octubre 22, 2009

San Juan, Cantoni y el voto de la mujer (1927)

HONORABLE CONVENCION CONSTITUYENTE DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
Octava sesión – 8 de Febrero de 1927

SANCION DEL VOTO FEMENINO
Presidencia del Señor Juan Estrella
Convencionales presentes:
Pechini, A; Reca, G.; Storni, A; Bolaños F.; Cantoni, Cattani, V.; Díaz, H; Estrella, J,; García, F.; Larrosa, V,
Ausentes
Kenny, W.; Videla Rojas, A.S.; Cantoni, E,; Porto, C.R.; Albarracín, B.

En la ciudad de San Juan, a ocho días del mes de febrero del año 1927, reunidos en el recinto legislativo los señores convencionales nombrados, y siendo las 22 horas dice ...
Sr. Presidente.- Queda abierta la sesión con asistencia de diez señores Convencionales. Se va a dar lectura al acta de la sesión anterior.
-Leída el acta por el Sr. Secretario Cabral, es aprobada sin observación.
Señor Presidente.- He va a pasar a las órdenes del día números 3, 4 y 5,
Señor Secretario (Videla) -Leyendo:
[...]
Señor Presidente - Se va a pasar a tratar al régimen electoral.

Señor Secretario (Videla).-
RÉGIMEN ELECTORAL
Art. 31.- Suprimido.
Art. 32.- Son electores con derecho a participar en todos los actos electorales provinciales los ciudadanos argentinos, nativos o por naturalización, de ambos sexos, mayores de 18 años y domiciliados en la Provincia. Se exceptúan de esta disposición los miembros de las comunidades religiosas, los dementes declarados en juicio, los sordos mudos que no sepan hacerse entender por escrito, los individuos de tropa en servicio militar activo de la Nación y de la Provincia y los de igual clase en el servicio de policía y todos los demás que expresamente designe la ley por razón d~ incapacidad, estado o condición de indignidad.
Art. 33.- Igual.
Art. 34.- Igual.
Art. 35.- Igual.
Art. 36.- Los miembros que formen las mesas receptoras de votos en una elección, serán designados por la Junta Electoral; esta designación se hará por sorteo salvo los casos de excepción a autorizados por la ley.
Art. 37.- En todas las elecciones el voto será obligatorio y se emitirá secreta¬mente, debiendo aquellas efectuarse siempre en los días fijos establecidos por esta Constitución o por la ley, y si fueran extraordinarias, por vacantes imprevistas, quince días cuando menos después del acto de convocatoria en la Circunscripción respectiva. La ley reglamentará la oficialización y cómputos de las boletas de votos, debiendo reconocer las insignias o leyendas con que se quiera distinguirlas. El escrutinio será público y lo practicará la Junta Electoral conforme a la ley.
Art. 38.- El registro electoral tendrá por base el empadronamiento general de la población electoral, el que deberá practicarse cada cuatro años. La ley establecerá los plazos para la formación y depuración del registro electoral, así como la época de su publicación que es obligratoria.
Art. 39.- Igual.
Art. 40,- Igual.
Art. 41.- Igual.
Señor Secretario (Cabral).- Leyendo:
RÉGIMEN ELECTORAL
La Convención Constituyente sanciona la reforma de la Constitución, que a continuación se expresa:
Art. 30.- Deróganse los artículos siguientes de la Sección Segunda de la atual Constitución: 37, 38 y 39 Y sanciónanse los siguientes:
1º) Las elecciones ordinarias para la renovación de los cuerpos y autoridades electivas creados por esta Constitución, tendrán lugar en el mes de mayo del año en que termine el respectivo periodo legal. Las elecciones extraordinarias motivadas por vacantes producidas dentro del periodo ordinario, se efectuarán en el día festivo que se designe en la convocatoria anunciada con quince días de anticipación por lo menos.
2º) La proporcionalidad de la representación será la regla en todas las elecciones populares a fin de dar a cada opinión un número de representantes proporcional al número de sus adherentes, según el sistema que para la aplicación de este principio determine la ley.
3º) A los fines del articulado anterior el territorio de la Provincia constituirá un solo distrito electoral.
4º) Todas las elecciones populares se practicarán por el Registro Cívico de la Nación más reciente.
5º) La Cámara de Representantes dictará la ley de elecciones de la Provincia sobre la base de consolidar el sistema vigente en cuanto él se funda en el voto secreto y obligatorio, y articulando expresamente, bajo severas penas, absoluta prohibición a los funcionarios o empleados públicos de ejercer su autoridad, directa o indirectamente en favor de algún partido o candidato, y a los partidos, agrupaciones circunstancial es o candidato de "acantonar" electores, proporcionándoles comidas o bebidas alcohólicas y conducirlos al comicio.
San Juan, febrero 2 de 1927.
(Dfo,) V. S. Larrosa.
SECCIÓN II DE LA FUNCIÓN ELECTORAL
CAPITULO ÚNICO
Art. 21.- Son electores con derecho a participar en todos los actos electorales provinciales los ciudadanos argentinos, nativos o por naturalización, de ambos sexos mayores de 18 años y domiciliados en la Provincia. Se exceptúa de esta disposición los miembros de las comunidades religiosas, los dementes declarados en juicio, los sordomudos que no sepan hacerse entender por escrito, los individuos de tropa en servicio militar efectivo de la Nación o de la Provincia y todos los demás que expresamente designe la ley por razón de incapacidad, estado o condición de indignidad.
Art. 22.- Para votar es imprescindible estar inscripto en el padrón cívico por lo que respecta al electorado masculino se adoptará el padrón cívico nacional; debiendo formarse el padrón cívico de los electores sobre la base de un enrolamiento general y obligatorio.
Art. 23.- El voto será secreto y obligatorio en todas las elecciones. Los comicios deberán efectuarse siempre en los días fijados por esta Constitución o por la ley. La convocatoria a elecciones deberá hacerse conocer en todos casos con 30 días de anticipación y con la misma anticipación deberá darse a conocer los lugares donde funcionarán las mesas receptoras de votos.
Art. 24.- Para la conservación del orden en los comicios durante la elección, la autoridad de los que presiden las mesas electorales será exclusiva, debiendo ponerse a su orden las fuerzas policiales que se requieran para preservarlo. La intervención de cualquier otra autoridad queda prohibida y en caso de producirse será considerada como un atentado en contra de la libertad del sufragio.
Art. 25.- Ningún elector podrá votar en otro comicio que el, que corresponda a su domicilio, salvo los casos de excepción autorizada por la ley.
Art. 26.- Todos los actos v procedimientos electorales serán públicos y se efectuarán con la intervención y fiscalización de los partidos políticos o agrupaciones cívicas.
Art. 27.- Los partidos políticos y agrupaciones cívicas que actúen en la provincia, lo mismo que los candidatos y miembros de dichos partidos o agrupaciones, deberán sujetarse a las siguientes exigencias:
Art. 28.- Habrá una Junta Electoral compuesta por los 3 miembros de la Corte de Justicia o sus reemplazantes legales, la que tendrá las siguientes atribuciones:
a) Intervenir en todo lo concerniente a la formación, depuración, publicación y difusión del padrón cívico y a la realización del enrolamiento de que habla el art. 22.
b) Fijar los lugares donde deben funcionar los comicios y designar por sorteo los miembros de las mesas receptoras de votos.
c) Velar por el normal y concreto desarrollo de la preparación y realización del acto electoral.
ch) Hacer efectiva, con exclusión de toda otra autoridad, la reglamentación establecida en el art. 27.
d) Efectuar el escrutinio de las elecciones.
e) Juzgar sobre la validez del acto electoral, juzgamiento que deberá hacerse antes del escrutinio, y de los diplomas de los electos con respecto a las condiciones de elegibilidad exigidas por la Constitución.
f) Intervenir en la preparación, realización y escrutinio de las votaciones en caso de iniciativa y plebiscito.
Señor Presidente.- En consideración.
Señor Pechini.- Pido la palabra. El despacho producido por la mayoría de la Comisión está de acuerdo con el de la minoría en algunas partes. La Comisión ha resuelto introducir algunas modificaciones al régimen electoral que no alcanza a tener un carácter circunstancial. A medida que se vaya discutiendo en particular, será el caso de significar las argumentaciones de la mayoría en favor del despacho.
Señor Larrosa.- Pido la palabra.
Señor Sorni.- Señor Presidente. A pesar de lo que ha dicho el miembro informante de la mayoría de la Comisión, en la reforma que ha proyectado esa mayoría tal como ha sido despachada por la minoría, también contiene una modificación fundamental: es el establecimiento del sufragio femenino, conquista democrática que viene a colocar a la Provincia de San Juan a la misma altura que casi todos los países, cultos, libres y adelantados del mundo entero: no debemos dejar pasar inadvertida esta reforma...
Señor Pechini.- ¿Me permite? Se adapta al carácter general que tiene la reforma de la Constitución.
Señor Storni.-... y ojalá, señor Presidente, que este amplísimo criterio que ha tenido la Comisión al adoptar una de las instituciones que son el orgullo de muchísimos países hubiese sido también el mismo criterio a seguirse para las otras reformas de carácter democrático que han propuesto los socialistas. Se ha ido a buscar de otra parte una innovación que se cree buena para la función electoral y no hubiera sido malo el espíritu de la reforma si otras innovaciones se hubieran traído, por ejemplo, para la organización de los poderes constitucionales. La minoría no tiene nada que objetar respecto a esta parte del despacho, tanto mas cuanto que el artículo tal cual ha sido despachado ha sido tomado del proyecto socialista: pero, señor Presidente, si estamos de acuerdo con esta reforma verdaderamente transcendental que con el consagrado a los derechos de los trabajadores, son, puede decirse, los tres puntos buenos de la reforma, la minoría disiente son la mayoría en otros aspectos de la función electoral. Voy a referirme a ellos ligeramente. La primera disidencia se refiere a la forma como han de ser empadronados los electores; la comisión mantiene un sistema que ha fracasado en la práctica, el sistema del censo o empadronamiento. La Constitución en vigor habla de que el padrón se formará sobre un censo general de la población electoral, pero señor Presidente, desde que hay elecciones en la Provincia de San Juan, desde que se ha adoptado el sistema del voto secreto y obligatorio, nunca se ha hecho el censo; siempre las elecciones se han hecho con padrones provinciales que han tenido como base el padrón nacional. La minoría socialista sostuvo dentro de la comisión y lo sostiene ahora en el seno de la Convención, que lo que es práctico debe incorporarse a nuestra Constitución. El padrón nacional debe, pues, de acuerdo con este criterio, adoptarse en la provincia, hay muchísimas ventajas, señor Presidente; la Provincia no está en condiciones de hacer censos cada cuatro años porque ellos son dispendiosos, son caros; no puede hacer tampoco el empadronamiento de los electores, porque requiere gastos de personal apto y a parte de esta circunstancia, señor Presidente, si la Nación nos brinda un documento electoral auténtico que está por encima de toda duda, porque está confeccionado sobre la base del enrolamiento militar hecho por secciones fijas, por¬qué la Provincia no ha de tomar como base esos padrones para hacer su registro electoral? ¿Qué ventaja hay en el censo, señor Presidente?
Porqué no seguimos el ejemplo de casi todas las provincias argentinas, de la Provincia de Mendoza, que hace sus elecciones provinciales con el padrón tal cual lo confecciona el Juzgado Federal? ¿Porqué no seguimos en San Juan el procedimiento impuesto por la realidad misma de las elecciones hechas con el padrón nacional? ¿Por qué es que quiere dejarse a la Provincia la tarea de hacer los padrones? ¿Los va a hacer mejor que la Nación? No, señor Presidente, cuando la Provincia ha querido hacer estos padrones -y tenemos el triste ejemplo- la Provincia no ha sido escrupulosa en la confección, ha adulterado los padrones. Yo sé que el padrón nacional también puede traer omisiones, pero nadie se atrevería a sostener que esas omisiones son el resultado de maquinaciones electorales. Respetemos el ejemplo de las otras provincias y abriguemos la esperanza de que en nuestra propia provincia deben adaptarse lisa y llanamente los padrones, pero nadie se atrevería a sostener que esta proposición de la minoría socialista coincide con el proyecto de reformas a la constitución presentado por el señor convencional Albarracín, que desgraciadamente no se si ha llegado a discutirse en la Comisión. Ahora en lo que respecta a las mujeres, no tenemos el padrón nacional indudablemente, porque la Nación no tiene establecido el sufragio femenino. ¿Cómo hay que hacer para las mujeres? ¿Volver al sistema de la inscripción o calificación que existía en San Juan hasta el año 12? Es un sistema que se presta a muchas dificultades y al fraude. Para evitar eso, la minoría socialista propone que el padrón electoral femenino se confeccione sobre la base de un enrolamiento general así como los hombres tienen la obligación de enrolarse, la misma obligación pesarla sobre las mujeres; las mujeres irían a solicitar su partida cívica, su enrolamiento Y eso serviría de base para la formación del padrón cívico de las mujeres; esto por lo que respecta a la formación del padrón. Ahora, la disidencia socialista con el despacho de la mayoría comprende otras materias, señor Presidente, tal como el funcionamiento de la Junta Electoral y de sus atribuciones; tal como reglamentar el voto Interno de los partidos políticos. De acuerdo con las sanciones de esta convención, hay dos cuestiones que las tenemos Que dejar a un lado, pero que estaban consignadas en el proyecto socialista; el juzga miento de les elecciones estaría a cargo de la Junta Electoral; es el procedimiento de algunos países que han querido evitar los escrutinios de conciencia hechos por los mismos cuerpos en los cuales deben incorporarse los electos, surgiendo así el sistema propiciado por José M. Kut, inspirándonos en la famosa ley Guanvi (?) que rige en Inglaterra.
En el proyecto socialista se establecía que el juzgamiento de la elección no iba a pertenecer a la C. de Representantes sino a la Junta Electoral, porque ya la Convención al organizar el P. Legislativo ha resuelto que la C. de Representantes es el único juez de la elección de sus miembros. Además, hay que tratar de las atribuciones de la Junta Electoral, de la organización del plebiscito, pero también la Convención ha rechazado esto que venía en el proyecto nuestro.
Pero quedan en pie otras cuestiones, señor Presidente, como ser la constitución de la Junta Electoral. En el proyecto socialista se propone que ésta esté compuesta por los tres miembros de la suprema Corte, que las atribuciones sean cada vez más delicadas porque se refieren al desarrollo del acto electoral; ella no es una mera máquina de computar votos, poco a poco va siendo la alta autoridad que cuida que el acto electoral se desarrolle dentro de la ley. Por eso los convencionales socialistas han querido evitar que formen parte de la Junta Electoral funcionarios judiciales, que no sean los que están arriba, debido a la importancia de sus funciones; es así que hemos querido evitar que formen parte de la Junta funcionarios del ministerio judicial, personas que dependan del P.E. Hemos querido evitar que integren o formen parte de la Junta Escrutadora los jueces de 1º Instancia.
Pero queda otro aspecto de la disidencia socialista, señor Presidente, y es la necesidad de reglamentar los partidos políticos; estas no son agrupaciones meramente privadas, que deben escapar al control de la ley, son el camino obligado para llegar al Gobierno; son, puede decirse, la antesala del gobierno y forman parte del mismo gobierno, pero nadie puede discutir que ese es el rol que juegan en la organización de la sociedad actual y cómo la ley va a ser tan celosa en lo que se refiere al desarrollo del acto electoral y no va a encarar o reglamentar lo que se refiere a la vida interna de los partidos políticos? La ley debe prever, debe refrenar los malos hábitos que se conocen en la vida política actual y por eso la representación socialista establece esta medida prohibitiva, porque cree que la ley debe ser más escrupulosa; por eso lo ha consignado en su proyecto. Señor Presidente, cuando se discutió este mismo asunto de la reglamentación de la vida política, de la vida de los partidos políticos en la Convención reformadora de la Provincia de Córdoba, se ha dado el argumento que me pareció decisivo y que lo traigo a esta Convención. En virtud de la forma en que se desarrollan las elecciones es evidente que el electorado ha perdido la facultad de votar, porque cuando quiere, tiene que votar por un candidato que le imponga un partido político. El elector no tiene libertad de sufragar; tiene que elegir dentro de los candidatos que presentan los partidos políticos, porque tiene que votar; van desapareciendo las candidaturas independientes, porque no tienen la posibilidad de triunfar; el hecho cierto, señor Presidente, es que los electores tienen que votar obligatoriamente por alguno de los candidatos proclamados por los partidos políticos; ese es el motivo más importante para que se reglamente la vida interna de los partidos políticos, que no puede ser indiferente al Estado, porque los partidos políticos sancionan sus candidatos por procedimientos que no consultan las masas; y en la reglamentación socialista que, por otra parte, no contiene una novedad, porque son disposiciones que hemos tomado de la Constitución de Córdoba y son antecedentes que existen en muchísimos Estados de Norte América. Se hace una reglamentación prolija de los partidos políticos: ¿cuáles son las obligaciones que existen? les creamos la obligación de sana moral política: creamos las obligaciones que tiendan a evitar la corrupción electoral; los obligamos a elegir sus candidatos por el voto de sus afiliados, para consolidar la democracia, porque si la democracia la queremos en el gobierno, debemos empezar por que exista dentro de los partidos. Y bien señor presidente, mientras la Convención no vote o haga efectivas disposiciones como lo proyecta la minoría socialista, no habrá un ejercicio normal del sufragio, porque la ley y la Constitución actual aseguran la libertad del sufragio muy bien; pero falta además la realidad del sufragio, poniendo a buen recaudo contra la corrupción, todos los medios de que se valen los políticos para apartar el ejercicio del sufragio de su buen camino.
Aquí están los motivos principales que han movido a los representantes socialistas a firmar en disidencia el despacho de la comisión. En la discusión en particular traemos otros argumentos, sin perjuicio de acompañar a la mayoría en los artículos en los que estamos de acuerdo.
Señor Larrosa.- Pido la palabra. Atribuyo a este capítulo de la Constitución una importancia muy grande .Y para fundamentarlo me basta con citar el hecho de que la ley Sáenz Peña, cambió fundamentalmente el aspecto político del país. Aparte de la cuestión relativa a la representación proporcional de las minorías, de la cual no me voy a ocupar porque por dos veces se ha discutido ampliamente en esta sala, con el resultado conocido y con la crítica total de todo el periodismo del país.
Existe en el despacho de la mayoría una cuestión fundamental sobre la cual no estoy de acuerdo y en la que si lo está la representación socialista; me refiero al voto de la mujer. En principio soy, como lo es mi partido, partidario de que la mujer tenga derechos cívicos como lo tiene en las democracias más adelantadas y que poco a poco lo van teniendo en todo el mundo. Pero creo que estas prácticas deben irse incorporando a la legislación del país conforme el país vaya progresando. No me asusta la falta de educación cívica de las mujeres, porque creo que nadie nace caminando; hay que golpearse para aprender a caminar. Y es así que el año 60 los ciudadanos argentinos no sabían votar sino detrás de los mostradores y hoy van aprendiendo poco a poco a hacerlo. Así también creo que sería cuestión de que las mujeres empezaran a practicar, acaso fueran más capaces que los hombres de dar el gobierno que el país merece.
Siempre recuerdo que el doctor Angel Rojas decía que las mujeres le habían dado el triunfo en San Juan, invocando casos concretos que lo acreditaban. Pero yo veo en esto un gran peligro; no creo mucho en la letra de la ley misma; creo en la educación de los hombres y encuentro, como se comprenderá, que el régimen que aconseja la mayoría, el enrolamiento que aconseja la minoría, el padrón fabricado por las autoridades con el control de los poderes y de los políticos nuestros, traería como consecuencia los padrones fraudulentos, el fraude electoral organizado previamente, que traen la corrupción y montería anterior a la ley Saenz Peña. No debe extrañar que hable en estos términos porque bien sabemos que en este país hacer un triunfo en una elección es una gracia que no todos adquieren...
Aquí al pillo se le llama vivo y al honrado se le llama zonzo, de la misma manera que al maricón, distinguido y al cajetilla, elegante. De tal suerte que el que hace un fraude electoral es un hombre vivo; y con ese concepto, mañana o en cualquier época, el enrolamiento general puesto en manos de los hombres nuestros, en una democracia no ya incipiente, sino francamente criolla, por no decir gaucha, agregaría un obstáculo más a la verdad del sufragio, a la pureza moral, no me cabe la menor duda; no tendríamos nada con articular 100 preceptos en la ley, que a primera vista parecería que el fraude es imposible; si nosotros fuéramos tan adelantados como son en Austria, como contaba un amigo, que las elecciones se hacen en un canasto, que nadie se le ocurre echar un voto falso que tres ciudadanos de buena voluntad hacen el escrutinio y dicen al terminar: "ganó fulano"; si hacer la elección como en Estados Unidos, donde en un día de trabajo cualquiera los obreros tienen derecho a salir de la fabrica, van a votar y vuelven y no se le ocurre hacer un fraude electoral, porque sería una afrenta que lo perdería fatalmente para toda su vida cívica si nosotros tuviéramos esa educación cívica que poco a poco vamos adquiriendo y ese concepto de la inmoralidad tan enorme que comporta hacer una trampa, un fraude en un voto, no digo en una urna, como sucedió en Andalgalá, yo no trepidaría en dar mi voto a esta reforma, pero encuentro que las actuales deficiencias electorales, que le abren la puerta al fraude, por los motivos que he relacionado, se agravarían en forma irremediable dándole, por consecuencia del voto de la mujer, la facultad a la autoridad provincial para que haga los padrones y llagan nuevos enrolamientos, Actualmente es un poco difícil enrolar o inscribir muertos y desaparecidos, porque los pequeños caudillos que se ocupan del trabajo electoral tienen en su sección mas o menos conocidos a los hombres y a los partidos que se ocupan de controlar y así lo pueden evitar; pero cuando le demos el voto a la mujer, todo el poder del caudillo para identificar a esos hombres, multiplicando los votos en esa forma, y toda la acción que se desarrolle va a ser inútil. La primera elección o las subsiguientes, nos van a traer esta consecuencia. Creo que en vez de incorporar esta conquista que se llama de las democracias modernas debemos preocuparnos primero de conseguir que los que ya votamos sepamos votar, tengamos ese concepto de honradez en los actos electorales y lo propaguemos y lo enseñemos y cuando lo tengamos conquistado, entonces vamos a dar el voto a la mujer sin perjuicio. Consecuente con estas ideas yo había proyectado simplemente la adopción del Registro Cívico de la Nación, para las elecciones provinciales. Se me dirá que es cuestión de autonomía, pero esas son palabras; mientras no tenga la provincia autonomía económica, es en vano hablar de autonomía respecto de los padrones cívicos, así como los hombres no son autónomos si no tienen autonomía económica. Por otra parte hay otra cuestión fundamental, que es la cuestión de la moralidad del acto en la preparación del acto electoral. Yo había proyectado el artículo que se ha leído y que no ha sido incluido en el proyecto de la mayoría. Señor Presidente, a mi me parece que todos los males de la actual democracia argentina vienen del pasado; esta costumbre de que en las vísperas electorales encierran los hombres en una casa, en lo que se llama un cantón como si fueran bestias para llevarlos al otro día a votar, inhibidos por el alcohol, después de haber pasado una noche jugando a la taba, bebiendo, comiendo y cantando en la guitarra; al otro día no hay ciudadanos conscientes, ese hombre no es un hombre, es una bestia, no puede ir a votar; esto de darle dos pesos o cinco pesos; eso de conducirlos o acarrearlos como si fueran bestias, de un comicio a otro, no está bien, eso no debe ser así, señor. Creo que esa prohibición, que se me puede objetar que debe ser articulada en la ley, creo que nosotros en este caso debemos articularla en la Constitución, para que la C. de Representantes se vea obligada a articularla bajo severas penas en la ley electoral, de tal suerte que la agrupación o candidato que incurriera en esa bajeza inicua a que me he referido, pudiera ser denunciado por cualquier ciudadano y pudiera ser condenado en tal forma que no le quedaran deseos de repetirlo, de volverlo a hacer. Es muy común a los hombres que conservan esa bajeza de la política ir a blasfemar contra el Pueblo cuando elige bien o mal y en contra de sus pensamientos y de sus ideas y creo que no habrá un hombre que escuche esto que no esté de acuerdo en la idea de que no han sabido votar, porque desde el año 60 u 80; no hacen más que corromperlo. La acción política de los partidos cambió en forma absoluta y total desde el año 1912 Y se ha Visto disminuida en su resultado; por esa consecuencia en la misma Capital Federal, centro eminentemente culto del país, el Irigoyenismo cada tres cuadras tiene un cantón, como tenemos aquí y que ellos llaman comité, donde se juega, se bebe y se come... Entonces, ¿cómo ese pueblo de Buenos Aires a quien están corrompiendo continuamente, va a ir a las elecciones a votar por el Irigoyenismo? ¿que sabe ese pueblo de lo que fue Irigoyen en la Presidencia? Y aquí mismo, el hombre humilde de la campaña, ya tiene la convicción previa de que para ir a votar debe dársele de beber, comida y los dos pesos…
Señor Videla Rojas.- ¿Me permite una interrupción? Me parece que se está refiriendo a la época anterior, cuando el señor Convencional Larrosa era conservador, que es cuando ocurría eso.
Señor Larrosa.- Yo nunca he sido conservador, Al llegar a San Juan me encontré con la tiranía de Jones en el gobierno; me pareció una indignidad mantenerme en el balcón como muchos hombres sanjuaninos y entre el cantonismo y la Concentración Cívica opté por la segunda, nada más que mientras desaparecía la vergüenza que comprendía para el país entero el jonismo; terminada la campaña seguí siendo demócrata progresista como en mis tiempos de estudiante, cumplí con un deber con el que no cumplieron muchos hombres...
Señor Videla Rojas.- En esa época ocu¬rría eso; hoy ya no ocurre.
Señor Larrosa.- Sí, pero actualmente en San Juan se abren cantones; no los habrá visto el señor Convencional, pero yo los he visto.
Señor Bolaños.- Los demócratas en Rosario también abren cantones.
Señor Larrosa.- Yo no sé si los habrán abierto o no, yo hablo de San Juan; yo digo que sí los abren, hacen mal.
Señor Presidente, ese el deseo sincero de que las elecciones sean la fiel expresión de la voluntad popular, de que no corrompamos al pueblo, porque mientras más lo corrompamos, mas malos gobiernos vamos a tener. Ese deseo me ha llevado a detenerme en esta cláusula constitucional que la creo indispensable. Mi partido en San Juan no ha abierto nunca cantones, no ha acarreado, nunca ha dado dos pesos, pudiendo haberlo hecho. Nada más.
-Aplausos.
Señor Reca.- Pido la palabra.- Realmente, no puede pasar inadvertida una reforma tan trascendental como la que va a salir de esta convención, al otorgarse el voto a las mujeres; pero si bien en este asunto coincidimos con los representantes socialistas, en la realización de la reforma en la manera de darle forma concreta, también nosotros discrepamos en el pensamiento que nos lleva a reconocer a la mujer sanjuanina el derecho de votar. Para nosotros nuestra democracia no seria más perfecta, no sería menos perfecta con o sin derecho a votar a las mujeres. No es el precedente extranjero lo que nos determina a incorporar el sufragio femenino en nuestras instituciones ni a incorporar el voto femenino en la Constitución de San Juan; no hacemos, sino reconocer un hecho de nuestra vida pública.
La mujer sanjuanina que es a quien se refiere esta reforma que nosotros hacemos prescindiendo de lo que digan las legislaciones inglesa, francesa o alemana; la mujer sanjuanina está incorporada a nuestra vida pública desde muchos años atrás; antes que yo, lo ha recordado el Convencional Larrosa, citando el caso que le ocurrió al gobernador Rojas; y desde entonces debemos señalar que después de la gobernación del doctor Rojas, la mujer sanjuanina no ha abandonado la vida pública y aunque no tuviera el derecho del voto, ha vivido y ha estado vinculada a los momentos más delicados y emocionantes de la vida política de San Juan; es por eso que es una realidad entre nosotros la vida pública de la mujer del pueblo, de la mujer anónima, que no se Va a presentar a las elecciones para disputar una candidatura de diputado; porque es una realidad la vida pública de la mujer anónima es que nos inclinamos a incorporar el sufragio femenino en la Constitución de San Juan y nos enorgullecemos los miembros de la mayoría de ser realistas y de ser localistas, nos enorgullecemos de incorporar el sufragio femenino a la Constitución de San Juan, porque las circunstancias nos han deparado esa posibilidad y lo hacemos como la reafirmación de un derecho que han conquistado en las luchas políticas las mujeres de nuestra provincia y no porque las mujeres de otra parte del mundo hayan ejercido ese derecho desde muchos años atrás.
Expresado este concepto que anima nues¬tra reforma, voy a referirme a algunas de las objeciones que se han hecho al pensa¬miento que informa al despacho de la mayoría y que parecería que nosotros, después de haber oído a los representantes de ambas minorías hubiéramos venido a esta Convención para conspirar contra la pureza y la verdad del sufragio; no podemos dejar en pie ese concepto, hemos venido aquí para adaptar nuestras leyes electorales a las reformas fundamentales que Introducimos. Si nosotros le damos el voto a la mujer, es porque reconocemos que ella – antes que nosotros le demos ese derecho – lo ha conquistado en la vida práctica; si nosotros colocamos en esto a la mujer en un pie de igualdad con el hombre, no podemos luego en la aplicación del mecanismo electoral, colocarla en situación de desigualdad y aceptar para ellas o que en el concepto de la misma minada es malo, dejando en el padrón lo que para los hombres es bueno; si un padrón es bueno ha de serlo para todos y si es malo lo mismo, pero es que no hay tales peligros en la adopción del padrón provincial. La formación del padrón provincial, hay que hacerla independientemente del nacional, de acuerdo con la reforma que pretendemos hacer. La formación del padrón provincial no tiene nada que ver con la pureza y verdad del sufragio. Nosotros mantenemos en esta reforma lo que es la garantía fundamental de la verdad y pureza del sufragio: El voto secreto y Obligatorio de la ley Saenz Peña; el voto secreto, el cuarto oscuro que es la gran garantía para la verdad del sufragio; en ningún momento podría decirse que algún Convencional de la mayoría haya intentado hacer desaparecer de la Constitución el espíritu de la ley Sáenz Peña que es el secreto del voto en el cuarto, el fiel reflejo de la garantía de la pureza y de la verdad del sufragio no esta en la formación del padrón dejado en las manos de la Nación o en manos de las autoridades provinciales; y si pretendemos también nosotros entregar la formación del padrón a la provincia, no es porque nos lleve aquí a hacerlo un concepto dislocado ni perverso para atentar contra la pureza del voto. También en esto campea para nosotros el concepto fundamental que nos guía en toda nuestra reforma de la Constitución, campea el concepto localista de que debemos servirnos a nosotros mismos. bastarnos para nosotros mismos; porque ya es hora de que la Provincia rompa las cadenas que la atan a la Nación en muchos aspectos y relaciones; ya es hora de que rompamos ese unitarismo vergonzoso, que se va introduciendo en las prácticas de nuestra provincia, que un día nos quitó las Obras Sanitarias, para darle un pingüe negocio a las Obras Sanitarías llevándose más de dos o tres millones de pesos que producen; otro días nos obligó a entregarle las escuelas a la Nación, declinando de una función especial de la vida provincial; que otro día nos lleva a pedir la intervención de un médico del Departamento Nacional de Higiene, porque no somos capaces de combatir aquí un epidemia de viruela.
Es hora que hagamos vida autónoma, es hora de que podamos satisfacer con nuestros propios recursos nuestras necesidades, rompiendo con ese unitarismo vergonzoso que nos va sujetando económicamente a la autoridad de la Nación; no porque no tengamos recursos para hacer una vida propia, porque felizmente la provincia de San Juan no es pobre, sino que tiene todos los recursos; sólo por falta de un concepto de gobierno claro o por comodidad o por haraganería o cualquier otra cosa, se ha ido declinando una serie de funciones que son esenciales de la vida de la provincia. Nosotros que estamos queriendo reaccionar, no sólo en el orden político sino en otros ordenes contra esa tendencia que es malsana nosotros que hemos resuelto negarle a la Nación la autorización para crear una sola escuela más en la Provincia, porque sentímosno capaces de sostenernos y tal vez le pidamos al Gobierno Nacional que retire todas las que tiene; nosotros con ese concepto localista, que no nos lleva sólo a defender la autonomía de la Provincia contra las intervenciones, sino que queremos organizar nuestra vida económica propia, con ese mismo concepto, traemos aquí al capitulo del régimen electoral, disposiciones que tienden a organizar nuestro padrón electoral con independencia del padrón nacional, que si bien no es una perfección, por lo menos se asegura lo más posible contra la posibilidad del fraude; porque en el centro más culto de la República a estar por las palabras pronunciadas por el Convencional Larrosa, se ha hecho el juego de cambiar los electores de la Provincia de Buenos Aires a la Capital Federal y este es el momento que sabemos la cantidad exacta de electores que hay en la Capital Federal...
Señor Larrosa.- Yo no he dicho eso...
Señor Reca.- Ud. ha dicho que Buenos Aires era el centro más culto de la República Argentina; Ud. citó el caso de que en el centro más culto de la República el padrón nacional se adultera...
-Muy bien! Aplausos.
Señor Cantoni.- y según los "peludistas", hacen lo mismo los demócratas en Córdoba.
Señor Larrosa.- No respondo más que de mi partido en la Provincia de San Juan...
Señor Reca.- El señor convencional Storni ha flaqueado también en lo mismo. La objeción que hizo del punto de vista de la representación socialista pudo hacerla hace dos días en el seno de la comisión; pudo pensarla antes de venir a la Convención; pero después que anoche al tratar el capitulo de la organización judicial hemos consagrado para los miembros del ministerio público la inamovilidad exactamente en los mismos términos que para los jueces; yo pregunto, qué diferencia hay del punto de vista de la independencia de la función entre los miembros de la corte y el Juez de lo Civil, los fiscales, el Procurador General de la Provincia Y demás jueces de la Provincia?
Señor Storni.- ¿Me permite una aclaración? Dije precisamente que después de haberse votado la reforma del poder judicial perdía parte del valor el argumento que fundaba el proyecto de la representación socialista. Por otra parte la comisión cuarta que estudia este asunto se ha reunido hace cinco días...
Señor Reca.- Entonces no tiene ninguna razón traer esta cuestión aquí…
Señor Storni.- He dicho que no tiene mayor importancia.
Señor Reca.- Lo que lo que he dicho son las observaciones tal vez doctrinarias, algunas teóricas, practicas otras, que me han sugerido las objeciones de la representación de la minoría. Hay en lo que han dicho, conceptos relativos a la capacidad política de nuestro electorado; no me voy a referir a ellos porque, en mejores condiciones que yo para saber lo que tiene de bueno o de malo y levantar los cargos injustos, hay aquí otros miembros, He terminado.
-(Aplausos).
Señor Cantoni.- Pido la palabra.
Los socialistas han sostenido que el voto de la mujer es una novedad en la Provincia de San Juan y eso pone en evidencia, precisamente, uno de los defectos de los socialistas, derivados de su internacionalismo: el de mirar con más interés y atención las cosas de afuera, sin preocuparse de lo que ocurre en nuestra propia casa, podríamos decir.
Si así no fuese, sabrían que la primer provincia de nuestra República, donde se ha dado el voto a la mujer, ha sido la de San Juan, pues el viejo Sarmiento, hace ya muchos años, le reconoció ese derecho para las elecciones municipales, y conviene advertir de paso, que nunca su ejercicio, por sí mismo, dio margen a fraudes o irregularidades.
Los que hemos mantenido una intervención activa y continua en las luchas electorales y políticas de la provincia, sabemos que la mujer sanjuanina tiene ya un concepto definido de la función electoral y que hasta en cierto modo es algo conservadora, porque a ella le toca desempeñar el papel de guardiana de la felicidad del matrimonio. .
El hombre muchas veces puede desenten¬derse de las necesidades del hogar y, mientras los hijos reclaman su ayuda pecuniaria o moral - amargado por los problemas cotidianos de la vida, puede no tener escrúpulos en abandonarlos para salir a embriagarse en un boliche, si es pobre, o en una confitería, si es rico; pero la mujer, la madre, se queda sin el hogar y se afana, no sólo por conseguir el pan de cada día, por dar les alimentos y vestidos, sino también por criarles, por dirigirlos, por educarlos, y en las más duras y apremiantes circunstancias, su sacrificio salva a una familia de la ruina moral o del desastre económico.
En esta forma, las mujeres en general y especialmente las mujeres de esta provincia conocen y palpan las exigencias del bienestar del pueblo y pueden, por lo mismo, saber cómo ha de satisfacerse los anhelos colectivos de mejoramiento y cual es el hombre que, desde el gobierno, habrá de interpretar mejor esos anhelos.
Con tal concepto práctico, positivo y hasta realista, si se quiere, de la vida, las mujeres están en óptimas condiciones para defender intereses muy importantes de la organización social.
De ahí que la U.C.R. Bloquista ha abrigado siempre el propósito de acordar el derecho del voto de la mujer, porque contrariamente al criterio de los demócratas de que a la mujer le falta capacidad cívica, nosotros sostenemos que la mujer ha demostrado en muchas oportunidades – con su inteligencia y aún con su sola intuición–, que es igual, cuando no superior al hombre, en ciertos momentos y en algunas manifestaciones de la acción política.
Desde tiempos remotos, la mujer sanjuanina interviene – indirecta, pero eficazmente – en la vida política de nuestra provincia, y es publico y notorio como ella influyó de manera categórica en el triunfo de la candidatura del doctor Rojas a gobernador.
Pero, antes de ésa, ya tenemos ejemplos de sincero patriotismo, de laudable espíritu de abnegación, de profundo interés por la función institucional y política del Estado, en que la mujer sanjuanina ha demostrado virtudes espartanas y ha superado, si cabe, aquel legendario acto de desprendimiento de las damas de Mendoza, cuando entregaron sus joyas a San Martín para coadyuvar en la empresa libertadora que independizó a los pueblos hermanos de allende la Cordillera de los Andes.
Sin ir tan lejos, podríamos citar asimismo, en apoyo de nuestra tesis, su actitud durante la intervención federal de Bello, en que la generosa labor política y la influencia social de la mujer dieron el triunfo más rotundo a la U.C. Radical Bloquista.
Todo esto pone en evidencia la necesidad de acordar, por fin, el derecho de voto a la mujer en San Juan, no por el prurito de importar innovaciones de Norteamérica, de Francia o de Inglaterra ya que no es si¬quiera una novedad lo que proponemos – sino porque la misma actuación de nuestras mujeres impone esta reforma, que debemos incorporarla como conquistada por el propio esfuerzo de aquéllas.
Nosotros afirmamos el principio de que no conviene improvisar en materia tan grave, como es la constitucional, y siguiendo la norma de Inglaterra, donde -según nos informa el doctor Storni- el uso se transforma en ley, lo que queremos hacer aquí es, precisamente, dar caracteres legales a la costumbre de que la mujer participe en nuestras contiendas cívicas y se interese por nuestros problemas públicos.
Así, acordando a la mujer, en el concepto electoral, la misma capacidad que al hombre, ello traerá la consecuencia de que, acompañada esta prerrogativa política que nosotros le reconocemos con la igualdad civil que acaba de reconocerle una ley de la nación, la mujer se encontrará en un nivel superior para contribuir al progreso de San Juan.
Se argumenta que la actuación de la mujer en política es peligrosa para el correcto y ordenado desarrollo de los comicios, porque creará dificultades en el arreglo de los padrones y aumentará las que ya sufrimos bajo este punto de vista.
Yo creo que son las mujeres, ni los padrones, los que han de influir en que se perpetúen los vicios electorales que lamentamos, sino la apatía y la indolencia de los partidos y de sus hombres dirigentes, pues el día que se fiscalice con seriedad la confección de los registros y se reclame a tiempo, ante la Junta respectiva, de las deficiencias u omisiones, no podrá temerse fraudes o maniobras ilícitas que perjudiquen a las agrupaciones orgánicas de arraigo en la opinión cívica de la provincia.
Esto es irrefutable, pues, cuando hemos tenido malos padrones municipales ha sido, en el 99 por ciento de los casos, porque nadie se ha preocupado de vigilar su depuración.
Por los motivos expuestos, yo mantengo el despacho de la Comisión contra el articulo que el convencional socialista quiere introducir en las reformas constitucionales, porque articulas de esa índole quedan bien en una ley, pero no son articulas para una Constitución. Ya he dicho que la Constitución debe ser concreta, clara y sintética, de modo que en pocas palabras establezca los principios y fije los puntos fundamentales; los detalles y la reglamentación de los mismos no pertenecen ya a aquella, sino a la legislación particular que ha de venir a completarla,
Así, lo que proponen los socialistas puede ser incluido en la ley electoral, pero no en la Constitución.
Esto en cuanto se refiere al voto de la mujer. Respecto de la otra proposición socialista, sobre la reglamentación de la vida interna de los partidos políticos, el asunto es muy serio y grave, se podría prestar a toda clase de abusos y excesos, se convertiría en semillero de pleitos entre la oposición y el gobierno, sin contar que los más perjudicados serían siempre los parti¬dos opositores...
Ya me parece oír a los mismos conven¬cionales socialistas protestando, a voz de cuello, por el cumplimiento de medidas de este carácter. Ellos que ahora se declaran enemigos del gobierno ¿qué apóstrofes no tendrían para fulminar a ese gobierno, el día en que interviniese, autorizado por la Constitución, en el desenvolvimiento de sus planes partidarios..?
Señor Storni.- En el proyecto socialista esas atribuciones se dejan libradas a la Junta Electoral, no al gobierno.
Sr. Cantoni.- Prácticamente, es lo mismo, No se ignora que, según el concepto vulgar de la gente analfabeta y también de la que no lo es, -el gobernador tiene la culpa de todo lo que sucede en la provincia, aparte de que la independencia de la Junta Electoral es bastante relativa.
De esa suerte, el influjo más o menos in¬mediato de la Junta Electoral en el organismo de los partidos causaría un enorme perjuicio a éstos, coartando su amplitud de acción y hasta su autonomía de funcionamiento.
Los partidos políticos no pueden crearse y mantenerse, sino por virtud de su propio esfuerzo, y tal esfuerzo ha de acomodarse a las circunstancias en que aquellos actúan.
Si esos partidos no responden, por sus Ideales y principios, a las necesidades de la hora presente, si no se amoldan a la evolución democrática, si no consiguen homogeneidad y cohesión en sus elementos constitutivos, es decir, si contienen dentro de su propio organismo gérmenes de descomposición o anarquía, fatalmente han de disolverse y desaparecer,
Resulta indiscutible, por otra parte, que los partidos, para desarrollarse y afirmar su hegemonía, deben gozar, como requisito indispensable, de amplia y completa libertad en sus métodos de propaganda, en sus medios de lucha cívica y en toda su labor proselitista.
Para apoyar la tesis que combatimos se nos ha citado el caso de Norte América, presentándola como escuela de moral democrática, y yo podría decir que hay allí más corrupción política y social que en nuestro país, si hemos de dar crédito a los juicios de la prensa y de los hombres que han visitado aquella nación.
En prueba de ello bastaría mencionar el hecho de que, prohibida la destilación de alcohol de acuerdo a la "ley seca", cuando más cantidad se ha fabricado, clandestinamente, de este - producto, ha sido durante la vigencia de dicha ley, sin contar el contrabando y otros fraudes con que se burla las medidas del gobierno y en que se complican los mismos funcionarios de Estado.
Quiere decir que no existe un concepto muy escrupuloso de la honestidad en los industriales, en los contribuyentes y en el público en general de aquella nación.
Se ha afirmado también en este debate que en Norte América no se hacen acantonamientos de ciudadanos, ni se comercia con el voto, y todos sabemos que es allí donde nuestros políticos han aprendido a corromper la conciencia del votante con el dinero.
Allí se venden y se compran votos en la calle, se realizan verdaderos reclutamientos de electores y se recurre a todas las matufias imaginables en los actos preparatorios del comicio. Lo que hay es que la distancia no nos deja ver la corrupción: nos deslumbra el brillo de grandeza que oculta tales miserias.
No nos extrañemos, entonces, de que en nuestra provincia ocurriera eso hasta hace pocos años, de que en Jáchal por ejemplo, cuando la elección del Dr. Rojas los peones esperaban la última hora para concurrir a las urnas, especulando sobre quien había de pagarles más por su voto.
Pero ya el pueblo sanjuanino ha salido de ese marasmo moral, de ese atraso político; hoy tiene conciencia de sus deberes cívicos, hoy puede considerarse como uno de los mas capacitados del país.
La prueba de ello es que jamás nosotros, los hombres de la U.C. Radical Bloquista, hemos tenido necesidad de comprar la conciencia ciudadana, ni de emborrachar a los electores para obtener sus votos.
Nosotros hemos conquistado votantes, explicando desde las tribunas públicas la plataforma del partido a todas las clases sociales, a los ricos y a los pobres, hasta a los más humildes peones, a fin de que comprendieran nuestros propósitos, que son los que ahora traemos aquí para traducir los en las reformas de la Constitución.
Por eso, creo, señor Presidente, que la corrección y la moralidad política no se consiguen por medio de leyes, sino que se imponen por obra de los propios dirigentes políticos.
Es inoficioso legislar sobre estos asuntos de orden partidario, pues, aunque teóricamente tales iniciativas sean muy buenas, en la práctica resultan inaplicables o contraproducentes.
La vida democrática de un pueblo se mejora por la propia voluntad del pueblo, por la educación del electorado, por la influencia moral de los partidos en el ambiente, ya que si éstos permiten la corrupción en sus filas, es lógico que pierdan su prestigio y sucumban.
No debemos, por lo mismo, preocupamos mayormente de la organización de los partidos; hay que dejarles absoluta libertad para que ellos desenvuelvan su acción, por cuanto las masas populares se encargarán de darles su merecido, según sean sus orientaciones, inclinándose a aquél que mejor interprete sus anhelos.
Lo ocurrido en San Juan durante la Intervención Bello, es típico en este sentido. Tres partidos políticos habían bajado a la palestra: el radical nacionalista, el conservador y el radical bloquista.
La mayoría de los dirigentes de la U. C. Radical Bloquista estaban en la cárcel, y los que no se hallaban presos, se veían forzados a huir de la provincia para escapar a la persecución de la policía o de los jueces, y sin embargo, nuestro partido, sin dinero y sin acantonamientos, ganó las elecciones de diputados nacionales, contra los otros partidos que tenían en su mano todos los medios para asegurar su triunfo.
Vino enseguida la elección de gobernador, y de nuevo la U. C. R. Bloquista triunfó, por una inmensa mayoría, sobre las otras dos agrupaciones unidas, sin contar siquiera con elementos de transporte para llevar sus votantes a los comicios, y con el agravante de estar encarcelado aún el mismo candidato a gobernador.
Esto nos demuestra, señor Presidente, que el pueblo de San .Juan no está políticamente corrompido, que el electorado tiene conciencia de su papel, que no se deja sugestionar, y que, por lo tanto seria inútil establecer reglamentaciones en lo relativo a sus simpatías partidarias.
Yo he tenido oportunidad de actuar durante las últimas elecciones, en un departamento lejano, el de Iglesia, donde podía presumirse que hubiese corrupción política en el pueblo, por las condiciones de pobreza de sus habitantes; pero aquel vecindario nos ha dado un alto ejemplo de civismo, pues a nadie se acantonó, ni tratóse de seducir con el juego, el dinero, las empanadas o el vino, y los votantes se trasladaron al comicio, espontáneamente, hasta de 30 leguas de distancia.
Y ahora, yo pregunto, señor Presidente, ¿cómo es posible que esa gente, que se vé obligada a recorrer tan largos trayectos para cumplir sus deberes cívicos, no encuentre donde almorzar siquiera, máxime si se tiene en cuenta que la misma ley electoral ordena el cierre de todas las casas de comercio?
¿No es explicable y justo que un partido obsequie a esos votantes con un pedazo de asado, aunque más no sea que como recompensa a su sacrificio... ?
Dejando aparte este asunto, el convencional señor Larrosa insiste en lo de las minorías, y debo decirle que nunca tan cuestión ha suscitado el debate público en San Juan.
Jamás en las elecciones pasadas se atribuyó Importancia Intrínseca a las minorías, y si ahora la U.C.R Bloquista ha tenido Interés en que vengan a este recinto, lo ha hecho para demostrar a la opinión cuál es su verdadero rol.
Hablar de minorías en nuestra provincia es absurdo, sobre todo desde que las estamos viendo fracasar en esta Convención.
Probablemente no fracasen cuado vengan en representación de la mayoría de una circunscripción electoral.
-Aplausos.
Señor Larrosa. - Sería la misma cosa, cuando nos encontramos con mayorías impermeables a las ideas que traiga la minoría...
Señor Cantoni.-- Esta mayoría no es impermeable a las buenas ideas, pero no podemos someternos a criterios erróneos, cuando venimos con un mandato expreso del electorado...
Señor Storni.- Me permite una interrupción? Supongamos que la elección del 9 de Enero se hubiera hecho por el sistema uninominal por circunscripción y que yo hubiera triunfado en la primera circunscripción de la Ciudad, el convencional Bolaños en la tercera y el convencional doctor Larrosa en la segunda. ¿Cree Ud. que hubiéramos conseguido más que lo que hemos conseguido?
Señor Cantoni.- Si, porque vendrían a representar la mayoría de esa circunscripción...
Señor Bolaños.- Venimos mejor ahora, porque representamos a la Provincia...
Señor Cantoni.- Uds. vienen a representar una cosa que no conocen, es decir, invocan el nombre de la provincia, sin saber a ciencia cierta las necesidades y problemas, cuya solución exige nuestro pueblo. Por eso han hecho aquí más de un papelón...
– Risas.
Señor Bolaños. -Eso del papelón es según su concepto, pero no según el nuestro que creemos venir a defender los intereses del electorado que representamos.
Señor Larrosa.- Yo lo invito al convencional doctor Cantoni a que le preguntemos a su gran amigo el doctor Matienzo, que nos diga si las ideas que yo he traído aquí comportan totalmente un papelón para un convencional...
Señor Cantoni.- El doctor Matienzo es un gran constitucionalista, pero no conoce nuestra provincia, y no podría, por lo tanto, juzgar de la oportunidad y acierto de esas ideas...
Señor Larrosa.- O cualquier otro, señor Presidente, que entienda en cuestión constitucional hay cosas que no han sido aceptadas como era la correlación de los mismos proyectos de la mayoría, por la prioridad exclusiva de que nada absolutamente, ni una coma pudiera pasar, para poder decir que la minoría ha fracasado. La minoría no ha fracasado ahí están las ideas, muchas quizás objetables pero algunas irrefutables que pueden hablar alto de nuestros propósitos; pero aquí parece que hay interés en hacer cambiar la faz del asunto, para que se crea que esas ideas son el fruto de la ignorancia, del desconocimiento del ambiente y de los principios modernos de la legislación social.
Señor Cantoni.- Ya lo he manifestado, que nuestro propósito, al aceptar el sistema de las minorías para este caso, ha sido el de que conste en los diarios de sesiones la inutilidad de las mismas...
Señor Storni.- Vuelvo a lo mismo, al ejemplo que había puesto. Supongamos que la Convención se hubiera elegido por el sistema uninominal por circunscripción; que hubiera venido aquí electo alguno de nosotros por cuatrocientos electores, mientras que ahora estamos representando 1800 votos y siempre es más digno de tener en cuenta 1800 que 400.
Señor Cantoni.- No es el número de electores lo que debemos considerar, sino la ponderabilidad de este número en cuanto pueda servir de base para determinar y concretar aspiraciones generales.
En nuestras sanciones han de prevalecer los intereses colectivos sobre las conveniencias de una suma de individuos que no mantienen Vinculas directos de solidaridad social, económica, etcétera, porque están diseminados en todos los departamentos y en distintos núcleos de población.
Pero aún hay más; el señor convencional Storni no ha estudiado las cuestiones vitales de San Juan, no se ha mezclado con el pueblo para auscultar sus sentimientos, descubrir sus anhelos, precisar sus ideales...
Y yo le preguntaría, si una novel esposa se hace cargo del gobierno de una casa, cuya disposición ignora, ni está tampoco al tanto de los trabajos de cocina ¿cómo va a ordenar el manejo de la casa y de la cocina, sin exponerse a un rotundo fracaso... ?
El doctor Storni nos ha hablado de las constituciones de todas partes del mundo, -de Inglaterra, del Japón, de Guatemala, de Australia-, pero nada, absolutamente acerca de las necesidades de los obreros, de los peones, de los vecindarios en la Iglesia, en Jáchal, en Valle Fértil y en toda la provincia de San Juan, que es para quienes estamos sancionando esta Constitución…
Señor Larrosa.- Es muy hábil el señor Convencional.
Señor Cantoni.- No, yo no puedo tener mucha habilidad, porque no soy abogado…
Señor Storni.- Supongamos que yo me pusiera a cocinar y como no se hacer mas que locro y mazamorra, voy a tomar un libro de cocina para hacerlas cosas; pero aquí resulta que estamos haciendo locro y mazamorra constitucional, quizás en la creencia de que estamos haciendo un buen plato.
Señor Cantoni.- A lo mejor le sale ahumado... Es mejor hacer mazamorra y locro que es lo que quiere el pueblo, y no que le vengamos con novedades que no resulten adecuadas a sus gustos y que no concuerden con sus hábitos, costumbres e ideas.
Hemos traído un mandato imperativo del pueblo de San Juan, nos ha impuesto el electorado la obligación de votar un programa institucional determinado – el mismo que venimos sosteniendo desde hace mas de diez años, – y que será bueno o malo – no soy de los que creen en la perfección–, pero que debemos cumplir pura no defraudar las esperanzas de los 18.000 ciudadanos con que cuenta la U.C.R Bloquista, quienes nos han elegido para formar parte de esta Convención.
Mañana, si los socialistas tienen mayoría y piensan que lo hecho ahora por nosotros no es conveniente o benéfico para la provincia, pueden reformarlo o modificarlo conforme a los nuevos deseos de las masas populares.
Pero en el caso presente, seria desatinado que primara el criterio de las minorías, cuando el pueblo ha expresado su voluntad al dar les a ellos solamente 1800 votos contra 1800 votos de los Bloquistas…
Señor Storni.- 13.000.
Señor Cantoni.- Siempre son más.
Señor Storni.- Me habla que en la plataforma con que los bloquistas se han presentado a las elecciones faltan muchos puntos que tenemos que tratarlos en la Convención, entre ellos la organización del régimen municipal...
Señor Cantoni.- Lo tenemos.
Señor Storni.- No.
Señor Cantoni.- Entonces, no la conocen y me explico, por eso, su actitud, porque si la hubieran conocido habrían votado por nosotros también.
Por su parte, el convencional demócrata nos ha señalado el peligro de que la mujer intervenga en política, pues debido a ello los padrones no podrán organizarse correctamente.
Señor Larrosa.- No me parece bien que me atribuya cosas que no digo; yo he citado el hecho de que el control de los padrones por los caudillos va a ser imposible; yo creo que el espíritu de la disposición que se proyecta es bueno o fundamental, pero yo encuentro que los padrones puestos en manos las autoridades provinciales van a ser la causa para cometer todos los fraudes.
Señor Cantoni.- Sostengo, como ha sostenido el señor Convencional Reca, que es imposible confeccionar los padrones con perfección absoluta. La prueba la tenemos, en Buenos Aires, donde a pesar de tratarse de la población cívicamente mas capacitada del país, existen los peores padrones de la República.
Ciertamente, en todas partes hay padrones fraudulentos, como nos lo podría demostrar el caso de Córdoba, donde los demócratas han llevado sus ardides electorales a idéntico nivel de inmoralidad que los peludistas de Buenos Aires...
Señor Larrosa.- Son demócratas conservadores...
Señor Cantoni.- Es cuestión de acomodo; el convencional Bolaños ha dicho que en Santa Fe son iguales...
– Risas.
Pues bien; en casi todas las provincias sucede lo mismo con esto de los padronés. Si en Córdoba, por ejemplo, no se ha recurrido al fraude en idéntica medida que en la Capital Federal, no se debe a falta de intención…
Pero, en la Capital Federal, donde Irigoyen maneja más de cerca los hilos políticos, los socialistas, dormidos en sus laureles, recién se dieron cuenta después de las elecciones, de que aquél, harto inteligente para estas maniobras, había introducido clandestinamente en los registros 20 o 30 mil votantes con que les escamoteó el triunfo.
De modo que la legalidad o corrección de los comicios depende de los padrones o mejor dicho, del empeño de los partidos políticos en su depuración, preocupándose incesantemente de fiscalizados para que traduzcan el mayor grado de verdad y seriedad.
En este concepto, como en todos los demás que abarca la actividad política, los partidos han de desenvolver una acción permanente y minuciosa, porque el hacer democracia no es cuestión de querer inculcar al pueblo toda una plataforma de gobierno 4 ó 5 días antes del acto electoral, no, señor Presidente.
Para esa ardua y compleja obra es necesario ir, como la U.C.R. Bloquista, rancho por rancho -desde los centros más poblados hasta los más lejanos rincones- y ciudadano por ciudadano -desde los más encumbrados hasta los más humildes-, explicando sus ideas de mejoramiento y bienestar.
Aquí se realiza labor eficaz, definiendo postulados de bien público y predicándolos al pueblo para convencerles de su importancia, pues, comprendidos tales propósitos por las masas ciudadanas, es lógico esperar la adhesión del electorado al partido que los sustenta.
Dé acuerdo con esos principios, lo que nos lo que nos incumbe hacer es sancionar una Constitución práctica, vale decir, adaptable a las condiciones en que vivimos, en forma que preste una positiva utilidad a la provincia.
Por el momento, lo que reclama San Juan es una Constitución tal como la ha proyectado la U.C.R. Bloquista, porque ella sintetiza las aspiraciones de todo el pueblo.
Las modificaciones introducidas ahora, podrán ser insuficientes dentro de 20 ó 30 años – no voy a discutirlo–, cuando el adelanto de nuestra organización social imponga providencias gubernativas más avanzadas; no serán tampoco apropiadas para Inglaterra, Norte América u otro país extranjero – ni nos interesa que lo sea–; pero han de considerarse óptimas pura nosotros, para las exigencias actuales del pueblo sanjuanino.
Por eso, la U.C.R. Bloquista sostiene su despacho, porque, como he dicho, nosotros venimos acá con un mandato imperativo de ese pueblo y no hemos de apartarnos de él, sin razones muy poderosas.
Señor Storni.- Pido la palabra. Voy a contestar con toda brevedad a las afirmaciones hechas por el doctor Reca y por el doctor Cantoni. El señor convencional Reca nos hace aparecer a los socialistas con una dualidad de criterio, porque proponemos para el electorado masculino el padrón nacional y para la formación del padrón femenino el sistema del enrolamiento. Es cierto que hay una dualidad, señor Presidente, pero es impuesta por las circunstancias. Si también hubiera un padrón cívico nacional para la mujer lo propondríamos nosotros en nuestro proyecto para ser adoptado, pero como no hay un padrón nacional sino para los hombres, nos hemos limitado a proponer el sistema del enrolamiento, como el mas acertado, dejando para la provincia la formación del padrón femenino de la misma manera que el padrón municipal; reducimos así la posibilidad de los errores y fraudes a que se ha referido el señor Convencional Larrosa. Ahora yo me hago cargo que el padrón nacional también es defectuoso, no puedo asegurar que sea perfecto, pero lo prefiero así y todo al padrón que pueda hacer la Provincial. Además teniendo en cuenta los fraudes que han sido denuncia¬dos por los socialistas, el Congreso Nacional ha votado dos leyes destinadas a depurar el padrón cívico nacional; la ley que ordena el nuevo enrolamiento general y la ley de modificación al Registro Cívico con el nuevo enrolamiento. Con estas leyes hay que la mayoría de los defectos del actual padrón nacional van a desaparecer. Ahora lo que me extraña Señor Presidente, es que en este asunto de los padrones se quiera hacer cuestión de autonomía. Está bien que se defienda la autonomía para contrarrestar los abusos del P.E. Nacional, que se defienda la autonomía en materia económica o legislativa, pero no tiene nada que ver la autonomía provincial con la adopción del padrón nacional; es un acto que adopta la provincia, para darse un instrumento electoral serio y fidedigno y no nos debe extrañar esto cuando hemos incorporado a la Constitución un articulo de una ley nacional como es la del “home stead”...
Señor Reca.- Porque la Nación no la había aplicado.
Señor Storni. - Son los particulares que deben aplicarla...
Señor Reca.-- No se puede aplicar porque el gobierno de la Nación no la ha reglamentado.
Señor Storni.-Eso es un asunto claro, la ley existía y era cuestión de que los gobiernos la aplicaran. En San Juan no se ha aplicado, es porque no lo han querido hacer...
Señor Cantoni.- Pero cómo se iba a aplicar, si no estaba reglamentada?
Señor Storni.- No lo necesita. Es que no hay que hacer cuestión de autonomía, sino que en esta cuestión de los padrones, lo que hay que hacer es adoptar el que nos merezca más confianza y él es el padrón nacional que siempre es mejor que el que pueda hacer la Provincia. Ahora el doctor Reca nos dice que el remedio para subsanar los posibles defectos está en el voto secreto; es cierto para los electores auténticos, pero, para los electores fraudulentos que se han incluido en el padrón, no hay secreto.
Ahora quiero referirme a la medida que propone la representación sociales, de acuerdo con el convencional demócrata tendiente a perseguir la corrupción electoral. El doctor Cantoni nos dijo en una de las primeras reuniones de la Convención, que la costumbre hace la ley. Es cierto, precisamente como es una costumbre de la corrupción electoral es que estamos nosotros de acuerdo en introducir una resolución tendiente a suprimir todos los procedimientos de corrupción elec¬toral; el Bloquismo también lo ha puesto en vigor; el convencional Larrosa nos asegura que su partido también lo ha puesto en vigor en San Juan: quiere decir que esta aspiración de evitar la corrupción política ya es una costumbre en San Juan y como no estamos haciendo una Constitución para el Bloquismo, señor Presidente, porque muy bien puede mañana cambiar la situación política...
Señor Cantoni.- Es que la corrupción electoral del pueblo tiene que desaparecer por si misma; ya va desapareciendo de nuestras prácticas democráticas, por cuanto los mismos partidos han llegado al convencimiento de que son inútiles los medios de seducción y de halago para los electores, pues, a pesar de los cantones, de las empanadas, del dinero con que pretende comprárseles o del vino con que se les embriaga, aquéllos votan en contra "el que más cree asegurarlos…
La previsión constitucional en este sentido seria Innecesaria: con el sufragio secreto, el peón vota por quien le parece...
Señor Bolaños.- Pero lo que aquí se quiere evitar es que nadie le de empanadas y vino a los chinos...
Señor Pechini.- Es que los socialistas creen en la verdad milagrosa de una disposición que ellos sostienen; creen que basta establecer la prohibición constitucional para que el electorado de la provincia deje de beber y de comer empanadas en el día de las elecciones.
Señor Bolaños.- Lo que se trata aquí es de reprimir o establecer que los partidos no hagan esta clase de propaganda indigna.
Señor Storni.- Bien. Decía que estamos haciendo una constitución para el presente; puede cambiar la situación; puede haber partidos políticos que recurran a los últimos extremos para ganar las elecciones y lleguen a la corrupción electoral. El doctor Cantoni cree sinceramente quizás que siempre las buenas prácticas electorales dan resultado y que todos los electores se sustraen al soborno ...
Señor Cantoni.- Está equivocado…
Señor Storni.- No todos los electores son capaces de votar por quien les dicta su conciencia, máxime si se ve la posibilidad de obtener un empleo cualquier usufructo de la política. Debemos ponernos en el caso de que estamos haciendo una Constitución para el futuro y para que mañana se vea que al sancionar esta constitución se han tenido en cuenta medidas de alta moralidad política.
Ahora voy a recoger lo que ha dicho el convencional Pechini. Dice que un precepto de la ley no va a cambiar la costumbre; pero, señor Presidente, aquí la ley va a reafirmar lo que ya ha establecido la costumbre...
Señor Pechini.- ¿Me permite una interrupción? En el Estado de Nueva York existe una prescripción constitucional análoga; sin embargo, como bien dice el señor Convencional Cantoni, no hay electorado más corrompido, más susceptible de sobornar que el de Nueva York; que no me lo va a negar.
Señor Storni.- Se lo voy a negar: precisamente el país que nos da el ejemplo de legislación sana es Norte América...
Señor Pechini.- Teórica.
Señor Storni.- ... y no podemos afirmar que hoy por hoy no da buen resultado.
Señor Cantoni.- Hay elecciones que cuestan 900.000 dólares en Norte América las elecciones más caras del mundo son las de Norte América…
Señor Storni.- Es que en este caso no se nos ha opuesto una objeción seria. Todas las reformas que proponemos consultan las costumbres y han sido tomadas de países más adelantados que el nuestro. Y por qué no hemos de introducir en la constitución la reforma que propiciamos nosotros, cuando los tres partidos que están aquí representados, estamos de acuerdo con el principio? Establezcamos en la ley, entonces estas disposiciones para que en lo sucesivo, los demás partidos que puedan venir a la lucha se, pongan en condiciones ventajosas para que en las campañas electorales no se preocupen más que de la campaña electoral con toda conciencia, sin corromper al electorado, comprándole su conciencia de ciudadano.
Señor Cantoni.- Nosotros somos partidarios de que quien desee pagar a los electores, lo haga...
Estaríamos encantados si la oposición diese empanadas, vino y dinero a todos los votantes, porque así las elecciones nos resultarían más baratas, pues ya se sabe que los ciudadanos reciben complacidos las dádivas de nuestros adversarios, y luego votan por nosotros...
Señor Bolaños.- Me voy a referir, señor Presidente, a lo que aconseja la mayoría con respecto al voto de la mujer; este es un hecho simpático y que en realidad es una conquista de la sociedad moderna, que viene ahora a confirmar el concepto moderno de la mujer; antes se tenia el concepto que ella era inferior al hombre, ahora no es así...
Señor Cantoni.- En la ciudad de Mar del Plata, donde gobiernan los socialistas, votan las mujeres?
Señor Bolaños,- No, señor Convencional, porque la ley orgánica municipal tiene que ser reformada en la Provincia de Buenos Aires.
Señor Cantoni.- ¿Y por qué los socialistas no lo han pedido?
Señor Bolaños,- Si, lo han pedido, pero no ha llegado la oportunidad de modificar la ley. Puedo asegurarle que los socialistas ya han planteado esa cuestión.
Señor Larrosa.- Y no lo han hecho y eso que allí gobiernan los radicales; como acá…
Señor Cantoni.- Pero nosotros no somos radicales como aquéllos; nosotros somos radicales...
Señor Larrosa.- Es la Unión Cívica Radical...
Señor Cantoni.- No; pertenecemos a la Unión Cívica Radical Bloquista, que no es lo mismo...
Señor Pechini.- Que nunca ha vivido en indigno maridaje para conseguir en la Legislatura sanciones que le convengan...
Señor Bolaños.- Que sea por mucho tiempo, señor Convencional. Le aseguro que en todas partes donde los socialistas han conseguido representantes, se ha planteado esta cuestión, de manera que la interrupción del doctor Cantoni me parece inoficiosa.
Señor Cantoni.- ¿Y porqué en Alemania, donde gobiernan los socialistas, no tiene voto la mujer?
Señor Bolaños.- Es que había un Presidente de la República que era contrario a la mayoría socialista...
Señor Pechini.- Pero tenían los socialistas 250 diputados.
Señor Bolaños.- Han pasado periodos muy tristes, muy anormales, que no han permitido la realización de este ideal y luego, señor Presidente, no está aquí en discusión, donde han gobernado los socialistas.
Señor Cantoni.- Cuando no son en su favor, les molestan las citas extranjeras...
Señor Storni.- Ojalá los socialistas hubieran gobernado en Alemania. Y recogiendo la interrupción del señor Convencional Pechini...
Señor Pechini.- Gracias.
Señor Storni.– …debo manifestar que en Alemania los socialistas no han tenido más que la tercera parte del Parlamento...
Señor Larrosa.- Me parece que podríamos volver a San Juan...
Señor Pechini.- Si bien han gobernado en la forma que dice el convencional Storni, la verdad es que las fuerzas políticas gravitaban alrededor del partido socialista, tanto es así que los llevaron a Schneider y a Ebert, teniendo...
Señor Bolaños.- Me extraña que la discusión se esté haciendo alrededor de las cuestiones extranjeras por parte de la mayoría, cuando han manifestado su enemistad a nuestras citas extranjeras...
Señor Pechini.- Si son Uds. los que traen estos y nosotros no hacemos más que contestarles...
Señor Larrosa.- Así no se puede discutir...
Señor Cantoni.- Es para matizar un poco el debate, señor Convencional.
Señor Bolaños.- Yo he dicho que tenia un concepto distinto sobre los discursos, opiniones sobre las que debe primar la mejor; y creo que lo que hoy se produce en San Juan, que tanto la Unión Cívica Radical Bloquista como el partido socialista, estamos de acuerdo es realmente satisfactorio y declaro que a mi nena de alegría haber llegado a conseguir esta gran reforma que se va a introducir a la Constitución y que San Juan la va a hacer en forma amplia; porque si bien es cierto que el voto lo tiene ya la mujer sanjuanina en las elecciones municipales, no es menos cierto que ese es un voto relativo; votarán solamente las que pagan impuestos o la que es propietaria, vale decir un voto calificado en contra de las ideas modernas y ahora será, para todas las mujeres del pueblo. Si vamos a analizar el concepto que se tenia de la mujer, vemos que hemos avanzado y esto es muy beneficioso. No recuerdo si es San Pablo o San Mateo que decía que la mujer debía ser inferior, un ser despreciable que debía estar pelada para evitar que los hombres se fijaran en ella, para que huyeran los hombres de ella: ese es el concepto que se tenía en aquel tiempo de la mujer según San Mateo. Según cuenta la tradición, también un concilio realizado allá por el siglo VI se reunió para determinar si la mujer tenía alma y por un voto se acordó que la tenía. De manera que han venido produciendo transformaciones, hasta que en el año 1926, por una ley del Congreso Nacional se le concedió los derechos civiles a la mujer y hoy la Provincia de San Juan, le acuerda el sufragio, permitiéndole hacer uso del derecho del voto, lo mismo que el hombre en los comicios; se vienen a afirmar así las predicciones y las teorías que sostenían desde hace medio siglo, de dar a la mujer los verdaderos derechos que le corresponden.
Por eso los socialistas estamos satisfechos de que se haya conseguido esta reforma. El convencional demócrata niega su voto a que se le entregue a la mujer el derecho de sufragio; no hay que fijarse en ciertos detalles para venir a dar un voto en contra de una aspiración que debe ser seña de todo hombre democrático y de ideas sanas; yo entiendo que el convencional demócrata se ha colocado en un mal terreno, señor Presidente, y me extraña que llamándose demócrata progresista no sea capaz de dar el voto a una reforma que viene a poner en igualdad de condiciones a la mujer con el hombre, que viene a terminar con esa diferencia cívica entre ambos sexos que no tiene razón de ser, San Juan ya nos da dos ejemplos buenos; tenemos el caso del defensor de Menores desempeñado por una mujer y en el Consejo escolar se han nombrado dos mujeres para desempeñar las funciones de vocal lo mismo que los hombres.
Esto mismo viene a confirmar que la mujer puede desempeñar las mismas funciones del hombre con todo éxito y ojalá en la nueva Cámara de Representantes llegue a sentarse una mujer, que estoy seguro que va a ser tan buen papel como un hombre y que va a tratar de defender los intereses generales de la Provincia. Por esto dejo fundado mi voto en favor de este artículo, que representa para los socialistas la realización de una de sus aspiraciones.
Señor Presidente,- Se va a votar.
-Aprobado,
Se aprueba sin observación el artículo 31 y al leerse el 32 dice el Señor Reca.- Pido la palabra. Este artículo, no me explico cómo vienen involucradas en este articulo, dos disposiciones; por lo menos en el seno de la comisión tengo la seguridad de haberlo votado separadamente; el art. 32 sería donde dice: “Son electores con derecho a participar en todos los actos electorales provinciales los ciudadanos argentinos, nativos o por naturalización, de ambos sexos, mayores de 18 años y domiciliados en la provincia”. Después otro artículo sería la segunda parte, donde se establecen las excepciones de esta disposición. En el seno de la comisión no se ha presentado tal como viene en el texto de este despacho, sino como figura en el proyecto del P.E. con la sola diferencia de que donde dice el proyecto del Ejecutivo, “los eclesiásticos regulares”, se reemplace por las palabras “los miembros de las comunidades religiosas”.
Allí se expresa que quedan excluidos del derecho al voto los condenados criminalmente mientras dure su condena, cosa que no aparece aquí en el despacho impreso. De manera que yo propongo esta modificación en particular, que este artículo, que figura como el número 32 en el despacho de la comisión, se vote por partes, la primera, como lo he señalado, donde se establece la disposición, y la segunda donde se sancionan las excepciones a esa disposición; propongo así en reemplazo de este artículo los que figuran en el proyecto del P.E. con la diferencia de que donde dice en este proyecto: “eclesiásticos regulares” se cambie por “los miembros de las comunidades religiosas”.
Señor Storni.- ¿Y no sería lo mismo votar el art. 32 agregándole las palabras?...
Señor Reca.- Me parece mas claro en la forma que se había proyectado por el P.E., por eso voy a sostener la modificación que propongo.
Señor Presidente.- Si la comisión acepta el agregado…
Señor Cantoni.- Sí, acepta la propuesta del doctor Reca; ha habido un error e impresión; es efectivamente como lo ha explicado el doctor Reca.
Señor Presidente.- se va a votar el art. 32 en la forma propuesta por el señor Convencional Reca, es decir se va a votar la primera parte.
-Aprobado.
Señor Presidente.-- Se va a votar la se¬gunda parte como artículo 33.
Señor Cantoni.- El 32 seria 31, por que el 31 de la Constitución ha sido suprimido; entonces quedaría el 32 como 31 y el 33 como 32.
Asentimiento.
Señor Secretario (Cabral).- Leyendo:
Art. 33,- Ningún elector podrá votar en otro comicio que en el de su domicilio habitual salvo los, casos de excepción autorizados por la ley.
Señor Presidente.- Se va a votar.
-Aprobado.
-Se aprueban sin observaciones los artículos siguientes hasta el 37 y al leerse el 38, dice el
Señor Storni.- Pido la palabra. En reemplazo del art. 38 la representación socialista propone el 22 de su proyecto. No lo voy a fundar porque ya lo hemos discutido en general, se refiere a la adopción del padrón nacional.
Señor Secretario (Videla).- Leyendo:
Art. 22.- Para votar es imprescindible estar inscripto en el padrón cívico. Por lo que respecta al electorado masculino se adoptará el padrón cívico nacional: debiendo formarse el padrón cívico de las electoras sobre la base de un enrolamiento general y obligatorio.
Señor Presidente.- Se va a votar el artículo de la mayoría de la comisión.
-Aprobado.
Se aprueban igualmente los demás articulos de esta sección.
Señor Presidente.- Queda sancionado…
Señor Storni.- Pido la palabra. Voy a proponer como artículo nuevo el 27 del proyecto socialista; se refiere ala reglamentación de los partidos políticos, También me abstengo de fundarlo porque ya lo hemos discutido ampliamente en general.
Señor Secretario (Videla).- Leyendo:
Art. 27.- Los partidos políticos y agrupaciones cívicas que actúen en la Provincia, lo mismo que los candidatos y miembros de dichos partidos o agrupaciones, deberán sujetarse a las siguientes exigencias:
a) Abstenerse de ofrecer o dar a los electores, antes, durante o después del acto electoral, bebida, mercaderías, efectos, regalos o cualquier otra cosa, Deben también abstenerse de prometer o dar empleos públicos o favores oficiales y de tener o permitir en sus comités o locales cualquier clase de juego de azar o apuestas.
b) Deben llevar un registro permanente de afiliados y tanto sus autoridades internas como los candidatos a los puestos públicos deben ser elegidos por el voto secreto y directo de sus afiliados.
c) Quedar obligados a presentar en ca¬da elección programa o plataforma para dar a conocer sus propósitos y fines.
ch) Deben presentar periódicamente balances de sus entradas y salidas especialmente de los gastos de cada elección, estando prohibido recaudar fondos con descuentos hechos en los sueldos de los empleados públicos ni con aportes voluntarios de éstos ni con donaciones de las empresas que explotan servicios públicos hagan trabajos públicos.
Sólo los partidos políticos o agrupaciones cívicas que se sujeten a esta reglamentación tendrán derecho a intervenir en la fiscalización de los actos electorales, sin perjuicio de las sanciones que determine la ley para el caso de no obedecerse lo dispuesto más arriba.
Señor Presidente,- En consideración. Se va a votar.
– Rechazado.
Señor Presidente.- Queda sancionado el capítulo. [....]
Leyendo:

1 comentario: