerpo que debe
conocer a fondo la vigorosa función que el crédito inmobiliario desempeña en el
desenvolvimiento económico del país. En cualquier circunstancia hubiese sido
pernicioso enervar el enérgico apoyo que el crédito hipotecario oficial presta
a la economía argentina; en las actuales, caracterizadas por fenómenos
anormales de distinta naturaleza, resulta verdaderamente temerario imponer sin
causa la parálisis de las fecundas actividades que competen al Banco
Hipotecario Nacional.
Me
referiré finalmente a la ley de bonos de pavimentación para la Capital Federal ,
recordando a Vuestra Honorabilidad, que ella responde a exigencias inaplazables
de urbanización del municipio proveyendo al gobierno comunal de los recursos
necesarios para mejorar las condiciones edilicias de los grandes barrios
excéntricos habitados por las clases trabajadoras de la capital.
En
posesión de los medios financieros que le dará dicha ley la municipalidad se
pondría en condiciones de impulsar el progreso de la ciudad, actualmente
estancado en forma que no condice con lo que debe ser la Capital de la República.
Por
otra parte, esa ley esperada y reclamada puede ser ejecutada de inmediato, pues
delegaciones concurrentes de los distintos barrios y recursos de todo orden
están listos para realizar los trabajos, disponiendo de elementos que
actualmente se desgastan y consumen a sí mismo por falta de aplicación.
No
juzga necesario el Poder Ejecutivo extenderse en mayores consideraciones para
justificar el imperioso deber de interés público que motiva este mensaje.
Vuestra Honorabilidad como el país entero, conocen todas las medidas y
actitudes asumidas por el Poder Ejecutivo en protección de los intereses
nacionales, en defensa de la prosperidad del país y para asegurar su bienestar,
amparándolo contra todas las contingencias que hayan podido sobrevenir. Si
Vuestra Honorabilidad no considera eficientes y benéficas esas medidas y esas
actitudes, sírvase sancionar otras que a su juicio sean más conducentes; pero
no deje al país sin los resguardos y garantías de una legislación apropiada.
De
modo que de tal designio de V. Honorabilidad respecto a las sanciones que tiene
a su despacho, dependen los beneficios reparadores que se podrán alcanzar con
esas leyes o el malogramiento de todos los esfuerzos hechos por el Gobierno y
el país en las circunstancias presentes.
H. YRIGOYEN
Fuente:
“Ley 12839. Documentos de Hipólito Yrigoyen. Apostolado Cívico – Obra de
Gobierno – Defensa ante la Corte ”,
Talleres Gráficos de la
Dirección General de Institutos Penales, Bs. As 1949.-
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