enero 19, 2014

Bando de la Comisión Gubernativa del Estado, el 19 de Julio de 1916

EPOCA PRIMERA
La Revolución de Mayo y la Independencia
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Bando de la Comisión Gubernativa del Estado, el 19 de Julio de 1916

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Por cuanto, con fecha de 9 del corriente comunica a este Gobierno el excelentísimo señor Director la importantísima resolución cuyo tenor es como sigue:
El soberano Congreso de estas Provincias Unidas del Río de la Plata, ha declarado con esta fecha la independencia de esta parte de la América del Sud de la dominación de los reyes de España y su metrópoli, según la augusta resolución que sigue:
El tribunal augusto de la Patria acaba de sancionar en sesión de este día por aclamación plenísima de todos los representantes de las Provincias y Pueblos Unidos de la América del Sud, juntos en congreso, la independencia del país de la dominación de los reyes de España y su metrópoli. Se comunica a V. E. esta importante noticia para su conocimiento y satisfacción,.y para que la circule y haga publicar en todas las Provincias y Pueblos de la Unión. — Congreso en Tucumán, 9 de Julio de 1816. FRANCISCO NARCISO DE LAPRIDA, presidente. — José María Boedo, vicepresidente. — José Mariano Serrano, diputado secretario. — Juan José Passo, diputado secretario. — Lo comunico a V. E. para que determine la solemne publicación y celebración de este dichoso acontecimiento, y circule sus órdenes al mismo efecto a todos los pueblos y autoridades de esa provincia. — Dios guarde a V. E. muchos años. — Tucumán, Julio 9 de 1816. JUAN MARTÍN DE PUEYRREDÓN. - Silvestre Icarate, secretario. — 

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Al excelentísimo Director interino:
Por tanto, y entre la efusión del más completo gozo por un evento suspirado por todo pecho americano, desde que, cansadas las provincias de llevar por tres siglos las cadenas de la opresión peninsular, se propusieron quebrantarlas, borrando con acciones heroicas la memoria de su pasada humillación, ha acordado el Gobierno se comunique sin pérdida de instantes al digno pueblo de esta capital por medio del presente bando, que se publicará del modo más solemne, fijándose copia de él en los parajes más públicos de la ciudad y sus arrabales. Y como este día amargo para los tiranos, parecido en cierto modo a aquél en que Cortés quemó sus naves con magnánima resolución, para no dejar a sus compañeros otro recurso que la victoria, va a arrebatar las demostraciones más puras de alegría de parte de los ciudadanos elevados al fin a la gloria de pertenecer a un Estado libre, no permitiendo la estrechez del presente momento el proceder con toda la pompa debida a celebrar la majestad de tan memorable suceso, el gobierno hace saber que desde esta noche se iluminará por diez días consecutivos el palacio de su residencia y lo mismo ejecutará el excelentísimo Ayuntamiento en sus casas consistoriales, dejando al arbitrio de los habitantes de esta insigne ciudad el patentizar su complacencia por iguales demostraciones, por medio de algunos signos que anuncien su actual satisfacción, ínterin con el tiempo debido se preparan las fiestas que corresponden a este instante feliz, sin olvidar el tributar a la Providencia las más rendidas gracias. Dado en la fortaleza de Buenos Aires, Julio 19 de 1816. — Miguel de Irigoyen. — Francisco Antonio de Escalada. — Manuel Obligado, Secretario en comisión de Gobierno.
Es copia. —
BASAVILBASO.

Fuente: Neptalí Carranza, Oratoria Argentina, T° I, pág. 134 y sigte., Sesé y Larrañaga, Editores – 1905. Ortografía modernizada

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