junio 08, 2012

Circular del Presidente H. Yrigoyen a los gobernadores de provincia, sobre fomento del trabajo rural (1920)

Circular a los Gobernadores de Provincia sobre fomento de trabajo rural
Hipólito Yrigoyen
[9 de Abril de 1920]

Buenos Aires, abril 9 de 1920.
Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia, empeñando su celo patriótico a fin de cooperar en la acción del Poder Ejecutivo, tendiente a estimular y favorecer el trabajo nacional por todos los medios a su alcance. 
Se han abierto nuevos horizontes a la actividad general y la reconstrucción mundial reclama cada vez más el aporte de los pueblos productores para satisfacer sus consumos siempre crecientes.
No gravitan ya sobre la Nación, exacciones ni cortapisas opuestas al libre desenvolvimiento de la labor colectiva, y es entonces necesario que los poderes públicos orienten, estimulen y favorezcan la intensificación del trabajo productivo.
Análoga invitación se hizo por este gobierno a principios de 1917. Ella fue escuchada por el pueblo trabajador, dando por resultado las grandes cosechas sucesivas que, colocadas más tarde en condiciones ventajosas, levantaron al país de su crisis y restablecieron el bienestar general en sus múltiples manifestaciones.
Las circunstancias actuales son igualmente propicias a una propaganda semejante y el Poder Ejecutivo de la Nación entiende llenar una verdadera función social al estimularla en esa forma.
Una exagerada tendencia al urbanismo, aumenta la población de las ciudades restando actividades a las campañas. Ese fenómeno natural si se quiere, pero inconveniente, se traduce en disminución de la producción y aumento de los consumos; contribuyendo al encarecimiento de los artículos de primera necesidad y a la elevación incesante del precio de la vivienda.
Las medidas ocasionales difícilmente podrán conjurar todo ese mal, si la corriente popular no toma otro camino.
El Gobierno de la Nación ha adoptado medidas y ha obtenido la sanción de leyes tendientes al fin indicado.
La tierra pública, inspeccionada y reorganizada se ofrece en condiciones favorables para quienes quieran trabajarla arraigando su hogar en ella. En la Dirección General de Tierras y Colonias se pueden solicitar informaciones, que serán suministradas con rapidez, sin las perniciosas trabas de otros tiempos. Allí al que desee obtener un lote en los territorios se le informará sobre las condiciones de la tierra, los cultivos a que se presta, calidad y profundidad del agua, vías de comunicación y medios de transporte.
La nueva ley del Banco Hipotecario Nacional permite acordar préstamos ,: hasta; el 80 % del valor de compra sobre lotes de campo, no mayores de 200 hectáreas pagaderos en las ventajosas condiciones que son conocidas.
Acuerda igualmente préstamos hipotecarios hasta esa suma para los empleados públicos, con facilidades que les permitan adquirir con ese ahorro obligado, una propiedad, que será el mejor seguro para su familia. La ley del hogar faculta al Gobierno para conceder gratuitamente pequeñas fracciones de tierra inembargable; susceptible de explotación ventajosa.
Los perfeccionamientos de nuestras tareas rurales y sus nuevas industrias derivadas, ofrecen al hombre emprendedor seguridad de éxito y los halagos de una vida física y moralmente sana, sin las incertidumbres de lucha febril de las ciudades.
En estas condiciones el Poder Ejecutivo de la Nación considera que es necesaria la difusión constante y matemática de estas informaciones, dando todo género de facilidades y estimulando a los empleados públicos que tienen a su cargo esas funciones, a fin de que, no ahorren esfuerzos para encauzar las actividades en el sentido indicado.
Una campaña semejante realizada constantemente y traducida en actos efectivos, de modo que el trabajador halle en los Poderes Públicos el apoyo y no la rémora de sus iniciativas, debe necesariamente modificar la actual orientación hacia los centros poblados, llevando nuevas energías a la producción de los campos y con ello afirmando la riqueza general, el bienestar de los pueblos y la grandeza de la patria.
No dudo que el gobierno de V. E., compenetrado de estos mismos anhelos prestará preferente atención a esta iniciativa, pudiendo contar en todo momento con el apoyo del Gobierno Nacional, para llevarla a cabo en la mejor forma posible.
YRIGOYEN

Fuente: “Ley 12839. Documentos de Hipólito Yrigoyen. Apostolado Cívico – Obra de Gobierno – Defensa ante la Corte”, Talleres Gráficos de la Dirección General de Institutos Penales, Bs. As 1949.-

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